por Herbert Mujica Rojas
16-6-2008
¡Políticos e intelectuales ignorantes!
Desde la firma del Tratado de Lima y su Protocolo Complementario, del
3 de junio de 1929, quedó resuelto cualquier diferendo terrestre con
Chile. Sin embargo, se estableció en el Artículo Duodécimo:
"Para el caso en que los Gobiernos del Perú y de Chile, no estuvieren
de acuerdo en la interpretación que den a cada una de las diferentes
disposiciones de este Tratado y en que, a pesar de su buena voluntad,
no pudieren ponerse de acuerdo, decidirá el Presidente de los Estados
Unidos de América la controversia."
¡Esto quiere decir que en estos momentos, no habiéndose planteado
ningún tema terrestre en controversia, Perú defiende la vigencia
pétrea del Tratado de 1929 que también estableció, claramente, la
frontera en su Artículo Segundo:
"El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes. Tacna
para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos
partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú
y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará
"Concordia", distante diez kilómetros al Norte del puente del Río
Lluta, para seguir hacia el Oriente paralela a la vía de la sección
chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros
de ella, con las inflexiones necesarias para utilizar, en la
demarcación, los accidentes geográficos cercanos que permitan dejar en
territorio chileno las azufreras del Tacora y sus dependencias,
pasando luego por el centro de la Laguna Blanca, en forma que una de
sus partes quede en el Perú y la otra en Chile."
La demanda que Perú ha planteado ante la Corte Internacional de
Justicia, dice en su primer artículo, en el capítulo I Materia de la
Controversia:
"1.- La controversia entre el Perú y Chile está referida a la
delimitación del límite entre las zonas marítimas de los dos Estados
en el Océano Pacífico, que comienza en un punto en la costa denominado
"Concordia" conforme al Tratado del 3 de junio de 1929. La
controversia entre el Perú y Chile también comprende el reconocimiento
a favor del Perú de una vasta zona marítima que se sitúa dentro de las
200 millas marinas adyacentes a la costa peruana, y que por tanto
pertenece al Perú, pero que Chile considera como parte del alta mar."
Porque, y hay que citar la fuente inequívoca, para evitar las
embestidas ignorantes de múltiples políticos, periodistas y borricos
al por mayor, tal como se lee en la demanda:
"2. Las zonas marítimas entre el Perú y Chile nunca han sido
delimitadas ni por acuerdo ni de alguna otra forma. El Perú,
consiguientemente, sostiene que la delimitación deberá ser determinada
por la Corte conforme al derecho internacional."
Es censurable que sin bozal ni freno, premunidos de una insolente
capacidad de decir barbaridades, numerosos bobalicones estén diciendo
que la Corte Internacional de Justicia va a dirimir sobre mojones, el
Hito 1 o en torno a límites terrestres. ¡Están hablando, simplemente
necedades que hacen un favor al país del sur y ninguno al Perú! Y a
eso se llama traición. Y aunque fuese por ignorancia, ésta no inhibe
del incumplimiento de la ley que, en este caso, trata sobre los
irrenunciables fueros territoriales y títulos legítimos del Perú.
Y a la pregunta ¿qué hace Cancillería? Hay que responder, como de
costumbre: nada de nada. No olvidemos que para el sesudo canciller
José García Belaunde que suele tener soroche de altura (mal que ataca
a partir del 1.80 mts. de estatura), ha comparado el triángulo
invadido por los chilenos en el mar tacneño con una de sus fincas, no
entiende gran cosa de este tema y menos de historia, que al igual que
al presidente García, casi le tiene sin cuidado. Hipos que sólo la
inadvertencia y el irrespeto para con los que cayeron por la patria y
el silencio cómplice como brutal de políticos desavisados y
periodistas embrutecidos puede pasar por alto.
¡Delimitación marítima y punto! Los políticos, usualmente de bajísimo
horizonte intelectual, los "internacionalistas" siempre confundidos y
los "especialistas" desorientados, debieran tener más tino y no
rebuznar por inercia. Aquí sólo hay un tema: lo planteado por Perú a
Chile sobre delimitación marítima ante la Corte Internacional de
Justicia. Cualquier otra naturaleza de diferendos territoriales, de
existir en algún momento, tendrán que ser, como dice el Tratado de
Lima de 1929, sometidos a la autoridad del presidente de Estados
Unidos, tal y como lo acordaron los dos países entonces en el Tratado
de Lima.
La verborragia claudicante, concededora y pusilánime, sobre la que
hay, necesariamente que hacer una antología de la verguenza, sólo
constituye un enorme complejo de inferioridad y a sus protagonistas no
hay que saludarlos. ¡Hay que escupirlos por calles y plazas! ¡Así de
simple!
¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!
¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!
¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!
¡Sólo el talento salvará al Perú!
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