Saturday, February 25, 2017

¡Barata, proyecto de colaborador eficaz altamente peligroso!

¡Barata, proyecto de colaborador eficaz altamente peligroso!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

25-2-2017

En el semanario "Hildebrandt en sus trece", Año 7, N° 336, del vienes 24-2-2017, aparecen las páginas 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 39, del llamado "Cuaderno Especial de Colaboración Eficaz", que constituyen la declaración de JORGE HENRIQUE SIMOES BARATA, prestada en algún lugar del Brasil, el 24-1-2017, ante el fiscal provincial Hamilton Castro Trigoso, con el objeto de brindar -dice el acta- "información eficaz" con relación a los hechos materia de investigación, a fin de que el declarante Barata se acoja, de ser el caso, a los beneficios premiales del Proceso de Colaboración Eficaz, como son disminuir su pena o pretender eximirse de ella, si es que el juez respectivo aprueba su colaboración, tal como lo prevé el Artículo 474° del Código Procesal Penal.

Lo peligroso de este "colaborador" es que resulta demasiado selectivo, antojadizo y diminuto, pues se ocupa de revelar únicamente uno solo de los entuertos penales del expresidente  Alejandro Toledo Manrique (2001-2006), pero no los de su entonces ministro de economía y primer ministro (el actual presidente, Pedro Pablo Kuczynski). También revela un único comportamiento ilícito de Nadine Heredia Alarcón, tocando tangencialmente a su esposo, el expresidente Ollanta Humala Tasso, y del partido nacionalista, así como afirma de los consorciados Graña y Montero, que sí tenían conocimiento de sus fechorías y asumieron su parte.

Lo extrañísimo y vituperable es que el citado fiscal Hamilton Castro, asistido por su adjunto, no le ha preguntado al declarante acerca de nadie más, de ningún otro sujeto activo de hecho punible alguno, a fin de que pueda incluir en su denominada "Colaboración Eficaz".

Por ejemplo, no le ha interrogado nada en relación a Alan García Pérez, ni de Keiko Fujimori Higuchi, pese a que en la primera línea de su extensa "declaración-colaboración" señala que llegó al Perú "en agosto de 1997" como director de proyectos de la cuestionada empresa ODEBRECHT, a la que sirvió durante todo el 2° gobierno de García, 2006-2011. Sobre esto último, ni siquiera tratan respecto de los 3 funcionarios menores de García que están con prisión preventiva y que su empleadora reconoce haberlos coimeado.

¡El citado fiscal Castro perdió la oportunidad, ¿lo hizo adrede?, de preguntarle a Barata del modus operandi coimero con estos presos del gobierno alanista no tocado en la extensa declaración, si él fue quien los abordó, cómo se fijó el monto de la coima entregada y quién o quiénes le dieron los números de cuenta de la banca de Andorra depositaria!

En otros términos, este malhadado colaborador excluye todo tipo de información, que el fiscal de entrada llama "eficaz", que se refiera a los cuestionados gobiernos de Alberto Fujimori Fujimori (1990-2000) y de Alan García Pérez (2006-2011). ¡Los omite en toda la línea!

¿Acaso esta declaración de supuesta colaboración con la justicia resulta amañada, diminuta, antojadiza y selectiva, ergo, peligrosa e injusta, porque así fue convenido en el "Acuerdo Preliminar" suscrito entre su empresa ODEBRECHT y la fiscalía, cuyo real contenido, lugar y fecha de negociación, funcionarios intervinientes y otros pormenores, como el pago misterioso de 30 millones de soles, aún se desconocen? ¿Hasta cuándo seguirá siendo "preliminar"?
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