Thursday, December 17, 2015

Demandan vacancia de Boris Potozén

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
17-12-2015

Demandan vacancia de Boris Potozén

Lima, 2 de junio de 2015

Señor Abogado
Boris Gonzalo POTOZEN BRACO       
Superintendente Nacional de Migraciones

Tengo el agrado de dirigirme a su cargo para hacer de su conocimiento que usted estaría disponiendo que en la Superintendencia Nacional de Migraciones se implemente la Ley del Servicio Civil a fin de que los funcionarios que se encuentran ocupando Cargos Directrices y de Confianza se perpetúen en dichos cargos con sueldos que oscilan entre 12000 y 15600 soles, en desmedro de los trabajadores nombrados de esta Superintendencia.

Como es de su conocimiento con la vigencia del DL. 1130, se creó su Consejo Directivo, como Organo Máximo de Migraciones, compuesto por un representante de Relaciones Exteriores, un representante de MINCETUR y dos representantes del sector Interior correspondiendo ser uno de ellos el Superintendente Nacional de Migraciones (quien la preside).

Al respecto el Decreto Legislativo No. 1130 indica que para la aprobación de las políticas en general, de personal y administrativos deben ser aprobados por este Consejo Directivo de Migraciones (DL. 1130 Art. 12 Inc. E), sin embargo en las gestiones de los ex Superintendentes Edgar Reymundo Mercado, Rosa Prieto Gómez, Edwin Palomino Vega y la suya, se vienen aprobando estas políticas sin considerar al Consejo Directivo de Migraciones por lo tanto todos los Superintendentes han cometido falta grave motivo de vacancia (DL. 1130 Art. 10 Inc. E).

Es por este motivo que estamos remitiendo comunicaciones a los miembros del Consejo Directivo; toda vez que ellos nunca han sido convocados a este Consejo, tal como lo manifiesta en sus respusetas oficiales el Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores según Carta (CON) 0-4-A/702 de 27May2015 que manifiesta que hasta la fecha no ha sido convocado a sesión alguna (documento que se adjunta).

Por lo tanto todas las decisiones y documentos oficializados han sido efectuados unilateralmente por Superintendentes y otros funcionarios de las diversas gestiones, todas estas acciones son ilegales y los funcionarios habrían cometido delito de usurpación de funciones contemplados en el Código Penal.

Estamos dirigiéndonos a la Inspectoría General de Ministerio del Interior con la finalidad que en estricta observancia del DL. 1130 se realicen las investigaciones tendientes a la vacancia del cargo de Superintendente que usted viene detentando.

Atentamente,

Héctor Rainuzzo Botetano
Secretario General
Sindicato Nacional de Servidores Públicos
de la Superintendencia Nacional de Migraciones


cc.
Ministro del Interior
Presidente del Consejo de Ministros

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