Thursday, February 01, 2018

¡Fujimori regresa a DIROES, por angas y mangas!

¡Fujimori regresa a DIROES, por angas y mangas!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

1-2-2018

En el caso Pativilca al aún procesado Alberto Fujimori se le abrió increíblemente proceso penal con mandato de comparecencia simple, estado que se mantiene hasta hoy, en que domicilia solo y arrellanado en La Estancia de La Molina, por lo que no es aplicable el derecho de gracia que está previsto en la Constitución Política, Artículo 118°, inciso 21.

Sin embargo, se ha otorgado el derecho de gracia a Fujimori citando expresamente tal norma constitucional y dos más que la desarrollan. Veamos lo que dice la Resolución Suprema 281-2017-JUS que le concede:

"Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;

Que, el indulto es la potestad del Presidente de la República para adoptar la renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, pudiendo otorgarse por razones humanitarias;

Que, el literal b) del numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y el literal b) del artículo 31 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, disponen que se recomendará el indulto y derecho de gracia por razones humanitarias, entre otros, cuando el interno padece de una enfermedad no terminal grave, que se encuentre en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y además que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad".

El citado Decreto Supremo 008-2010, Art. 6.4.b, y Resolución Ministerial 0162-2010-JUS, Art. 31°, que desarrollan el concepto constitucional, vigentes ya por 7 años, se refieren al derecho de gracia que piden los procesados presos, por eso ambas normas hablan de "condiciones carcelarias", que no tiene quien está en su domicilio viendo televisión y estirando las piernas, con un cebiche y una cerveza heladita al lado.

El igualmente citado Art. 118, 21 regula sobre el indulto, de un condenado preso; también la conmutación de pena, que es rebajar la pena al que está en cárcel. Allí mismo se regula el derecho de gracia del procesado, preso y no libre. No existen gracias presidenciales para procesados libres.

Este último ni se atrevería a pedir que lo liberen de su casa, aunque esté inmerso en un proceso tedioso. Jamás, de los jamases, se ha concedido un derecho de gracia de un procesado con mandato de comparecencia o reo libre. Tampoco nadie ha pedido tal barbaridad.
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Liquidación de Agrobanco ¿y los productores?

Liquidación de Agrobanco ¿y los productores?
por Germán Lench Cáceres; germanlench@gmail.com

1-2-2018                                                                                                                   

El gobierno anuncia que liquidará Agrobanco por su abultada cartera pesada, esta institución otorgó aproximadamente 72000 créditos muchos de ellos irrecuperables, esto significa el 20% de los créditos otorgados al agro por el sistema financiero. Dicha medida es debido a su ineficiente actuación financiera y acciones politizadas incoherentes, según lo manifestado por la ministra de Economía y Finanzas. Surge de forma inmediata una serie de preocupaciones en nuestros miles de productores agrarios del campo que requieren de financiamiento para efectuar su importante actividad primaria productiva que trabaja con seres vivos (plantas y animales).

Las interrogantes se generan con rapidez. ¿Dónde queda el estricto cumplimiento por parte del gobierno del artículo 88° de la Constitución Política que establece que el agro tiene un trato preferente?. El sector agrario tiene 2.2 millones de productores más sus familias y solo el 14% recibe algún tipo de crédito. Lo sucedido es consecuencia evidente de la política de liberalización de los mercados financieros que han generado la eliminación de tasas de interés preferentes y la reducción de fondos dinerarios orientados para la agricultura.

Para empezar Agrobanco ha sido ineficientemente manejado con un absoluto crecimiento desordenado por culpa de los funcionarios contratados por el gobierno de turno y no por los productores agrarios. Al respecto es necesario que el equipo económico actual presente de forma inmediata, alternativas a tal acción de política económica para que se defina quién canalizará recursos (préstamos) al sector agrario. ¿Se creará un banco de Segundo Piso para que canalice créditos a través de la banca comercial de Primer Piso a tasas de interés razonables de mercado y no políticas?. ¿Se modernizarán las operaciones de la banca estatal (Banco de la Nación) para que compita con el sistema financiero principalmente privado?¿Es posible recurrir a la cooperación internacional? o ¿se pondrán en marcha como en otros países vecinos, programas del Estado mediante los cuales el gobierno de turno otorgue crédito a la agricultura campesina y de pequeñas asociaciones de productores agrarios?

El gobierno no puede olvidar que el agro tiene un financiamiento reducido e intermediarios financieros informales que prestan con tasas de interés elevadas. Las garantías son un problema, especialmente para los pequeños agricultores. Tampoco debemos olvidar la refinanciación de la deuda de los productores afectados por el fenómeno del Niño y de los cafetaleros.

Un problema de la política económica neo liberal, es que ha reducido a su mínima expresión la influencia que tenía el ministerio de Agricultura y Riego en la elaboración y aplicación de una política sectorial y es el ministerio de Economía y Finanzas que no es especializado en la temática agraria, quien define la política sectorial de forma ineficaz.

La minimizada aplicación de una política agraria dentro del contexto de una política macroeconómica y la reducción de la función reguladora del Estado en nuestro país, ha generado una mínima influencia del ministerio de Agricultura y Riego, MINAGRI, en la formulación y aplicación de una política sectorial en temas arancelarios, tributarios, financieros, competencia desleal con países que subsidian a su agricultura firmas de los TLC´s entre otros.     

Por lo pronto sería interesante que el gobierno estudie la posibilidad de establecer Fondos Rotatorios para la pequeña agricultura, que COFIDE tenga líneas de crédito interesantes para ser ofertadas a través del sistema financiero nacional a la mediana agricultura, pero lo que debe quedar claro es que los recursos estatales son decisivos ya que los privados no están tan disponibles para operaciones de riesgo como las del sector agrario. No olvidemos que las proyecciones de crecimiento del PBI agrario del año 2018 según el gobierno es 4% a más.
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