Wednesday, June 28, 2017

Perú: robos noticiosos; robos “intrascendentes”

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
28-6-2017

Perú: robos noticiosos; robos “intrascendentes”

Que nuestro país es original en múltiples formas y cosas, no hay duda posible. Aquí se producen robos y estafas que sí concitan el foco de los miedos de prensa, el hablar de políticos deslenguados y la tasación del escándalo depende del peso de quiénes estén involucrados. No olvidemos que en Perú llueve para arriba.

En estos últimos 2 ó 3 meses los insalvables reparos de la Contraloría a la firma de la adenda al contrato del aeropuerto de Chinchero por parte del Poder Ejecutivo han permitido conocer que el ex ministro de Economía hizo fuerte presión al Contralor. Más aún, éste ha revelado que una troika no tan insólita: Thorne, Vizcarra y Zavala, le acorralaron con el mismo fin concesivo. Nótese que Thorne y Vizcarra ya tienen lápida en el cementerio político local.

Las respuestas furiosas han hecho del Contralor Alarcón un pararrayos propicio para todo tipo de acusaciones. ¿Se malogró un negociote en que ya algunos acariciaban y pulían las uñas por más de US$ 125 millones de adelanto con una empresa chilena?

Algo tiene que haber ocurrido. Además hay cuchipandas que tienen bajo perfil aunque sean los referidos a la recompra de la deuda pública del Perú y la emisión de bonos por US$ 13 mil millones de dólares que generaron una comisión de casi US$ 400 millones. Sobre este tema los miedos no dicen ni chis ni mus. Es de “bajo perfil” el asunto. ¡Cómo no, si en Perú los robos y su clasificación bursátil depende de quién o quiénes los hagan!

Conozco un caso muy de cerca porque lo denuncié ante la Contraloría General de la República, bastante antes que el actual titular –Alarcón- se hiciera del cargo, y también en la Fiscalía Anticorrupción: el tema de los pasaportes electrónicos en que se ha producido en Cancillería un sobreprecio –léase ROBO- de casi US$ 16 millones de dólares, la buena pro con nombre y apellido a un monopolio francés: Imprimerie Nationale-Gemalto y ha sido tan grave el asunto que la carpeta 023 de la Contraloría ya está ante la II Fiscalía Corporativa en Delitos de Corrupción de Funcionarios Públicos, es decir es un asunto penal.

Pero, aunque el lector no lo crea, los miedos de comunicación que otorgan una bulla ensordecedora a otros robos noticiosos, NO se interesan en dar cuenta de la estafa habida en el Ministerio de Relaciones Exteriores por casi US$ 16 millones de dólares.

Hay una evidente discriminación porque el sobreprecio es robo y los forajidos, aunque tengan saco y corbata, le siguen robando al Estado y éste lo integramos todos los peruanos. ¿En qué quedamos?, ¿o somos tontos de capirote o hay interés en ver, oír y callar? ¡Vergüenza debería dar toda esta aberración con el dinero público!

Seguiremos denunciando los robos de unos y la mudez de otros.
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Tuesday, June 27, 2017

¡PPK quiere zurrarse en Estado de Derecho!

¡PPK quiere zurrarse en Estado de Derecho!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

27-6-2017

Parece que al presidente Pedro Pablo Kuczynski, fiel a su tozudo y sinuoso comportamiento en la función pública, siempre escurridizo e impune, ni le va ni le viene lo que dispone el ordenamiento jurídico nacional e internacional. Se pretende zurrar, una vez más, en o sobre el Estado de Derecho establecido.

La Constitución Política, los tratados internacionales, diversas leyes ordinarias, los reglamentos sobre la materia y difundidos fallos judiciales impiden el Indulto a Alberto Kenya Fujimori Fujimori, pero al gobernante de marras, tengo la impresión, esas normas le interesan un bledo. Por eso, suelto de huesos, ha anunciado que "el tiempo de hacerlo es ahora".

No le importa, quizá pensando en morir pronto, que si lo concede incurre en delito agravado, punible hasta con 15 años de privación de su libertad. Por mi parte, cumpliré la promesa de plantearle Denuncia penal por sustraer con dolo al condenado Alberto Fujimori Fujimori de la ejecución de su pena. Lea en este artículo mis razones jurídicas; y no supuestos "odios" o imaginarias "venganzas", pues no conozco al personaje que se pretende beneficiar.

No corresponde ni amnistía ni indulto para el reo Alberto Fujimori, porque el Congreso de la República y el actual presidente, como el que viene, están prohibidos de concederlos.

Reitero, si el presidente Kuczynski lo indulta incurre en responsabilidad penal y tendré que denunciarlo, aunque jueces y fiscales concernidos sean genuflexos, acomodaticios, venales o prevaricadores ante cualquier poder de turno.

1.- Hasta la amnistía está proscrita.- El actual Congreso de la República, o el próximo, no puede dictar una ley que otorgue amnistía a los autores de crímenes de lesa humanidad, porque el derecho internacional, ratificado por el Perú, con rango constitucional, lo prohíbe.
La Décimo Sexta Disposición General y Transitoria de la Constitución Política de 1979 les otorgó “ratificación constitucional” al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 12-12-1966 y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica de 22-11-1969.

Este mismo rango o jerarquía fluye de la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política de 1993 cuando señala que: “Las normas relativas a los derechos y libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú”. Más clara y limpia ni el agua, ni tampoco la patena.

En consecuencia, no es atribución del Congreso “ejercer el derecho de amnistía” aprobando una ley que viole o contravenga la letra y espíritu de los tratados internacionales celebrados, suscritos, ratificados y que el Perú no haya denunciado con “aprobación previa” del propio Congreso cuando se refieren a “derechos humanos” (Arts. 55, 56 y 57° de la Constitución Política, 1993). Los jueces peruanos no aplicarían una ley semejante, como ya sucedió en el pasado (asesinatos del grupo Colina, 1991 y 1992) con la Ley de Amnistía N° 26479, promulgada por Alberto Fujimori, el 14-6-1995 y su presurosa Ley interpretativa N° 26492, de 2-7-1995. ¡Eran los tiempos de la feroz dupla Fujimori-Montesinos!

Recordemos a la valiente jueza Antonia Saquicuray Sánchez que vía control difuso declaró inaplicables estas leyes de amnistía al Caso Barrios Altos en plena satrapía fujimorista, ante los ojos exoftálmicos de Vladimiro Montesinos y Alberto Fujimori. Era junio de 1995 y fue del mismo criterio, la entonces fiscal Ana Cecilia Magallanes Cortez, mi alumna en Villarreal, a quien el cáncer tempranamente nos arrebató sin indultarla.

2.- Leyes penales prohibitivas de indulto.- Del mismo modo, el Presidente de la República no puede conceder el indulto a un condenado por delito de secuestro agravado, como es el caso de Fujimori, preso en su dorado remanso: DIROES, cuando existe una ley interna que también lo prohíbe: la Ley N° 26478, de 3-6-1995, que “excluye del beneficio del indulto a los autores del delito de secuestro agravado”. ¡Esta norma la promulgó Fujimori; ahora es para él; como una de las celdas de la Base Naval del Callao la ocupa Montesinos y que él las ordenó para los delincuentes peligrosos y avezados!

Del mismo modo la Ley N° 28760, de 13-6-2006, señala que “no procede el indulto a los condenados por los delitos de secuestro y extorsión. Tampoco el derecho de gracia a los procesados por tales delitos”. Antes de ésta, la citada Ley N° 26478, promulgada precisamente durante el gobierno de Fujimori, establecía la improcedencia del indulto para los sentenciados por secuestro agravado, ahora es para cualquier tipo de secuestro. También se prohíbe el indulto en el caso de violación de menores de edad por la Ley N° 28704, de 3-4-2006. Las 3 leyes obligan al Presidente a no indultar y a las Comisiones de trámite a rechazar de plano peticiones ilegales.

El Presidente que fuere violaría estas leyes con responsabilidad penal en lugar de cumplirlas y hacerlas cumplir como es su obligación.

3.- Violaciones constitucionales al indultar lo prohibido.- Estaríamos ante la concesión del cacareado indulto y de una cuádruple violación de preceptos constitucionales:

a.- La del Artículo 118, inciso 1 de la Carta Política, que obliga al presidente a “cumplir los tratados y leyes”. Se vulneraría la Convención Americana sobre Derechos Humanos que nos obliga a acatar los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a su vez dos leyes nacionales que prohíben el indulto a condenados por crímenes de lesa humanidad y delito de secuestro, respectivamente;

b.- Del mismo numeral 118°, inciso 9, que lo compulsa a “cumplir las sentencias de los órganos jurisdiccionales”, de sede judicial interna e internacional. En esta última se han visto y resuelto los horrendos casos de Barrios Altos y La Cantuta, fallos de 14-3-2001 y 29-11-2006 que califican los hechos como crímenes de lesa humanidad, para los cuales está proscrita la amnistía, el indulto, la prescripción y cualquier medida que busque atentar contra la ejecución de la pena impuesta y generar impunidad;

c.-  De la Cuarta Disposición Final de nuestra Constitución que estatuye la interpretación de sus normas relativas a los derechos y libertades, de los condenados que piden indulto y de sus víctimas, “de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con los tratados internacionales” sobre esta materia.

d.- Del Art. 2°, inciso 2, que consagra el principio de la “igualdad ante la ley”, que resulta violado al configurar y llevar a cabo una política penitenciaria desigual, favoreciendo no sólo con gollerías en la estancia en DIROES de 10,050 metros cuadrados de área del reo Fujimori sino también, en adición, indultándolo, pretiriendo así a los demás internos.

El citado Artículo 118° de la Constitución Política manda al presidente Kuczynski: “cumplir y hacer cumplir la Constitución, tratados y leyes” y no violarlas o desacatarlas. La conducta ilícita del que concede un indulto que la ley prohíbe tiene clarísimo contenido penal, al sustraerlo al beneficiario de una medida penal ordenada por los jueces o lo que es lo mismo al sustraerse al condenado de la ejecución de su pena infligida en fallo judicial.

Es un tema conocido por trillado que “corresponde al Presidente de la República conceder indultos y conmutar penas”; empero tal atribución no se ejerce ad líbitum, violando leyes, cuya inconstitucionalidad no ha sido declarada, infringiendo tratados internacionales que no han sido denunciados, pretextando sentimientos de humanidad, piedad, conmiseración o cosas parecidas, que esconden intereses nefandos o vitandos llamados políticos, corrupción y a menudo prebendas millonarias.

Con mayor razón el presidente no puede conceder un indulto por crímenes de lesa humanidad, a través de un simple Decreto Supremo, incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos, de rango constitucional. La justicia internacional ha establecido tal incompatibilidad, precisamente en los casos Barrios Altos y La Cantuta.

4.- Cosa juzgada internacional.- Además, reitero, el caso de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta ya fue judicializado internacionalmente. El 14-3-2001 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por unanimidad, decidió, en forma definitiva, que el “Estado del Perú violó el derecho a la vida (de más de 25 personas); que “debe investigar los hechos y sancionar a los responsables” y que las “leyes de amnistía 26479 y 26492 son incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, en consecuencia, carecen de efectos jurídicos”. Véase el Punto 51 de dicha sentencia.

5.- Caso La Cantuta visto como lesa humanidad.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado expresamente que lo que ocurrió en La Cantuta, es un "crimen contra la humanidad". Cito textualmente las partes perinentes de este fallo, de 29-11-2006:

"Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso La Cantuta Vs. Perú
Sentencia de 29 de noviembre de 2006
En el caso de La Cantuta, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces* :
Sergio García Ramírez, Presidente;
Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente; Antônio Augusto Cançado Trindade, Juez;
Cecilia Medina Quiroga, Jueza;
Manuel E. Ventura Robles, Juez; y
Fernando Vidal Ramírez, Juez ad hoc.
presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario; y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria adjunta;
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 29, 31, 53.2, 55, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta la presente Sentencia:
225. En tal sentido, es oportuno insistir en que los hechos de La Cantuta, cometidos contra las víctimas ejecutadas extrajudicialmente o desaparecidas forzadamente, constituyen crímenes contra la humanidad que no pueden quedar impunes, son imprescriptibles y no pueden ser comprendidos dentro de una amnistía (supra párr. 152).

De tal manera, resultan aplicables las consideraciones del Tribunal en el caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile: […]

Según el corpus iuris del Derecho Internacional, un crimen de lesa humanidad es en sí mismo una grave violación a los derechos humanos y afecta a la humanidad toda176. […] Al ser el individuo y la humanidad las víctimas de todo crimen de lesa humanidad, la Asamblea General de las Naciones desde 1946177 ha sostenido que los responsables de tales actos deben ser sancionados. Resaltan al respecto las Resoluciones 2583 (XXIV) de 1969178 y 3074 (XXVIII) de 1973179. 1

226. De tal manera, en cumplimiento de su obligación de investigar y en su caso sancionar a los responsables de los hechos, el Estado debe remover todos los obstáculos, de facto y de jure, que mantengan la impunidad, y utilizar todos los medios disponibles para hacer expedita la investigación y los procedimientos respectivos y así evitar la repetición de hechos tan graves como los presentes.

El Estado no podrá argüir ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y, en su caso, sancionar penalmente a los responsables de los hechos de la Cantuta. En particular, tal como lo ha hecho desde la emisión de la Sentencia de este Tribunal en el caso Barrios Altos vs. Perú, el Estado no podrá volver a aplicar las leyes de amnistía, las cuales no generarán efectos en el futuro (supra párr. 152), ni podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ni el principio non bis in idem (supra párr. 182), o cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables181. Por ende, también deberán activarse, según corresponda, las investigaciones pertinentes contra quienes fueron investigados, condenados, absueltos o cuyas causas fueron sobreseídas en los procesos penales militares". (Texto de los Considerandos 225 y 226 de dicho fallo).

Siendo así, tanto el Congreso de la República como el presidente Kuczynski mal pueden contrariar un tema judicializado sin incurrir en responsabilidad penal.

6.- Reglamento de Gracias Presidenciales impide tramitar el indulto.- Finalmente, se infringiría el Decreto Supremo N° 008-2010-JUS de 22-6-2010 que en su Art. 5° establece la improcedencia del indulto por “delitos a los que por ley expresa se ha excluido de la gracia”, obligando, además, que la Comisión de Gracias Presidenciales “no dará trámite a las solicitudes” de estos casos.

En el mismo sentido, el Art. 17° del Reglamento Interno de esta Comisión instituye el “rechazo de plano” de la solicitud cuando “existe impedimento legal o constitucional expreso para la concesión de la gracia”, que hemos dejado anotado que sí existe.

7.- Indulto inconstitucional, ilegal, delictivo y no reglamentario.- En suma, el cacareado indulto de Alberto Fujimori, cuya libertad también pretende su hija Keiko, mediante hábeas corpus, y que el reo no lo ha pedido, resulta claramente inconstitucional, ilegal, delictivo y no reglamentario. Las normas jurídicas reseñadas no distinguen su aplicación para cualquier tipo de indulto. Son para todos los casos.

Están advertidos, pues, el impredecible presidente Kuczynski, su actual ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, y los 5 fusibles miembros, quienes fueren, que integrarían la Comisión de Gracias Presidenciales en cuestión.

La advertencia es contundente: ¡La Corte de San José de Costa Rica, cuyos fallos jurisdiccionales obligan al Perú: es decir, a todos sus poderes públicos, ya estableció que los crímenes de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992) son de lesa humanidad!

Esta corte supranacional no investigó, procesó, juzgó y condenó a don Alberto Fujimori, por ojerizas a él, los años 2001 y 2006, sino al Perú, concretamente por los hechos que se consumaron en la masacre de Barrios Altos (1991) y en La Cantuta (1992), mientras el exmandatario era presidente. ¡Los hechos allí perpetrados, por sus horrendas características, son de lesa humanidad, en sujeción a normas del derecho internacional!

8.- Indulto es Impunidad.- El Indulto “suprime la pena impuesta”; o sea, deja sin sanción al condenado o impune. Así reza el Artículo 89° del Código Penal, pese a que el fallo de la Corte de San José de Costa Rica obliga al Estado peruano a “investigar los hechos y sancionar a los responsables”, que ya fueron identificados: Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos, Nicolás Hermoza Ríos, los inefables del grupo Colina, entre otros.

Las reseñadas sentencias supranacionales niegan la amnistía y el indulto. Ordenan la sanción que ha impuesto ya el Poder Judicial peruano en última instancia, considerando crímenes de lesa humanidad los de Alberto Fujimori, en casos Barrios y La Cantuta.

Al Congreso y al Presidente no les compete decidir contra los jueces internacionales, en casos que también normas constitucionales, legales y reglamentarias internas niegan amnistiar e indultar. Sería una monstruosidad que corrigieran o enervaran los efectos de sentencias de  casos concretos, que son cosa juzgada. Si lo hacen incurren en responsabilidad penal y el Estado peruano incurre en una costosa responsabilidad.

Además, la propia Corte Interamericana dejaría sin efecto el indulto concedido, claro, con imposibilidad de recaptura, pues el beneficiado ya estaría en Japón, haciendo cuentas.
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Sra. Luz Salgado: ¡no todos son hipócritas!

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
27-6-2017

Sra. Luz Salgado: ¡no todos son hipócritas!

Refiriéndose a los jóvenes que ya anunciaron su intención de salir a las calles a protestar contra un posible indulto presidencial en favor de Alberto Fujimori, la titular del Congreso, Luz Salgado, los llamó “hipócritas”. Y siendo un joven de acreditada antigüedad puedo y debo responderle: ¡No todos son hipócritas!

A la fecha no hay quien pueda rebatir la ilegalidad de un indulto que no cumple con los requisitos indispensables. La denuncia fundamentada la ha hecho el doctor Guillermo Olivera Díaz en su trabajo: ¡Kuczynski delinque ordenando se tramite indulto prohibido! http://www.voltairenet.org/article196952.html?var_mode=recalcul

Cuando los grupos juveniles deciden protestar contra la maniobra ilegal lo hacen en el supremo ejercicio democrático de votar con los pies y en repudio a lo que consideran está mal. Obviamente que hay un puñado de irresponsables cuyo negocio consiste en la oposición a troche y moche y cualquier referencia al fujimorismo les enciende las luces de emergencia. No deslindan aquellos con los violentistas que aparecen también convocando y el fin no es sino mantenerse en “vigencia”. ¡Esos sí son irresponsables!

Pero generalizar como la hecho la señora Luz Salgado y meter a todos en un mismo saco sí que es una temeridad. Es como confundir a los fujimoristas antiguos, los que salieron por las patas de los caballos, desprestigiados luego de haber incurrido en miles de delitos y faltas contra los derechos humanos y el patrimonio de la Nación en 1990 y el 2000, con los más nuevos que es hasta probable que ignoren esta historia, como cualquier otra.

Hay fotos y testimonios que acreditan la veracidad de lo antedicho.

Hipócrita es el que imposta la voz, muestra modales afectados de “político” y se cree dueño, mando e ideoneidad de que carece por su pasado reciente y vergonzoso. ¿Puede reputarse a los jóvenes hipocresía cuando con sinceridad marchan para testimoniar su protesta principista? ¡De ninguna manera!

Los violentistas no tienen nada que decir en este debate y sí son irresponsables e hipócritas los grupos políticos que no rompen con ellos y les confinan absolutamente lejos de cualquier dinámica popular en las calles.

Y los jóvenes que estamos por encima de los 40, 50, 60 ó 70, nos unimos también al colectivo.

Las calles son del pueblo y no serán los farsantes los que lideren el ejercicio democrático de la protesta. Así de simple señora Salgado porque no todos son hipócritas.
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Monday, June 26, 2017

¿Indulto o vacancia?

¿Indulto o vacancia?
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com y Herbert Mujica Rojas hcmujica@gmail.com

26-6-2017

Perú está a punto de intuir que tras bambalinas ocurre un criollísimo toma y daca, do ut des, una especie de canje imperfecto entre el indulto y la vacancia presidencial, ésta, que simule ser constitucional. No es una jugada de ajedrez, deporte en que la sublime inteligencia agota sus mejores esfuerzos, no. Aquí se trata, según la fabla común corriente, de una vil maniobra.

La ilegalidad imposible de superar que tiene el indulto hacia Alberto Fujimori por parte del actual presidente Pedro Pablo Kuczynski ha sido tratada in extenso en trabajo reciente: ¡Kuczynski delinque ordenando se tramite indulto prohibido! http://www.voltairenet.org/article196952.html?var_mode=recalcul

El país fue noticiado vía la entrevista que concedió el Contralor Edgar Alarcón, el sábado último, que los ministros, semanas atrás, Thorne, Zavala y Vizcarra, sin previa agenda, le citaron a una reunión en la que sintió que el asunto fundamental era otorgar –desde la Contraloría- vía libre a la suscripción de la adenda al contrato del Aeropuerto de Chinchero. En buen castellano, el cargamontón tenía nombre y apellido. Detrás de los titulares de portafolios, como es fácil e inequívoco deducir, estaba la orden desde el más alto nivel, del trillado autor mediato. ¿Alguien lo duda? Nosotros NO.

Cuando se leen los diarios, se miran los canales televisivos y oyen radionoticieros, es posible reparar que los titulares destacan el tema de las computadoras compradas por el ministerio de Educación y casi en tercer o cuarto plano ¡las explosivas declaraciones del Contralor! ¡Allí está la parte gorda del asunto, la denunciada “presión” de que fue objeto Alarcón por Thorne, Vizcarra y Zavala.

Como es de público conocimiento, sin siquiera haber cumplido un año en el gobierno, la administración Kuczynski, ya tiene bajas más que sensibles y por el tema Chinchero: Vizcarra y Thorne. Zavala reemplaza en el MEF a Thorne pero es el único sobreviviente, hasta hoy, de la troika aplanadora. Después del sábado, es legítimo preguntarse ¿por cuánto tiempo más?

Si por alguna casualidad existe un video o audio de la extraña entrevista de Thorne, Zavala y Vizcarra con Edgar Alarcón, tres ministros y un contralor, y en torno al tema Chinchero y éste ya está en poder de alguna mano poderosa y exigente ¿qué se puede esperar? Nada más y nada menos que el ejercicio que da saberse con armas de muy buen calibre.

En los últimos días, Keiko Fujimori “invocó” al presidente PPK a que, ejerciendo su potestad, indultara a su padre. La orden, que no fue otra cosa, tenía los contornos y ademanes de quien posee inmenso poder de fuego. No importa la ilegalidad del cometido. Tampoco la promesa de Kuczynski en campaña que no sería este tema, materia posible a tratar. Maire, maire, cabellicos que se lleva el aire.

¿Hay alguna otra forma de procedimiento que la trastienda o lo oculto y vía el vulgar si no indultas, te echo del gobierno? Te vaco, pues, sin tutías ni pamplinas.

¿Habría tranquilidad después? De ninguna manera. Gallina que come huevo aunque le rompan el pico. Y hay un personaje que desea con fervor desbordado, volver a Palacio ¡cómo sea!
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Visita papal y peculado en forma de malversación de fondos

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
26-6-2017

Visita papal y peculado en forma de malversación de fondos

El presidente Kuczynski se refociló hablando de la próxima visita papal entre el 18 y 21 de enero del 2018. Que se sepa en la Ley del Presupuesto no está –o estaba- previsto el sufragio del costo de tal gira del pontífice por Lima, Trujillo y Madre de Dios. Por tanto se carece de la autorización del Congreso. O ¿ya se había cocinado desde meses antes este asunto?

Estamos frente a un delito de peculado, en la modalidad agravada de malversación de fondos porque estarían destinándose dineros públicos en forma diferente a los asuntos a que están especificados, afectando servicios o funciones encomendadas al presidente y demás funcionarios, punible hasta con 8 años de privación de libertad según el Art. 389 del Código Penal.

El Papa Francisco es jefe de un Estado. ¿Por causa de qué tiene el Estado peruano que hacerse cargo de sus gastos, más aún si hay orfandad de la ley autoritativa refrendada por el Congreso en la Ley de Presupuesto?

La fe católica puede –y es- ejercida libremente por los ciudadanos. No se la cuestiona ni se la pone en tela de juicio. Es privativo de cada quién profesarla o no. Por tanto los monaguillos en la prensa televisada, radial y escrita no pueden alegar existencia de antipatías o posturas similares. Este es un tema que tiene que ver con el dinero que los peruanos pagan vía impuestos y también con un asunto de soberanía.

En 1980 Perú suscribió, entre gallos y medianoche, un “tratado internacional”, el Concordato, con el Estado Vaticano que exime sólo –de manera exclusiva y excluyente- a la Iglesia Católica del pago de impuestos. Todo el pueblo cumple menos una organización que debe tener –por esa misma exención- fondos a raudales.

¡Jamás, desde esa fecha, 1980, el Congreso de la República ha discutido o refrendado el Concordato con el Estado Vaticano que en la práctica es un “tratado” que tiene incidencia directísima con impuestos, tributos y la economía del Perú! Por tanto su examen y escrutinio, según la Carta Magna, tiene que ser aprobado por el Parlamento, circunstancia que han eludido desde entonces los legisladores.

Un tratado NO REFRENDADO O APROBADO POR EL CONGRESO no es tratado sino un remedo, una engañifa de gobernantes de hecho y de turno.

¿Cómo puede aceptarse con “alegría” irresponsable la visita de un jefe de Estado –el Vaticano lo es- que comparte con Perú un “tratado” que concede privilegios tributarios a una institución que ahora pretende que el Estado se haga cargo de la visita papal?

-22-6-2017
¡Que Vaticano pague gira papal al Perú!

-20-6-2017
¿Anunciará Papa Francisco que Vaticano NO protege más a sodálite Figari?
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Sunday, June 25, 2017

Replanteo de modelos para devolver el poder al pueblo

Replanteo de modelos para devolver el poder al pueblo
por Miguel del Castillo; miguelangeldelcastillo@gmail.com

25-6-2017

Hace un año escribí una columna sobre los efectos de las elecciones en España, respecto al PSOE, su efecto sería evidente, una crisis política debido a la reducción de su volumen de votos, pero que mostraba el nuevo escenario electoral, donde el bipartidismo y el sistema representativo darían paso al diálogo con nuevas fuerzas y un sistema de representación con participación.

Ya Peter Mair lo había advertido en su libro Gobernando el vacío, donde muestra el declive de la participación de los ciudadanos de occidente en los procesos electorales, al no representar los partidos políticos sus intereses.

De repente un casi desconocido Macron irrumpe y gana las elecciones en Francia, un casi independiente Trump gana en Estados Unidos, así como los noveles movimientos políticos de América Latina que emergen en período electoral, como sucede en Perú y tal vez pueda pasar en Chile.

Se habla de crisis de la socialdemocracia, pero la crisis es del sistema, donde la revolución tecnológica hace que existan nuevas formas de participar, el ciudadano que tenía a los partidos políticos como intermediario en la defensa de sus derechos ha sido desplazado por el blog, YouTube, Facebook o tan solo una foto en Instagram.

Las formas de comunicar se basan a veces en solo 140 caracteres, por ello la socialdemocracia no está muerta, está muerta la vieja forma de hacer política, donde me entregas el poder por 4 ó 5 años y no conversamos hasta la próxima elección.

Han muerto las decisiones dictatoriales de algunos iluminados, por la decisión de los ciudadanos, indignados, emprendedores, estudiantes y muchos colectivos y asociaciones inclusive virtuales o grupos de una sola persona dispuestas a contar su verdad o sus necesidades.

La política ha cambiado y ahí radica la inteligencia de los militantes de un partido para entender ese proceso de cambio, por ello el ejemplo de Pedro Sánchez en España, quien llevó a una militancia de la ilusión a la de la participación activa y decisoria.

Su responsabilidad es grande, la socialdemocracia espera seguir sus pasos, así como se han seguido los pasos de la coalición de gobierno en Portugal, y no solo lo siguen en Europa, como Pedro Sánchez siempre menciona, sino también Latinoamérica.

Por tanto, es el momento de replantear modelos, de asociarse con la gente, de bajar al llano y devolver el poder al pueblo, que no solo sea un dicho que el poder emana del pueblo sino otorgárselo, donde el gobernante siempre pase por una evaluación y no cada 4 ó 5 años en período electoral, todo ello dará una mayor legitimidad y mejorará la gobernabilidad de un país.
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¡Kuczynski delinque ordenando se tramite indulto prohibido!

¡Kuczynski delinque ordenando se tramite indulto prohibido!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

25-6-2017

No solo comete delito de encubrimiento personal agravado, al sustraer al condenado de la ejecución de su pena, el presidente Pedro Pablo Kuczynski, sino también incurre en el mismo delito la Ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, al formar parte del tinglado administrativo que coparticipa en el curso de la orden ilegal de tramitar lo que no se debe.

La actual Comisión de Gracias Presidenciales está prohibida de tramitar el indulto a Fujimori, porque así lo dispone la norma que sus miembros deben aplicar a rajatabla, sea que lo solicite el reo, sus famailiares o lo ordene el mismo presidente del país.

No sólo el presidente Kuczynski, por leyes de la República, está prohibido conceder un indulto, vía un decreto supremo, sino también la citada Comisión, de 5 miembros, adscrita al Ministerio de Justicia, está expresamente impedida de dar trámite a cualquier solicitud de un condenado por delitos que la ley priva del indulto de toda índole. Ambos entes están obligados a cumplir la ley, pues incurren en responsabilidad penal al desacatarla.

Si una ley establece que el condenado por delito de secuestro no debe ser indultado, cualquier Presidente debe cumplir este mandato. La ley está por encima de él; está dada para que la cumpla, sin dudas ni murmuraciones. La Constitución no le instituye facultades ilegales, ni patente de corso. El rule of law anglosajón prima.

Lo mismo sucede con otros supuestos delictivos. Por ejemplo, por leyes expresas se prohíbe acogerse a los beneficios penitenciarios a los condenados por terrorismo y ciertas modalidades de narcotráfico. Se les prohíbe usualmente y sin bochinche de nadie, ciertos beneficios penitenciarios o se agrava su concesión, tal como la redención de penas por el trabajo al secuestrador, exigiéndole 7 días de labor efectiva por cada día de pena redimido (Ley N° 29423 de 13-10-2009).

“Los condenados por delitos de terrorismo y/o traición a la patria no podrán acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo y la educación, la semilibertad y la liberación condicional” (Art. 2°, Ley 29423). Sin opción de rechistar.

Del mismo modo la Ley N° 28760 de 13-6-2006 señala que “no procede el indulto a los condenados por los delitos de secuestro y extorsión. Tampoco el derecho de gracia a los procesados por tales delitos”. Antes de ésta, la Ley N° 26478 de 3-6-1995, promulgada precisamente durante el gobierno de Fujimori, establecía la improcedencia del indulto para los sentenciados por secuestro agravado. También se prohíbe el indulto en el caso de violación de menores de edad por la Ley N° 28704 de 3-4-2006. Las 3 leyes obligan al presidente a no indultar y a las Comisiones de trámite a rechazar de plano peticiones ilegales.

En tales casos, los condenados ni siquiera se atreven a pedir beneficios ni que se los indulte: a) porque la ley prohíbe beneficiarlos o indultarlos; y b) reconocen con estoicismo la gravedad de sus crímenes. La misma valentía debería mostrar Fujimori y su familia, tal como la presumían estando en el poder. En mis 47 años de abogado no conozco un caso de un liberado por indulto pese a prohibiciones legales. Tampoco conozco a ningún recluso que cobardemente lo haya pedido.

De producirse la petición de indulto pro Fujimori, la Comisión de Gracias Presidenciales, cuyos miembros son fusibles o movedizos a discreción del Ministro de Justicia, del Primer Ministro y del propio Presidente de la República, tiene la constricción de no tramitarla. Sus cinco miembros no actúan a su discreción sino compelidos por normas jurídicas ineludibles. Todo el trámite será conforme a derecho y no como crean, piensen o sientan sus integrantes. Igualmente, la Presidencia de la República no actúa De Oficio, como Mesa de Partes, Junta Médica Penitenciaria, ni Comisión de Indultos. Las instancias no se saltean.

El Artículo 5° del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS establece la siguiente prohibición: la "Comisión de Gracias Presidenciales no dará trámite a las solicitudes de los condenados por delitos a los que por ley expresa se ha excluido de la gracia del indulto, derecho de gracia y conmutación de penas". Todos entendemos qué es “no dar trámite” a un pedido.

En el caso de Fujimori, no es solo una ley que prohíbe el indulto por el delito de secuestro que ha sido condenado, sino dos. La Ley 26478, promulgada por él mismo en 1995 antes de su condena; y la Ley 28760, dada durante el gobierno de Alejandro Toledo. Ambas son leyes expresas que la Comisión de Gracias Presidenciales debe acatar, salvo que sus 5 miembros quieran asumir su responsabilidad penal por encubrimiento personal, delito previsto en el Artículo 404° del Código Penal. Igual suerte correría el presidente Kuczynski si concede el indulto pese a todo, violando leyes prohibitivas expresas. Su rol presidencial es cumplirlas.

La Constitución no le faculta al presidente del país violar las leyes aprobadas por el Congreso y promulgadas por el mismo presidente, quien al promulgarlas acepta su propia restricción.

En consecuencia, la escondida orden dada por Kuczynski de tramitar lo ilegal es en sí misma delictiva, al ser el comienzo tentado de un ilícito penal. ¿Cuál ha sido y es el rol de la actual ministra de justicia, que sigue silente? Convendría que abra la boca.
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Friday, June 23, 2017

Presentación de libro Farmacología y Terapéutica Ocular

Presentación de libro Farmacología y Terapéutica Ocular

23-6-2017

El martes 27 a las 8:00 pm. en la Sociedad Peruana de Oftalmología, el doctor Lincoln Lavado Landeo presentará su libro Farmacología y Terapéutica Ocular, una obra útil no solo para médicos especialistas, sino generales y estudiantes de medicina. Se detallan los medicamentos que son usados en la práctica oftalmológica tanto clínica como quirúrgica.

La temática tratada, de alta especialidad en la oftalmología, es el producto de una profusa investigación por parte del autor en el campo de la fisiología, bioquímica, microbiología, inmunología, biotecnología y por supuesto en farmacología y oftalmología.

Farmacología y Terapéutica Ocular, a lo largo de sus 74 capítulos, cuenta con el invalorable apoyo de varios conspicuos médicos que desarrollan temas con una visión multidisciplinaria, lo que precisamente garantiza la calidad de la información que se presenta y expone.

El doctor Lincoln Edward Lavado Landeo, nacido en Lima un 5 de mayo de 1955, cursó la carrera de Medicina Humana en la Universidad Nacional Federico Villarreal y la Especialidad de Oftalmología en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, concluyendo este último entrenamiento el año 1985. Realizó estudios de postgrado en diversos hospitales del mundo como el Columbia Presbyterian Medical Center de Nueva York, el Geinsinger Medical Center de Pensilvania, el Bascom Palmer Eye Institute de Miami, el Instituto Barraquer de América en Bogotá y el Instituto de Olhos de Pernambuco, Brasil.

A lo largo de su vida profesional ha destacado como pionero en trasplantes de córnea en el Hospital María Auxiliadora, institución donde laboró por más de catorce años desempeñándose como Director del Banco de Ojos, Jefe de Servicio de Oftalmología y Jefe de Departamento de Cirugía.

El autor cuenta con una Maestría en Medicina con Mención en Oftalmología, Doctorados en Medicina, Filosofía y Antropología. Actualmente se desempeña como Profesor Principal de la Cátedra de Oftalmología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y como catedrático del Programa de Doctorado de Medicina de la Universidad San Martín de Porres.

Teléfonos de contacto, Lincoln Lavado Landeo, 999 269 016; 225-1627; lincolnlavadolandeo@gmail.com






Thursday, June 22, 2017

¡Más de 1 millón de euros pro-damnificados del norte, donó comunidad internacional!

¡Más de 1 millón de euros pro-damnificados del norte, donó comunidad internacional!
por Zully Pinchi Ramírez; zullyarlenepinchi@gmail.com

22-6-2017

Amor es todo lo que hay, lo que hace al mundo girar, amor y sólo amor, no puede negarse. No importa lo que pienses, no serás capaz de hacer nada sin él. Bob Dylan.

Una moción del Senado de España, sustentada por el parlamentario del PSOE, Pío Zelaya, que alentó la apertura de los consulados para percibir donaciones en pro de los damnificados peruanos con el fenómeno del Niño Costero logró que la cooperación española donase 500 mil euros entregados a través del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y 500 mil euros más por parte del comité de emergencias ejecutado por las ONGs con sede en Madrid.

¡La comunidad internacional donó más de 1 millón de euros al Perú!

A comienzos de este año, el fenómeno del Niño, generó desastres naturales alrededor del mundo, en países tan diversos como Zimbabwe, Colombia o Perú.

La conmovedora carta de Angélica, una niña de apenas de 9 años, me relató que, para escribirme, había caminado junto a su hermanito, por cuatro horas desde su pueblo, hacia la comunidad más cercana para encontrar una cabina de internet, pasando frío, pero con la ilusión de que podría solucionar las desgracias que ocurrían en el Perú.

Ante tanta esperanza desde el Perú profundo, inmediatamente buscamos y reorientamos con estrategias, formas eficientes y efectivas de conseguir ayuda para nuestros connacionales.

La emergencia en Perú, ocasionó según la Comisión Multisectorial encargada del estudio del fenómeno del Niño (ENFEN), 114 fallecidos, 185 mil damnificados y más de un millón de afectados.

Para Solidarios ABC el significado era muy claro: familias perdieron todo, y el estimado para la reconstrucción de infraestructura es de aproximadamente 7 mil millones de dólares. Era fundamental ayudar y cooperar para superar la situación.

Con tal propósito y bajo el modelo de gobernanza de David Osborne y Ted Gaebler y en base a la experiencia del terremoto en Haití que generó del comité de emergencias del Reino Unido una cooperación de 78 millones de euros, nos propusimos que el Estado peruano, la sociedad civil y la empresa privada, trabajaran con el solo objetivo de ayudar a superar la emergencia en Perú.

Había la voluntad pero ¿cómo articular un trabajo conjunto?. Perú afirmaba que no necesitaba ayuda por tanto la cooperación no se activaba, que las ONGs atendieran otras emergencias, que la comunidad internacional no se sensibilizara, cuando veíamos cada día las imágenes de la destrucción de nuestros pueblos.

Ante la adversidad y la impotencia, nace la idea de la creación de un comité de emergencias para cooperar con el Perú, indicando a nuestro Estado que la sociedad civil se ponía de pie y que estábamos dispuestos a colaborar.

La sensación de que los peruanos nos levantamos ante la adversidad, se ha convertido en una hermosa realidad, que el verdadero amor por el prójimo sí existe, que desear el bien a los demás y luchar por ese ideal, no es gaseoso, insostenible ni inalcanzable.

Ponernos en los zapatos de los otros es el valor que se encuentra en el camino que anhelamos llegar y junto con todo el grupo humano de Solidarios ABC, a cargo de quién escribe estas líneas, destacamos que la intención fue, como siempre, trabajar para ayudar a nuestro añorado país.
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¡Que Vaticano pague gira papal al Perú!

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
22-6-2017

¡Que Vaticano pague gira papal al Perú!

El Papa Francisco es el jefe del Estado Vaticano, por tanto es pertinente preguntar ¿cuántas y qué clase de inversiones o industrias trae al Perú en su ya muy publicitada visita de enero 2018? Con la excepción de estampitas y adornos cerámicos que yo mismo compré en la Plaza San Pedro, no hay otra empresa allá. Ciertamente si se trata de finanzas bancarias y trapisondas por el estilo, sí que son expertos o recordemos al “cajero de Dios” Paul Marcinkus, al Banco Vaticano y Ambrosiano.

¿Desde cuándo Perú paga a los jefes de otros Estados viajes de abultadas sumas que no están en el presupuesto y carecen de cualquier –hasta la más mínima- justificación? Se sabe ya que el alcalde de Trujillo, Elidio Espinoza, anunció la inversión de 3 millones de soles para reformar o remodelar la Plaza de Armas. ¿Qué, no hay otras urgencias realmente genuinas e importantes?

De repente es una visita confesional o religiosa la del Papa Francisco a Lima, Madre de Dios y Trujillo, La Libertad. Entonces ¡que la pague el Vaticano! O la Iglesia Católica local que en virtud de un tratado internacional, el Concordato, que jamás ha sido discutido ni refrendado desde que se firmó en 1980 por el Congreso de la República, NO paga impuestos de cualquier clase y tiene las arcas llenas.

Es de tal magnitud la confusión y desorden en Perú que un ministro, Alfonso Grados, ya ha sido designado para “coordinar” dicha visita. Entonces eso significa que vamos a tener un portafolio papal y sólo para ese propósito en Perú. ¿Dice eso la Constitución? Tengo muy serias dudas. Por tanto hay un tema de conflicto constitucional con un Estado soberano como Perú.

Los monaguillos que fungen de locutores en radio y televisión ya están anunciando que la visita tendrá “impactos” en los temas ambientales, de violencia y familia. Parece un optimismo desbordado y enloquecido: un sacerdote jefe de otro Estado ¿nos trae la piedra filosofal para solucionar los agudos, añejos y atávicos problemas del Perú?

En la cocción del tema hay ingredientes múltiples y cada quien cumple su papel. Que el Vaticano o la Iglesia Católica local paguen esa visita y que no se hagan contrabandos con la respetable fe que en forma mayoritaria profesa el pueblo peruano. Con groseras improvisaciones sólo consiguen aguzar la mirada observadora de los críticos que NO comulgamos con aspas de molino. Así vengan en envase con cruz y sotana.

-20-6-2017
¿Anunciará Papa Francisco que Vaticano NO protege más a sodálite Figari?
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Wednesday, June 21, 2017

¡Que Congreso niegue confianza a sinuoso ministro de Economía!

¡Que Congreso niegue confianza a sinuoso ministro de Economía!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

21-6-2017

Se trata del actual ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne Vetter, a todas luces nada confiable, pese a su pericia de economista. Encubre lo sinuoso del presidente Kuczynski.

Para mí, y millones más, no es ni pizca confiable, sino más bien altamente peligroso, el citado ministro de Economía y Finanzas del Perú, porque sirvió, en algo muy serio, como es el futuro aeropuerto internacional de CHINCHERO, asunto que no compete a su cartera, de comedido instrumento de transmisión del encargo u orden del presidente Pedro Pablo Kuczynski; y porque inmediatamente después, ante el Congreso, el hecho de ser avivato y enviado del presidente a hablar con el Contralor, lo negó públicamente. Si tal encargo lo fingió ante Alarcón, o si fue real y mintió al Congreso, en sesión pública, la indigna vileza es la misma, adicionalmente, carente de hombría de los hombres de bien.

Además, es el mismo ministro que, junto al premier Fernando Zavala y el presidente PPK, firmaron un decreto supremo, en setiembre 2016, por el cual se recompra la deuda pública del Perú por la inmensa suma de US$ 13,000´000,000.00 (trece mil millones de dólares), pagando una comisión, ¿a quiénes como gestores?, de US$ 390 millones de dólares, en forma adelantada y al contado: 3% del monto recomprado. ¡Perú recomprando o prepagando su deuda pública aún no vencida, a un escaso mes de iniciado un gobierno de lobistas!

Lean esta malhadada y presurosa norma eufemística: Decreto Supremo N° 269-2016-EF, de 27 de setiembre del 2016: Aprueban Operación de Administración de Deuda Pública y Emisión de Bonos. ¿Algún político presidenciable ha tratado este espinoso affaire? ¿Keiko ha dicho esta boca es mía con sus 72 legisladores manumitidos?

¿Queremos ministros de esta laya, para este tipo de "urgencias", que se sometan ciegamente a los "encargos" del cuestionado actual presidente de nuestro país, conspicuo lobista de renombre internacional, urgido de más saqueos como CHINCHERO?

Que el pleno del Congreso deniegue, rechace o rehúse la confianza planteada por Alfredo Thorne, sin pérdida de tiempo, con un mínimo debate, pues el contenido del audio ha sido reconocido, y no encierra una conversación privada sino funcional, de corte delictivo, llevada a cabo en el despacho del ministro de marras.

Oralmente, la cuestión de confianza ya la formuló Thorne con tibieza al final de su presentación en el pleno del Congreso del viernes último; y que lo ha ratificado por escrito. Que se debata y vote, rechazándola o denegándola, a fin de evitar otros peligrosos encubrimientos de la labor presidencial futura.

El Perú requiere de un ministro que sirva de parapeto a los desvaríos ilícitos de un presidente como el que tenemos. ¡Que no sea un reverendo encubridor!
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Pasaportes electrónicos: ¡sobreprecio es robo!

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
20-6-2017

Pasaportes electrónicos: ¡sobreprecio es robo!

Cuando una entidad pública, es decir mantenida con el impuesto que pagan los peruanos, compra y lo hace con precios superiores al promedio o escandalosos, se genera la figura del, valga la redundancia, sobreprecio. Esto ocurrió en diciembre del 2015, la Cancillería del Perú compró 400 mil pasaportes a S/ 217.41 unidad, cuando pocos meses atrás, Migraciones lo había hecho por S/ 85.28.

El proveedor era –y es- el mismo: el consorcio francés Imprimerie Nationale-Gemalto y el sobreprecio es de casi US$ 16 millones de dólares que resulta del diferencial entrambos precios multiplicados por 400 mil unidades.

Cancillería tiene que explicar ¿a dónde fueron a parar estos US$ 16 millones de dólares? No pueden haber desaparecido como por arte de birlibirloque. En esta clase de desmanes hay quienes resultan favorecidos: pillos; y el pueblo deviene estafado, robado.

Desde el primer momento hemos seguido este caso tanto en Migraciones como en Cancillería, nos tocó denunciar ante ambas instituciones lo que barruntábamos como sospechosas coyundas y dinámicas destinadas, siempre, a favorecer al monopolio galo Imprimerie Nationale-Gemalto en las dos dependencias del Estado. Y fue la propia Contraloría la que nos anunció por escrito que había emprendido auditoría en Migraciones.

Pocos días atrás, el Contralor Edgar Alarcón expuso ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, los resultados de la investigación y anunció que el documento 023 ya obraba en poder de la II Fiscalía Corporativa para Delitos de Funcionarios Públicos. Es decir, habían sospechas fundadas de irregularidades mayúsculas que requieren de investigación penal y sanción vitalicia.

Quienes roban al Estado, de una forma u otra, y en Perú hay burócratas sabios en hacerlo desde los abuelos hasta las presentes generaciones, merecen el paredón. No hay, como ha dicho un ex primer ministro con ingenuidad reprobable días atrás, un casi delito: el dinero del impuesto de los peruanos es sagrado y quien mete las uñas es un delincuente. Así de simple.

La Contraloría General de la República es una institución. Que el señor Alarcón afronte demandas, denuncias o problemas respecto de sus actuaciones, no invalida, ni vicia o interfiere en la investigación que decenas de profesionales especializados llevaron a cabo para determinar que lo acontecido en Cancillería con el sobreprecio de US$ 16 millones, la sospechosa medida de seguridad No. 26 (patente de una socia de Imprimerie National), y el mal funcionamiento del software de soporte para los pasaportes electrónicos. Y por eso está en el Ministerio Público.

¿Cómo pueden los medios de comunicación hablados, escritos y televisivos, pretender ignorar un asunto de estos ribetes? Aquí o en la Cochinchina, el sobreprecio es un asalto. A pesar de presiones o campañas de “imagen”, estamos seguros que en breve se formalizará la denuncia y los responsables tendrán que cantar los giros reprobables de lo que ha sido, a todas luces, un saqueo al bolsillo de los peruanos.
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Tuesday, June 20, 2017

María Marián: Confidencias en voz alta y clara

María Marián: Confidencias en voz alta y clara
por Jorge Smith; kokosmithm@hotmail.com

19-6-2017

Raquel Prialé Jaime (Huancayo 1927),  cuyo pseudónimo es María Marián, nos entrega este recital con una selección de su poesía, dentro del cual habrán extractos de su próxima obra. Es mérito de ella a la altura de sus 90 años, insistir en restituir la inspiración poética con el lenguaje adecuado. Esperamos la pronta entrega del segundo libro de la autora, el cual solo conocemos en parte, pero desde ya podemos decir que la incrustación en el texto poético de fragmentos coloquiales le dan una rara originalidad. Por el momento hemos optado por reiterar las reflexiones que nos inspiraron el leer su primer poemario Como cuando se riegan jacintos tiernos a modo de aperitivo. Los versos fueron escritos en los años 40, los 50 y años posteriores, pero que por la sinceridad poética que tienen sus versos, guardan su frescura. Es como abrir una botella tirada al mar con un mensaje adentro y al abrirla encontrar un mensaje urgente, y descubrir sorprendidos que como por arte de magia, la tinta del papel esta todavía fresca. 

Hija del legendario Ramiro Prialé, no podía dejar de ser testigo traumatizado y de alguna manera víctima indirecta de la persecución, destierro y prisión que sufrió su padre, sumado a la temprana muerte de su madre. Esas, no deseadas ausencias, flotan en su poesía, y reflejan la inestabilidad política del país que le tocó vivir en su juventud. Un texto muestra aquello:

"Alejan al padre del hijo, /dejan el horno sin pan /y a la madre la ponen /tan sola, junto a la cruz /del camino, vacilante y suplicante"

Hay múltiples facetas en el texto. Hay lirismo, erotismo, dudas, añoranza, pasiones inconclusas y ausencia, siempre la ausencia y la imposibilidad de olvidar. Hay dolor pero no lloriqueo. Flota a veces como telón de fondo, el elemento andino que enmarca en forma casi imperceptible su poesía. Su saber poético, no ignora que dejó la riqueza visual del paisaje andino al trasplantarse al mundo incoloro, conflictivo y ruidoso, pero también deslumbrante de Lima. No fue un aprendizaje fácil para la joven Raquel.

Desde el inicio sin duda, tenía María Marián, urgencia en testimoniar y con precocidad logró el lenguaje adecuado para expresarse. Hay poemas salpicados de erotismo, con versos que en su simplicidad juvenil y hasta ingenua lo dicen todo:

"¿Recuerdas cuando tomándome enlazada y /apretándome el talle me dijiste, /no te dejaré nunca porque te amo?"

En sus versos se evidencian los diferentes matices que son atributos de la feminidad, cuando esta aterriza en la poesía, pero no como algo forzado e innecesario. La feminidad no es algo que debe enriquecer artificialmente a una mujer, ni una herramienta para seducir a incautos. La feminidad es justamente eficaz cuando solamente está sugerida. Es lo que logra transmitir María Marián en sus textos. Logra seducirnos sin quererlo, casi involuntariamente, sin empujones nos introduce a su mundo poético.



¿Anunciará Papa Francisco que Vaticano NO protege más a sodálite Figari?

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
20-6-2017

¿Anunciará Papa Francisco que Vaticano NO protege más a sodálite Figari?

Se informa que viene en enero 2018 el Papa Francisco al Perú. Los cálculos más prudentes sugieren que eso le costará al Estado (impuestos de todos los peruanos) algo así como US$ 6 millones de dólares http://peru21.pe/actualidad/cuanto-costara-visita-papa-francisco-al-peru-2286215 . Entonces al margen del credo católico de la ciudadanía, hay derecho a preguntar ¿qué nos trae el pontífice argentino?

Hasta hoy el Vaticano, pretextos más, pretextos menos, ha protegido al sodálite Luis Fernando Figari, líder de prácticas non sanctas y reñidas con la moral aunque algunos juzgados hayan mandado al archivo el expediente de sus travesuras en contra de jóvenes. Las prescripciones mañosas (que también se dan en la política, si no lo sabrá un ex presidente), siempre destilan un tufo desagradable que ninguna ordenanza puede disipar.

Entonces corresponde hablar con precisión y claridad inexcusables: ¿anunciará el Papa Francisco que el Vaticano NO protege más a sodálite Figari? Esa es una respuesta pendiente y que hasta hoy carece de explicación legítima o decente. Si la caridad comienza por casa, tiene una oportunidad de oro Francisco.

Ningún Congreso, desde 1980, ha estudiado, analizado o refrendado el Concordato que existe de facto y por muchos años semi oculto, entre el Estado Vaticano y el Estado Peruano. Las exenciones tributarias que sólo favorecen a la Iglesia Católica en mil formas, exclusivas y excluyentes contra cualquier otra fe, nos hacen presumir que sus arcas están llenas y rebosantes.

Si lo anterior es irrefutable, entonces podríase plantear que la Iglesia Católica sufrague los US$ 6 millones o más que cueste la visita de Francisco al Perú. No encuentro asidero firme ni serio para que el erario nacional pague esa gira del pontífice.

Además la oportunidad se presenta extraordinaria para que el Congreso discuta un acuerdo internacional que señala cambios tributarios y económicos en favor de la Iglesia Católica, y se apruebe o desapruebe. El refrendo requiere de dos legislaturas seguidas. Y no olvidemos que es un Tratado Internacional el Concordato entre dos Estados.

Faltan algunos meses para enero 2018, no obstante estas inquietudes no pueden dejar de constar, sobre todo porque las ofensas de Figari y su grupo están allí culposas, insolentes, nada cristianas, pecadoras, infames.
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Monday, June 19, 2017

La artillería peruana que defendió Arica II y III

La artillería peruana que defendió Arica II y III
por Ernesto Linares Mascaro; elinaresm@yahoo.com

18-6-2017


Los cañones Vavasseur

Hasta el momento, los cañones pesados que artillaban Arica eran de calibre similar o menor a la que montaban los buques chilenos, pero en mayo se enviaron los cañones más pesados que arribaron al puerto sureño.

En la junta de guerra celebrada en Palacio de Gobierno el 13 de mayo, el capitán de navío Aurelio García y García sugirió que la escuadra peruana no vaya a Arica hasta que se colocaran en el puerto dos o más cañones de 300 libras o más fuertes (11), que serían los cañones Vavasseur, aunque parece que la decisión de llevar estos cañones se habría decidido antes, porque cuando Montero informó que realizó una práctica de fuego el 2 de mayo, también contó que se iniciaron los trabajos de una explanada al norte del puerto para colocar dos cañones de grueso calibre (12).

Cuando el transporte Oroya arriba a Arica el 20 de mayo de 1879, no solo el presidente Mariano Ignacio Prado viajaba entre sus pasajeros, también llevaba dos cañones Vavasseur (13). Otro cañón Vavasseur llegó a Arica por medio del transporte Limeña el 31 de mayo (14). Uno de estos cañones fue colocado en el Morro y los otros dos en las baterías Santa Rosa y 2 de Mayo.

Después que los cañones pesado estaban colocados en Arica, continuaron con la idea de artillarlo con cañones más ligeros. El 10 de julio, el presidente Prado ordenó que el transporte Chalaco desembarcara en Arica dos cañones de su propia artillería “para colocarlos en el Morro por el lado de la Licera, que es la parte que no está defendida por las demás baterías de este fuerte que protege la bahía” (15).

Las baterías para la defensa terrestre

Cuando los chilenos tomaron Pisagua (2/11/1879), se adoptaron las medidas para defender a Arica de un ataque terrestre. La corbeta Unión, la cañonera Pilcomayo y el transporte Chalaco salieron del Callao (8/11/1879) llevando tropas a Arica y zarparon de regreso el 17 de noviembre de 1879, no sin antes dejar en el puerto, por órdenes del presidente Prado, algunos de los cañones con que estaban artillados. La Unión dejó dos cañones Voruz (16) y el Chalaco dejó dos cañones Voruz, dos cañones Parrott de 30 libras, además de balas pólvora, cañones Blakely de 12 libras para el ejército, víveres, entre otros (17).

Los cañones que nunca llegaron

A fines de 1879, Arica ya tenía definida su artillería: era defendida por 13 cañones que apuntaban al mar y otros seis que apuntaban al este, como defensa terrestre; pero estos no fueron todos los cañones que se planearon para el puerto.

El 9 de agosto de 1879, el secretario general del presidente Prado, M. Alvarez, escribió que los dos cañones Parrott de 300 libras que se encontraron en el arsenal, sean enviados a Arica, pero le responden que ambos reemplacen a dos cañones Blakely de 500 libras de la batería Santa Rosa en el Callao, que han sido inutilizados por el oído -fogón del cañón, donde va la mecha o estopín- (18). A fines de agosto, arribaron esos dos Parrott de 300 libras a Arica (19), aunque vinieron con cureñas para cañón Rodman, llegando días después las cureñas de los Parrott.

Cuando el ministro de Guerra y Marina, Mendiburu, solicitó que el retorno de las dos cureñas de los cañones Rodman, le respondieron que en Arica esperaban que arribasen dos cañones Rodman. Los cañones Rodman eran de ánima lisa, bastante anticuados para la época, aunque por ser de calibre pesado ocasionarían gran daño en la escuadra chilena.

¿En dónde se colocarían los cañones Rodman? Serían destinados a artillar la isla Alacrán. Hay varias cartas del presidente Prado al vicepresidente La Puerta en donde el primero le expresa la necesidad de artillar la isla Alacrán.

“Para esta fortificación de la isla se necesitan dos cañones de 300 ó 400 sistema Rodman o Dalhgren, que se servirá usted ordenar se me remita en primera oportunidad”, escribió Prado a La Puerta el 20 de julio de 1879 (20).

Nunca llegaron los cañones Rodman y no sabemos el destino de sus cureñas. En cuanto a los cañones Parrott, al siguiente mes fueron destinadas a artillar el puerto de Iquique.

Los artilleros

La situación de los artilleros no era de las mejores en los primeros meses de la guerra. Montero le escribía al ministro de Guerra y Marina, el general Manuel de Mendiburu, el 29 de julio, que ha “recibido las 1,000 camisas y 1,000 calzoncillos de tocuyo; 1,000 fornituras y 1,800 corbatines; 47 carabinas Evans y 3,000 tiros para las mismas; faltando por consiguiente, tres carabinas y 2,000 tiros para completar” (21).

Dos días después, Montero escribió que “los voluntarios del Callao que dotan las baterías de esta Plaza, se encuentran casi desnudos”, que diariamente “aumenta el número de los enfermos” y pedía que le remitan “el número de calzoncillos, camisas, zapatos, frazadas, capotes y uniformes de lana, en concepto de trescientas plazas que son las que dotan las baterías de Sur y Norte” (22).

Notas

(11) Paz Soldán, Mariano Felipe. 1979. Narración Histórica de la Guerra de Chile contra el Perú y Bolivia, T. I, p. 143.

(12) AHMP. Año 1879, paquete 4. Comandancia de las baterías de Arica. Oficio del contraalmirante Lizardo Montero al Ministro de Guerra y Marina; Arica, mayo 3 de 1879.

(13) “Viaje del General Prado”, correspondencia para El Comercio de Lima; Arica, mayo 7 de 1879, en: El Comercio; Lima, jueves 29 de mayo 1879, Edición de la tarde.

(14) Melitón Carvajal Pareja, 2004. Historia Marítima del Perú, T. XI, vol 1, p. 490. Lima, Perú: Instituto de Estudios Histórico-Marítimos del Perú.

(15) Félix Denegri Luna, 1982. Cartas del general Prado al general La Puerta, p. 265, en: Revista Histórica T. XXXII. Lima, Perú: Academia Nacional de Historia.

(16) Hernán Garrido-Lecca M., 2008. Diario a bordo de la corbeta Unión, p. 128. Lima, Perú: La Casa del Libro Viejo.

(17) AHMGP. Serie: Elementos operaciones, subserie: buques, Transporte Chalaco, documentos 208-210. Oficio de Antonio de la Haza al Director de Marina, Callao, noviembre 26 de 1879.

(18) AHMP. Año 1879, paquete 4. Secretaria General del Supremo Director de la Guerra. Oficio de M. Alvarez al ministro de Guerra y Marina; Arica, agosto 9 de 1879.

(19) AHMP. Año 1879, paquete 4. Secretaria General del Supremo Director de la Guerra. Oficio de M. Alvarez al ministro de Guerra y Marina; Arica, agosto 29 de 1879.

(20) Denegri, Op. Cit., p. 296. Carta del julio 29 de 1879.

(21) AHMP. Año 1879, paquete 4. Baterías de Arica. Oficio de Montero al ministro de Guerra y Marina; Arica, julio 29 de 1879.

(22) AHMP. Año 1879, paquete 4. Baterías de Arica. Oficio de Montero al ministro de Guerra y Marina; Arica, julio 31 de 1879.


La artillería peruana que defendió Arica III
por Ernesto Linares Mascaro

Descripción de cañones y baterías

A fines de 1879, en Arica habían instaladas las siguientes baterías:

Dos de Mayo
Ubicada al norte del muelle, construida a barbeta, estaba cubierta con champas de barro. “No tardó en brotar de las champas dichas un césped de grama que, visto de lejos, se confundía con los gramadales del llano” (23), escribió el ariqueño Gerardo Vargas.

Contaba con un cañón Vavasseur de 9 pulgadas, llamada de 250 libras (algunas veces lo llamaban de 300 libras), pero sus proyectiles pesaban menos: 232 libras pesaba el proyectil sólido cilíndrico, 229 libras el proyectil sólido cónico, 215 libras la granada de casquete y 158 la granada común, siendo las balas sólidas de hierro fundido y las granadas de acero. Era un cañón similar a los Blakely, cuyos proyectiles tenían platillos de cobre en la base (24), fabricado en 1867 y comprado por Perú con motivo de la guerra con España.

Santa Rosa
Ubicada al norte de la batería Dos de Mayo, era similar a aquella y también contaba con un Vavasseur de 9 pulgadas.

San José
Era la batería que estaba más al norte, en la playa San José. Similar a las anteriores, pero con dos cañones Parrott de 150 libras “sobre correderas de á 100” (25). Estos cañones, igual que los Vavasseur, fueron adquiridos en 1866 con motivo del conflicto con España. Los cañones Parrott eran de calibre de 8 pulgadas y sus proyectiles no pesaban 150 libras, sino habían de 132 y 175 libras de peso (26).

Morro
En el Morro habían dos baterías: la más numerosa ubicada al oeste y en dirección a la bahía, contaba con un cañón Vavasseur de 250 libras, dos Parrott de 100 libras y cuatro Voruz de 70 libras, mientras la otra ubicada al sur, en dirección de la playa La Lisera, contaba con cuatro Voruz de 70 libras.

La Vavasseur era de 9 pulgadas similar a las que estaban en la baterías Santa Rosa y Dos de Mayo, mientras los Parrott eran de 6.4 pulgadas y disparaban proyectiles de 70 y de 100 libras (27).

Los Voruz eran cañones fabricados por J. Voruz en Nantes para artillar las corbetas América y Unión, que arribaron al Perú en 1865. Los cañones eran imitación de los cañones “rayados de 30” de la marina francesa, que disparaban bombas de 30 kilogramos, pero como en Perú se usaba la medida inglesa, los llamaban de 70 libras (redondeado, porque la conversión daba 66 libras).

El problema de los cañones Voruz, es que tenían un defecto en la espoleta (el detonador del proyectil) que hacían que las bombas estallaran en la boca o dentro del cañón (28); este defecto ocasionó que estallaran cuatro Voruz entre 1866 y 1868. Si bien durante la guerra los Voruz usaron espoletas de los cañones Parrott de 100 libras (el proyectil era parecido) o se fabricaron nuevos en la Factoría de Bellavista, aún quedaban espoletas del lote antiguo. Además del Morro de Arica, la corbeta Unión también usaba los cañones Voruz y su comandante, el capitán de navío Nicolás Portal, se quejó de estos porque su espoleta eran “tan defectuosas que no solo hacen estallar las bombas a corta distancia, sin llegar por supuesto al costado del enemigo sino que exponen la pieza que las dispara pues bien puede verificarse la explosión antes de que el proyectil haya salido del ánima” (29).

Los problemas de espoletas en los cañones Voruz también se revelaron en Arica. Uno de los cañones Voruz del Morro, ubicada por el lado de la Lisera, explotó el 17 de marzo de 1880, durante la ruptura del bloqueo de Arica por la corbeta Unión (30). Por esta razón, la batería en el lado de la Lisera se redujo de cuatro a tres cañones Voruz y así estaba cuando los chilenos tomaron la plaza el 7 de junio de 1880.

Este
Como su nombre lo dice, ubicada al este del pueblo y al sur del Morro, apuntando hacia tierra y no al mar. Constituida para que la plaza pueda resistir un sitio, estaba conformada por tres cañones Voruz.

Ciudadela
Al noreste de la anterior, también para defender al puerto de un ataque por tierra. La batería constaba de un cañón Voruz y dos cañones Parrott de 30 libras. Estos Parrott tenían calibre de 4.2 pulgadas y disparaba proyectiles de 25 libras y 30 libras.

Aún hoy en día, están los fosos de las baterías Este y Ciudadela.

NOTAS

(23) Gerardo Vargas Hurtado, 1980. La batalla de Arica, p. 15. Lima, Perú: Comisión Nacional del Centenario de la Guerra del Pacífico.

(24) José Torreblanca, 1879. Descripción y manejo de los cañones Blakely, Armstrong y Vavasseur de las baterías del Callao, pp. 70; 75-76. Lima, Perú: Imprenta del Estado.

(25) J. Pérez, 1880. Arica. Sus fortificaciones, asalto, defensa y ruina, por un testigo y actor, p. 6. Lima, Perú: Imprenta de “La Patria”, dirigida por Manuel A. Lira.

(26) Alejandro L. Holley, 1867. Arillería y Blindaje, traducida al castellano por Diego Dublé Almeida, p. 55. Valparaíso, Chile: Imprenta del Mercurio de Recaredo S. Tornero.

(27) Ibídem.

(28) Melitón Carvajal Pareja, 1992. Historia Marítima del Perú, T. IX, vol. 2, pp. 945-951. Lima, Perú: Instituto de Estudios Histórico-Marítimos del Perú.

(29) Garrido Lecca, Op. Cit., pp. 86-88. Oficio de Portal de setiembre 21 de 1879.

(30) Pascual Ahumada, 1886. Guerra del Pacífico. Recopilación completa de todos los documentos oficiales, correspondencias i demás publicaciones referentes a la guerra que ha dado a luz la prensa de Chile, Perú i Bolivia conteniendo documentos inéditos de importancia, pp. 421-422; 424. Valparaíso, Chile: Imprenta i Lib. Americana de Federico T. Lathrop.

(31) Holley, Op. Cit., p. 55.
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-11-6-2017
La artillería peruana que defendió Arica I