Thursday, December 01, 2016

APM Terminals conduce al Callao a monopolio y pérdida de competencia

APM Terminals conduce al Callao a monopolio y pérdida de competencia
por César Reaño Reaño; bloque.maritimo@gmail.com

1-12-2016

El denominado Muelle Norte del Puerto del Callao fue concesionado a APM Terminals, quienes se comprometieron a desarrollar el puerto respetando la libre competencia y su compromiso con los trabajadores portuarios; sin embargo a la fecha no muestra los avances de infraestructura según contrato, no cumple con los trabajadores portuarios y ha comenzado a monopolizar los servicios básicos y esenciales portuarios como: recojo de residuos, vituallas, entre otros, favoreciendo solo a un operador de su conveniencia, a pesar de que la Ley de Puertos 27943 preceptúa lo siguiente en su Artículo 14:

14.3 En el ejercicio de las actividades y los servicios portuarios en los puertos de uso público, los integrantes del sistema portuario nacional observan los siguientes principios:

a)      Libre competencia. Están prohibidas las prácticas que constituyan abuso de posición de dominio o que sean restrictivas de la libre competencia.

b)      No discriminación e igualdad ante la ley. Los Administradores Portuarios están prohibidos de aplicar condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que creen situaciones desventajosas entre Usuarios del Puerto u Operadores Portuarios que sean competidores. No pueden existir diferencias en las condiciones legales a que se encuentran sujetos los Operadores Portuarios, cuando compiten en la prestación del mismo servicio con los Administradores Portuarios.

c)      Neutralidad. Los Administradores Portuarios que presten servicios portuarios esenciales directa o indirectamente, o que tengan una posición dominante en algún mercado derivado de la explotación de la Infraestructura Portuaria, están prohibidos de valerse de tales situaciones para prestar otros servicios en condiciones más ventajosas que la de sus competidores.

La actividad portuaria se desarrollará en un marco de libre y leal competencia entre los operadores de servicios, con la finalidad de incrementar los tráficos portuarios y la mejora de la competitividad. Se reconoce la libertad de acceso a la prestación de servicios y al desarrollo de actividades económicas en los puertos.



No comments: