Tuesday, January 22, 2019

“No irrogará gasto alguno al Estado” pero MIGRACIONES pagó S/ 40,463.07 por viaje de 3 funcionarios a Canadá


Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
22-1-2019

“No irrogará gasto alguno al Estado” pero MIGRACIONES pagó S/ 40,463.07 por viaje de 3 funcionarios a Canadá

Las resoluciones que emiten todas las dependencias del aparato estatal deben ser cumplidas al pie de la letra, por eso la farragosa minuciosidad con que son redactadas. Quien se burle de aquellas violando su espíritu literal incurre en responsabilidades administrativas, civiles y penales.

En la Resolución de Superintendencia Nacional de Migraciones No. 000343-2017-MIGRACIONES de fecha 21-12-2017, se autoriza el viaje al extranjero del 14 al 16 de enero del 2018 a los funcionarios Félix Roberto Jiménez Murillo, Gerente de Registro Migratorio; Angel Gustavo Cornejo Pisfil, Subgerente de Registros Nacionales de la Gerencia de Registro Migratorio y Melina Francia Pérez Pelayo, funcionaria de la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicación y Estadística de Migraciones.

En el Artículo 3 de la resolución se establece  que NO IRROGARA GASTO ALGUNO AL ESTADO, ni da derecho a exoneraciones.

Pese a la claridad del artículo 3 la Gerente General de Migraciones, Roxana del Aguila, hace caso omiso y autoriza que los viáticos sean abonados con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, correspondiéndole a cada funcionario el monto de S/ 13,487.69. Se adjunta Planilla Resumen de gastos-pasajes y viáticos del mes enero 2018.

¿Puede la Gerente General, Roxana del Aguila, contravenir una resolución de Migraciones?

Importante precisar que la fundamentación de sustento que se elabora para la comisión de servicio al extranjero, dice: “llevar la etapa de producción para la publicación de los Certificados de Firma País y del firmante de documentos, en el directorio público de Claves PKD de la OACI”, no ameritaría esta actividad en razón que ya habría sido llevada a cabo por el consorcio que integra el proveedor Imprimerie Nationale de Francia en la Sede Central Lima conjuntamente con la participación del personal responsable del área competente.

Hay, por lo menos, graves negligencias cometidas por los funcionarios de Migraciones encargados de custodiar y optimizar los recursos del Estado y, como hemos dicho, líneas antes, ámbitos administrativos, civiles y penales que castigan tales barbaridades con el dinero que pagan todos los peruanos vía impuestos.

“No irrogará gasto alguno al Estado” pero MIGRACIONES pagó S/ 40,463.07 por viaje de 3 funcionarios a Canadá


Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
22-1-2019

“No irrogará gasto alguno al Estado” pero MIGRACIONES pagó S/ 40,463.07 por viaje de 3 funcionarios a Canadá

Las resoluciones que emiten todas las dependencias del aparato estatal deben ser cumplidas al pie de la letra, por eso la farragosa minuciosidad con que son redactadas. Quien se burle de aquellas violando su espíritu literal incurre en responsabilidades administrativas, civiles y penales.

En la Resolución de Superintendencia Nacional de Migraciones No. 000343-2017-MIGRACIONES de fecha 21-12-2017, se autoriza el viaje al extranjero del 14 al 16 de enero del 2018 a los funcionarios Félix Roberto Jiménez Murillo, Gerente de Registro Migratorio; Angel Gustavo Cornejo Pisfil, Subgerente de Registros Nacionales de la Gerencia de Registro Migratorio y Melina Francia Pérez Pelayo, funcionaria de la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicación y Estadística de Migraciones.

En el Artículo 3 de la resolución se establece  que NO IRROGARA GASTO ALGUNO AL ESTADO, ni da derecho a exoneraciones.

Pese a la claridad del artículo 3 la Gerente General de Migraciones, Roxana del Aguila, hace caso omiso y autoriza que los viáticos sean abonados con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, correspondiéndole a cada funcionario el monto de S/ 13,487.69. Se adjunta Planilla Resumen de gastos-pasajes y viáticos del mes enero 2018.

¿Puede la Gerente General, Roxana del Aguila, contravenir una resolución de Migraciones?

Importante precisar que la fundamentación de sustento que se elabora para la comisión de servicio al extranjero, dice: “llevar la etapa de producción para la publicación de los Certificados de Firma País y del firmante de documentos, en el directorio público de Claves PKD de la OACI”, no ameritaría esta actividad en razón que ya habría sido llevada a cabo por el consorcio que integra el proveedor Imprimerie Nationale de Francia en la Sede Central Lima conjuntamente con la participación del personal responsable del área competente.

Hay, por lo menos, graves negligencias cometidas por los funcionarios de Migraciones encargados de custodiar y optimizar los recursos del Estado y, como hemos dicho, líneas antes, ámbitos administrativos, civiles y penales que castigan tales barbaridades con el dinero que pagan todos los peruanos vía impuestos.