Monday, May 04, 2009

TC viola derechos humanos

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
4-5-2009

TC viola derechos humanos

¿Puede el Tribunal Constitucional convertir lo que el Poder Judicial
declara por resolución firme como "nulo e inexistente por tener objeto
ilícito", en "legal y existente" para que produzca efectos jurídicos
favorables a un banco? ¿el mundo al revés o la génesis de un absurdo
inaceptable? El escenario de este intríngulis es Arequipa.

¿En qué parte del mundo un pagaré nulo cuya emisión fue con propósitos
ilícitos gesta un acto jurídico válido? ¿no es eso acaso lo que está
perpetrando el Tribunal Constitucional?

Los miembros del TC, como cualquier peruano tienen que "respetar,
cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la
Nación", con pleno conocimiento, resolvieron en ese sentido el 23 de
agosto del 2006 en la causa Nº 6759-2006, resolución que curiosamente
se notifica ¡9 meses después, el 23 de febrero del 2007!

En dicha resolución, se afirma que en el ilegal proceso de ejecución
de garantías contra Fernando Gerdt Tudela, el banco ejecutante no usó
el pagaré para determinar la obligación, sino sólo una pericia de
dicho pagaré.

El tema es que el Tribunal Constitucional sabía a plenitud que el
Poder Judicial, por sentencias firmes uniformemente favorables a
Fernando Gerdt Tudela y hasta de la propia Corte Suprema, había
declarado la nulidad del pagaré cuya pericia era la que determinaba el
supuesto saldo deudor, por tener fin ilícito.

¿Cómo podía tener entonces sustento la pericia de un pagaré nulo e
inexistente por tener fin ilícito y que fue un delito y que estaría
generando un acto jurídico válido?

Un verdadero imposible jurídico que el TC mantiene por más de 2 años y
2 meses sin declarar la nulidad de su propia resolución y corrigiendo
su error, declarar fundado el proceso de amparo que se interpuso, pues
es una violación al debido proceso el haber hecho todo un proceso de
ejecución de garantías en base a algo inexistente, es decir, que ni el
pagaré ni la liquidación que se aparejó a la demanda, podían acreditar
algo, pues son nulas por tener fin ilícito.

El Tribunal Constitucional ha recibido hasta la fecha 31 recursos
reclamando se resuelva la nulidad de la resolución de 23 de agosto del
2006 en el proceso de amparo Nº 6759-2006, sin que lo haya hecho hasta
la fecha, habiendo recibido incluso copia certificada de todos los
actuados pertinentes y el pagaré ya testado por el Poder Judicial, de
forma tal que para resolver la nulidad planteada, todos sus miembros
tienen conocimiento pleno de la situación.

Con este pagaré nulo y cuyo fin es ilícito, se despojó de su propiedad
-y se la destruyó- al ciudadano Fernando Gerdt Tudela, casa que era
parte del patrimonio de la humanidad y donde vivió el doctor José Luis
Bustamante y Rivero.

¿Habría interés en no resover a fin de que el banco que hizo el ilegal
proceso y sus cómplices, tengan tiempo de hacer más actuaciones
ilegales a fin consumar el despojo?

El objeto del proceso de amparo, que es por violación al debido
proceso, es que se declare la nulidad de todo el juicio de ejecución
Nº 659-97 porque se hizo en base a un pagaré y una liquidación basada
en el mismo, cuyo acto jurídico ha sido declarado nulo por tener fin
ilícito, debiéndose, además, declarar nulos todos los asientos
registrales que transfieren la propiedad.

¿Defiende el TC la Constitución y la ley como es su función, o es que
también se cuecen habas allí y se violan los derechos humanos como
ocurre flagrantemente en este caso?

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

¡Sólo el talento salvará al Perú!

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