Tuesday, September 26, 2017

¡Otra carta a Kuczynski sobre indulto a Fujimori! II

¡Otra carta a Kuczynski sobre indulto a Fujimori! II
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

26-9-2017

Señor presidente: ¡no existe trámite de indulto en el aire! El procedimiento para que usted adopte una decisión, indultando o no, está normado. La cabeza de sus asesores, o lo que tienen dentro, no son reglas o normas jurídicas; son viento.

El Artículo 118°, inciso 21, de la Constitución Política es la primera gran norma:

“ Atribuciones y obligaciones del Presidente

Corresponde al Presidente de la República: Conceder indultos y conmutar penas”.

Esta es su atribución, su facultad, su prerrogativa, su potestad o lo que quiera llamársele, pero en el mismo artículo constitucional están sus obligaciones cada vez que desea ejercer o llevar a la práctica una a una sus concretas facultades. Aquí va una:

“Artículo 118°, inciso 1: Corresponde al Presidente de la República: Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales”.

En consecuencia, si al presidente Kuczynski acaso le asiste tener apego a un mandato constitucional, que es una obligación ineludible, impajaritable, y sin risitas de por medio, que conceda indultos o conmute penas cumpliendo las leyes que se ocupan de tales tópicos, por ejemplo, prohibiéndolos. Jamás un presidente, guareciéndose en una aislada “potestad constitucional”, podría indultar a un violador de un niño que una ley prohíbe ser indultado o conmutado. Del mismo modo, son dos leyes que vetan el indulto de los secuestradores, en este caso de Fujimori, condenado por secuestros reales, las que Kuczynski debe acatar, sin chistar, ni buscando eludir responsabilidad penal.

Que Kuczynski, a su vez, cumpla los tratados internacionales que nos obligan a respetar los fallos judiciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (San José de Costa Rica), que al unísono han establecido que las masacres de Barrios Altos y La Cantuta son crímenes de lesa humanidad y que, en adición, dejaron sin efecto dos leyes de amnistía aprobadas por el congreso fujimorista del entonces en favor de los asesinos del grupo Colina y que el reo Fujimori las promulgó el año 1995. La misma suerte alcanzaría a una modesta resolución suprema de Kuczynski que aprobase un írrito indulto. La parte civil, es decir, familiares de las víctimas harán valer sus derechos.

Finalmente, existen normas reglamentarias que la Constitución obliga su cumplimiento, son los varios decretos supremos y resoluciones ministeriales que norman o regulan el procedimiento de indulto y que, sí o sí, deben ser acatados por el presidente, quien, a su turno los decretó o expidió, pues no existe un trámite en el aire, o sea, solo en el interior de la cabeza del mandatario, que establezca el extraño neologismo penitenciario de “indulto médico”, una supuesta “junta médica”, gaseosa y ajena a un trámite iniciado, menos que él mismo y sus varios acomedidos voceros espeten que el indulto a Fujimori se está “evaluando”.

¿Cómo se puede evaluar un trámite o un procedimiento que no existe, que nadie lo ha iniciado, ni siquiera el reo o sus 4 hijos, que no se ha designado por el INPE, y no por Kuczynski, a los integrantes de la respectiva junta médica, que ergo no figuran aún los documentos médicos, de diagnóstico y pronóstico, respecto del reo en cuestión. Es decir, se deben evaluar, apreciar, estimar o valorar documentos de un expediente concreto y no visitas a Palacio de interesados en esta gracia presidencial.

Convendría que entre esos asesores espontáneos no esté Víctor Andrés García Belaunde, porque él cree o supone que el presidente está por encima de las normas y reglas del ordenamiento jurídico. ¡El Estado soy Yo -L’Etat c’est moi-, decía Luis XIV, de Francia!

Escribí respecto de esta asesoría espontánea al presidente, a través de la prensa: ¡Congresista fuera de foco y solo monárquico en INDULTO a Fujimori!

Aunque esta frase suya lo contradice: "que si bien es cierto hay algunas reglas y normas, por encima de todo está la decisión presidencial”.

García Belaunde no advierte que tal decisión no viene del aire, ni sale al aire y que luego llegaría a algún paraje del aire, sino que debe surgir de lo que el ordenamiento jurídico le permite al presidente hurgar para manifestarse, seguir el camino trazado por el propio orden jurídico (debido proceso, se llama) y por fin como destino teleológico que las "reglas y normas" (que existen, según reconoce este congresista) no sean violadas, transgredidas o burladas en buena cuenta. Ya no es el presidente el monarca de antes, hoy está encasillado, normado y obligado constitucionalmente a respetar las reglas, esa normatividad. ¡Impera el derecho!

¡Ay, Ay, García Belaunde!, qué poco te importan esas "reglas y normas" que reconoces su existencia, pero que te interesan un bledo, pues pisotearlas parece que te place cuando de indultar malévolamente se trata.

Le reitero, señor presidente Pedro Pablo Kuczynski: ¡El procedimiento sobre indultos, de cualquier jaez, está normado, no existe en el aire de su imaginación!
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Pagoreni: ¿otro robo más?

Mañana 27-9-2017: ¿Quiénes obsequiaron gas de Pagoreni-Lote 56-2004?

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas

25-6-2005

Columnista invitado: Carlos Repetto Grand

Pagoreni: ¿otro robo más?
por Carlos Repetto Grand; acejubpetroperu@hotmail.com

La República, el 21 de los corrientes, convocó una mesa redonda de expertos en hidrocarburos para analizar un tema sugerente: El dilema del gas: ¿exportar o abastecer el mercado local?; la reunión fue variopinta pues se encontraban, entre otros expertos, el ministro de Energía y Minas, de profesión minero, y el representante de Pluspetrol, conocido contador público.

El tema se focalizó en conocer las apreciaciones de los entendidos sobre si habría suficiente gas en 20 años, para cubrir el mercado interno y el de exportación, llámese México y el anillo energético del MERCOSUR, conformado por 5 países, unos de ellos Chile; llegándose a la conclusión que nuestras reservas eran insuficientes, habiendo algunos expertos como el ex ministro de Energía y Minas del gobierno de transición, Carlos Herrera Descalzi, cuyo parecer es compartido por el suscrito, de privilegiar el mercado interno.

El ministro de Energía y Minas, Glodomiro Sánchez, informó que había una propuesta del MERCOSUR de adquirir 1200 millones de pies cúbicos de gas natural; expresó que se había suscrito un memorándum de entendimiento, mediante el cual los de MERCOSUR plantearon la solicitud oficial. Añadió el titular de Energía y Minas, que un grupo de técnicos, integrado por los viceministros de los cuatro países y Perú, estudiarían la propuesta desde el punto de vista técnico, económico y financiero.

El ministro Sánchez pone recién los pies en tierra cuando admite: “más que país es un negocio entre privados, pero creo que tiene que haber una decisión política”. Esto es correcto, correctísimo, así lo consideramos, pero al momento, para el inadvertido ministro, la decisión política está fuera de contexto, pues Pagoreni ya no pertenece al Estado peruano, es decir, el lote 56, adyacente de Camisea, que como dice Alfredo Poli, Director Comercial de Pluspetrol, adelantándose a los acontecimientos, será utilizado tan sólo para la exportación.

Pagoreni es un yacimiento cuyas reservas de gas natural y condensado, aún no han sido desarrolladas, pero se estiman similares o mayores que Camisea y ya fueron entregadas, entre gallos y medianoche, por Perúpetro al consorcio liderado por Pluspetrol, sin licitación alguna, a dedo, no encontrándose justificación para esa condescendencia, más aún cuando funcionarios inescrupulosos también sin licitación o una amañada, permitieron tiempo atrás que las reservas probadas de petróleo de los lotes 8 y el lote 1 AB, pertenecientes a Petroperú S.A., en la Selva Norte, pasaran ¡por una bicoca! a la tenencia de dicho consorcio, con contratos blindados por el artículo 62º de la Constitución, que están permitiendo la onerosa venta de dicho petróleo a Petroperú (su anterior dueño) al precio internacional; dinero que a su vez ha servido de soporte financiero para desarrollar Camisea.

Yendo a lo anecdótico de la lectura de los comentarios de los expertos, aparecen cifras contradictorias de reservas de gas, como, por ejemplo, el ministro de Energía y Minas, muy ufano, atribuyendo a cifras oficiales de la Dirección General de Hidrocarburos, expresa que las reservas del gas natural de Camisea alcanzan la cifra de 10.9 trillones de pies cúbicos; por su parte Gustavo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos, textualmente dice: “El Perú tiene reservas de gas natural en Camisea y Pagoreni  de 11 trillones de pies cúbicos”. ¿Cómo es esto, o sea que Pagoreni tiene una reserva de 0.1 trillones de pies cúblicos?.

Aparte de lo disímil en el manejo de cifras a ese nivel, lo que no otorga confiabilidad alguna, lo que sí preocupa enormemente es la denuncia de Carlos Herrera Descalzi, quien entre sus comentarios en dicha Mesa Redonda expresó textualmente: “He leído el contrato 56 y me parece infame. Este dice que es de interés del Estado peruano que se realice la explotación y no menciona para nada el término exploración. Los términos económicos en los que se pactaron son terribles contra el país”.

Recordamos al ingeniero Carlos Herrera Descalzi, fue ministro de Energía y Minas durante el gobierno de transición de Valentín Paniagua, como el mismo hombre probo, que sintiéndose utilizado por el gobierno de ese entonces, al incluirse en el Contrato de Licencia subrepticiamente la Cláusula 8.6, que cambiaba radicalmente las regalías, advirtió en varios medios de comunicación entre ellos en Correo del 3-3-2002, sobre lo que denomina extraño cambio en las regalías de Camisea, anticipando que aquello acarrearía problemas de diverso tipo, principalmente contra la recaudación del fisco. Asimismo expresó que la posible modificación no tenía sustento alguno, pidiendo explicaciones en ese entonces al novísimo gobierno de Alejandro Toledo, diluyéndose esta denuncia inexplicable como muchas otras con el correr del tiempo.

Esperamos que la actual denuncia no corra la misma suerte, inclusive hecha en presencia del actual ministro de Energía y Minas, no cabiendo sino previa constatación  del hecho, para que se proceda a la destitución de las cabezas visibles de PerúPetro y a la Dirección General de Hidrocarburos, en este punible caso de corrupción en agravio del Estado peruano.

Este acto profiláctico en los cotos energéticos servirá como escarmiento, para que ya no vuelvan a delinquir funcionarios inescrupulosos que, sabedores de las limitaciones en cuanto a conocimiento en el ramo de los ministros de turno, hacen cera y pabilo de ellos.

¡El congresista Glodomiro Sánchez Mejía tiene la palabra!
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