Wednesday, January 24, 2024

¡250 días: laudo sin ejecución de sentencia!

 

Informe

Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas

24-1-2024

 


¡250 días: laudo sin ejecución de sentencia!

https://senaldealerta.pe/250-dias-laudo-sin-ejecucion-de-sentencia/

https://bit.ly/3SbR8r3

 

Una situación, extraña o inexplicable, por decir lo menos, viene ocurriendo en el Décimo Quinto Juzgado Civil-Comercial de Lima a cargo del juez José Miguel Hidalgo Chávez y la secretaria abogada Andrea Liseth Minaya Castillo: aún no ordenan la ejecución del Laudo Arbitral 022-2022/AMCHAN y esto beneficia a una de las empresas del señor Javier Reátegui Rosselló.

 

El juez José Miguel Hidalgo Chávez está bajo investigación fiscal por estar implicado en la trama de corrupción del caso “Cuellos Blancos”, su despacho habría sido revisada dentro de esa trama.

 

Para la sociedad civil la ineficacia, lentitud, falta de humanidad y carencia absoluta de servicio a la ciudadanía, del Poder Judicial, es casi un hecho sin atenuantes, condenable y que hace profundo daño al país.

 

No sólo sucede en las bajas alturas, también ocurre en las velocidades de crucero y vamos a ver ¡de qué se trata! Y alguno de los involucrados ha tenido participación como ministro en un gobierno pasado.

 

Como es de recordarse Reátegui fue secretario general de Perú Posible y ex ministro de la Producción y también Transportes del gobierno de Alejandro Toledo Manrique.

 

Las leyes vigentes establecen que la parte beneficiada con la indemnización de un Laudo Arbitral puede solicitar su ejecución ante autoridad judicial que por el solo mérito de recibir copia del laudo y  sus rectificaciones, interpretaciones, integraciones, dictará mandato de ejecución para que la parte obligada cumpla con el mandato dentro de un plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ejecución forzada.

 

También prevé la ley que la parte sentenciada sólo podrá oponerse a la ejecución del laudo si acredita fehacientemente con documentos, el cumplimiento de la obligación requerida o presenta una fianza por el monto que se ordena indemnizar.

 

Frente a una circunstancia así, la autoridad judicial dará traslado de la oposición de la otra parte por el plazo de (5) cinco días, vencido el plazo, resolverá dentro de los (5) cinco días siguientes.

 

¿Cómo es esta clara violación del procedimiento?

 

Con fecha 11 de mayo de 2023, la empresa COLPEX SAC  presentó demanda de ejecución de laudo arbitral en el Décimo Quinto Juzgado Civil-Comercial de Lima.

 

Como es obvio recibió la oposición de la firma de Javier Reátegui Roselló, sin acompañar fianza alguna.

 

 El juzgado, pasados más de 250 días, todavía NO resuelve.

 

Por esa razón, Colpex SAC, formuló queja por inconducta funcional y retardo en el cumplimiento de funciones el 14 de diciembre de 2023 contra el juez y el asistente legal.

 

Dicha queja tampoco ha sido atendida.

 

Algunas consideraciones y preguntas.

 

Parece una obviedad mencionar que en Perú la justicia camina con paso de tortuga, perjudicando a personas y empresas y comprometiendo más el prestigio, de por sí minúsculo, del Poder Judicial ante la ciudadanía.

 

Si hay perjudicados, en la otra banda, los que incurren en delitos y agravios, devienen en favorecidos, más aún si se retrasa por meses de meses la ejecución de las sentencias.

 

Como el caso de la no ejecución de sentencia, incursa en el laudo arbitral, favorece claramente a la empresa del ex ministro Reátegui, es interesante plantearse la pregunta por los mecanismos que han dilatado injustificadamente la ejecución de dicho procedimiento.

 

¿Demora así con tanta lentitud otros procesos, el juez Hidalgo Chávez del Décimo Quinto Juzgado Civil-Comercial?

 

¿O tiene el señor Javier Reátegui alguna clase de trato especial en ese juzgado que sólo debe expedir la ejecución de sentencia de un proceso en esta etapa final?

 

El ex ministro Reátegui está incurso en investigación, junto al ex presidente Alejandro Toledo por los presuntos aportes ilegales a la campaña presidencial de 2011. Entonces el Poder Judicial dispuso el embargo en forma de inscripción sobre tres bienes inmuebles de Reátegui como parte de la investigación preparatoria.

 

Un juez, Jorge Chávez Tamariz adoptó esa medida al declarar fundada la solicitud que hizo la Procuraduría ad hoc para los casos Odebrecht y Lava Jato a fin de que se ordenara la ejecución de dicha medida cautelar sobre bienes inmuebles embargados.

 

Es decir, hay precedentes que involucran, por lo menos a uno, Javier Reátegui Rosselló, en temas similares.

 

Pero, aparentemente, el juez José Miguel Hidalgo Chávez, para dictar medida similar para garantizar ejecución del Laudo 022-2021/AMCHAM, necesita todavía analizar y/o tiene una supuesta carga procesal que no sería otra cosa que una excusa beneficiosa al ex ministro Javier Reategui Rosello y la OCMA debe investigar.

 

 

 

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