Friday, February 06, 2026

Decisiones torvas contra testigo protegido

 

Informe

Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas

6-2-2026

 


Decisiones torvas contra testigo protegido

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En agosto 2025 el juez Jhon Paredes, del 3º Juzgado Constitucional/Corte de Lima, al descubrir que una querella por difamación fue llevada mediante un proceso “falso e inexistente” por los jueces L. Sánchez, J. Vidal, M. Rodríguez y J. Barreto para condenar a Gregory Paredes, declaró fundado un hábeas corpus, anulando la condena.

 

Proceso inexistente y falso

 

Los procuradores Juan Cotera y David Hidalgo, permitieron que los jueces establecieran en la querella, una “representación ilegal e irreal” que nunca existió en el juicio, pero ellos se aprovecharon para representar a Gonzalo Ríos y lograr condenar a Paredes a 3 años de prisión suspendida con reglas de conducta.

 

El hecho “falso e inventado” salió a la luz con irrefutable prueba -que dejó sin piso a los jueces- emitida en informe de la Procuraduría General del Estado en junio 2024, dando a conocer que sus procuradores no representaron a Ríos.

 

En consecuencia, el juez Paredes dictó sentencia, contenida en Resolución Nº 10/26-08-2025 a favor de Gregory Paredes, fundamentando que los jueces penales 1º y 2º instancia llevaron un proceso de querella torcido, donde establecieron como representante legal de Gonzalo Ríos a Procuradores de la entidad estatal, cuando no fue así.

 

Irregularidades descubiertas

 

Con informe irrefutable de la Procuraduría General del Estado se descubrió y confirmó que la representación de los procuradores, a favor de Ríos, había sido falsa, es decir no era real, ya que los procuradores nunca representaron a Ríos quien no presentó ni firmó ninguna querella contra Gregory Paredes, ni tampoco pidió reparación civil.

 

Contumacia inexplicable

 

Aun así, los jueces penales de la querella ordenaron a Paredes que abonara un pago de reparación civil a Ríos por el monto de  S/. 50 mil soles, siendo una regla de conducta que de no hacerlo, se revocaría la prisión suspendida de 3 años por efectiva.

 

Sin acreditación

 

En el hábeas corpus se evidenció lo oculto del proceso falso e irreal, impulsado por los procuradores y es que estos no firmaron escrito ni demanda que acompañe la firma del funcionario Gonzalo Ríos que permitiera acreditar su representación.

 

Sala entra a tallar

 

La 2º Sala Constitucional de Lima, en etapa de apelación, notificó la Resolución Judicial (R/J) del 6-1-2026 y R/J del 9-1-2026 que contiene la sentencia de hábeas corpus a favor de Paredes con R/J del 26-8-2025, para que Gonzalo Ríos y la Procuraduría ejerzan su derecho a la defensa.

 

Quien calla, otorga

 

Ninguno de los dos manifestó su disconformidad ante la Sala Constitucional contra la sentencia a favor de Paredes y dejando transcurrir los plazos sin apelarla “reconocieron y aceptaron las falsedades” que la sentencia de hábeas corpus, en primera instancia, atribuía a sus conductas.

                                  

Vocales hacen caso omiso

 

A pesar que los propios querellantes “han aceptado su falsedad en actos procesales”, ante los vocales superiores de la 2º Sala Constitucional Vílchez Dávila, Romero Roca y Suárez Burgos (ponente), estos no la valoraron así como desconocieron la prueba de la Procuraduría General.

 

La omisión adrede de la Sala, al no evaluar estos argumentos de la sentencia del juez constitucional Jhon Paredes en “condena arbitraria con falsedades acreditadas”, facilitó para que con R/J del 29-a1-2026 revocaran el hábeas corpus.

 

Contra DDHH

 

La sentencia de la Sala que desconoce y no valora la prueba que acredita los argumentos falsos que forman parte del impulso procesal en un juicio que conlleva a la condena de una persona, atenta contra el debido proceso y los derechos humanos.

 

Se ocultan hechos

 

Además, al no motivar su sentencia que revoca el hábeas corpus a favor de Paredes dejando de dar cuenta sobre la verdad de pruebas y falsedades arbitrariamente, es una resolución que oculta hechos sin cumplir con los principios de una verdadera fundamentación favoreciendo a la mentira.

 

Indigno abuso judicial

 

Los vocales son parte del abuso judicial contra el denunciante y testigo Gregory Paredes, permitiendo que se le someta a procedimientos distintos de los previstos por la ley y que están prohibidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional.

 

Torceduras inmorales         

 

La consigna es, pruebas múltiples hay, condenar, fastidiar, perturbar la proba y valiente acción denunciatoria del testigo protegido Gregory Paredes.

 

En la foto vocal David Suárez; ex MINDEF, Gonzalo Ríos.