Friday, July 22, 2022

Puerta giratoria y Municipio de Surco

 

Informe-Señal de Alerta

Diario Uno-Herbert Mujica Rojas

22-7-2022

 


Puerta giratoria y Municipio de Surco

https://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/puerta-giratoria-y-municipio-de-surco

https://bit.ly/3zmEeyu

 

El arquitecto Edinson Fernando Bravo Silva, gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco, contestó con la Resolución Gerencial No. 080-2022 del 17 de junio reciente, a los vecinos, lo que se lee a continuación:

 

“Así mismo, se recalca que las quejas vecinales no configuran causal de nulidad de Licencias administrativas, por lo que se concluye que la solicitud cuenta con falta de motivación que acredite y fundamente una causal de nulidad…….. .”

 

¿No son las expresiones vecinales múltiples (quejas, reclamos, señalamientos, denuncias, impugnaciones), las que mantienen el espíritu democrático en los distritos? Si no son importantes los vecinos: ¿quiénes pagan el impuesto predial y los arbitrios a las municipalidades? ¿No son los vecinos?

 

Lo cierto es que en el Parque Bella Luz, en la calle Monte Umbroso 122, se ha empezado la construcción de un edificio que tendrá 7 pisos, 3 más de los permitidos de Inversiones Borgo SAC, Grupo Mirano. Claro que con gerentes que dicen sueltos de huesos que las opiniones vecinales son inútiles, las constructoras están más que felices.

 

Bueno recordar que la mismísima Municipalidad de Lima interpuso una demanda de inconstitucionalidad ante el TC contra dos ordenanzas del Municipio de Surco, No. 595 y 599 demasiado favorables a las constructoras para que hagan ¡lo que les dé la gana! o sea mayor altura de pisos. Y, además, una medida cautelar en salvaguarda de los vecinos de Surco.

 

La pirámide de Kelson, en la normativa peruana. Nivel Uno: la Constitución; Nivel Dos: Tratados-leyes, decreto legislativo, resolución legislativa, decretos de urgencia, ordenanzas municipales y luego Nivel Tres: decreto supremo, resolución suprema, ministerial, directoral y jefatural.

 

Por encima del Ministerio de Vivienda, están las municipalidades que son las administradoras del territorio.

 

Interesante recordar que el arquitecto Edinson Bravo Silva ha desempeñado la gerencia general de Aquarius Constructora e Inmobiliaria SAC; Integral Services Servicios Generales EIRL; ambas firmas estrechamente vinculadas a la construcción. Es decir desde la industria privada, saltó a la dependencia estatal.

 

¿Y qué es la puerta giratoria? Bravo Silva llega del sector privado al público para favorecer a las constructoras desde adentro.

 

¿No pudo la Municipalidad de Surco contratar a un profesional neutral y con más ecuanimidad para el estudio y resolución de los temas de edificación en el distrito?

 

Hasta se puede decir que la construcción de la que hablamos ya tiene las puertas abiertas para obrar a voluntad. Y eso significa que todos los que vengan en adelante con la misma ambición desmedida, sin que importe la opinión vecinal para nada, repetirán el mal ejemplo.

 

La opinión vecinal en las calles en forma de marchas con banderolas y megáfonos, discursos enérgicos y cívicos y los medios, logró impedir el abuso en forma de concesión a una empresa privada por 40 años que pretendió levantar una torre y un centro comercial en el Parque de la Paz, crucero de las Avenidas Primavera y Encalada, meses atrás.

 

¿Cuántos gerentes, funcionarios, en las municipalidades, gobiernos regionales, dependencias estatales, actúan como el antecitado que afirma que la opinión del ciudadano es insignificante y que puede cobrar a fin de mes porque está contento pues “ha cumplido su tarea”.

 

La corrupción, esa vieja enemiga del Perú, sabe disfrazarse y lo hace muy bien. Y la puerta giratoria es una herramienta perversa porque esquilma, de una forma u otra, al ciudadano.