Wednesday, September 26, 2012

Sala de Villa Stein anularía inicuo fallo

Sala de Villa Stein anularía inicuo fallo

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Sala-de-Villa-Stein-anularia?var_mode=calcul

 

26-9-2012

 

Para curarse en salud la Sala Penal Permanente que aún preside Javier Villa Stein declararía la nulidad de su sentencia del 20 de julio de 2012 (Exp. N° 4104-2010), que eliminaba el carácter de lesa humanidad de los crímenes de Barrios Altos y el concepto de autoría mediata, así como rebajaba las penas, por bondad u otra motivación, a varios procesados ya condenados en primera instancia, miembros del grupo Colina, todo lo cual favorecía de carambola también al condenado Alberto Fujimori a 25 años, que los sigue purgando.

 

Esta esperada nulidad se declararía en menos que canta un gallo, en una resolución pequeña de una media página, en la sola aplicación  del fallo último de la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (Corte IDH), de 7-9-2012, que es de obligatorio cumplimiento.

 

Como no hay puntada sin hilo en la función jurisdiccional, esta rápida nulidad evitaría que el Consejo Nacional de la Magistratura suspenda en sus funciones a Villa Stein y 4 vocales más, autores del aquelarre jurídico por oscuros motivos fujimoristas.

 

Ningún órgano del Estado puede menearse, hacer manoletinas o cabriolas, ante este tipo de  resoluciones de sede judicial interamericana, toda vez que la presunta responsabilidad internacional del Perú está en entredicho, ya que nuestro país reconoció la competencia de la Corte IDH el 21-1-198l. Unicamente los conocidos Cipriani, los Rafael Rey, entre otros más,  pretenderían la elusión con miopía, visión ciega y desatino.

 

El Artículo 68.1 de la Convención Americana estipula que "los Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes". De conformidad con esta norma el Perú está obligado a asegurar a nivel interno la implementación de lo que ha dispuesto esta corte interamericana, y en el plazo que se le ha fijado, que vence pronto: el 20 de enero de 2013.

 

Con mucha razón la Corte IDH cita en su sentencia otras normas internacionales, respecto a esta responsabilidad del Perú y no de Villa Stein o de los vocales de su Sala. Señala como precisión y advertencia: "dispone el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, aquellos (los países) no pueden, por razones de orden interno, dejar de asumir la responsabilidad internacional ya establecida. Las obligaciones convencionales de los Estados Partes vinculan a todos los poderes y órganos del Estado" (página 4 del fallo).

 

Además de lo que dispone esta resolución internacional, en el Perú ya se han pronunciado el presidente Humala, el del Congreso, Víctor Isla, el del Poder Judicial, César San Martín, y la Ministra de Justicia, Eda Rivas, entre otros, en el sentido de acatar el fallo sin chistar. No le queda sino a Villa Stein agachar la cabeza y anular su propia sentencia.

 

Si Villa Stein tiene que deglutir algún vómito negro que lo haga, en bien del Perú, por ser esta "nulidad horizontal" la más recomendable, toda vez que la vía del amparo es  engorrosa, se presta a la triquiñuela y el plazo fijado por la Corte IDH es corto. ¡Aspetiamo!

 

 

 

¿A quién favorece concesión de terminales de Petroperú?

¿A quién favorece concesión de terminales de Petroperú?

por Nino Torres; ninotorres23@gmail.com

http://www.voltairenet.org/A-quien-favorece-concesion-de?var_mode=calcul

 

26-9-2012

 

Considero sumamente importante la revisión del contrato sobre los concesionarios de los terminales de Petroperú quienes ya tienen 14 años operándolos (1998-2011), ellos ganaron el concurso en 1998, durante el gobierno de Fujimori y en este lapso de  tiempo, le han pagado a Petroperú por el alquiler US $190 millones de dólares, lo grave es que a su vez la dueña de los terminales  (Petroperú) le ha pagado a estas mismas compañías para el  almacenamiento, recepción y despacho de  sus propios productos en sus propios terminales la suma de US $ 452 millones de dólares en este mismo espacio de tiempo.

 

Debemos considerar además la pérdida que tiene, al no percibir lo que le pagan a los concesionarios por los mismos servicios, que ellos brindan a Relapasa e importadores, por la suma de US $ 92´759 millones de dólares adicionales, en el mismo período de tiempo, todo lo cual suma un total US $ 544´760 millones de dólares, que han recibido estos concesionarios, desde la entrega de los terminales hasta el año 2011. Es necesario precisar que la cifra que se considera por recepción, almacenamiento y despacho de Relapasa e importadores es solo estimada (fija), pues para realizar el cálculo, solo hemos considerado el 15% de almacenamiento según el contrato inicial.

 

El presente artículo está dedicado a todos los compañeros de plantas y terminales de almacenamiento que durante muchos años (1968 a1998), dieron todo por la empresa y que finalmente muchos de ellos fueron obligados  a renunciar, principalmente por la ansiedad de los concesionarios, quienes con solo el objetivo de tener mayor reducción en sus costos operativos y maximizar sus ingresos, eliminaron puestos de trabajo, despidiendo personal con mucha experiencia y conocimiento de las operaciones de un terminal, sobre todo en la parte operativa. Para su reemplazo han colocado en su lugar a personal contratado que no goza de estabilidad laboral, ni se encuentra asegurado, poniendo con ello en riesgo este tipo de operaciones que requieren justamente de técnicos capaces que impidan se presenten situaciones de emergencia que generen riesgos al entorno donde se encuentran ubicadas las plantas y terminales de la empresa. Muchos de los despedidos laboran actualmente en los procesos de descarga de los buques tanque, sin los beneficios con los cuales gozaban durante su permanencia en Petroperú.

 

Para todos los servidores actuales de Petroperú y para los jubilados de nuestra querida empresa, creemos que la mejor noticia que han recibido en muchos años, es que el gobierno actual haya nombrado a un verdadero técnico y conocedor de la realidad del negocio del petroleo como es nuestro actual presidente el señor Humberto Campodónico. La integración vertical debe ser cumplida de inmediato para que la empresa rinda lo que  verdaderamente debe generar  en cuanto a ingresos, recordemos que Petroperú es  la empresa es de todos los peruanos.

 

Al tener Relapasa un porcentaje del mercado similar a Petroperú, estimamos que esta cifra debe ser mucho mayor de la que estamos considerando (Ver anexo 1). Ambos concesionarios han sido evaluados, mediante un estudio de una compañía colombiana (Cosenit), a la que Petroperú le ha pagado por el mismo, la suma de US$ 398,000 dólares. Tomando como base esta información, el Directorio anterior le ha extendido el contrato a ambos concesionarios por 18 meses adicionales,  dos años antes de que finalice el contrato.

 

Sobre este punto tenemos conocimiento pleno que las recomendaciones de este informe indicaban que la mejor opción para la empresa era que los terminales retornaran bajo la administración de Petroperú, dejando en segundo lugar la opción de un outsourcing y en tercer lugar, la cual no la recomendaban por estar en contra de los intereses de la empresa,

 

Finalmente, y a pesar de todo lo actuado, vemos que este contrato fue ampliado en forma acelerada, ya que el mismo fue realizado en un acuerdo del directorio del 28/12/2010, reiteramos, dos años antes de que venciera.

 

Solo preguntamos ¿cuál fue el apuro? si el contrato original en el artículo 4.1.8 indica con total claridad que seis meses antes Petroperú realizaría una auditoría para saber en qué condiciones recibiría los terminales al término del contrato. Ver recorte de contrato a continuación, donde claramente se precisa esta opción.

 

Volvemos a preguntarnos: ¿cuáles han sido las razones para que se recomiende la ampliación de estos contratos si va contra los intereses de la empresa?, peor aun cuando se contrata una entidad extranjera que en su resumen final precisa con total claridad que los contratos actuales no le convienen a la empresa. Se gastaron US$ 398,000 dólares para no seguir estas recomendaciones? ¿Cuál es el sustento técnico de los asesores que recomendaron esta ampliación? ¿Que razones se han considerado  para cometer este desatino tan grande por parte de los directivos de la entidad estatal? ¿Por qué el apuro de “acelerar” la evaluación para la entrega si faltaban dos años para que el contrato se venciera?

 

Estos contratos fueron desde el inicio un atentado contra las arcas de la empresa, pues de acuerdo a los cuadros mensuales de los años1996,1997, el costo por barril movido (almacenamiento, recepción y despacho le costaba a Petroperú, solamente US $ 0.50 ctvs de dólar (promedio de plantas a nivel nacional) cifras indicadas mensualmente durante la vigencia del Data Room, previo a la concesión de los terminales.

 

Cuando se hicieron las bases ya el costo lo estaban considerando en US $1.18 ctvs. de dólar (US$ 0.60 de almacenamiento y US $ 0.58 ctvs. de despacho) cifra que se ha ido incrementando hasta la actualidad en que se está pagando US $ 0.8161 en almacenamiento y 0.7889 en despacho (cifras al 2011), un total de US $ 1.605 dólares americanos por barril. Como apreciarán son cifras que perjudican a la empresa y que fueron hechas a la medida de los concesionarios, solo habría que comparar lo que le costaba a la empresa antes de la privatización (US $ 0.50 ctvs de dólar vs US $ 1.18 al inicio de la concesión).

 

La llamada “privatización” se ha convertido en una burda subvención de la empresa para estos "concesionarios", la cosa es clara, muy clara, revisemos los cuadros del Anexo 1 y veremos lo absurdo de esta concesión.