Tuesday, November 01, 2011

De la peor a la mejor placa del mundo

De la peor a la mejor placa del mundo

http://www.voltairenet.org/De-la-peor-a-la-mejor-placa-del?var_mode=recalcul

por Herbert Mujica Rojas

31-10-2011

 

No pudo haber acometido mejor decisión el ministerio de Transportes y Comunicaciones que cuando decidió aprobar el Reglamento de Placa Unica de Rodaje a través del Decreto Supremo No. 017-2008-MTC y que tiene "por objeto regular la Placa Unica Nacional de Rodaje, como elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres, estableciendo su clasificación y carácterísticas así como los procedimientos para su manufactura, obtención y expedición, con el fin de alcanzar los estándares de seguridad internacional para evitar su falsificación, adulteración, destrucción o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N" 27181.

 

Para decirlo de otro modo, en Perú se decidió –y como política de Estado- pasar de la peor a la mejor placa del mundo. Hay derecho a preguntarse si lo acontecido a posteriori ha validado esta presunción que puede parecer optimista. No todos los días se da el lujo Perú de construir o levantar paradigmas para el resto del orbe. No obstante hay datos que así lo confirman lo cual representa, además, la comprobación que la tecnología, la asociación estratégica entre lo estatal y lo privado, también produce excelentes resultados.

El Ministerio de Transportes se apoya en la Asociación Automotriz del Perú- AAP, para la introducción de las nuevas placas de rodaje y en aplicación del Artículo 6.1 del mencionado Reglamento y que dice a la letra:

El Ministerio podrá delegar en entidades públicas o privadas la manufactura de la Placa Unica Nacional de Rodaje y de la Tarjeta de Identificación Vehicular, así como de la provisión de los dispositivos de almacenamiento de información y lectura de los mecanismos de seguridad que se empleen en éstas. Asimismo expedirá la Placa Unica Nacional de Rodaje de acuerdo al presente Reglamento y a requerimiento del Registro de Propiedad Vehicular."

 

Como resultado de esta acción conjunta, en el territorio nacional las placas de rodaje se fabrican en 48 horas, bajo estrictos controles de seguridad y con los materiales óptimos que garantizan el acabado y durabilidad del producto final. Y se entregan al usuario al mismo precio que las placas anteriores. ¿Significaría aquello que se repite el formato de vicios e inseguridades que mostraban las placas antiguas? Pareciera que no es así. Veamos.

 

Al dar cuenta Sunarp (Superintendencia Nacional de Registros Públicos), el 11-8-2010 sobre Cambios  sustanciales con la nueva placa de rodaje http://www.elperuano.pe/Edicion/noticia.aspx?key=Gp87RfqZxxM= dice lo siguiente:

 

"¿Existe un cambio sustancial con este nuevo sistema de placas, respecto del que regía hasta el 31 de diciembre de 2009? Sí, tanto en mecanismos de seguridad, como en la forma de identificación física de los vehículos.

 

Con relación a los mecanismos de seguridad, debemos señalar la calidad de las placas metálicas y principalmente la creación de la placa holográfica (tercera placa) que va adherida a la luna delantera del vehículo y posee datos identificatorios esenciales, como el número de placa, Chasis/VIN, etc., que va a ayudar con una adecuada identificación del vehículo, y frenar en parte los casos de suplantación de vehículos.

 

Sí resulta una nueva forma de identificación física vehicular, ya que desde la aprobación del Reglamento Nacional de Vehículos (DS Nº 058-2003-MTC), en el Perú se adoptó como forma de identificar vehículos: las categorías vehiculares, que responden a una identificación vehicular internacional estándar, en que se establecen cuatro categorías generales."

 

Sunarp da cuenta con apego a lo real sobre las placas de rodaje. Es pertinente, para evitar confusiones o dudas maliciosas subrayar lo que dice el Reglamento en el Título III Especificaciones Técnicas de la Placa Unica Nacional de Rodaje y de la Tarjeta de Identificación Vehicular y en su Art. 11.1:

 

"Tratándose de vehículos de las categorías M y N, la Placa Unica Nacional de Rodaje comprende un juego de dos (2) planchas metálicas de aluminio únicas, de iguales características y con una lámina retroreflectiva adherida a la superficie en el anverso, así como también comprende una calcomanía holográfica de seguridad como tercer elemento de identificación (tercera placa). La falta de alguno de los tres elementos invalida el sistema de identificación del vehículo."

 

Varias delegaciones de países latinoamericanos llegaron al Perú para informarse de la nueva Placa Unica Nacional de Rodaje y analizar su implantación en sus países de origen. Hay un profundo interés, tanto en el diseño del sistema de identificación como en el proceso de su circulación y gestión eficiente. El nuevo sistema de identificción vehicular peruano, definitivamente, nos pone en vitrina ante los ojos del mundo.

 

¿Quién dijo que Perú no podía ser modelo o paradigma? Por las razones antedichas y expuestas y ceñidas a los estrictos preceptos oficiales que sobre la problemática específica elaboró el MTC es posible reiterar que ¡Perú pasó de la peor a la mejor placa del mundo!.

 

 

 

 

 

 

 

 

Controversia tributaria sobre el tapete

Telefónica. Acotaciones ascenderían a S/. 3.877 millones.

Controversia tributaria sobre el tapete


 
 
 
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Tribunal Fiscal estaría por reconocer una segunda acotación de Telefónica a favor de la Sunat por S/. 1.377 millones del periodo 2002-2005.

Enrique Larrea.

La controversia tributaria que hoy distancia y crispa la relación entre el gobierno y Telefónica del Perú es un conflicto que pasó inadvertido por las dos gestiones anteriores (las de Alejandro Toledo y Alan García) y que entraña un complicado caso, en el que ambas partes esgrimen argumentos a favor y en contra.

La Sunat señala que las deudas de Telefónica por acotaciones del periodo 2000 y 2001 ascienden a S/. 2.510 millones. Telefónica no estuvo de acuerdo con la deuda y llevó el caso al Poder Judicial. En este contexto, venció en mayo de este año el contrato de concesión de Telefónica Móviles para Lima y Callao. 

Frente a este hecho el gobierno marcó posición: Antes de tomar una decisión sobre la renovación del contrato de concesión de Telefónica Móviles, la empresa deberá resolver su deuda tributaria.

Pero el panorama se complica  aún más pues el Tribunal Fiscal estaría por reconocer una segunda acotación de la empresa a favor de la Sunat de S/. 1.377 millones correspondiente al periodo 2002-2005. Es decir, el monto que la Sunat reclama a Telefónica ascendería hasta ahora a  S/. 3.877 millones.

Tributos en litigio

Pero Telefónica está segura de que le asiste la ley. La compañía argumenta que más del 70% de la deuda en cuestión corresponde básicamente a dos grandes rubros: Impuestos sobre cuentas de clientes morosos que Telefónica no logró cobrar e impuestos sobre gastos por pagos de intereses no reconocidos por el Estado. 

En ambos casos ni la Sunat ni el Tribunal Fiscal han juzgado válidos los procedimientos y las pruebas que presentó Telefónica.

Sin embargo, la empresa sostiene que su "gestión de cobranza" cumplió con estándares internacionales, y resalta que realizó los cobros a sus clientes a través de diferentes mecanismos (sistema llamador, la telegestión; avisos de corte y baja; aviso de deuda por recibo; entre otros).

Para el caso del no reconocimiento de los gastos por pagos de intereses de las cargas financieras, la empresa argumenta que debería bastar el flujo de caja para acreditar el uso del dinero que entró a través de préstamos y bonos. Señala que siempre mantuvo la misma posición frente a este reclamo, a sabiendas de que no pagarla acarrearía multas e intereses. De hecho, a la fecha más del 80% del monto en disputa con la Sunat corresponde a multas e intereses.

Sin embargo, desde el gobierno la posición no es menos fundamentada. El Tribunal Fiscal y la Sunat, según se informó, cumplieron con la ley al acotar a la compañía de capitales españoles. Esto debido, indican, a que, por ejemplo, las cartas que Telefónica envía a sus clientes por cobranza no son consideradas como válidas. Asimismo, el flujo de caja no es prueba suficiente para acreditar el destino de los ingresos por préstamos de la empresa.

En círculos empresariales de Confiep advierten que a Sedapal sí se le reconocieron estos derechos, pero desde la Sunat afirman que en el caso de Sedapal también se trató de una decisión judicial.

Pero es indudable el recelo a judicializar una controversia cuando están en juego montos tan enormes de dinero. De hecho, el propio presidente Ollanta Humala expresó su molestia porque grandes empresas, en referencia evidente a Telefónica, "judicializan el pago de tributos".

El próximo 17 de noviembre el 8° Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio deberá dictar sentencia sobre el recurso de nulidad que presentó el MEF frente a la decisión de la fiscal Rosanna Trillo de reducir la deuda de Telefónica en S/. 971 millones.

Un tema que exige ser tratado por ambas partes con la máxima seriedad.

Buscan conciliar en el CIADI

1] La acción emprendida por Telefónica del Perú ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es una conciliación a través de los mecanismos de este tribunal internacional, instancia previa antes de decidir presentar o no una denuncia contra el Estado peruano. 

2]Telefónica busca que se respete su derecho a la renovación de los contratos de concesión de telefonía móvil, independientemente de la controversia tributaria que mantiene con la Sunat.

3] Argumenta que en la medida en que Telefónica del Perú y Telefónica Móviles son compañías jurídicas distintas, ambos procesos no deberían relacionarse.

Datos

Licencia por vencer. En enero del próximo año vencerá la licencia para el uso de la banda de telefonía celular en el interior del país de Telefónica Móviles.

Fusión a la vista. El grupo Telefónica espera el visto bueno del MTC para concluir la fusión de Telefónica del Perú y Telefónica Móviles. Esta podría quedar vigente desde el 1° de febrero del 2012.