From: h m <hcmujica@gmail.com>
Date: 2009/11/2
Subject: Chimu - ¿CAL hostiliza a Guillermo Olivera Díaz? ¿dónde están denuncia y posibles anexos?
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Exp. Nº 45-2009-DO
18ª. Comisión de Investigación
Consejo de Etica del CAL
SOLICITA COPIA DE LA DENUNCIA
Y SUS POSIBLES ANEXOS
Señor Doctor
ROLANDO AUGUSTO CALDERON LIZARRAGA
Presidente de la Décimo Octava Comisión de Investigación:
GUILLERMO OLIVERA DIAZ, con CAL Nº 4447, en la denuncia contra mí interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima-Defensa Gremial por una infracción ética que desconozco a su Despacho con el mayor respeto digo:
Que he recibido la Cédula que contiene la Resolución Nº 01 de 17 de setiembre 2009 por la cual se me corre "traslado de la denuncia", que debo contestar o absolverla dentro del término de 10 días de notificado, en atención a lo dispuesto por los Arts. 5º, inciso 3º y 6º, inciso 1º del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de las Comisiones de Investigación y del Consejo de Etica del CAL.
Empero, no he recibido copia simple de la denuncia y sus anexos para poder saber qué infracción ética me imputa la denuncia que plantea la Dirección de Defensa Gremial del Colegio, lo cual me genera indefensión y viola las garantías del debido proceso que el citado Reglamento en su Art. 2º, inciso 2, garantiza a los miembros de la orden sujetos a investigación.
Además, cómo absuelvo el traslado, es decir, cómo contesto la denuncia o presento mis descargos, si no tengo el texto de semejante denuncia y por ende desconozco la infracción ética que me imputa un órgano gremial que jefatura nuestro Decano, el doctor WALTER GUTIERREZ CAMACHO, contra quien competí en las elecciones para Decano del CAL y, por escrito, le reprobé sus formas turbias de hacer campaña electoral regalando costosos libros, almanaques y lapiceros a miles de abogados y ahora siendo abogado defensor del gobierno aprista que jefatura ALAN GARCIA PEREZ, a quien también, no obstante haber sido su abogado, le he reprochado por escrito diversas inconductas funcionales.
Curiosamente, asimismo, en la misma Resolución Nº 01 citada que me corre Traslado se me ordena que "deberé concurrir" a la Dirección de Etica del CAL a practicar la lectura de la denuncia que hay contra mí y sus posibles recaudos o anexos, en tal forma que si fueran algunas páginas de denuncia y algunas decenas de documentos recaudados tendré que memoralizarlas, quizá manuscribirlas, y acto seguido venir a mi oficina a absolver el traslado corrido o presentar mis descargos, lo cual a todas luces infringe las reglas del debido proceso que el Reglamento antes citado sí garantiza. Así no se corre Traslado de una Denuncia ni de una Demanda Civil.
En tal virtud, solicito que tenga a bien notificárseme con la copia simple de la denuncia y todos sus anexos que el denunciante haya presentado. Además, tengo nítido interés en saber quién es mi denunciante, su identificación y qué infracción ética me imputa, pues actúa en nombre de la Defensa Gremial de la Orden de los abogados de Lima, a todos los cuales no creo haberlos agraviado con mi conducta en los 39 años de ejercicio profesional.
POR TANTO:
A su Despacho pido acceder a mi petición, en garantía del debido proceso.
Lima, 27 de octubre del 2009.
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