Monday, June 07, 2021

Cenares-Minsa compra 78 millones de mascarillas a empresa precaria

 

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

7-6-2021

 


Cenares-Minsa compra 78 millones de mascarillas a empresa precaria

https://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/cenares-minsa-compra-78-millones-de-mascarillas-empresa-precaria

https://bit.ly/3uY7VQZ

 

La empresa Farmabión del Perú SAC, que no registra planilla de trabajadores, locales con las estrictas medidas de higiene y seguridad requeridas con estándares mundiales, de escasas operaciones en el mercado nacional o internacional, resultó con la buena pro otorgada por Cenares-Minsa (Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; por 78’600,000 de mascarillas quirúrgicas.

 

Farmabión ofreció importar las mascarillas con documentos técnicos de la empresa china Guangdong J&Y Industrial Co Ltd que nunca le vendió nada a Farmabión o a ninguna peruana en mascarillas tipo IIR. Los documentos fueron para calificar ante Cenares.

 

Más aún se habría falsificado cajas impresas sin autorización lo que requiere de una exhaustiva investigación. Sobre esto hay que decir que la firma Ilustra Consultores SAC, envío a fabricar cajas a diversas imprentas y con mucha anterioridad a ganar el proceso. ¿Eran adivinos que Farmabión iba a ganar o ya estaban seguros o es pura casualidad?, ¿qué conexión tiene esta empresa con Farmabión?

 

La firma Ilustra Consultores SAC tiene deuda atrasada en Infocorp, una antigüedad en el mercado de 23 años, 8 trabajadores y el gerente general es el señor Zujnich García Branco quien es representante legal en las siguientes empresas Círculo Gráfico SAC y Zumo Gráfica SAC.

 

Al parecer la importación ofrecida por Farmabión no se habría podido consumar. Más bien existe la posibilidad de una solución a la criolla, impresión de cajas con nombre ajeno pero necesario para “convencer”.

 

Entonces: ¿puede fabricar 78’600,000 mascarillas dicha firma, con las enormes carencias de que hace gala y que, lejos de contribuir a la industria nacional, la perjudica y ¡muy seriamente? ¡Imposible! ¿Con qué trabajadores lo haría?, ¿cón qué maquinaria?, ¿dónde está el registro de insumos importados y en almacén, para acometer una buena pro, sin duda de gran volumen?

 

Dijimos líneas antes que la industria nacional textil está siendo perjudicada criminalmente. Si la empresa ganadora está huérfana de lo elemental para fabricar ese número de mascarillas, es obvio que se lo agencia por mil métodos distintos y probables: pacto con los importadores chinos, compra a precio a barrer lo que encuentre en el mercado local y luego puede envasarlo con cajas impresas ha poco. En cualquier caso ¡ningún trabajador peruano recibirá salario como parte de esta producción que se escamotea a la industria textil gracias a la dudosa eficiencia de Cenares-Minsa!

 

¡Peor aún!

 

¿Si el ruin dicho “todo vale” con tal de “cumplir”, ¿dónde queda la salud de enfermeras, médicos, personal de primera línea, que son los usuarios iniciales de mascarillas de ignota seguridad contra el covid19? Las baratijas no reúnen ninguna condición sanitaria mínima porque son ¡precisamente eso!. Entonces ¿no estamos condenando, por una mala compra, con escasa ética, nulo compromiso con el Perú, a muchos compatriotas a contagiarse del covid19?

 

Días atrás y evidentemente molesto y motivado por los múltiples artículos que sobre mascarillas, industria textil, trabajadores, Cenares-Minsa, he escrito en las últimas seis semanas, alguien que dijo ser del Minsa llamó para “aclarar” y quedó comprometido a remitir por escrito su protesta y solicitud de enmienda urgente. ¡Nunca más supe de aquél, cuyo apellido olvidé aunque sí reparé que era uno raro! ¿Tiran la piedra y esconden la mano?

 

Existe una Resolución Ministerial N° 132-2015-MINSA, que aprobó el Documento Técnico:

Manual de Buenas Prácticas de Almacenamiento de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios en Laboratorios, Droguerías, Almacenes Especializados y Almacenes Aduaneros, cuya finalidad es regular el almacenamiento de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios a nivel nacional. ¿Cumple Farmabión estas disposiciones obligatorias? ¿Lo han comprobado los de Cenares-Minsa que tan alegremente dieron la buena pro a una empresa precaria?

 

Si Farmabión tiene escasa trayectoria y ha hecho operaciones menores, hay otra empresa, con la misma dirección e igual integrante del directorio Sarita Sofía Ramírez Huarcaya que se llama SAEF Pharma SAC, que sí ha recibido millones en órdenes de compra. ¿Puede Cenares-Minsa contratar con una empresa que pareciera fachada de otra?

 

 

Seguiremos dando más información.

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-15-4-2021

Gobierno e importadores de mascarillas quiebran a sector textil

https://bit.ly/3e56J80

 

-20-4-2021

¿Y la doble mascarilla contra el mortífero covid19?

https://bit.ly/3apxbIf

 

-22-4-2021

Reactivación económica=lucha contra covid19=trabajo para industria nacional

https://bit.ly/3v9wif4

 

-28-4-2021

Minsa debe comprar mascarillas de tela a empresas con planilla e infraestructura

https://bit.ly/2PttytL

 

-30-4-2021

Máscaras contra covid19: ¡de una vez! ¡S/ 45 millones, 320 mil!

https://bit.ly/3t7DjeK

 

-4-5-2021

Mascarillas: reactivación económica con fabricante nacional

https://bit.ly/3aYGwr1

 

-7-5-2021

¡Minsa posterga compra de 78 millones de mascarillas!

https://bit.ly/33jQT4k

 

-11-5-2021

Cenares-Minsa: ¡plazos sospechosos para mascarillas de tela!

https://bit.ly/3tArSN1

 

-13-5-2021

¿Mano negra en tema mascarillas, Cenares-Minsa?

https://bit.ly/3hmwrbh

 

-18-5-2021

¡Boa Cenares-Minsa asfixia a industria textil!

https://bit.ly/3wdnfKp

 

-21-5-2021

¿Cualquiera cotiza mascarillas por millones en Minsa?

https://bit.ly/3v9P6Lm

 

-24-5-2021

Mininter: ¿olvidaron las mascarillas de tela?

https://bit.ly/2REgXos

 

 

 

¿Poder Judicial-Ucayali alienta violación de sus contratos con proveedores?

 

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

7-6-2021

 


¿Poder Judicial-Ucayali alienta violación de sus contratos con proveedores?

https://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/%C2%BFpoder-judicial-ucayali-alienta-violaci%C3%B3n-de-sus-contratos-con-proveedores

https://bit.ly/3vZJnZ0

 

Una forma de la corrupción que campea en el Perú es el sistemático incumplimiento de los contratos que suscriben diversas instituciones del Estado con empresas, individuales y corporativas en múltiples áreas y distintos montos.

 

¡Cuando se usan mal los recursos del Estado –que provienen del impuesto de los ciudadanos- se incurre en delito criminal y eso hay que castigarlo en todos los niveles!

 

Los funcionarios públicos, y tratándose del Poder Judicial, no pueden pecar de ingenuos o desavisados frente a desmanes que ocurren ante sus narices y, especialmente, con empresas supuestamente formales pero que no tienen consistencia alguna. Leamos.

 

El Poder Judicial de Ucayali que preside Américo Urcino Torres Lozano, hizo la Adjudicación Simplificada No. 02-2021-CS/CSJU/PJ, Adquisición de uniformes para el personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior, a la proveedora Diomira Zabarbaburu Daza por S/ 73,840.00 (caballeros); S/ 65,280.00 (damas), 28-5-2021.

 

Según el documento presentado ante la Sunat por Diomira Zabarbaburu, su empresa consta de 7 trabajadores. Y ha sido proveedora de la Corte Superior de los siguientes clientes: Cusco, Arequipa, Callao, Huánuco, Lima Sur; Instituto Nacional de Salud Mental, MTC, Hospital María Auxiliadora, Banco Central de Reserva del Perú, Dirección de Salud-Lurigancho, Archivo General de la Nación, Marina de Guerra, entre otros por un monto de S/ 6’940,069.60.

 

En el artículo 52 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se lee:

 

-No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.

 

-Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento así como las disposiciones aplicables del TUO de la ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

 

-Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.

 

Pues bien, el proveedor de la tela lanilla comunica que sólo podrá poner a disposición de quien salga ganador de la buena pro de que hablamos, a partir del 10-8-2021 y así lo comunicó al Poder Judicial de Ucayali.

 

¡En buena cuenta, no se podrá proveer de esa vestimenta al Poder Judicial sino a partir de, por lo menos, setiembre u octubre!

 

 

En el Anexo No. 4, Declaración Jurada del Plazo de Entrega, doña Diomira Zabarburu Daza, afirma lo siguiente, en carta dirigida al Comité de Selección:

 

“Mediante el presente con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato en concordancia con el expediente de contratación.”

 

Doña Diomira, subrayó en otra carta que figura como Anexo 3 y como Declaración Jurada de Cumplimiento de las especificaciones técnicas:

 

“Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y conociendo todos los alcances y las condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece la “ADQUISICIÓN DE UNIFORMES PARA EL PERSONAL JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI” de conformidad con las Especificaciones Técnicas que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento”.

 

Si el contrato se suscribe el el 28 de mayo, las prendas debían ser entregadas a partir del 30 de julio. Pero se podrá disponer de la tela para la confección sólo a partir del 10 de agosto.

 

¿Podrá la señora Zabarbaburu cumplir con los plazos de entrega? A ojos vista eso es improbable. Entonces ¿cómo se le dio la buena pro? Como está referido líneas antes, hay penalidades por el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. O –supuesto negado- ¿a doña Diomira Zabarburu no le molesta pagar dichos castigos dinerarios? Bien vale la pregunta ¿qué clase de negocio es el que se hace para perder y, encima, pagar por los errores?

 

¿Qué tan rentable será el negocio para doña Diomira con sus precios y eso le permitirá el cumplimiento puntual de todos los tributos de ley (impuesto a la renta, impuesto general a las ventas, etc.) y en lo que se refiere a Sunafil, los pagos que representan los beneficios laborales de los 7 trabajadores formales que figuran ante Sunat? Se trata, en todo caso, que las instituciones del Estado contraten con empresas 100% formales y que funcionen en locales apropiados y no en viviendas como la que detalla la foto.

 

O, cabe la posibilidad absolutamente real que se pretenda, para cumplir la fecha de entrega,

la subcontratación de trabajadores lo que estaría violando groseramente el texto siguiente:

 

35.2 No se puede subcontratar las prestaciones esenciales del contrato vinculadas a los aspectos que determinaron la selección del contratista.

 

35.4 El contratista mantiene la responsabilidad por la ejecución total de su contrato frente a la Entidad. (Ley General de Contrataciones del Estado).

 

Quien o quienes obren a sabiendas que no podrán cumplir con los plazos de entrega y proveer al Estado de los productos que han ofrecido, incurre en falta no sólo administrativa. ¿No lo saben los del Poder Judicial de Ucayali? Hasta donde se tiene conocimiento, ellos son los custodios de la ley en esa zona.

 

Estamos enviando el presente artículo al Poder Judicial de Ucayali y a la señora Diomira Zabarburu. Nada de lo expresado es creación nuestra, todo consta en documentos públicos y de la Sunat.

 

Seguiremos informando.

 

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