¡García, autor
mediato de delitos, como Fujimori y Abimael!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
20-2-2017
Sin mayor violencia conceptual, del Derecho Penal críptico,
ni aspavientos callejeros cruentos, tanto Alberto Fujimori, como a su turno
Abimael Guzmán, fueron condenados por asesinatos variados, como autores mediatos de esos graves
ilícitos penales, pese a que ambos no habían apretado el gatillo de ningún tipo
de arma homicida o mortal. En criollo, no habían matado a nadie con autoría
inmediata, directa o material, o sea, con su propia mano; empero, están bien
condenados, por la justicia nacional, en todas las instancias, y también la
supranacional.
El Derecho Penal legislado, que mayormente se sintetiza en
el Código Penal de 1991, promulgado por Alberto Fujimori, no define el concepto
de autoría mediata; sin embargo, lo contempla como una forma de autoría, con
total y absoluto dominio del hecho criminal, quien decide el curso de las cosas
en el íntegro del iter criminis, desde su gestación hasta su culminación,
considerando el punto de abortarlo en cualquier instante si lo desea, lo cual
no hicieron, pudiéndolo hacer, Alberto Fujimori, tampoco Abimael.
El Artículo 23°, que integra el CAPITULO IV del Código
Penal, llamado: AUTORIA Y PARTICIPACION, capítulo del Título II del mismo
cuerpo normativo nombrado DEL HECHO PUNIBLE, dice con aparente
simplicidad:
“Autoría, autoría mediata y coautoría. El que realiza por sí o por
medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente serán
reprimidos con la pena establecida para esta infracción”.
En este numeral están contemplados expresamente el autor
directo del hecho punible “que lo realiza
por sí”; el coautor, cuando comete el hecho “conjuntamente”, con otro u otros; y el autor mediato del evento
criminal cuando lo consuma “por medio de
otro”, o quizá muchos otros. Tales 3 formas de autoría se pueden dar en
cualquier tipo de hecho punible; ergo, es posible en los variados homicidios,
como en los diversos delitos de corrupción, tal como cuando se construyen obras
públicas entregadas a dedo, a postores que aún no han concursado la licitación.
En el caso de la autoría conocida como mediata es posible, pues, en todo hecho
punible.
El semanario “Hildebrandt
en sus trece”, en su número que apareció el viernes 17 de los corrientes,
nos ha entregado como primicia sendos cables diplomáticos (documentos
oficiales), suscritos por 2 embajadores del Brasil en Lima, Perú, el 2005 y
2007, dirigidos a su Cancillería, que revelan gravemente los enjuagues que
realizaron los entonces presidentes Alejandro Toledo Manrique y Alan García
Pérez, a través de sus ministros Pedro Pablo Kuczynski, Jorge del Castillo
Gálvez y Verónica Mendoza, para entregar, de favor y a priori, la concesión de
obras millonarias de infra estructura en el norte y sur del país, a la empresa
ODEBRECHT S. A., comprometiéndose incluso a “introducir
alteraciones” en las bases para que la empresa previamente escogida salga
favorecida, como en efecto sucedió.
Ahora se sabe que ese favor, de escoger al postor, no fue un
lonche gratis, sino que tuvo el precio de la entrega de coimas considerables,
que no importa quién o quiénes la hayan recibido, en qué tiempo y dónde. Cuando
el autor mediato se vale de muchos: ministros, viceministros, secretarios de
ministerio y ujieres, la coima puede ser entregada a cualquiera de ellos,
antes, durante o mucho tiempo después de la obra, o quizá nunca. El acto de
corrupción ya se cumplió, tal como el autor mediato lo planeó, organizó y ejecutó
“por medio de otros”.
Si a estos dos documentos oficiales, le añadimos la
confesión (aceptación
de sus delitos con coima suya) del capitoste de estos mismos
enjuagues: Marcelo Odebrecht, hoy preso y condenado en Brasil a 19 años de
pena, convicto y confeso de sus peludas fechorías, de las mismas que tratan los
reseñados cables diplomáticos; el acuerdo a que él ha llegado con la justicia
norteamericana, donde se ratifica haber coimeado en grande en el Perú en los
gobiernos de Toledo, García y Humala; y, finalmente, la delación premiada de 77
funcionarios más de esta corrupta empresa brasileña, que acaba de ser aprobada
por la justicia brasileña, se tiene graves elementos de convicción, suficientes
para formalizar INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra Alan García Pérez, con pedido
simultáneo de PRISIÓN PREVENTIVA, en la misma forma realizada con Alejandro
Toledo.
La autoría mediata
del delito de corrupción otorga el mismo título y permisión que la autoría directa, ambas reguladas en el
Código Penal, para investigar y proceder del modo legal estipulado en el Código
Procesal Penal. Únicamente se requiere cierta valentía para hacerlo. Espero que
la tenga el fiscal Hamilton Castro y el juez Richard Concepción Carhuancho.
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