Sunday, September 12, 2010

Carta al Presidente de Colombia por Gloria Gaitán Jaramillo



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From: h m <hcmujica@gmail.com>
Date: 2010/9/12
Subject: Interquorum-Peru Carta al Presidente de Colombia por Gloria Gaitán Jaramillo
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From: Gloria Gaitan <gaitanjaramillogloria@yahoo.es>
Date: 2010/9/12
Subject: Carta a Juan Manuel Santos
To:


CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Bogotá, septiembre 11 de 2010

 

 

Señor Presidente

JUAN MANUEL SANTOS

Casa de Nariño

La Ciudad

 

 

Excelentísimo Señor Presidente,

 

No es casual que yo haya escogido esta fecha para solicitar, abiertamente ante el país y ante la comunidad internacional, una audiencia con Su Excelencia para la familia directa de Jorge Eliécer Gaitán, compuesta por mis dos hijas, mis yernos, mis tres nietos y yo, a fin de que, bajo su administración, se le ponga coto definitivo a la persecución de que ha sido sistemático objeto, durante estos últimos ocho años, la memoria del prócer popular, nuestro progenitor, para lo cual se han utilizado contra nuestra familia los mecanismos más infames e infamantes, ilegales e inconstitucionales, violadores de los más elementales derechos humanos que el Estado está obligado a defender y que, por el contrario, ha vulnerado y sigue vulnerando con sevicia, con el argumento torticero de que, para aplicar con éxito la seguridad democrática, es necesario borrar para siempre, del imaginario colectivo, la memoria de Jorge Eliécer Gaitán, lo que dejó consignado públicamente por escrito el ex Alto Consejero de Paz, el psiquiatra Luis Carlos Restrepo.

 

Y, si la manera de sepultar su memoria ha sido la de sacrificar a su familia, es porque el gobierno sabe lo que decía mi padre: "El hijo es en  quien se perpetúa nuestro espíritu y atestigua con su vida nuestra pasada existencia", principio conocido en nuestra patria desde la época de la Colonia, cuando en la condena a muerte a José Antonio Galán se declara infame a su descendencia.

 

A más de difamarnos públicamente a través de los medios de comunicación, por conducto de agentes oficiales, el gobierno a través del Ministerio de Educación nos  denunció, a una de mis hijas y a mí, ante la Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría, interponiendo más de 40 demandas, de las cuales resultamos totalmente exoneradas e, incluso, con elogios por parte del Tribunal Superior de Bogotá que ratificó nuestra inocencia. Pero, a pesar de ello, actualmente en la Casa-Museo, que está ilegalmente en manos de la Universidad Nacional de Colombia - ya que se la entregó en propiedad la Nación que NUNCA ha sido su propietaria, como tampoco lo han sido los muebles y enseres que en ella se encuentran - distribuye un folleto, bajo la responsabilidad de la Rectoría, señalando a la "anterior administración" (o sea a mí), como autora de saqueo y robo a la Institución, a más de afirmar dolosamente que no se realizó ningún trabajo cultural en la entidad, desconociendo los múltiples premios y elogios a nuestra labor, provenientes de entidades internacionales y gobiernos extranjeros.

 

Como si esto fuera poco, se nos niega a la familia directa y a nuestros más cercanos allegados, el ingreso a la Casa-Museo y se nos impide acercarnos a la tumba de mis padres, localizada en el Patio de la Tierra, en los predios de El Exploratorio Nacional, cuyo uso actual viola lo ordenado por la Ley 9 de 1989.

 

Con relación a esta inhumana prohibición le pido, Señor Presidente, que escuche en YouTube apartes de un discurso de mi padre donde señala la importancia que para los pueblos y sus gentes tienen las tumbas de sus mayores. Puede escucharlo en http://www.youtube.com/watch?v=aCSyVnZRpuM JORGE ELIÉCER GAITÁN 4- (discurso completo en www.myspace.com/jorgeeliecergaitaneljefe).

 

Le decía al principio que escogí esta fecha, 11 de septiembre, porque marca un día en que primó la muerte, dejando secuelas imborrables en quienes hemos sufrido la violencia y el despojo de nuestras ilusiones y nuestros bienes materiales, como sucedió hoy hace 37 años con el golpe militar, fraguado por la CIA, al gobierno del Presidente Allende. Tan es así, que hoy recibí con profunda emoción un correo electrónico del Colectivo PRV-TERCER CAMINO, donde me dan las señas para ver el video en YouTube que ellos han titulado HOMENAJE A GAITÁN: HONOR Y GLORIA A LOS CAÍDOS POR LA LIBERTAD y que Su Excelencia podrá escuchar en GAITÁN NO SOY UN HOMBRE. SOY UN PUEBLO_0002.wmv http://www.youtube.com/watch?v=4ypoDEPCrYM.

 

De igual manera, comedidamente, le pido que escuche un reportaje en video que le hicieran al doctor Fals Borda que encontrará en YouTube así: Gaitán, nuestro antihéroe: Orlando Fals Borda. http://www.youtube.com/watch?v=AF4HkZmNg1A  

 

Si Ud. accede a conocer este material, entenderá que no solo para la familia de Gaitán, sino igualmente para el pueblo colombiano todo,  es importante que se restablezcan las pautas legales y constitucionales con relación a las normas expedidas para rendirle honores a este héroe de la patria, sino que también quede la memoria del líder popular en manos de su familia y de sus seguidores, para que la Casa-Museo no siga siendo, como ahora lo es, un lugar de amarillismo, donde a los visitantes se les hace énfasis morboso en la muerte del líder, exhibiendo con truculencia el vestido que llevaba ese día, mostrándole al público los orificios que dejaron las balas y las manchas de sangre que perduran en el traje, en lugar de ser un sitio de educación para las nuevas generaciones, donde se haga conocer – como antes se hacía – el laureado pensamiento científico de Gaitán, en lo penal y lo político, así como la divulgación de su ejemplo de vida en la búsqueda por restaurar en Colombia una cultura de justicia, equidad, moralidad y paz.

 

Atenta a la aceptación de esta solicitud, que respetuosamente hago pública para que no sea solo mi voz sino la de todo un pueblo la que se la formule, me suscribo del Señor Presidente atentamente,

 

GLORIA GAITÁN

c.c. 20'144.757 de Bogotá

Correo-e: gaitanjaramillogloria@yahoo.es

Bogotá, D.C. - COLOMBIA

 Colombia 






 

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Saturday, September 11, 2010

Decreto Legislativo N° 1097: ¡inconstitucional por apartarse del encargo congresal!

Decreto  Legislativo   1097: ¡inconstitucional  por  apartarse del encargo congresal!

por  Guillermo  Olivera  Díaz;  godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/article166959.html

 

11-9-2010

 

 

 

1.      El Decreto Legislativo N° 1097  lo expidió el Poder Ejecutivo en virtud de la Ley N° 29548 (03-7-2010) que lo faculta legislar  "exclusivamente"  en relación al personal militar y policial, no incluye a civiles, Fujimori, por ejemplo, que "ha sido procesado" o "condenado", en ciertos delitos; empero, la norma dictada, apartándose diametralmente del encargo,  establece reglas procesales sobre imputados que están  actualmente  procesados,  para cuya materia o extremo el gobierno carece de facultades delegadas por el Congreso, lo cual viola el Art. 104° de la Constitución y la propia ley autoritativa. ¡Se trata, entonces, de un dispositivo inconstitucional, írrito e inaplicable  por ningún magistrado!. ¡No es la norma legal delegada!. El decreto dado no es el encomendado;  faltó la asesoría adecuada del sector justicia para su cabal dación.

 

La prensa peruana oculta como siempre, no publica nada sobre tan sensible particular. El debate lo orienta en dirección opuesta. ¿Por qué será? ¿Y los severos críticos?.

 

2.      Un Ministro de Justicia falente de hombría, además miope, que no penetra y percibe en el Decreto Legislativo (D. Leg.) 1097 que pasean y pasan a la vereda de enfrente elefantes que asesinan, debe dimitir sin dilación cantinflesca, como la que hizo y sigue haciendo, para evitarlo. Me refiero a Víctor García Toma cuando revisa el proyecto  de la norma de origen ignoto, que alguien concibió,  ¿quién fue?, lo analiza, evalúa, presta su consenso de aprobación en consejo de sus pares, lo firma ¿leyéndolo?, se publica en El Peruano y frente al amplio estrépito recién comienzan sus dudas tardías y pusilánimes. Se remite al control político posterior del Congreso y al jurisdiccional sobre la validez del dispositivo. ¡Tiene, pues,  la chatura moral del Gobierno, sin cavilación alguna!.

 

3.      Veamos cuánto dejó pasar en el malhadado Decreto, cocinado en coyunda, tal vez en íntima anastomosis, con otro Ministro y sus autores mediatos, que reina sin ser Rey, ni abogado; que aprobó en Consejo de Ministros con venia reverente porque Alan García lo presidía y que espero lo  avergüence. Olvidó su papel de asesor jurídico de la labor gobernante y del control constitucional que debió ejercer mentalmente, habida cuenta de su reconocida versación y experiencia en la materia. Porque no paró mientes varoniles esta norma jurídica delegada por el Congreso salió irreconocible y en mi concepto inaplicable en el cien por ciento de su articulado. Las razones son las que siguen.

 

4.      En la Segunda Disposición Complementaria Final (sic), central o medular a pesar del nombre, no percibió que pasaba un elefante inmenso relativo a que todas "las disposiciones procesales",  previstas en el íntegro del D. Leg. 1097, "son  de  aplicación a los  procesos", sí, a todos, "en  el  estado  procesal  en  que  se  encuentren",  por delitos contra la vida, léase asesinatos, previstos en los Códigos Penales de 1924 y 1991, considerados como violaciones a los derechos humanos y delitos contra la humanidad, y que las investigaciones y procesos estén ante el Ministerio Público en general o ante "cualquier  órgano  jurisdiccional", léase juzgados penales, salas penales superiores y Corte Suprema.

 

En las tres instancias las figuras procesales que contiene serían de aplicación inmediata, por lo que ya hubieron múltiples pedidos de sobreseimiento o archivo del caso, sin importar que esté a nivel de investigación preliminar a cargo de un fiscal, a nivel de instrucción del juez penal, en pleno juicio oral de inminente sentencia en la sala penal superior o incluso en la Corte Suprema en revisión de sentencia de primera instancia. Reforma tan lata y radical ha permitido afirmar a los críticos que es el decreto de la impunidad; yo añadiría: ¡Sí, si es que hubieren jueces y fiscales genuflexos, que andan cuidando el cargo!.

 

Realmente un Ministro de Justicia que no es capaz de ver aquel contrabando legislativo, de cortar procesos en cualquier nivel que estén, deviene incapaz o manumitido; un funcionario público que no merece el honor y sueldo que recibe. En cambio, los de Defensa creyeron que sabían introducir su Caballo de Troya. ¿O no Ministro Rey?.

 

¿No se dio cuenta, don Víctor García Toma, que esa redacción apodíctica, elefantiásica: sobreseer procesos, entre otras posibilidades, "en el estado en que se encuentren", obligaría a todos los fiscales y jueces de la República, es decir, fiscales provinciales, superiores y supremos, así como jueces penales, vocales superiores y vocales supremos, a variar detenciones por comparecencia, dictar  arrestos domiciliarios de favor  y  a sobreseer o archivar los procesos "en  cualquier estadio procesal", o sea, en todo momento, incluso en la Corte Suprema en trámite de recurso de nulidad, con la única condición, prevista en el 6.2 del Decreto en cuestión, que "el órgano jurisdiccional tenga en su poder el expediente principal"?

 

¡Señor Ministro, si su cerebro no le permitió comprender el Derecho Penal y Procesal Penal que tal norma delegada encerraba y encierra, ni atisbar su inconstitucionalidad porque se salía del marco autorizado por el Congreso, es el momento de irse a su casa de inmediato! ¿No advirtió que un Decreto Legislativo únicamente debe legislar sobre lo específico de la delegación de facultades que  hizo el Congreso? ¿O sí?.

 

5.      Con tremenda redacción de la llamada Segunda Disposición Complementaria Final, que realmente es el centro neurálgico  del problema, del Decreto Legislativo 1097, concordante con la Primera y Tercera y con sus 6 artículos, todo ambiguo y torpe, sus reglas deberían aplicarse a todos los civiles procesados, a todos los policías procesados y a todos los militares procesados, por delitos contra la vida (asesinatos), el cuerpo y la salud, del Código Penal de 1924 y de 1991, considerados como violaciones a los derechos humanos (esos que conoce bien Fujimori), así como por delitos contra la humanidad (muy gratos a los Colina: genocidio, desaparición forzada, tortura, discriminación y manipulación genética).

 

6.      Sin embargo, estoy convencido que ningún fiscal, tampoco juez penal, ni salas penales superiores y supremas deben aplicar este absurdo legislativo. Su texto inconstitucional no los obliga, ya que el Ministro de Justicia García Toma, sus pares del Consejo de Ministros, incluido el Presidente Alan García Pérez, abogado también,  y que los presidía, "no advirtieron", no fueron capaces de darse cuenta, yo sí, que estaban aprobando un Decreto Legislativo que rebasa  las  facultades  que  recibieron  del  Congreso, vía la ley autoritativa N° 29548 del 03 de julio del presente año.

 

7.      Por mandato del Art. 104° de la Constitución Política el Congreso "puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre la materia específica y por el plazo determinado establecidos en la ley autoritativa", cuya promulgación, publicación, vigencia y efectos de estos decretos están sometidos "a las mismas normas que rigen para la ley".

 

¡Si el Ejecutivo se sale de los límites del encargo, en esos excesos carece de facultades delegadas y, por lo tanto, lo que disponga es inconstitucional!. Ningún magistrado está obligado a aplicarlo. El excedente no es una norma legal, ni debe ser visto como el Decreto Legislativo encomendado, por desbordar torpemente el encargo.

 

En el caso que tratamos la delegación fue específica, expresa y claramente delimitada: "La dación de normas procesales  y  penitenciarias relacionadas exclusivamente al personal militar  y  policial que  ha sido procesado  o  condenado   por delitos que implican violación de derechos humanos".

 

Todos los ministros, asesorados por García Toma, rebasaron su cometido. Dieron un Decreto Legislativo que agravia al instituto  de las facultades recibidas, pese a que su único considerando cita la Ley 29548 y señala la verdadera delimitación congresal: "dación de normas procesales…relacionadas exclusivamente al personal militar y policial que "ha sido procesado" o "condenado" por delitos que implican violación de derechos humanos.

 

¡No se refiere a quienes "estén procesados", o sea, con proceso penal abierto; apunta sólo a policías y militares que "han sido procesados" o ya fueron "condenados"!; a ambos nada hay que sobreseer o archivar, ni variarles la detención por comparecencia.

 

8.      En consecuencia, el Decreto Legislativo 1097 no debe aplicarse por ningún fiscal ni juez penal, de cualquier rango jurisdiccional, en cuanto rebasa el encargo de la ley autoritativa. No dictar nerviosamente sobreseimientos (archivamiento del proceso), no variar detenciones  a comparecencia simple o restringida, ni los arrestos domiciliarios o aquellos al cuidado o vigilancia de la institución militar o policial del procesado, pues estas figuras procesales se dictan dentro de los procesos  en  trámite  y  no en favor de aquellos que "han sido procesados" (el proceso ya fue) o los que fueron "condenados" (cuyo procesamiento también concluyó). El Poder Ejecutivo carecía de facultades para legislar sobre procesos en curso. Lo que hizo es claramente inconstitucional y de contenido penal.

 

9.      Señor Ministro de Justicia, Víctor García Toma, en su calidad de ex miembro del Tribunal Constitucional donde le era familiar examinar  la constitucionalidad de las leyes y decretos legislativos, erudito en la materia y de mucha experiencia en el trato jurisdiccional de las violaciones de derechos humanos que veía en procesos de hábeas corpus y amparo, me resisto a creer que no logró ver lo que debía; estoy persuadido más bien de su mala fe, en maridaje con endeblez política y cierta cobardía frente a un gobierno del que no puede destetarse; por eso, cuando lea este artículo en Internet, que la prensa peruana apañará, sea valiente, simule dignidad y  disimulando esa ausencia de coraje váyase ipso facto  a su casa, a velar por sus mascotas. No más circunloquios cantinflescos para seguir apoltronado o arrellanado en el cargo. Los expertos también sucumben en su cuarto de hora. Lo merece.

 

 

Thursday, September 09, 2010

¡Cosas de la vida!

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

10-9-2010

 

¡Cosas de la vida!

http://www.voltairenet.org/article166954.html

 

Hasta el martes por la noche era el editor de una revista y, como soy el primero en reconocer con modestia, que eso poco importa al común de la gente, sólo me atrevo a invocar algo de reflexión sobre la anécdota que ya empecé a narrar. El miércoles debía pasar a recoger una modesta armada dineraria, algo así como la tercera parte de cualquier trabajo similar pero era la génesis y luego se vería en la cancha, la publicidad, los contactos, la calidad y demás esperanzas. Descubrí cerca del mediodía que era "temido", "reconocido", "agresivo", "negativo" y no sé qué más boberías sólo para no dar la modesta suma de S/ 500. Y siempre hemos dicho que si Ripley, el de "aunque usted no lo crea", viviera en Perú, se moriría de hambre. Aquí hay cristianos capaces de llorar cada domingo en el templo, para, de lunes a sábado, volver a su cotidiano y rico desprecio por el trabajo profesional de todo el resto.

 

Como no sé si mañana o pasado pueda seguir disfrutando del servicio telefónico y como éste ya anda en los estertores de sus plazos terminantes, prefiero redactar hoy ya entrada la noche para reírme un poco de la estupidez humana, la mía, la de Demetrio Smallbrain, que así se llama el personaje de corta estatura y de gran vozarrón que es el fautor de esta historia más bien común que rara.

 

Hay almas a quienes lo retorcido les viene en el ADN. Se han creído el cuento que todos en Perú tienen un precio y que sus dólares, euros o nuevos soles sí pueden comprar todas las conciencias, sufragar títulos universitarios e improvisar análisis que magníficos copiadores zurcen con esfuerzos geniales y tijeras afiladas. Son tan autosuficientes que desdeñan la inteligencia ajena y asumen que la suya representa un momento estelar de la historia. Engolan la voz y con lentes de fino carey recitan lo que por la mañana y gracias a algún culto diario capitalino memorizaron o escucharon de la radio. No hablan, predican. Sus sentencias equivalen a mil maestros del derecho, otro tanto de psicología y el doctorado les llega por derecho divino.

 

Don Demetrio es uno de aquellos. Está convencido que puede apoderarse de la opinión del resto. Sus dólares y soles, sin duda honestos hasta donde se sabe, le avituallan de una pericia en el trato con hombres y mujeres, empleados, proveedores y cultiva la alucinación que lo que otros logran navegando en el estudio a conciencia, él lo compra y con jurados que felicitan el recital de páginas que otros han confeccionado.

 

A nadie puede escapar que en la sabiduría de este cúmulo de circunstancias, hay que ser un estúpido de altísimas condiciones exquisitas para creer que el burro puede saber algún día de alfajores. Pero, confesemos, sin mayor dilación, las orejas me las he ganado con inocencia y cretinismo. No hay vuelta que darle. La confesión de parte, releva de pruebas a todo aquél que en este momento esté enderezando el dicterio apropiado y sobre mi cabeza: ¡idiota! Me lo tengo bien merecido.

 

En el fango no nada un genio, hay sapos, ranas y lodos. ¿A cuento de qué buscar futuro dónde sólo hay el entusiasmo arrollador de quien posee alforjas llenas y con determinaciones funcionales al poder o de quien pueda regalarle algo de aquél? Mejor es que a uno le echen so pretexto de elogios cuando la verdad es que todo es hueco y sólo se es un estorbo, con inveterada costumbre de decir la verdad, sin antifaces, cómodos esguinces o silencios muy bien comprados.

 

En nuestro país no da dinero hablar claro. Te condecoran con juicios, te obliteran o simplemente no te toman en cuenta para nada. Por lo menos en el ámbito periodístico se dicen cosas que otros callan no obstante de lo cual, sigues siendo un ejemplar raro en tu propia tierra.

 

En fin hay que seguir luchando, con la sonrisa optimista por coraza, con la fuerza que da una indomeñable convicción de saber que se camina lento pero seguro, con la sensación que en algún momento habrá quienes te lancen el salvavidas que impida que el agua en las narices lo ahogue a uno. Como los árboles de Casona: hay que morir de pie.

 

Comencemos de nuevo y la fe del carbonero cuyo músculo alimenta la máquina con el mineral para que no pare su andar victorioso y olvidemos este capítulo.

 

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

 

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

 

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

 

¡Sólo el talento salvará al Perú!

 

Lea www.voltairenet.org/es

hcmujica.blogspot.com

Skype: hmujica

 

 

Inconstitucional Decreto Legislativo 1097 y Ministro de Justicia



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From: h m <hcmujica@gmail.com>
Date: 2010/9/9
Subject: Chimu - Inconstitucional Decreto Legislativo 1097 y Ministro de Justicia
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Inconstitucional  Decreto  Legislativo  1097 y  Ministro  de  Justicia

por  Guillermo  Olivera  Díaz;  godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/article166947.html

 

9-9-2010

 

 

1.      Un Ministro de Justicia falente de hombría, además miope, que no penetra y percibe en el Decreto Legislativo (D. Leg.) 1097 que pasean y pasan a la vereda de enfrente elefantes que asesinan, debe dimitir sin dilación cantinflesca, como la que hizo y sigue haciendo, para evitarlo. Me refiero a Víctor García Toma cuando revisa el proyecto  de la norma de origen ignoto, que alguien concibió,  ¿quién fue?, lo analiza, evalúa, presta su consenso de aprobación en consejo de sus pares, lo firma ¿leyéndolo?, se publica en El Peruano y frente al amplio estrépito recién comienzan sus dudas tardías y pusilánimes. Se remite al control político posterior del Congreso y al jurisdiccional sobre la validez del dispositivo. ¡Tiene, pues,  la chatura moral del Gobierno, sin cavilación alguna!.

 

2.      Veamos cuánto dejó pasar en el malhadado Decreto, cocinado en coyunda, tal vez en íntima anastomosis, con otro Ministro y sus autores mediatos, que reina sin ser Rey, ni abogado; que aprobó en Consejo de Ministros con venia reverente porque Alan García lo presidía y que espero lo  avergüence. Olvidó su papel de asesor jurídico de la labor gobernante y del control constitucional que debió ejercer mentalmente, habida cuenta de su reconocida versación y experiencia en la materia. Porque no paró mientes varoniles esta norma jurídica delegada por el Congreso salió irreconocible y en mi concepto inaplicable en el cien por ciento de su articulado. Las razones son las que siguen.

 

3.      En la Segunda Disposición Complementaria Final (sic), central o medular a pesar del nombre, no percibió que pasaba un elefante inmenso relativo a que todas "las disposiciones procesales",  previstas en el íntegro del D. Leg. 1097, "son  de  aplicación a los  procesos", sí, a todos, "en  el  estado  procesal  en  que  se  encuentren",  por delitos contra la vida, léase asesinatos, previstos en los Códigos Penales de 1924 y 1991, considerados como violaciones a los derechos humanos y delitos contra la humanidad, y que las investigaciones y procesos estén ante el Ministerio Público en general o ante "cualquier  órgano  jurisdiccional", léase juzgados penales, salas penales superiores y Corte Suprema.

 

En las tres instancias las figuras procesales que contiene serían de aplicación inmediata, por lo que ya hubieron múltiples pedidos de sobreseimiento o archivo del caso, sin importar que esté a nivel de investigación preliminar a cargo de un fiscal, a nivel de instrucción del juez penal, en pleno juicio oral de inminente sentencia en la sala penal superior o incluso en la Corte Suprema en revisión de sentencia de primera instancia. Reforma tan lata y radical ha permitido afirmar a los críticos que es el decreto de la impunidad; yo añadiría: ¡Sí, si es que hubieren jueces y fiscales genuflexos, que andan cuidando el cargo!.

 

Realmente un Ministro de Justicia que no es capaz de ver aquel contrabando legislativo, de cortar procesos en cualquier nivel que estén, deviene incapaz o manumitido; un funcionario público que no merece el honor y sueldo que recibe. En cambio, los de Defensa creyeron que sabían introducir su Caballo de Troya. ¿O no Ministro Rey?.

 

¿No se dio cuenta, don Víctor García Toma, que esa redacción apodíctica, elefantiásica: sobreseer procesos, entre otras posibilidades, "en el estado en que se encuentren", obligaría a todos los fiscales y jueces de la República, es decir, fiscales provinciales, superiores y supremos, así como jueces penales, vocales superiores y vocales supremos, a variar detenciones por comparecencia, dictar  arrestos domiciliarios de favor  y  a sobreseer o archivar los procesos "en  cualquier estadio procesal", o sea, en todo momento, incluso en la Corte Suprema en trámite de recurso de nulidad, con la única condición, prevista en el 6.2 del Decreto en cuestión, que "el órgano jurisdiccional tenga en su poder el expediente principal"?

 

¡Señor Ministro, si su cerebro no le permitió comprender el Derecho Penal y Procesal Penal que tal norma delegada encerraba y encierra, ni atisbar su inconstitucionalidad porque se salía del marco autorizado por el Congreso, es el momento de irse a su casa de inmediato! ¿No advirtió que un Decreto Legislativo únicamente debe legislar sobre lo específico de la delegación de facultades que  hizo el Congreso? ¿O sí?.

 

4.      Con tremenda redacción de la llamada Segunda Disposición Complementaria Final, que realmente es el centro neurálgico  del problema, del Decreto Legislativo 1097, concordante con la Primera y Tercera y con sus 6 artículos, todo ambiguo y torpe, sus reglas deberían aplicarse a todos los civiles procesados, a todos los policías procesados y a todos los militares procesados, por delitos contra la vida (asesinatos), el cuerpo y la salud, del Código Penal de 1924 y de 1991, considerados como violaciones a los derechos humanos (esos que conoce bien Fujimori), así como por delitos contra la humanidad (muy gratos a los Colina: genocidio, desaparición forzada, tortura, discriminación y manipulación genética).

 

5.      Sin embargo, estoy convencido que ningún fiscal, tampoco juez penal, ni salas penales superiores y supremas deben aplicar este absurdo legislativo. Su texto inconstitucional no los obliga, ya que el Ministro de Justicia García Toma, sus pares del Consejo de Ministros, incluido el Presidente Alan García Pérez, abogado también,  y que los presidía, "no advirtieron", no fueron capaces de darse cuenta, yo sí, que estaban aprobando un Decreto Legislativo que rebasa  las  facultades  que  recibieron  del  Congreso, vía la ley autoritativa N° 29548 del 03 de julio del presente año.

 

6.      Por mandato del Art. 104° de la Constitución Política el Congreso "puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre la materia específica y por el plazo determinado establecidos en la ley autoritativa", cuya promulgación, publicación, vigencia y efectos de estos decretos están sometidos "a las mismas normas que rigen para la ley".

 

¡Si el Ejecutivo se sale de los límites del encargo, en esos excesos carece de facultades delegadas y, por lo tanto, lo que disponga es inconstitucional!. Ningún magistrado está obligado a aplicarlo. El excedente no es una norma legal, ni debe ser visto como el Decreto Legislativo encomendado, por desbordar torpemente el encargo.

 

En el caso que tratamos la delegación fue específica, expresa y claramente delimitada: "La dación de normas procesales  y  penitenciarias relacionadas exclusivamente al personal militar  y  policial que  ha sido procesado  o  condenado   por delitos que implican violación de derechos humanos".

 

Todos los ministros, asesorados por García Toma, rebasaron su cometido. Dieron un Decreto Legislativo que agravia al instituto  de las facultades recibidas, pese a que su único considerando cita la Ley 29548 y señala la verdadera delimitación congresal: "dación de normas procesales…relacionadas exclusivamente al personal militar y policial que "ha sido procesado" o "condenado" por delitos que implican violación de derechos humanos.

 

No se refiere a quienes "estén procesados", o sea, con proceso penal abierto; apunta sólo a policías y militares que "han sido procesados" o ya fueron "condenados"; a ambos nada hay que sobreseer, ni variarles la detención por comparecencia.

 

7.      En consecuencia, el Decreto Legislativo 1097 no debe aplicarse por ningún fiscal ni juez penal, de cualquier rango jurisdiccional, en cuanto rebasa el encargo de la ley autoritativa. No dictar nerviosamente sobreseimientos (archivamiento del proceso), no variar detenciones  a comparecencia simple o restringida, ni los arrestos domiciliarios o aquellos al cuidado o vigilancia de la institución militar o policial del procesado, pues estas figuras procesales se dictan dentro de los procesos  en  trámite  y  no en favor de aquellos que "han sido procesados" (el proceso ya fue) o los que fueron "condenados" (cuyo procesamiento también concluyó). El Poder Ejecutivo carecía de facultades para legislar sobre procesos en curso. Lo que hizo es claramente inconstitucional y de contenido penal.

 

8.      Señor Ministro de Justicia, Víctor García Toma, en su calidad de ex miembro del Tribunal Constitucional donde le era familiar examinar  la constitucionalidad de las leyes y decretos legislativos, erudito en la materia y de mucha experiencia en el trato jurisdiccional de las violaciones de derechos humanos que veía en procesos de hábeas corpus y amparo, me resisto a creer que no logró ver lo que debía; estoy persuadido más bien de su mala fe, en maridaje con endeblez política y cierta cobardía frente a un gobierno del que no puede destetarse; por eso, cuando lea este artículo en Internet, que la prensa peruana apañará, sea valiente, simule dignidad y  disimulando esa ausencia de coraje váyase ipso facto  a su casa, a velar por sus mascotas. No más circunloquios cantinflescos para seguir apoltronado o arrellanado en el cargo. Los expertos también sucumben en su cuarto de hora. Lo merece.

 

 

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CHIMÚ, LISTA CULTURAL ALREDEDOR DEL MUNDO



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Wednesday, September 08, 2010

¿También asesoran para escribir contra Perú?

¿También asesoran para escribir contra Perú?

http://www.voltairenet.org/article166931.html

 

 

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

18-4-2008

 

¿Traidorzuelo Novak a la OEA?

http://www.voltairenet.org/article156564.html

 

¿No se dan cuenta, el mascarón de proa del poder en Cancillería, José Antonio García Belaunde y Allan Wagner Tizón, el real contralor de esa entidad pública, del ridículo que orilla Perú en el contencioso con Chile, de confirmarse esa última barbaridad que ha sido el impulso de presentar como candidato, a un asiento en el Comité Jurídico Interamericano de la Organización de Estados Americanos, OEA, al traidorzuelo barato Fabián Novak Talavera, hasta hace pocas semanas viceministro de Defensa?

 

En efecto, conviene refrescar a la Cancillería, a la opinión pública nacional, al periodismo acrítico y vergonzante de los días actuales, sobre el tremendo despropósito que sin explicación ni justificación alguna, se está promoviendo para verguenza del Perú: nada más ni nada menos que entronizar a un pobre diablo en la OEA y que mañana será usado por Chile ¡contra Perú! porque ha escrito de manera adversa y proditora sobre la posición oficial en el tema de la delimitación marítima. En buen castellano: ¿por causa de qué hay que premiar a traidores para que sigan violentando la historia del pueblo del Perú?

 

Recordemos.

 

Publicó el 1-5-2007 La Razón, bajo el título Treta chilena sobre límite terrestre y bajo la autoría de Gonzalo Aguilar, lo siguiente:

 

"En un artículo de reciente aparición en el periódico El Mercurio de Chile, el jurista chileno Hernán Salinas Burgos sostiene que la frontera terrestre entre Perú y Chile no culmina en el Punto Concordia, sino en el Hito 1 tierra adentro. Para reforzar su tesis cita un libro elaborado conjuntamente por el actual viceministro de Defensa, Fabián Novak, y por el abogado Luis García-Corrochano.

 

En tal texto, Derecho Internacional Público Tomo II", publicado por el Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad Católica el año 2001, ambos autores publicaron –a decir de Salinas Burgos- que la línea de frontera culmina en el "hito Concordia", citando luego unas coordenadas geográficas que corresponden a las del mojón pero no al punto de orilla del mar.

 

"(Novak y García Corrochano) señalan que la línea de frontera, de acuerdo al Tratado de 1929, termina en la orilla del Océano Pacífico en el hito Concordia (18º 21' 03'' S)…que corresponde a las coordenadas geográficas donde se ubica el Hito 1 establecido en el Acta de 1930", sostiene el abogado chileno en su artículo del pasado 28 de abril." Hasta aquí la cita textual.

 

En lugar de esta clase de tradicionales despropósitos, casi lo único que ha hecho Cancillería en toda su existencia, plena en derrotas, verguenzas y concesiones de perdedores ¿por causa de qué no promueven la retractación pública del traidor barato Novak Talavera para que rectifique su mamotreto y se sitúe en el lado decente e irrenunciable de defender al Perú? Si alguien duda que Chile dejará de usar al saltimbanqui al que premian cada vez que pueden, leamos lo que dice él mismo sobre la traición de Arica en 1999:

 

..."condecorado por el Gobierno Chileno con la "orden Bernardo O'Higgins" con el grado de Gran Cruz, como reconocimiento a su participación como Negociador Peruano en el Proceso de Conversaciones entre el Perú y Chile, que concluyó con la suscripción del Acta de Ejecución del 13 de noviembre de 1999". (Las conversaciones entre Perú y Chile para la Ejecución del Tratado de 1929).

 

¿Acaso la vanidad futil, inmensa y de insecto de Novak, apañada por los tagarotes de mucha altura y nula inteligencia, puede continuar la negra tradición que otorga "reconocimientos" a quienes no sólo negocian precios sino que hasta venden lo más preciado que poseen al mejor postor, siempre y cuando sea en dólares, diplomas, viajecitos y puestos internacionales?

 

¿Qué dirán o qué pretextarán los brutos cuando los del sur usen los "argumentos" traidores de Novak Talavera contra Perú? ¿a quién echarán la culpa? ¿podrá ajusticiarles el pueblo peruano, pagano consuetudinario de las desverguenzas de sus pésimos y descerebrados dirigentes?

 

El Perú es un país ocupado pero no por foráneos sino por alabarderos venales que actúan en nombre de intereses extranjeros. Forman parte de esa sucia caterva de caporales y capataces que empeñan y regalan lo que no es suyo. Cancillería da una muestra más de cómo NO se ama al Perú y postula a quien será testigo, de no cambiar las circunstancias, de los del sur, en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Y esta bestialidad tiene nombres y apellidos propios, como ya se ha dicho, una y mil veces.

 

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

 

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

 

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

 

¡Sólo el talento salvará al Perú!

 

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Silencio de dos damas

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

8-9-2010

 

Silencio de dos damas

http://www.voltairenet.org/article166930.html

 

Quien postule a un cargo, por ejemplo, edilicio, tiene que conocer in extenso, al detalle puntual y debidamente los problemas de su comuna, los generados en la administración que se va y las soluciones que ofrece, de ser ungido con los votos populares, autoridad. Por tanto una de las primeras reglas consiste en la información, a quiénes se la pide y quiénes se la dan. Los que más saben no pueden ocultar, cohonestar, disfrazar o atenuar lo que pareciera estar manchado o mañosamente concebido para no cumplir ni con el espíritu y tampoco la letra de los contratos.

 

No hay excusa posible que valga como argumento para evadir la responsabilidad que significa proveer de información real y comprobada de los que están más abajo en la línea de mando hacia los que están en las principales cúspides de la línea política postulante.

 

El Proyecto Línea Amarilla es descrito por el Estudio Echecopar como:

 

"Un contrato con la Municipalidad de Lima adjudicándosele el proyecto vial Línea Amarilla. Por el contrato, la empresa tendrá el derecho, por 30 años, de explotar la infraestructura y recibirá como ingreso el cobro del peaje, incluye el mejoramiento, operación y mantenimiento de un aparte de la Vía de Evitamiento que conecta la zona sur cn la zona norte de la ciudad de Lima (25 kms), y la construcción, operación y mantenimiento de 9 kms de una nueva vía expresa urbana".

 

Pero hay hechos que hasta hoy no han sido rebatidos, a saber:

 

La empresa que lo presenta en marzo del 2009, Constructora OAS Ltda (Matriz Brasil) y a la que la Municipalidad de Lima le aprueba el proyecto Línea Amarilla, no es la misma que firma el contrato: Línea Amarilla SAC, llamada en el documento, el Concesionario, con domicilio en Av. Camino Real No 456, Torre Real, Piso 16, oficina 1604, San Isidro.

 

La empresa ganadora de la iniciativa privada Línea Amarilla (Constructora OAS Ltda), no es accionista de la nueva empresa, Línea Amarilla SAC, que firma el contrato.

 

La empresa que firma el contrato por una obra de US$ 570 millones de dólares y que en 30 años cobrará US$ 2,500 millones de dólares del peaje, tiene un capital de S/ 2,900 y no tiene ninguna experiencia ¡en nada!

 

Según la Municipalidad (funcionario Madueño en La Hora N), esto es para "encapsular" el proyecto y no afectar el patrimonio de  Constructora OAS Ltda.

 

La empresa Línea Amarilla SAC se funda en octubre del 2009 con S/ 2,900 de capital, a partir de noviembre del mismo año (firma del contrato), esas 2900 acciones de S/ 1 cada una, de ampliarse a 60 años el plazo de concesión, se podrían convertir en acciones de US$ 2 millones de dólares ¡cada una!

 

Los socios de Línea Amarilla SAC actúan por su propio derecho, es decir sólo ellos dos, Valfredo de Assis Ribeiro filho (brasileño) y Juan Carlos Morón Urbina, actúan por su propio derecho, es decir sólo ellos dos (y no Constructora OAS Ltda.) son dueños del contrato de US$ 570 millones de dólares.

 

Según la memoria del mismísimo Estudio de abogados Echecopar, uno de los socios, Juan Carlos Morón Urbina (Línea Amarilla SAC), sería socio del Estudio Echecopar.

 

También el Estudio Echecopar es asesor legal de la Municipalidad de Lima y de sus empresas municipales.

 

¿No sabía nada de esto, el señor Alejandro Castagnola Pinillos, ex teniente alcalde de la Municipalidad de Lima y actual presidente del gobierno regional de Lima Metropolitana y jefe de campaña, a la sombra, del Partido Popular Cristiano? ¿por causa de qué no informó de nada de esto a la postulante de su partido, la señorita Lourdes Flores Nano? Castagnola es hombre de confianza, también, del alcalde Luis Castañeda Lossio quien no tuvo mejor idea más contribuidora a una paz y armonía dentro de cualquier gestión municipal que incorporar a uno de sus cachorros en la lista de Flores Nano.

 

Haría mucho por su propia salud política y cívica, Lourdes Flores Nano en esclarecer ¿qué ocurre con este asunto tan lleno de razonables sospechas de irregularidades? Hasta hoy ha guardado silencio, presumiblemente por la irresponsabilidad de Castagnola, su mudez y orfandad de conciencia cívica.

 

No es todo. La otra dama, a quien un sector importante del electorado quiere votar como su alcaldesa, Susana Villarán, tiene en su lista de aspirantes a regidores al señor Rafael García Melgar, actual regidor de Lima y firmante amable del contrato de concesión con Línea Amarilla SAC. ¿También se olvidó de advertir a la postulante de Fuerza Social de los intríngulis graves que rodean este sancochado en que una empresa gana la licitación y se adjudica a otra firma que apenas tiene capital de S/ 2,900 un contrato por US$ 570 millones de dólares y por 30 años, luego de los cuales ganará la astronómica suma de US$ 2,500 millones de dólares?

 

Más aún. José Luis Villarán Salazar, es el presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad de Lima, entidad consultada en análisis del contrato y los detalles técnicos y cuyo voto favorable fue importante en ese otorgamiento y que resulta hombre con parentesco cercanísimo a Susana Villarán ¿no pudo, no tuvo ocasión ni la oportunidad de advertir a la aspirante edil del grave cúmulo de hechos alrededor de este misterioso y millonario contrato?

 

También, por su propia salud política, Susana Villarán debería pedir la renuncia de García Melgar y, de llegar al solio municipal, de oficio, solicitar la investigación exhaustiva de aquél y su voto al discutido contrato. No debería desdeñarse, tampoco, la actuación favorable de la comisión que preside su primo hermano o pariente cercano José Luis Villarán Salazar quien también es Secretario Nacional de Ideología de Solidaridad Nacional.

 

El silencio de dos damas es un hecho objetivo que necesita urgente corrección cívica con todo el rigor administrativo y jurídico cuanto que político imprescindibles.

 

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

 

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

 

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

 

¡Sólo el talento salvará al Perú!

 

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Tuesday, September 07, 2010

¡Falso desistimiento de Olivera Díaz en tacha a Kouri!

¡Ultimo minuto!

 

¡Falso desistimiento de Olivera Díaz en tacha a Kouri!

http://www.voltairenet.org/article166928.html

 

 

-Facinerosos falsifican firma de jurista e ingresan "desistimiento" al JNE

 

-Un tal Víctor Manuel Chumpitaz Ramírez presentó documento apócrifo

 

 

 

Exp. No. 2254-2010

Jurado Nacional de Elecciones

Escrito No. 05

 

Asombro por falsa designación de abogado VICTOR MANUEL CHUMPITAZ RAMIREZ: No lo he designado

 

Señor Presidente del
Jurado Nacional de Elecciones:

 

Guillermo Olivera Díaz, en la tacha interpuesta contra Alex Kouri Bumachar por incumplimiento de normas sobre democracia interna por parte de Cambio Radical, luego de haberse visto la causa el día de ayer 6 de setiembre, al Jurado digo:

 

Que acabo de informarme de una impostura sorprendente. Un tal Víctor Manuel Chumpitaz Ramírez, al parecer ha presentado un supuesto escrito No 5, de cuatro páginas, donde señala que lo he designado mi abogado y ha presentado alguna fundamentación respecto de la tacha contra Alex Kouri. Así aparece en la página web del Jurado al consultar Expedientes Jurisdiccionales (Exp. 2254-2010), aunque no figura el texto del escrito.

 

Debo informar con premura que no he designado abogado alguno; que no conozco a la persona mencionada y que lo dicho en el escrito en mención lo desconozco. Se trata de un sujeto que está tratando de sorprender al Jurado, por cuya razón solicito se ordene una inmediata investigación.

 

Por tanto:

 

Al Jurado de su Presidencia pido proceder como corresponde.

 

Lima, 7 de setiembre del 2010

 

 

Guillermo Olivera Díaz

CAL 4447

 

 

 

(Sello de recepción del escrito en el JNE)

 

¡Ataques de fe, determinación sin límites, entusiasmo arrollador!

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

1-10-2008

 

¡Ataques de fe, determinación sin límites, entusiasmo arrollador!

http://www.voltairenet.org/article158183.html

 

¿Por causa de qué en Perú anemizan, aletargadas en el tiempo y la desolación, las más brillantes iniciativas inteligentes que casi nunca merecen el comentario periodístico o el análisis exhaustivo de la diminuta comunidad intelectual cuanto que científica locales? En no poco, semejante y nada envidiable circunstancia se debe a la poca fe que tienen sus propios creadores en lo que hacen. El qué dirán prima, el terror al rechazo o la superchería que da por derrotada la lid aún sin antes haber subido a la tarima a definir posiciones, es notoria. La urgencia de ataques de fe es una necesidad nacional.

 

¿Hay renglones entre el fanatismo y la determinación sin límites? Me temo que sí. Y este es un momento afortunado para decirlo. El sectarismo por definición es ciego. No discrimina ni tabula escalafones, arrolla por consigna, destruye a quien se oponga a su meta sin que ésta demuestre algún tipo de bondad. ¿Qué hace la prensa cómplice con sus enemigos?: los basurea, envilece ante la opinión pública y no ganan las ideas sino las arengas adquieren ciudadanía aunque carezcan de savia o zumo de sabiduría. En cambio, la determinación sin límites es la convicción pura, hasta romántica, pero bien pensada y constructiva de mejores y más caros destinos en la vida del país. Esta virtud marca la diferencia entre masas aborregadas en la entelequia de la estupidez y las ganas de edificar estados-naciones, maquinarias líderes con horizonte de revolución geopolítica al modo que las culturas preíncas e incas desarrollaron en sus amplios confines.

 

Deviene obvio que los ataques de fe deben poseer determinación sin límites pero nada de esto haría posible la presencia de estas virtudes si es que no tienen entusiasmo arrollador.  De este catecismo simple carecen los líderes peruanos en casi todo orden de disciplinas y quehaceres. El burócrata sigue ordenanzas, el ejecutivo es parte de la cadena de mando y el gobernante administra el poder que nace en empresas que hoy se llaman de una manera y mañana de otra. No hay dueños con rostro conocido, las multinacionales han impuesto una dominación de mil caras y orientaciones diferentes.

 

No hay buenas ni malas masas, sólo hay buenos y malos dirigentes, aforismo político y que tiene validez en un amplio margen de actividades. Si los liderazgos no tienen fe en lo que hacen por no estar convencidos de su papel directriz y, para colmo de males, ni siquiera están premunidos de entusiasmo mueve-montañas, entonces el resultado es un país de desconcertadas gentes que no saben qué quieren porque desconocen su historia y aceptan acríticamente cuanto cualquier gobierno les "persuada" que hay que acatar.

 

En el Día del Periodista no son impropias estas reflexiones. Abundan en claves impresionantes sobre las que el ciudadano raras veces repara porque está acostumbrado a pensar en nada y hace economía cerebral porque todo está digerido por los miedos de comunicación a los que no interesa la verdad sino que los negocios marchen en la dirección que dé más ganancias. Y para eso botan a diario toneladas de mentiras bien dichas o correctamente redactadas. Los hombres y mujeres que navegan en el apasionante ejercicio periodístico debían preguntarse si hay motivos suficientes para la celebración a secas. O, de repente, hay segundos para romper el pacto infame y tácito de hablar a media voz y rebelarse ante la dictadura empresarial, la voz del mandón, el látigo del depósito quincenal que compra silencios y satisface una que otra vanidad.

 

El problema del Perú no es económico. ¿No tenemos reservas por decenas de miles de millones de dólares? Pareciera que la bronca no va por esta vía.

 

Importa quebrar, y hacerlo definitivamente, los moldes plásticos y frívolos de una república de juguete que no sabe qué fue y por eso ignora también hacia dónde va. En esa tarea impostergable, los verdaderos periodistas tienen una tarea ciclópea.

 

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

 

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

 

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

 

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