Saturday, December 09, 2017

TC actual ¿violó el 5-4-2016 cosa juzgada del 14-6-2013?

TC actual ¿violó el 5-4-2016 cosa juzgada del 14-6-2013?
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
8-12-2017

Los 4 magistrados del Tribunal Constitucional actual, que resolvieron el 5-4-2016, contra lo visto el 14-6-2013, han sido denunciados ante el Congreso de la República, buscando ser destituidos, por infracción constitucional de la inmutabilidad de la cosa juzgada. También por prevaricato.

Así fallaron aquel 5 de abril, 4 votos contra 3 votos singulares:

"SUBSANAR la sentencia de fecha 14 de junio de 2013 y, por ende, tener por no incorporados en la resolución el fundamento 68 y el punto 1 de la parte resolutiva".

Firman Miranda Canales, Ledesma Narváez, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña Barrera. Los votos singulares están suscritos por Urviola Hani, Blume Fortini y Sardón de Taboada, que se pronuncian por declarar improcedentes las solicitudes de subsanación.

Se trata del caso El Frontón, por los luctuosos hechos del 18 y 19 de junio del 1986, durante el gobierno de Alan García, donde fueron muertos más de 100 reclusos. El citado Fundamento 68 y Punto 1 resolutivo, adoptados el 14-6-2013, sostienen que aquellos hechos no son crímenes de lesa humanidad, ergo, gozan de prescripción.

Se planteó la nulidad de esta resolución que fue declarada improcedente el 8 de marzo del 2017, y contra esta improcedencia se ha interpuesto Recurso de Reposición el 21-4-2017, ampliado el 31-5-2017, que serán objeto de la vista que se avecina el 13-12-2017, a las 9 y 30 minutos de la mañana.

En cuya virtud, lo primero que debe establecerse es si estamos ante una real, legítima o una ñanga o aparente COSA JUZGADA que haya resultado violada, por los hoy denunciados ante el Congreso de la República, cuyo trámite está en manos de la subcomisión de acusaciones constitucionales, que pronto dará su Informe final sobre el delito e infracción denunciados, que pasará a la Comisión Permanente y de allí al pleno del Congreso.

Surge esta pregunta de superlativa trascendencia jurídica. ¿Podía el TC actual "tener por no incorporados en la resolución el fundamento 68 y el punto 1 de la parte resolutiva", de la que llama "sentencia de fecha 14 de junio de 2013"? La respuesta final a esta interrogante controvertida debe plantearse y dilucidarse en la audiencia del 13 de diciembre próximo. Trataré de darle forma.

El 13-12-2017, 9.30 AM, se ventila en audiencia pública este intrincado tema, ante el Tribunal Constitucional, integrado por los 4 jueces que resolvieron aquel 5-4-2016 y que están siendo procesados por la citada subcomisión congresal por infracción constitucional que vulnera la cosa juzgada y por delito de prevaricato, cuyo final lo decide el pleno del Congreso que podría sancionar con destitución e inhabilitación hasta por 10 años a los 4 jueces denunciados.

Espero que mi concurso en esta causa sea aceptado por el TC actual. Frente a una convocatoria formal que ha hecho he pedido ser considerado.
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