From: Pedro Godoy <profe@cedech.cl>
Date: 2012/5/14
Subject: Nota de prensa
To:
CHILE: CHASCARROS DOCENTES
www.premionacionaldeeducacion.blogspot.com
CORRUPCIÓN EN SAN ISIDRO
Arquitecto
Pamela Olenka PEÑA VIVANCO
Gerente de Autorizaciones y
Control Urbano GACU
Municipalidad de San Isidro
Solicita: INSPECCIÓN OCULAR CON
PRESENCIA DE LA JUNTA VECINAL.
Solicito la Inspección Ocular del inmueble contiguo a mi casa-habitación, sito en Dos de Mayo N° 570-580, donde la firma Kumara Fitness & Spa Salon, la que, además, de pretender apoderarse del retiro municipal para su uso privado, ha realizado obras, e instalado equipos, cuyo uso no es compatible con lo dispuesto en la Ordenanza 1328, de la Municipalidad de Lima Metropolitana, en razón de los siguientes:
FUNDAMENTOS DE HECHO:
Que, he sido informado que usted y varios otros empleados de la Municipalidad, el día jueves 26 de abril próximo pasado, han sostenido una reunión con la JUNTA VECINAL SUBSECTOR 3-1 SAN ISIDRO, Presidida por el señor Fabián OCHOA SALINAS, en la cual se ha deslizado la especie de que la Municipalidad de San Isidro ha comprobado que se han retirado todos los equipos que no corresponden a rubros autorizados, por la Ordenanza 1328, de la Municipalidad de Lima Metropolitana lo cual es FALSO DE TODA FALSEDAD.
Que, considero que ello constituye una tomadura de pelo a la JUNTA VECINAL SUBSECTOR 3-1 SAN ISIDRO, órgano ELECTO por los VECINOS y, por tanto, de autoridad muy superior a cualquier gerente municipal, JUNTA de cuya honorabilidad, entrega y vocación de servicio, GRATUITO y DESINTERESADO, al vecino puedo dar fe personalmente.
Que, además constituye una afrenta a mi persona, que no estoy dispuesto a tolerar, por cuanto se pone en duda mi honorabilidad, credibilidad y la veracidad de lo que yo he informado a la JUNTA VECINAL respecto a que NO SE HA RETIRADO NINGÚN EQUIPO. Por ello, le pregunto ¿HA CONSTATADO USTED, señora PEÑA, PERSONALMENTE, que se hayan retirado las piscinas y equipos de hidromasajes marca AQUAMAXX cuyos controles están a la vista, los equipos de Pilates, salas de masajes, gimnasio, solárium, la docena de equipos de aire acondicionado, etc., y todo aquello que no constituye estrictamente rubro autorizado expresamente? Si no lo ha hecho, señora Peña, usted para salvar su responsabilidad penal deberá abrir proceso administrativo disciplinario a quienes la han inducido a error.
Le pregunto, así mismo, en base a ¿qué LICENCIA MUNICIPAL se instalaron los equipos de hidromasajes AQUAMAXX, los equipos de Pilates, salas de masajes, gimnasio, solárium, etc.? ¿Los letreros luminosos publicitarios que han sido sibilinamente ocultados con planchas de tecnoport negro amarradas con soguilla?
Peor aun, señora Peña ¿quién ha autorizado la construcción de un balcón y escalera de paso que atenta contra mi privacidad por estar construido sobre la pared medianera, sin guardar la distancia obligada por Ley?
De todo ello hay abundante prueba fotográfica que data desde JUNIO DEL AÑO PASADO, la misma que obra en la Procuraduría Pública de la Municipalidad, en un Compact Disk que remití adjunto como recaudo a la demanda de Proceso de Amparo incoada por el recurrente contra el doctor CANTELLA SALAVERRY, Alcalde de San Isidro. Estoy seguro que las Procuradoras GONZÁLEZ ESPINOZA e INGA ZAPATA, no solo le brindaran una COPIA DEL CD, sino también la ilustrarán sobre las graves consecuencias administrativas, civiles y penales en las que presuntamente está usted incurriendo. Para ello, le basta marcar el anexo 1601.
Que, igualmente, deberá explicar a la JUNTA VECINAL, el por qué ha desaparecido la información relacionada con el inmueble de Dos de Mayo 570-580, de los archivos de Trámite Documentario, de la MSI. ¿Donde están los planos originales del inmueble y los que debieron presentar para la ampliación del área construida? ¿Están pagando los arbitrios correspondientes?
POR TANTO:
Sírvase realizar la inspección ocular solicitada con la concurrencia de los miembros de la JUNTA VECINAL SUBSECTOR 3-1 SAN ISIDRO los señores y señoras Fabián OCHOA SALINAS, Presidente; María Isabel MOREYRA DE BRIGNARDELLO, Vicepresidenta; Lydia María FOSSA FALCO, Secretaria; Ana Sofía GONZÁLEZ VELASCO, Vocal 1; Conrado PUIGREFAGUT AYARZA, Vocal 2, y ordenar el retiro inmediato de las piscinas y equipos de hidromasajes, los equipos de Pilates, salas de masajes, gimnasio, solárium, etc., y la demolición del balcón que atenta contra mi Derecho Constitucional a la PRIVACIDAD, así como, de las construcciones, realizadas sin licencia municipal, muy fáciles de identificar por haberse utilizado DRYWALL, elemento prefabricado que, obviamente, no existía en la época en que se construyó el inmueble original.
San Isidro, 08 de mayo del año 2012.
José Antonio Donayre Gamarra
DNI N°08242870
c.c. Procuraduría Pública de la Municipalidad de San Isidro.
En la madrugada del sábado 12 una camioneta Mazda fue virtualmente canibalizada dentro del estacionamiento cerrado del primer piso del edificio donde vivo (Talavera de la Reina 157, Las Lomas, La Molina).
Se supone que los avezados ladrones actuaron entre las 3 y 4 de la madrugada, desmantelando íntegramente el tablero del vehículo, entre otros daños, mientras todos los vecinos del edificio dormíamos.
A media mañana la mayor parte de los vecinos rodeábamos asombrados el vehículo siniestrado. Allí nos enteramos que, ante el pedido de los propietarios, habían llegado dos camionetas de Serenazgo que, tras observar los hechos y tomar fotos, se retiraron indicando a los propietarios que debían acercarse a la comisaría del sector a sentar la denuncia.
Como yo, supongo que el resto de mis vecinos sigue experimentando una sensación de zozobra, miedo, inseguridad y vulnerabilidad que, eventualmente y si los hechos no se re-piten, sólo el tiempo disipará.
Cuando fui presidente de la Asociación de Propietarios de la Alameda La Molina Vieja puse en práctica la política de informar inmediatamente a los vecinos de cualquier siniestro. No precisamente con el ánimo de que cundiera el pánico sino de reforzar la actitud de alerta y vigilancia. Ello y un adecuado reforzamiento del servicio de vigilancia representaron que, en 24 meses de gestión, los siniestros bajaran al 10% de cuanto habían sido en los años anteriores. Es pues con el mismo ánimo de infundir y reforzar actitud de alerta y vigilancia que hago esta publicación.
Pero en este caso he tenido ocasión de comprobar que el Se-renazgo de La Molina tiene una política completamente distinta. En efecto, a las 3 de la tarde, al atravesar la única tranquera que da acceso a toda la urbanización, me detuve a conversar con el jefe de la caseta y, para enorme sorpresa mía, constaté que allí no sabían nada de cuanto había ocurrido. Es decir, ninguno de los dos vehículos de Serenazgo que habían pasado por allí tras constatar el robo, se había detenido a informar para que en la caseta extremen la vigilancia.
ADEMÁS DE DOLOR NO HAY FACILIDADES
Como viene ocurriendo desde muchísimos años atrás, el vecino afectado debe además presentarse a la comisaría a realizar su denuncia.
¿Es tan difícil implementar que el propio personal de Sere-nazgo, en el lugar de los hechos, registre la denuncia? ¿Resulta tan difícil lograr esa simplificación que, además de o-frecer un mejor servicio, ahorraría una singular molestia al vecino afectado?
MEJOR SERVICIO + FACILIDADES
Si ese cambio no se logra en esta gestión, sin duda lo lograremos en la siguiente. Y propugnaremos asimismo que, cada vez que ocurra un siniestro como el relatado, los vehículos de Se-renazgo perifoneen alertas e información a los vecinos de la zona afectada. Y más incluso, en todo el distrito.
Gobierno plantea impuesto confiscatorio
por Luis Alberto Latínez*; luisalbertolatinez@yahoo.com
http://www.voltairenet.org/Gobierno-plantea-impuesto?var_mode=recalcul
14-5-2012
Impávidos observamos los desaciertos de este Gobierno en todos los sectores, así tenemos: continúa con la política económica neoliberal, promesas incumplidas, corrupción, derrota de las FF.AA y FF.PP en el VRAE, depredación del mar de Grau, la minería continúa afectando el medio ambiente, elevación del costo de vida, etc.
Como necesitan financiar sus promesas electorales (incumplidas hasta la fecha) y las demandas de la población en seguridad ciudadana, salud, educación, etc.; anuncian una REFORMA TRIBUTARIA, que de acuerdo al continuismo de la política económica neoliberal, resultará afectando a los más pobres.
Una de las medidas tributarias que pretenden aplicar, según el diario “Gestión” del 10-5-12, será incrementar la carga tributaria de los trabajadores dependientes (renta de 5ta. Categoría) e independientes (renta de 4ta. Categoría), para lo cual reducirá el monto deducible de 7 UIT (S/3,650x7=25,550) a 4 UIT (S/3,650x4=14,600).
Como sabemos todo cambio en la Ley del Impuesto a la Renta (IRTA), que es de periodicidad anual, se aplica a partir del año siguiente. Al respecto, los cálculos son en base a la UIT del 2012, porque no sabemos cuánto será el valor de la UIT para el año 2013.
No solamente están proponiendo la reducción el monto deducible, sino también una nueva escala del IRTA aplicable a los perceptores de rentas de 4ta. y 5ta. Categoría. Así tenemos:
Escala vigente del IRTA Propuesta de nueva escala del IRTA
Hasta 27 UIT 15% Hasta 3 UIT 5% Exceso de 27 UIT hasta 54 UIT 21% Exceso de 3 hasta 30 UIT 15%
Exceso de 54 UIT 30% Exceso de 30 hasta 57 UIT 21%
Exceso de 57 hasta 70 UIT 30%
Exceso de 70 UIT 35%
De esta manera todo trabajador que este en planilla (renta de 5ta. Categoría), cuyo sueldo supere los S/ 1,043(14,600/12) mensuales, estará afecto al IRTA, deviniendo dicho impuesto en confiscatorio.
El principio tributario de NO CONFISCATORIEDAD, establece que el monto recaudado de los contribuyentes no debe ser un porcentaje excesivo del total de sus rentas. El tributo debe guardar relación con la capacidad de pago de las personas, caso contrario sería una confiscación de bienes y un no respeto a la propiedad.
Manifiesto que es confiscatorio porque el importe que se deduce para el IRTA (7UIT actualmente) se conoce como “línea de pobreza”, es decir, hasta S/ 25,550 (S/3,650x7) anual no se debe pagar impuesto, debido a que lo que gana alcanza sólo para vivir. En conclusión, un trabajador que gane hasta S/ 1825 (S/25,550/14) mensuales no debe pagar impuesto.
En cuanto a los perceptores de rentas de 4ta. Categoría (profesionales independientes y los que tienen oficio), cuyos honorarios profesionales supere los S/ 1,520.83 (S/ 18,250/12) mensuales, estará afecto al IRTA, deviniendo también en confiscatorio.
Los honorarios no afecto al IRTA de los profesionales independientes, de los que tienen oficio y los trabajadores que deben estar en planilla, pero que los obligan a entregar recibos de honorarios profesionales, serían los siguientes:
Actualmente Propuesta Renta Bruta S/ 31,938 Renta Bruta S/ 18,250 Deducción 20% de 31,938 -6,388 Deducción 20% de 18,250 -3,650 Neto 25,550 Neto 14,600 Deducción 7 UIT -25,550 Deducción 4UIT -14,600 Honorarios no
afectos 31,938/12= S/ 2,661.5 mensual 18,250/12= S/ 1,520.83 mensual
De lo expuesto se infiere que pagarán impuestos los que menos ganan y se incrementará las tasas impositivas a las clases medias (hasta 35%).
En lugar de continuar con el Sistema Tributario Nacional injusto y nada equitativo, que se ahondará con esta medida tributaria, el gobierno debe implementar una REFORMA TRIBUTARIA INTEGRAL, para lo cual tendrá que adoptar las siguientes medidas correctivas, entre otras:
- Incrementar la recaudación tributaria vía impuestos directos (IRTA) y menos impuestos indirectos (IGV). Actualmente la recaudación es todo lo contrario. Los impuestos indirectos son regresivos, pues afecta a los que tienen y a los que no tienen, en cambio los impuestos directos afectan a los que tienen.
- Eliminar las exoneraciones innecesarias: las operaciones bancarias están exoneradas del IGV y los ingresos de los colegios y universidades particulares están exoneradas del IRTA e IGV.
- No más Convenios de Estabilidad Tributaria, pues contribuye a la desigualdad ante el tributo, para lo cual no deberá cambiarse las disposiciones tributarias anualmente para garantizar la inversión extranjera.
Además, deberá dinamizarse la SUNAT implementando operativos y efectuando fiscalizaciones integrales (incidiendo en el IRTA). Hay que tener presente la inacción de la SUNAT, porque el incremento de la recaudación tributaria es por el crecimiento de la economía y no por acción del ente recaudador
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CPC Luis Alberto Latínez Carpio* Asesor y consultor de empresas
*Ex Jefe SUNAT Past Decano del Colegio de Contadores Público de Lima