por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
http://www.voltairenet.org/article169199.html
30-3-2011
1. Todos sabemos que PPK bambolea entre el RENIEC y la Embajada USA en Lima, a ésta, muy temprano. Allá, se le cancelará su DNI por fraudulento; aquí, se aceptará la renuncia que ha formulado a su nacionalidad norteamericana, firmando el formulario de renuncia bajo juramento. ¡Por fin tuvo tiempo para llenar los malquistos formularios!
En términos prosaicos: el susodicho se encuentra a merced de 2 trámites no queridos. Uno, ante el RENIEC; el otro, ante la Embajada de su país sustituto. En ambos, devendrá en un preclaro perdedor, por ignorancia supina.
Sin DNI, no podrá cobrar ni un cheque bancario; tampoco ser Ministro de Toledo, ni de nadie; menos considerarse peruano. Y lo que para él es más grave: no podrá contar nunca más con la ciudadanía estadounidense, pues según la ley de este país: The Immigration & Nationality Act (INA), el acto de renuncia es irrevocable. No puede ser cancelada o desistida, a no ser que su aprobación por el Departamento de Estado sea exitosamente apelada en la vía administrativa o judicial.
2. Mecidas engañosas de Kuczynski y requisitos para renunciar.- A todos nos consta que este sinuoso personaje hace 4 meses que venía meciéndonos. Que no tenía tiempo para "llenar los formularios"; que los trámites eran "confidenciales", a lo cual se sumaba su compatriota la embajadora Rose Likins. Que no iba a "presentar ningún documento"; aunque encantado "si es que es elegido".
El electorado peruano sólo quería que demuestre con documento firmado la presentación de la renuncia. Tal acto corresponde al mismo interesado; es el cargo que queda con él cuando presenta el formulario firmado que contiene la renuncia bajo juramento. Por fin, PPK mostró dicho documento a la tumultuosa prensa nacional y extranjera ayer martes 29 de marzo 2011, a las 8 am, aproximadamente. Ninguna confidencia violó el inveterado mecedor al blandir ese importante papel.
La Immigration & Nationality Act, en su Parágrafo B, regula en forma muy simple el acto mismo de la presentación de la renuncia, que tuvo lugar ayer, en unos cuantos minutos. Prescribe con suma claridad esta norma norteamericana:
"B. Elements of Renunciation (Requisitos para renunciar)
Una persona que desea renunciar a su ciudadanía estadounidense debe (must) voluntariamente y con intención (decisión) de abandonar (dejar) dicha ciudadanía:
a) Comparecer personalmente ante el funcionario encargado del Consulado o Embajada de USA;
b) Normalmente ante una Embajada o Consulado de EE UU en un país extranjero; y
c) Firmar el juramento de renuncia (que contiene el formulario)".
Totalmente falso que hay pasos preliminares. Miente PPK cuando asevera que lo inició meses atrás. Además, no podía renunciar por correo (incluye al correo electrónico), fax (recuerden al fax de otro inefable: Fujimori), a través de un apoderado o mientras esté en territorio norteamericano. Tenía que estar necesariamente en Lima, Perú o en otro país.
¿Dónde está lo difícil que no pudo hacer por tanto tiempo, cuando torpemente mentía y mentía, con pose infantil y cantinflesca, hasta que el RENIEC formalmente lo notificó para que presente sus descargos, que incluyen este aspecto de su nacionalidad norteamericana?. El elector debe sopesar seriamente ante qué individuo estamos; que hasta su patrimonio y familia los esconde en el extranjero.
¿Tiene talla de estadista una persona de tamaña sinuosidad moral? No lo creo.
3. Renuncia a la nacionalidad norteamericana es irrevocable.- El Parágrafo G, de la Immigration & Nationality Act tiene una advertencia rigurosa para todos aquellos, que como PPK, han decidido renunciar a la ciudadanía estadounidense. Leamos lo que establece.
"Aquellos que están contemplando renunciar a la nacionalidad norteamericana deberán comprender (should understand) que el acto (de renunciar) es irrevocable y no puede ser cancelado (desistido)". Supongo que a PPK antes de transportarlo el 29-3-2011 al local de la Embajada USA en Lima le han insuflado la naturaleza jurídica y sus efectos del acto realizado.
En consecuencia, muy a su pesar PPK ha firmado su letal sentencia. Tal como cualquier trabajador que renuncia a su puesto de trabajo; o como cualquier otro que presenta "renuncia irrevocable". No hay marcha para atrás.
4. ¿Apátrida a la vista por ignorancia supina? Si a) el RENIEC cancela o anula, como debe hacerlo, el DNI de Pedro Pablo Kuczynski Godard, porque lo obtuvo fraudulentamente el 9-8-2011 sin informar o declarar que se había naturalizado norteamericano en 1982, es decir, mintiendo o engañando; y b) el Departamento de Estado, USA acepta su renuncia presentada, bajo juramento, ayer, entonces quedaría como un apátrida más, un gitano, sin nacionalidad alguna; en el aire.
¡Está pues PPK entre la espada y la pared, por suprema ignorancia supina! Si no es avaro que contrate un abogado especializado. Ya hay de los que se ofrecen por Internet.
¡A recuperar la nacionalidad peruana perdida!.- Ante dicha situación le aconsejo que humildemente inicie el trámite de la recuperación de la nacionalidad peruana que perdió, pese a que nació en Miraflores, Lima, Perú.
Irremediablemente la perdió por mandato de la Constitución Política de 1979, Art. 92°; y la puede recuperar en aplicación de su numeral 94°. La Constitución Política de 1993, no trae el instituto de la recuperación automática, instantánea, por el simple transcurso del tiempo o por haber desempeñado ilegalmente puestos públicos en el Perú, en connivencia con el entonces mandatario, Alejandro Toledo Manrique. Obtener un DNI con fraude tampoco sustituye al trámite de recuperación. ¡Se sabe que Toledo estuvo detrás de este trámite y DNI falso!
¿Será cierto que ellos se alejan, separan, aparentemente se divorcian, pero dios con mefistófeles los juntan como por ensalmo? La respuesta es suya amable elector, si juzga con desprejuicio.
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