Monday, August 27, 2007

¡La ignorancia es muy atrevida!

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
27-8-2007

¡La ignorancia es muy atrevida!

¿Qué consigue un país cuando presta oídos a las atrevidas ignorancias
de supuestos especialistas que hablan con ciencia a medias, sin
diferenciar un celular de un piano de cola o un tratado de límites con
un menú de restaurante, y propagan confusión, "desconcierto" y ofician
de colaboracionistas hacia intereses foráneos de manera gratuita o
pagada? La respuesta es inequívoca: desmoralización y debilitamiento
de la sagrada defensa de los límites del Perú.

Dijo en declaraciones al diario La Primera, el contralmirante Jorge
Brousset que él consideraba "saludable" que Chile "consultara" al Perú
sobre una salida de Bolivia al mar por Arica. ¿Sabrá o estará enterado
este señor lo que dice y preceptúa el Artículo 1 del Protocolo
Complementario del Tratado de Lima del 3 de junio de 1929? Si lo sabe,
se hizo el bobo porque ha dicho barbaridades contra su espíritu y
letra. Y si no lo sabe ¿por causa de qué no se dedica mejor a
calafatear barcos?

Dice el Artículo 1:

"Los Gobiernos del Perú y de Chile no podrán, sin previo acuerdo entre
ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los
territorios que, en conformidad con el Tratado de esta misma fecha
quedan bajo sus respectivas soberanías, ni podrán sin ese requisito,
construir, a través de ellos, nuevas líneas férreas internacionales."

Por tanto, no hay consulta posible de ninguna especie, ni "saludable"
como dice el ignaro de marras o autoreputado especialista en asuntos
limítrofes y tampoco concesiones a Bolivia como ha dicho, con
impresionante torpeza, el primer ministro Jorge del Castillo.

Acuerdo significa concordancia, igualdad en el trato y consenso
respecto de una decisión tan importante como la cesión territorial a
cualquier tercera potencia. Desconocer esto constituye simplemente
¡traición a la patria! Y cierto pícaro, que en 1999, cuando se mal
discutían asuntos pendientes de 1929 con Chile, se hizo de la vista
gorda y dejó pasar el paquete de "acuerdos" que tuvieron entre sus
fautores nada menos que al traidorzuelo barato Fabián Novak Talavera.
¿No fue así señor Brousset?

Ha escrito en su extraordinaria obra La otra historia. El tratado de
1929, el embajador Félix C. Calderón:

"(iii) Prohibición de ceder territorio

Esta es la primera de las servidumbres que los tratadistas suelen
denominar como servidumbre negativa, por entrañar un in non faciendo
de parte del Estado territorial. Claro que en el presente caso este in
non faciendo se aplicaría, al mismo tiempo, a Chile y al Perú por
estar Arica y Tacna involucradas en el mismo pie de igualdad.

Esta modalidad de servidumbre se encuentra estipulada en la primera
parte del artículo primero del Protocolo Complementario que a la letra
dice: "Los Gobiernos de Perú y Chile, no podrán, sin previo acuerdo
entre ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los
territorios que, en conformidad al tratado de esta misma fecha, quedan
bajo sus respectivas soberanías...". Como puede apreciarse, ella
consiste en la autolimitación que ambos países se han impuesto
respecto a la suerte de Tacna y Arica, después de la entrada en vigor
del Tratado de 1929.

De origen chileno e incluida la insistencia de este país, lo que se
persiguió con esa cláusula fue frustrar cualquier eventual arreglo
peruano-boliviano en detrimento de Arica. Stricto sensu, esta
limitación debió haberse aplicado solamente a Chile, como resultado de
la cesión territorial de Arica que hizo el Perú. Lo curioso del caso
es que habría sido la libre disponibilidad del Perú sobre Tacna, sobre
todo en lo que se refiere a la construcción de una nueva vía férrea
hacia La Paz, lo que habría querido restringir Chile. Y para ello no
se le ocurrió nada mejor a la Cancillería de La Moneda que recurrir al
texto del artículo sexto del Tratado Boliviano-chileno de 10 de agosto
de 1866, tal como lo recordara Culbertson". (Calderón, ob. cit, pp.
289-290).

El puerto natural e histórico de Tacna, ayer y hoy, fue siempre Arica.
Luego de los sucesos de 1879 y 1883 y el incumplimiento reiterado,
abusivo de Chile, se arribó a 1929 y en junio a su Tratado y Protocolo
Complementario que en su Artículo 5to dice:

"Para el servicio del Perú el Gobierno de Chile construirá a su costo,
dentro de los mil quinientos setenta y cinco metros de la bahía de
Arica, un malecón de atraque para vapores de calado, un edificio para
la agencia aduanera peruana y una estación terminal para el
Ferrocarril a Tacna, establecimiento y zonas donde el comercio de
tránsito del Perú gozará de la independencia propia del más amplio
puerto libre."

Es decir, escribe Félix C. Calderón, "...Chile debía conceder al Perú
establecimientos y zonas para el cumplimiento de un fin expreso: el
disfrute amplio de puerto libre del comercio de tránsito del o al
Perú". (p. 292)

Revela Calderón en su enjundiosa y esclarecedora obra: "Como se sabe,
sólo fue posible concluir el Tratado de 1929, una vez que el Perú tuvo
que renunciar a su justa aspiración de tener un puerto al sur de la
Concordia a cambio de un acceso portuario con las características de
puerto libre en Arica. Es más, para convencer al presidente Leguía, la
propia Cancillería de La Moneda propuso, originalmente, al final de la
tercera etapa de la negociación, la "absoluta independencia, dentro
del más amplio puerto libre para el Perú". (p. 293).

¡No hay fórmula, hasta para el más desavisado lector, de divorciar dos
ciudades que, como Arica y Tacna, habían nacido bajo el imperio de la
jurisdicción peruana y que sólo por la brutalidad invasora debieron
ser separadas manu militare! ¡Es imposible, por tanto, colocar
corredores, improvisar apuradas e irreflexivas "soluciones" para
terceros, cuando eso significa simple y llanamente asesinar Tacna que
carece de puerto por acción de guerra y lo que obligó al propio país
invasor a plantear una solución de servidumbre, soberanía restringida,
del Perú en Arica, tema aún pendiente en detalles importantes que
fueron traidoramente contemplados en noviembre de 1999 como ya se ha
dicho en otra parte!

Perú debe apoyar la salida al mar de Bolivia por los puertos que
fueron del país hermano altiplánico hasta 1879 y que le fueron
arrebatados por Chile: Tocopilla, Cobija, Mejillones y Antofagasta.
Sobre Arica no tiene Bolivia derechos de ninguna especie o históricos
cuanto que allí sólo se derramó sangre peruana y chilena y Perú se vio
arrastrado a una guerra en virtud de un tratado ocioso que no reportó
sino desgracias y mutilaciones territoriales a la nación.

Sobre el artículo mencionado, Félix C. Calderón, abunda:

"La redacción del artículo quinto, de origen chileno, está hecha de
tal manera que la finalidad, el telos, ha sido puesto al final del
mismo, siendo lo complementario lo que figura en las tres primeras
líneas. Por lo tanto, su lectura correcta debería hacerse, en sentido
estricto, al revés. En efecto, la raison d'etre de ese artículo, es
garantizar una salida portuaria, libremente operacional, de Tacna al
Pacífico. De donde se sigue que los establecimientos y zonas
concedidos y construidos por Chile en beneficio del Perú sólo tienen
sentido en la medida que propendan a la consecución de esa finalidad.

Dicho en otros términos, si se quiere leer el artículo quinto
respetando el espíritu del mismo, debería empezarse por subrayar lo
fundamental, vale decir el otorgamiento al Perú en el puerto de Arica,
con relación a su comercio de tránsito, de la independencia propia del
más amplio puerto libre, y para cuya finalidad Chile está obligado a
conceder al Perú y a su costo los establecimientos y zonas necesarios.
Por consiguiente, si esa finalidad no ha sido todavía alcanzada (una
condición fundamental para la conclusión del tratado), entonces tiene
que concluirse que Chile continuaba hasta diciembre de 1998
incumpliendo las obligaciones que contrajo en virtud del artículo
quinto. No había otra fórmula de interpretar este numeral, salvo que
se quiera marchar a contracorriente de la lógica que lo inspira,
fuertemente enraizada en la historia de la negociación del Tratado de
1929". p. 294.

Pero, y esto es imprescindible denunciarlo como lo hizo su autor, el
ilustre patriota Alfonso Benavides Correa, en: Acta de Ejecución viola
el Tratado con Chile de 1929 y No obliga al Perú:

"El 13 de noviembre de 1999 los ministros de Relaciones Exteriores del
Perú y Chile suscribieron la llamada "Acta de Ejecución" de las
obligaciones establecidas en el Artículo Quinto del Tratado del 3 de
junio de 1929 y Segundo de su Protocolo Complementario.

En el punto 1 de dicha Acta se expresa textualmente lo siguiente: "En
ejecución de lo dispuesto en el Artículo quinto del Tratado de Lima
del 3 de junio de 1929, la República de Chile ha construido a su
costo, y pone al servicio de la República del Perú dentro de los mil
quinientos setenta y cinco metros de la bahía de Arica, un malecón de
atraque para vapores de calado, un edificio para la agencia aduanera
peruana y una estación terminal para el ferrocarril a Tacna, cuyos
linderos están claramente definidos en el plano anexo, habiendo sido
aprobada por el Perú la ubicación y posterior construcción de estas
obras mediante Notas Diplomáticas intercambiadas entre los años 1965 y
1986".

Esto es absolutamente inexacto.

Dentro de los mil quinientos setenta y cinco metros (1,575 m.) de la
Bahía de Arica –a que con indubitable precisión se refiere el Artículo
quinto del Tratado de 1929- no se encuentra ninguna de las obras que,
a su costo, Chile debió construir para el Perú:

-La antigua Estación Terminal del Ferrocarril de Tacna a Arica se
encuentra dentro de la Bahía de Arica pero la nueva Estación se halla
fuera de ella.

-Lo propio ocurre con el nuevo edificio para la Agencia Aduanera
Peruana que también se encuentra fuera de la Bahía de Arica y no
dentro.

-El Muelle que Chile le entrega al Perú es un Borde de Atraque al lado
exterior del Puerto, así llamado para diferenciarlo del lado ulterior
del Puerto; y, por tanto, no es el Malecón de Atraque para vapores de
calado, dentro de los 1,575 m. de la Bahía de Arica, que ordena el
Artículo quinto del Tratado.

Lo precedente significa lo que en derecho se llama "novación", esto es
la sustitución de una obligación por otra en la que la nueva
obligación, con prestación distinta, es incompatible con la anterior o
primitiva.

Por esta "novación" el Perú –mediante írritas Notas Diplomáticas que
no pueden desconocer que la fe debida a los tratados debe ser sagrada
e inviolable- el Perú es expulsado de los 1,575 m. de la Bahía de
Arica dentro de la cual, según el Tratado de 1929, tiene derecho al
libre tránsito de personas, mercaderías y armamentos con la
independencia del más amplio puerto libre.

Esto afecta gravemente los derechos de soberanía del Perú al hacerse
escarnio de las "servidumbres perpetuas" que consagra a su favor el
Tratado.

La doctrina internacional es uniforme al establecer que las
"servidumbres" internacionales son las restricciones excepcionales de
la soberanía territorial del Estado convenidas por tratado y, en
virtud de las cuales, la totalidad o una parte del territorio han de
servir a perpetuidad a cierto fin o al interés de otra nación.

Lo precedente significa una inexcusable violación de la Resolución
Legislativa No. 6626 por la que, el 2 de julio de 1929, el Congreso
del Perú aprobó el Tratado con Chile del 3 de junio del mismo año para
resolver la cuestión de Tacna y Arica.

Por ello mismo el Acta de Ejecución suscrita el 13 de noviembre en
curso carece de validez y eficacia jurídica mientras, por la burla de
los irrenunciables derechos del Perú en Arica, no sea aprobada por el
Congreso Nacional porque así lo ordenó el Artículo 56 de la
Constitución del Estado, atendiendo a que –sin que exista diferencia
esencial entre ellos y sea cual fuere su denominación su fuerza
obligatoria es la misma- los pactos internacionales se denominan no
sólo acuerdos o tratados sino también, a veces, actas, convenios,
declaraciones, protocolos, etc."

En mayo del 2005, también, con más modestia, y en blanco y negro,
denuncié que la traición cometida en noviembre de 1999 involucraba a
sujetos cuyo prontuario es innecesario reiterar por constituir una
ofensa a la patria. Uno de ellos es viceministro de Defensa (¿a quién
defiende Novak?) y el otro, autodenominado especialista en asuntos
limítrofes declara con la autoridad intelectual dudosa de la
ignorancia que ve "saludable" que Chile consulte al Perú para
cualquier salida al mar de Bolivia. A uno le premió el gobierno del
país del sur por ser "negociador" peruano en favor de Chile. El otro
se hizo de la vista gorda concediendo una línea de acción antiperuana
y muy amable al país austral. Dejó escapar -¿inocentemente?- la
obligatoriedad de plantear el imprescindible tema de la delimitación
marítima pendiente con Chile. Asunto del cual hoy pretende el señor
Brousset erigirse como "experto". No es casualidad que esta clase de
desmanes pseudo-intelectuales reposen en fanáticos de la Convención de
Mar, instrumento ocioso y perjudicial al Perú. Es decir, la ignorancia
y la traición, recurrentes, se dan la mano.

Mal, pésimo, hace el periodismo en consultar a logreros que sólo
confunden, enrarecen el ambiente y NO trabajan para el Perú. La
ignorancia es muy atrevida.

¡Atentos a la historia; las tribunas aplauden lo que suena bien!

¡Ataquemos al poder; el gobierno lo tiene cualquiera!

¡Hay que romper el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

¡Sólo el talento salvará al Perú!

Lea www.redvoltaire.net
hcmujica.blogspot.com
Skype: hmujica

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