Tuesday, March 20, 2018

¡Documentos y declaraciones en Vacancia presidencial!


¡Documentos y declaraciones en Vacancia presidencial!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

20-3-2018

El procedimiento de vacancia del presidente de la República, por "permanente incapacidad moral", es uno especial, pues tiene sus reglas propias o especiales a seguir. Están escritas en el Reglamento del Congreso, con fuerza de ley, desde el 4 de junio del 2004. No han sido cuestionadas desde entonces.

Ninguna regla de procedimiento puede ser sacada con magia de la manga o inventada por algún jurista acucioso, de esos que son bien pagados para defender.

Carece de período de prueba, pero para declarar la VACANCIA deben valorarse todos los documentos que los congresistas tengan a la mano, las declaraciones del cuestionado y lo que sostenga en su defensa, donde podría admitir los cargos. No es mi especulación doctrinaria. El citado Reglamento lo prevé, hasta señala que se mencione dónde está el documento para ser obtenido de modo expeditivo.

En tal virtud, está arreglado a derecho, que se tenga que valorar la declaración del presidente que ha prestado ante la Comisión Lava Jato, así como el informe de la Unidad de Inteligencia Financiera (persona jurídica de derecho público) y la propia defensa. Todos son insumos a valorar.

Para este fin, por ser la vacancia debatida en el Pleno del Congreso, todo documento pierde la calidad de RESERVADO, como lo pierde en cualquier juicio oral público por delito y en las audiencias de prisión preventiva, donde se analizan y aprecian toda suerte de documentos aparejados.

La reserva cede a un interés superior de justicia: el del público y el de la autoridad que debe resolver aún el más espinoso asunto puesto a su consideración. La ley señala qué casos se ventilan en privado, donde la reserva prevalece.

La norma que resulta aplicable al tema en trato está contenida en el Reglamento del Congreso. Dice así:

"Artículo 89-A. El procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución, se desarrolla de acuerdo con las siguientes reglas:
El pedido de vacancia se formula mediante moción de orden del día, firmada por no menos del veinte por ciento del número legal de Congresistas, precisándose los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta, así como de los documentos que lo acrediten o, en su defecto, la indicación del lugar donde dichos documentos se encuentren. Tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República.....

El Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos".

Nótese que esta regla procedimental, con fuerza de ley que le atribuye la Constitución Política, habla de los "documentos", en general. Lo son los que contienen una declaración y con mayor razón los informes -aunque sean reservados- de la Unidad de Inteligencia Financiera o los de la Contraloría General de la República, cuya reserva se pierde al debatir lo que acredite o no el documento recaudado en el procedimiento.

La cacareada reserva no es una entelequia que perdura hasta las calendas griegas, como la pontifica el abogado Gonzalo del Río, que defiende a Kuczynski.
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MTC-Brevetes: Concha desoye sugerencias y fracasa proceso


Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
20-3-2018

MTC-Brevetes: Concha desoye sugerencias y fracasa proceso

Hicimos notar con objetividad implacable que al haber adoptado como precio base la oferta de su ex empleadora Salmón Corp., para la fabricación de licencias de conducir, incurría en yerro de consecuencias imprevisibles el director de Transporte Terrestre del MTC, Paul Concha Revilla. Pero él está muy alto, en nube burocrática que no escucha ni siquiera versiones ecuánimes.

Prueba al canto: Prórroga por 4 meses para la entrega de brevetes. ¿Y por qué ha sucedido esto? Muy simple: Salmón Corp., “presentó” oferta mal intencionada con un tiempo de entrega mayor al estipulado tema que había originado una consulta que fue absuelta con anterioridad y consiguió ser descalificado adrede. En buen romance ¡ni siquiera Salmón! podía afirmar que la oferta fuera rentable para su empresa, el Estado y menos para el usuario. Es decir el proceso estaba envenenado desde mucho antes de empezar. De acuerdo a la ley de contrataciones del Estado, el proceso debió seguir de inmediato y ya tendríamos brevetes hace rato y sin sospechosos desabastecimientos. Se lo dijimos a don Paul, pero él no presta oídos desde su trono y nube celestial de experto y sabio en estas lides.

Expusimos nuestra extrañeza porque un estudio técnico recomendara “estandarizar” los procesos de fabricación de licencias de conducir con la tecnología de retransferencia térmica que, da la casualidad que es la que usa la firma Salmón Corp., y de la que fue miembro del directorio hasta marzo del 2017, Paul Concha Revilla. Lo más raro es que la tendencia en diversas regiones del país es a abandonar esa vía por cara, monopólica y pésimo servicio técnico.

En dicho estudio técnico se reconoce que la retransferencia térmica presentaba un costo de ¡cuatro veces más cara que el teslin! pero, por toda respuesta se dijo que eso lo pagaba el usuario. ¿Desde cuándo el MTC trabaja para que una empresa, con nombre y apellido, gane más dinero y el usuario pague costos mayores cuando el asunto debiera ser al revés al servicio de los ciudadanos? Basta con leer el estudio mencionado para comprobar que son costos muy altos lo que indica que hay que abandonar la retransferencia térmica ¡de una buena vez!

¿Podría decir Paul Concha que la prórroga está dentro de lo normal en ocurrencias? Hasta donde se sabe ¡nunca! ha pasado algo similar o tan catastrófico. Otra lectura diría que 4 meses es tiempo suficiente para que alguien más abandone su tradicional negocio y migre a otro. ¿O es pura casualidad esta interrupción en la entrega de brevetes?

En Perú nos hemos acostumbrado a que los burócratas que son pagados con el dinero del contribuyente, crean ser la palabra santa sobre sus temas cuando la realidad es más dura y señala que las cosas se están haciendo mal, en coincidencia con las expectativas novísimas de alguna empresa de pésimas prácticas empresariales y no se confiesan las reales razones por vergonzantes y torpes. ¡ Además jamás lo harían por un reprobable desprecio a la opinión pública!

¡Ojalá que un nuevo ministro examine al milímetro tanta mala fe y mediocridad y ponga de patitas en la calle a los funcionarios ineficientes!
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