Friday, August 03, 2012

San Martín y Villa Stein: ¿equivocados o teledirigidos?

San Martín y Villa Stein: ¿equivocados o teledirigidos?

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/San-Martin-y-Villa-Stein?var_mode=calcul

 

3-8-2012

 

El Presidente del Poder Judicial, César San Martín Castro, ayer 2-8-2012, anticipándose a la celebración del Día del Juez que es mañana, ha pedido perdón por los errores de algunos jueces, que él llamaría solo equivocados, errados, polémicos, nunca descarriados. En forma expresa aclaró que no se refería al fallo de Villa Stein y 4 vocales más. Entonces, ¿a qué otros casos apuntaba, si él nunca ha señalado, cuestionado, ni denunciado ninguno?

 

Días atrás había dicho, sobre el Affaire Villa Stein, que los criterios jurídicos de los fallos no son pasibles de control penal, administrativo, ni político. En otras palabras, cualquier barbaridad que cometan los jueces al fallar siempre son inocentes: no merecen ser suspendidos o destituidos (responsabilidad administrativa); tampoco ser encarcelados (control penal); ni siquiera inhabilitados por el Congreso de la República (control político).

 

No sé si olvida San Martín que presidió la Sala Penal Especial, integrada por Víctor Prado Saldarriaga y Hugo Príncipe Trujillo, que sentenció como autor mediato de los crímenes de Barrios Altos (de 3-11-1991), a los cuales consideró sin equivocación como de lesa humanidad, al ex mandatario, hoy preso y con cáncer en la lengua, Alberto Fujimori

(Exp. N° 19-2001).  La sentencia, en todos sus extremos, fue confirmada en 2ª.instancia por 5 vocales, por unanimidad.

 

Si el condenado Fujimori es autor mediato –no apretó el gatillo, era el de atrás- quiere decir que tuvo autores inmediatos, directos o materiales, que todos sabemos eran los miembros del grupo Colina, organizados por Vladimiro Montesinos, Nicolás de Bari Hermosa Ríos, entre otros;  todos bajo la batuta y férula de Fujimori.

 

Pese a que dicho expediente se tuvo a la vista, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por Javier Villa Stein, e integrada por Jossué Pariona Pastrana, Jorge Salas Arenas, Francisco Miranda Molina y Baltazar Morales Parraguez, en un fallo confuso, establece que, en el mismo caso Barrios Altos, no existe la autoría mediata, ni la lesa humanidad. Tres de los cinco, días después, “aclaran” sus fundamentos afirmando lo contrario: ¡que sí son, esos crímenes,  de lesa  humanidad! (Exp. Nº 4104-2010).

 

Preguntamos: ¿Estuvo errado, equivocado o teledirigido César San Martín y 7 supremos más; o está errado, equivocado o instrumentalizado por la componenda Javier Villa Stein y los pocos vocales que lo siguen, retractándose luego?

 

Para nosotros, el llamado criterio o discreción, que proviene del “criterio de conciencia”, junto a la complejidad del Derecho Penal y Procesal Penal, permite que se filtre, crezca y se perennice la serpenteante corrupción. ¡El Congreso, el CNM y el Ministerio Público actuales le sirven de cobertura y de abono!

 

 

 

 

LAP: ¿persecución a Mujica hasta el infinito?

LAP: ¿persecución a Mujica hasta el infinito?

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/LAP-persecucion-a-Mujica-hasta-el?var_mode=calcul

 

3-8-2012       

 

Exp. N° 35649-2009 (juzgado) y  Exp. 2004-2011 (2a. Sala Penal Superior-Reos Libres)

 
1. Querella por difamación agravada de agosto del año 2009;
 
2. Juez desoye presiones, ruegos y absolvió a Herbert Mujica Rojas;
 
3. Apelación de LAP pagando tasa que supera los S/. 1,500.00 nuevos soles;
 
4. 2a. Sala Penal Superior amiga de LAP, anula la absolución y ordena que otro juez dicte nuevo fallo (20-5-2011):
 
5. 2° Juez (una mujer) absolvió de nuevo a HMR; pese a orden ilegal de Sala que anuló la absolución;
 
6. LAP apela de la absolución por segunda vez; paga igual tasa que la anterior.
 
7. 2a. Sala Penal señala la Vista de la Causa: no se realizan los informes orales; pero igual se perdió el tiempo, yendo a la Sala en taxi y tomando desayuno con empanadas de espinacas;

 

8. 2a. Sala señala la Vista de nuevo (29-5-2012); igualmente no se produjeron los informes orales, pero el tiempo se malgastó, yendo en taxi muy temprano y desayunando con empanadas de espinacas;
 
9. 2a. Sala Penal señala nueva Vista de la Causa (19-6-2012): Al fin, informan los abogados de ambas partes, con réplica y dúplica;
 
9. A posteriori, una Vocal se inhibe del conocimiento de la causa (26-6-2012;
 
10. 2a. Sala Penal declara NULA la vista de la causa ya realizada (26-6-2012); y,
 
11. Remite el caso a otra Sala Penal Superior a que conozca del caso (28-6-2012).
 
¿NO ENCUENTRA JUECES AMIGOS LA QUERELLANTE LAP?

 

¿Quiénes integrarán la nueva sala que no puede condenar a un absuelto y que debería absolver?

 

¿Irá LAP a la Suprema, interponiendo recurso de nulidad si acaso hay absolución de 2a. instancia?

 

¡La tasa judicial para recurrir en nulidad supera los 4,000 nuevos soles! LAP está acostumbrada a pagarla.

 

¿Se trata de una persecución contra un periodista hasta el infinito o abusiva?

 

¿Es que sufrir semejante proceso es ya haberlo perdido aunque absuelvan?