Friday, June 24, 2011

Castañeda Lossio tiene clarísima responsabilidad penal

Mucho antes que la Comisión Marisa Glave, exactamento el 31-12-2010,
el doctor Guillermo Olivera Díaz demostró la responsabilidad penal en que incurrió
el ex alcalde capitalino, frustrado candidato presidencial, Luis Castañeda Lossio.
 
Qué bien que la Comisión del Municipio haya confirmado tal contenido penal
de la conducta del ex alcalde, que cínicamente sigue negando su fechoría. (NdR.)
24-6-2011
 

Castañeda Lossio pagó deuda a velocidad del rayo a familia Lossio

http://www.voltairenet.org/article167966.html

 

 

por  Guillermo  Olivera  Díaz;  godgod_1@hotmail.com

31-12-2010

 

1.       ¡Feliz año 2011, millonario campeón, con plata ajena! Venturas y aventuras en tu periplo presidencial, pues allí "la plata llega sola" y grande, como a Alan García, tu ex vecino de la Plaza Mayor y actual par en el proceloso juego sucio de la que ustedes denominan política.

 

¡Oscar Luis Castañeda Lossio: Bendito ex alcalde seas, lo mereces sin pizca de duda. Ojalá llegues a Presidente!. No solo porque pagaste a velocidad supersónica el Martes 03 de enero 2006, primer día útil del año, siendo requerido el pago el Viernes 30 de diciembre 2005: el 31, 1° y 02  por feriados no se trabajaron en el municipio limeño, con dinero que no era tuyo, sino también porque tu  acreedora Comunicore (Comunicaciones Corporativas y Representaciones) te era familiar por vínculos consanguíneos y de afinidad.

 

Era miembro de su Directorio: José Luis Ramón Javier PINILLOS BROGGI , esposo de Giuliana del Carmen Belaunde Lossio, hija de tu prima Elsa Matilde Lossio Leguía, hermana ésta de Antonio, 03 veces Presidente del Jockey Club de Chiclayo, Secretario del Comité de Campaña de tu partido Solidaridad Nacional en Lambayeque y tu escogido candidato al Congreso el año 2000. Me imagino que tampoco recuerdas, pues el veteado cinismo es capaz de todo, que el cuñado del citado director de Comunicore, Arturo Antonio Belaunde Lossio, empresario ganadero y de cultivo de cereales de exportación, fue estrecho colaborador tuyo en asuntos financieros en la misma campaña electoral del 2000.

 

Tampoco sabrás que tu laureado pariente Pinillos Broggi recién llegó a ser accionista (con 612,346 acciones) y director de Comunicore el 26 de julio 2005, junto a Rafaél Ruiz Contreras y Henry Brachowicz Vela, y cuando el pago millonario de S/. 35'941,464.76 nuevos soles se había consumado, por tu benevolencia, renunció a tan preciado directorio el 03 de febrero 2006 y luego vendió sus acciones. ¡Tomó las de Villadiego!.

 

¡Se fue con las faltriqueras repletas, "vendiendo" sus acciones a 02 pobladores de sendos Pueblos Jóvenes (antes, barriadas) del distrito limeño de Comas, sin empleo estable: la iletrada o analfabeta, Margarita Esteban Aróstica que no sabía leer lo que firmó y a su medio hermano por línea materna Teodardo Rojas Aróstegui, quienes fueron "nombrados" los nuevos directores de Comunicore y "dueños" a la vez! ¡Ni siquiera sabían que sus apellidos maternos no coincidían, pues no los habían podido leer; sin embargo, el Notario del Jirón Azángaro los nombró como "empresarios"! ¡A Margarita, pese a que no lee ni escribe la hicieron Gerente General!.

 

2.      Curiosa dosimetría penal.-  Empero, los 03 directores de Comunicore han tenido diversa suerte. La Fiscalía en su Denuncia Penal considera al pariente de Castañeda, José Luis Pinillos Broggi, cómplice secundario del delito de colusión desleal;  a Rafaél Santiago Ruiz Contreras y Henry Fernando Brachowicz Vela les atribuye la disímil calidad de cómplices primarios que tienen la misma pena que el autor; mientras que al ex alcalde Castañeda lo considera coautor del mismo delito de Colusión, previsto en el Art. 384° del Código Penal con una sanción máxima de 15 años de pena privativa de libertad, más la correspondiente pena de Inhabilitación; ergo, de llegar a Presidente tendrán que inhabilitarlo por este Affaire Comunicore.

 

No será facíl para el profano infligir la pena que corresponda por el mismo delito de Colusión, cuyo máximo es 15 años, al autor Castañeda y a su pariente Pinillos, hierno de su prima Elsa Leguía Lossio, en la modesta calidad de cómplice secundario, pues el Art. 24° del Código Penal faculta disminuirle "prudencialmente la pena".

 

3.      A velocidad supersónica fue el millonario pago.-   El viernes 30 de diciembre 2005, a las 6 de la tarde,  último día laborable del año, se reunieron el Gerente de Finanzas de la Municipalidad de Lima, Juan Blest García, ojos y oídos de Castañeda en las finanzas propias y del Concejo y el entonces Presidente del Directorio de Comunicore Rafaél Ruiz Contreras. Ese día y a esa hora se intercambiaron todo lo necesario.

 

a.- Por medio del Oficio N° 2205-12-358-MML/GF del 30-12-2005 Blest García le comunicaba a Ruiz Contreras que estaba dispuesta la cancelación de la deuda de S/. 35'941,464.93 "a partir del primer día útil del siguiente año". Este Oficio figura recibido  a las "18.02 Hrs".

 

b.- El mismo 30-12-2005, el Subgerente de Presupuesto de la Municipalidad, Juan Gutiérrez Tijero, en "Informe N° 042-2005-MML/GF-SP" dirigido a Blest García le comunicaba sobre las diversas cuentas que podían utilizar para efectuar el pago, precisándole que "para la utilización de los 21,6 millones (Cuenta Saldo Endeudamiento 2005) se requería la aprobación del Concejo Metropolitano".

Este paso no se cumplió; no hubo acuerdo de Concejo.

 

c.- Sin embargo, el mismo 30-12-2005, el Gerente de Finanzas Blest  García emitía la Solicitud de Pago N° 922, a la orden del cedente VEGA UPACA S.A. (cesionario COMUNICORE) por la suma total de S/. 35'941,464.76, documento que firman el indicado Gerente y el Subgerente de Tesorería Ulises Merino Rojas.

 

d.- El sábado 31-12-2005, el 1°-01-2006, feriado de Año Nuevo y el 02-01-2006, día declarado no laborable, no se trabajó en la Municipalidad de Lima. Esos 03 días estuvieron las puertas cerradas; aunque la procesión iba por dentro.

 

e.- El martes 03-01-2006, primer día hábil del año, Comunicore recibió su primer jugoso adelanto de S/. 3'842,641.02 y al día siguiente un segundo más suculento de S/. 19'380,039.47, mediante los Comprobantes de Pago N° 000001-2006 y N° 000002-2006, respectivamente.

 

Veamos el supersónico "Calendario de Pagos", que reseña la Denuncia Fiscal (Fojas 30):

 

N° 001   03 de enero 2006       S/.  3'842,641.02

N° 002   04 de enero 2006              19'380,039.47

N° 611    31 de enero 2006               4'237,705.22

N° 746    06 de febrero 2006            1'753,611.84

N° 1049  10 de febrero 2006             4'570,979.33

Retención por IGV                          2'156,487.88

                

                TOTAL                    S/. 35'941,464.76

                                                         =========                             

4.      De mudo  e  ingenuo  tiene poco.-  Así se pagó corruptamente en el mandato de este honorable.

¡De la salida de estos montos millonarios de la Municipalidad,  el pelmazo Castañeda Lossio,  que fungía de Alcalde no estaba enterado!, blasfema él. "Mi yunta pagaba; yo no sabía nada", parece añadir.

 

¡Tampoco sabía que mi acaudalada familia Lossio lambayecana buscaba su sustento en la quebrada COMUNICORE!.  Ingenuo soy; no merezco ser Presidente del país. Me la harían de nuevo, ya no los Lossio, sino los Castañeda, que crecen a borbollones. ¡Simplemente, De Ripley!

 

                                                                      Lima, 31 de  diciembre  del  2010.

 

 

 

 

 

 
 

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