Sunday, April 08, 2012

¡Absurdo: Abogados no deben enfermarse el día del informe oral!

 

¡Absurdo: Abogados no deben enfermarse el día del informe oral!

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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7-4-2012

 

Siendo una de las garantías de la administración de justicia la instancia plural que la Constitución Política consagra, interpongo apelación contra la Resolución de 26-3-2012, notificada el 2 de abril último, que declara INFUNDADA la nulidad deducida de la Vista de la Causa, ilegalmente realizada el 14-3-2012, en atención a la siguiente fundamentación:

 

1.- En el QUINTO CONSIDERANDO de la resolución impugnada figura la única razón para declarar INFUNDADA la nulidad deducida y que es la aplicación de lo señalado en el Artículo 132° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo 3er. párrafo cita en forma subrayada: "En ningún caso los abogados intervinientes pueden causar el aplazamiento de la vista  señalada". No existe otro fundamento en la apelada; sin embargo, debemos señalar ab initio, que el presente no es el caso previsto en esa norma. Veamos.

 

2.- Lo resuelto con semejante fundamento impropio,  es manifiestamente contrario al texto expreso y claro de la ley. Se trata de una aplicación indebida y prevaricadora de lo normado, por cuanto ella señala que los "abogados intervinientesno deben causar el aplazamiento de la vista señalada "en ningún caso". La ley castiga cualquier tipo de imposturas o triquiñuelas de los defensores; no se refiere ni por asomo a las partes. Perogrullada es afirmar que el abogado no es la parte misma; es ésta la que tiene el derecho a la defensa y no el letrado.

 

3.- El abogado interviniente GUILLERMO OLIVERA DIAZ no ha sido quien ha pedido el aplazamiento; quien lo ha pedido es el procesado VICTOR  BUSTAMANTE DELGADO, que lícitamente rechazaba al pedirlo someterse a una situación de indefensión al encontrarse su abogado enfermo con lumbociatalgia aguda que le imposibilitaba caminar

y hasta doblarse para ponerse los pantalones. Ergo, la Sala lo ha privado de la defensa con una argucia interpretativa de una ley impropia para el caso.

 

4.- La Constitución Política en su Artículo 139°, inciso 14, establece en favor de las partes en litigio el principio de "no ser privado del derecho de defensa". Nadie del aparato judicial las debe privar, subraya esta norma constitucional, "en ningún estado del proceso".  

 

Lo que ha hecho la Sala es violar este principio constitucional de rango internacional, amparándose en una ley de menor jerarquía que se refiere expresamente a los "abogados" y no a las "partes". Pareciera que los vocales que la integran, en particular el cuestionado Dr. Barreto,  tienen algún prejuicio contra alguien dentro de la causa.

 

5.- Persona distinta es el abogado OLIVERA de la parte procesada BUSTAMANTE y el Artículo 132° que invoca la Sala se refiere expresamente a los abogados y no a las partes. El abogado carece de la facultad de aplazar la vista señalada, porque a él no corresponde en caso ajeno el derecho constitucional a la defensa, sino a la parte.

 

    Los abogados defienden el derecho de otro, de las partes en controversia y no de ellos  mismos. Actúan en bien de la parte que los contrata.

 

6.- No obstante la Sala reconoce que el procesado fue quien pidió el aplazamiento de la vista, por causa de enfermedad de su defensor, el día anterior, le ha negado el derecho a defenderse, guareciéndose en una norma legal que apunta al abogado en sí.

 

     Siendo la parte procesada la necesitada de ser defendida por el abogado de su elección, no podrá serlo si el abogado se enferma, hecho que ha sido noticiado a la Sala, la misma que al realizar la vista con ausencia del enfermo ha practicado un acto procesal inconstitucional, ergo, inválido, al realizar la vista sin la defensa de las dos partes, sino únicamente de la parte contraria. La parte no dispone de la salud de su defensor; peor aún si se entera de esta enfermedad el día anterior a la vista.

 

7.- Si la Sala lleva a cabo la vista pese a conocer que el abogado no asiste porque está imposibilitado por enfermedad, significa con absurdidad que no le interesa o no cree que los abogados se enfermen, pero los jueces, Vocales Superiores y Supremos sí. Más aún, los enfermos aunque no puedan ponerse los pantalones, ni caminar, deben constituirse a

 

la Sala a producir el Informe Oral que la misma parte expresamente ha solicitado. ¡Todo esto cae dentro del ilícito prevaricador!.

    

La lumbociatalgia aguda que aquel día sufría el abogado se presentó repentinamente por un movimiento brusco dentro de la ducha, con mayor razón cuando  existe una causa preexistente en su columna vertebral que comprime al nervio ciático o al músculo lumbar, generándole un dolor intenso e incapacidad de movimiento, no solo para caminar, sino incluso para poder doblar el cuerpo y ponerse los pantalones. El Certificado Médico acompañado es elocuente al respecto.

 

8.- Cuando la parte procesada y condenada en primera instancia pide un aplazamiento por razón de enfermedad de su abogado, se le tendrá que aplazar necesariamente, caso contrario se le privará del derecho constitucional de defensa. ¡Ningún juez tiene facultades legales para privar de sus derechos a nadie!.

 

No aplazar la Vista y llevarla a cabo ilegalmente, contra viento y marea significa, entonces,  violar la norma constitucional invocada que prohíbe expresa e inconcusamente privar a las partes de la defensa a que tienen  derecho. Hacerlo, invocando una norma legal impertinente (Art. 132°, LOPJ), es pergeñar prevaricato.

 

Si el descanso absoluto era solo por tres días, la Sala pudo aplazarla y señalarla inmediatamente para la semana siguiente. ¿Por qué no lo hizo? ¿Tuvo premura, autoritarismo, sesgo o prejuicio para violar un debido proceso?

 

9.- Se pretende por la apelada subsanar el inmenso perjuicio causado dejando a salvo el derecho del recurrente de "hacer valer su derecho mediante un informe escrito". Así reza este mismo QUINTO CONSIDERANDO, también ilegal y sesgado.

 

     Se busca confundir así la naturaleza y efectos de un  informe oral  durante la Vista con asistencia de las dos partes encontradas con un alegato escritose atenta de tal modo contra la sustantividad, autonomía e independencia legal de ambos tipos de defensa que el ordenamiento jurídico nacional e internacional reconoce desde siempre.

 

     Nuestra legislación instituye al informe oral como adicional o complementario a la apelación contra la sentencia condenatoria que únicamente es escrita. El uso de la palabra y sus características, con réplica y dúplica instantáneas de ser el caso, consigue sus propios efectos. La palabra dicha siempre es escuchada, mientras que el fundamento escrito a veces ni siquiera es leído.

 

Hasta en el litigio Perú-Chile en La Haya, después de la fase escrita se va a producir la Vista Oral insustituible, este próximo mes de diciembre. ¡Ojalá el día señalado no se enfermen los abogados chilenos y que esos jueces no sean como los peruanos de idiosincrasia reprochable desde antes!

 

El proceso penal peruano cuenta con la Instrucción que es escrita; además de la cual en el Juicio Oral la palabra bien dicha y sus gestos es de rigor, de ley e insustituible. De esta estructura normada la Sala ha privado al recurrente, incurriendo así en responsabilidad penal por abuso de autoridad y prevaricato que haré valer.

 

 

 

 

Saturday, April 07, 2012

La disyuntiva entre autonomía y subordinación en el movimiento popular y la problemática del agua



---------- Forwarded message ----------
From: Cristian Gillen <hacialaemancipacion@yahoo.com>
Date: 2012/4/4
Subject: Artículo de C. Gillen_La disyuntiva entre autonomía y subordinación en el movimiento popular y la problemática del agua
To: Hacia la <hacialaemancipacion@yahoo.com>



            LA DISYUNTIVA ENTRE AUTONOMÍA Y SUBORDINACIÓN
EN EL MOVIMIENTO POPULAR
Y LA PROBLEMÁTICA DEL AGUA
 
POR CRISTIAN GILLEN
 
La historia ha mostrado que, en sus luchas contra el capital, los trabajadores del campo y la ciudad han optado ya sea por propiciar estrategias destinadas a reforzar su independencia o a promover aquellas en que su iniciativa está medida por el accionar del Estado.
En la actualidad, lo señalado se evidencia claramente en las batallas que viene librando el pueblo de los países pobres contra el uso imperial del agua, el gas, la tierra, para citar algunos ejemplos.
Iniciaremos el tratamiento de esta problemática con una breve reseña histórica de lo que sucedió antes y después de la revolución de 1917 en la ex Unión soviética.
Como producto del movimiento revolucionario que se da en 1905, se crea el primer Soviet (Consejo) el 10 de octubre en San Petersburgo. Estuvo constituido por intelectuales y delegados de los trabajadores provenientes, en su gran mayoría, de empresas de San Petersburgo. El Soviet trató en una fase inicial temas políticos, pero luego se abocó a mantener la producción en las fábricas que era puesta en juego por el boicot a la revolución que realizaban los capitalistas. Este papel que asumen los Soviets en las empresas a través de los denominados "comités de empresas", condujo a que los sindicatos traten de ponerlos bajo su control. En un primer momento, el partido y el Estado bolchevique crearon una estructura nacional autónoma para los comités de empresa, pero luego, a finales de 1917, cambian de parecer subordinando los comités de empresa a los sindicatos, que en ese momento se habían convertido prácticamente en un apéndice del Estado. Lo anterior motivó que el control directo de los trabajadores sobre la producción vaya debilitándose hasta desaparecer. Los sindicatos se convierten en facilitadores de la materialización de la política de fuerzas productivas que impulsaban el Estado y el partido, lo que se expresaba en una jerarquización y fragmentación de la organización del trabajo en las fábricas. Se imitó la división del trabajo capitalista vista como algo técnico y neutro debido a lo cual se implementó el taylorismo en su versión burocrática y se tituló "taylorismo socialista". Todo lo señalado contribuyó de manera decisiva en el proceso de transformación de la burocracia en burguesía del Estado y  en la "transición pacífica" del denominado socialismo real al capitalismo[1].
Pero lo que pasó en la ex Unión Soviética no fue una excepción, sino que forma parte de las modalidades que adopta la contradicción capital-trabajo en el seno del movimiento popular.
En Alemania, en el periodo 1919-1920, pasó algo similar a la ex Unión Soviética, pero en el marco de un contexto histórico y político distinto. En un primer momento, el partido socialdemócrata utilizó a los consejos de fábrica como un medio para alcanzar el poder. Debido a las fuerzas que adquirieron los consejos de fábrica, poniendo en juego el control del movimiento laboral por parte del partido socialdemócrata y de los sindicatos que dependían de su línea política, el partido social demócrata presionó a la asamblea parlamentaria para que limitase el poder de los consejos de fábrica a fin de que éstos resultasen controlados por los sindicatos.
No seguiré detallando proceso similares que sucedieron en los años 1920 y 1930 en Italia y Francia, con el fin de centrarme en lo que viene sucediendo en las formaciones sociales periféricas de Sudamérica. Especial atención daré a lo que sucedió en Bolivia y lo que está aconteciendo en el Perú.
Un caso de lucha popular que es importante profundizar para adoptar posiciones justas destinadas a implementar una sociedad que no aliene ni explote es la guerra por el agua que se dio en Cochabamba. La lucha se desencadenó con el fin de impedir que una empresa transnacional convierta al agua en una simple mercancía. Esta política imposibilitaba que este recurso natural básico llegue de forma fluida a los trabajadores rurales y urbanos que lo necesitaban para sus fines productivos y personales. En el proceso de lucha de los pobladores existía una tendencia destinada a construir sus propias instituciones tomando en cuenta la organización ancestral, por cuanto en materia de utilización del agua se había mostrado que los sistemas autóctonos eran superiores a los impuestos en el marco de la modernidad capitalista. Por otro lado, había otra tendencia que pretendía poder solucionar el problema del agua privilegiando el diálogo con el Estado. En el marco de estas distintas posiciones en el seno del pueblo se funda a finales de 1999 la Federación de Regantes de Cochabamba (FEDCOR) en base principalmente de los regantes de la zona así como de intelectuales y técnicos de la región con el fin  de reemplazar a la Superintendencia de Agua dirigida por burócratas estatales que habían entregado el servicio de distribución de agua a una filial de la transnacional Bechtel[2].
La coordinadora, en su combate por el agua, trató de lograr el acercamiento entre los dirigentes Evo Morales y Felipe Quispe, que tenían líneas políticas disímiles. El primero, más proclive a trabajar con las instituciones públicas establecidas debido a sus intenciones de lanzarse como candidato a Presidente en el marco de la democracia parlamentaria, y Felipe Quispe, que en un primer momento favoreció una oposición que apuntaba hacia la conformación de instituciones autónomas, pero que luego fue llevado a posturas electoreras que mermaron mucho su credibilidad ante las bases. Estos intentos de acercamiento que propició la coordinadora nunca tuvieron éxito. La coordinadora también tuvo problemas de coordinar las estrategias de lucha con la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB). Ello se debió a las constantes peleas al interior del CSUTCB entre los que defendían la posición de Evo Morales de cambiar las cosas desde el Estado, para lo cual había que tomar el Estado con el fin de poder hacer los cambios, y aquellos que asumían posiciones de mayor "autonomía". Asimismo, porque este tipo de organización sindical tenía una organización jerarquizada, que chocaba con la que existía en la coordinadora que era básicamente horizontal[3].
A pesar de todo lo señalado, la lucha propiciada por la coordinadora desembocó en la expulsión de la transnacional encargada del agua de Cochabamba y en su reemplazo por una empresa cuyo Directorio esta integrado por representantes que defienden mejor los intereses de los directamente involucrados en el uso y manejo del agua. No se pudo alcanzar una mayor autonomía, debido a las posiciones estatizantes del MAS liderado por Morales y a las estructuras sindicales imperantes que no favorecen el fortalecimiento de la autonomía sino más bien dependen de las iniciativas que parten del Estado.
 
En el Perú, existe actualmente un conflicto de amplia envergadura entre las mineras, los utilizadores del agua (tanto del campo y la ciudad) y los ambientalistas, siendo el proyecto Conga la máxima expresión de esta problemática política y social. La forma en que se ha venido desarrollando la lucha por evitar un uso no racional del agua muestra a grandes rasgos las tendencias dentro del movimiento popular que se dieron en los distintos casos que tratamos. Es decir, una línea más proclive a utilizar las instituciones del estado para "solucionar" el problema del agua, y otra que propende a ser más autónoma dependiendo de sus propias organizaciones y conocimientos.
Existe una línea política que opera en el marco del Estado y, por lo tanto, no le queda más remedio que tener que negociar en situaciones de desventaja con éste, así como tratar de aprovecharse de este protagonismo para que sus dirigentes sean más conocidos políticamente a nivel nacional, con el fin en un futuro de competir por un curul o presentarse como candidato a la presidencia. Por otro lado, existe otra línea más autónoma que, aunque presenta ambigüedades, deberá, si quiere reforzar su posición, apoyarse cada vez más en las organizaciones de base y hacer uso de los conocimientos ancestrales en cuanto a la manera de cómo optimizar el uso del agua, el cual es superior a los de los expertos internacionales que vienen inmersos de una ideología que privilegia la tecnología sobre las formas de organización y técnicas originarias que tan buenos resultados dieron antes de ser deformados o destruidos por la supuesta modernidad capitalista.
De lo anterior se desprende que la batalla por evitar que el recurso del agua caiga en manos ajenas al pueblo, no es sólo entre el capital y el trabajo, o entre el Estado y los pobladores, sino que también se da en el seno mismo del pueblo. Por ello es fundamental la unidad, pero una unidad sustentada en la real participación de todos los sectores de la población urbana y rural en la definición de la direccionalidad y el manejo de los recursos que afectan su vida.

[1] Para mayor detalle, ver Cristian Gillen, Cómo superar el neoliberalismo. Editorial Horizonte. Lima. 2006.
[2] Raquel Gutierrez. Los ritmos del Pachachuti. Tierra Ediciones. México. 2009.
[3] Ibid.



Antauro: ¿Interno de “alta peligrosidad” por delitos de “extrema gravedad”?

Antauro: ¿Interno de "alta peligrosidad" por delitos de "extrema gravedad"?

por Guillermo Olivera Díaz;  godgod_1@hotmail.com

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6-4-2012

 

Los conceptos entrecomillados no me pertenecen. Están en los Decretos Supremos N° 024-2001-JUS de 18-8-2001 y  N° 010-2012-JUS de 1-4-2012, para justificar el ingreso de cualquier interno a la Base Naval del Callao. El segundo que rubrica Ollanta moteja tal extrema gravedad; y el primero habla de "alta peligrosidad".

 

En otros términos, todo aquel que esté allí internado debe ser jurídicamente considerado autor de ilícitos de tal "extrema gravedad" y como persona ser de "alta peligrosidad". ¿Y quién los califica de semejante modo?

 

¿Cómo infiere o concluye Ollanta Humala que su hermano Antauro ha cometido delitos de extrema gravedad si él no ha sido el juez, ni la Sala Penal Superior, menos la Sala Penal Suprema que lo ha condenado, en cuya sentencia, que he leído, en ninguna línea aparece la expresión urticante esa? ¿O es que el Ejecutivo invade inclemente al Poder Judicial?.

 

Si la Base Naval del Callao fue creada  para internos de "alta peligrosidad", ¿cómo sabe Ollanta que su hermano Antauro lo es? ¿Dónde ha leído el Presidente que existe una calificación  jurídica de esa índole que la tenga que referir en un Decreto Supremo suyo?

¿Acaso la expresión proviene de sus conocidos asesores legales y de su hablantín Ministro de Justicia, ayuno en Derecho Penal?  El Presidente debe parar mientes al respecto.

 

Señor Presidente: En materia penal no se juega con los vocablos, pues estigmatizan o estereotipan de por vida. Puede que a muchos condenados los haga renunciar a la cacareada resocialización o reinserción social

 

Tampoco deben servir los Decretos Supremos que se expiden en Palacio de Gobierno para denostar de un hermano. Si usted no lo advirtió cuelgue a su Ministro de Justicia, a sus asesores presidenciales y al madrugador Jefe del INPE, Luis Pérez Guadalupe.

 

 

 

 

Thursday, April 05, 2012

Premeditación de Ollanta, desventura de Antauro

Premeditación de Ollanta, desventura de Antauro

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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6-4-2012

 

Según el Decreto Supremo (DS) N° 024-2001-JUS de 18-8-2011, segundo párrafo de su Artículo 1°, estaba prohibido el ingreso de nuevos sentenciados o procesados al Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Nave del Callao (CEREC), establecimiento que era únicamente para internos por delitos de terrorismo (caso de Abimael Guzmán), traición a la patria, contra la administración pública (Montesinos Torres), tráfico ilícito de drogas (Demetrio Chávez Peñaherrera, "Vaticano") o delitos de lesa humanidad (Fujimori).

 

En tal virtud Alberto Fujimori podía ser trasladado en cualquier momento a dicho penal sin modificar nada; a un eventual traslado de Antauro Humala no era aplicable esta norma. La administración penitenciaria no podía hacer nada en contrario.

 

Para que el desventurado Antauro pueda pasar de su penal de origen a la Base Naval del Callao hubo necesidad de modificar tal DS 024-2001-JUS.¡Su hermano Ollanta lo hizo con premeditación!

 

En efecto, eso sucedió el 26-2-2012 con el DS N° 006-2012-JUS, cuyo Art. 1° deroga  la prohibición contenida en el DS 024; ergo, ya no estaba prohibido el ingreso de algún nuevo interno; sin embargo, el INPE no tenía facultades expresas para disponerlo.

 

Tal competencia la otorga el DS N° 010-2012-JUS del domingo 1-4-2012, cuyo Art. 1° faculta al solo Presidente del  INPE disponer el ingreso o salida, temporal o definitiva de "otros internos que hayan cometido delitos de extrema gravedad que se encuentren en cualquier régimen penitenciario cerrado". A partir de esta fecha podía trasladarse a la Base Naval del Callao al interno Antauro Humala, como en efecto lo fue la madrugada del día siguiente: lunes 2 de abril 2012, a las 4 am.

 

Ya no interesa ahora el tipo de delito por el cual se haya condenado,  sino sólo que el ilícito sea  de "extrema gravedad" y que se trate de internos de "alta peligrosidad", tal como se consideran a los que ya están allí.

 

Los citados Decretos Supremos N° 006-2012-JUS de 26-2-2012 y N° 010-2012-JUS de 1°-4-2012, son ambos rubricados por Ollanta Humala, contra Antauro. Sin duda tienen la asesoría de los abogados que rodean al Presidente. ¿Penalistas o penitenciaristas de nuevo o viejo cuño?

 

Sin ambos Decretos Supremos nunca se hubiera trasladado a la Base Naval del Callao al desventurado Antauro; ergo, la cosa viene desde atrás, con cálculo y abuso de poder, que vía el Hábeas Corpus se desbarrancaría sin jueces pusilánimes, para cuyo trámite no es menester el agotamiento de ninguna vía previa que supondría la apelación del traslado, como sí lo es en otros procesos constitucionales.

 

 ¿Qué necesidad tuvo Ollanta Humala para rubricar, junto con la suscripción de cuatro (4) obedientes ministros más, estos 2 Decretos Supremos que perjudican seriamente a su cuitado  hermano, pese al levantamiento conjunto en Locumba y a la difusión masiva del periódico Ollanta por las huestes etnocaceristas que lideraba Antauro? 

 

¿Puede un Decreto Supremo calificar a los delitos del hermano del Presidente como de "extrema gravedad" y considerarlo interno de "alta peligrosidad" sin estudio específico alguno e invadiendo los fueros del Poder Judicial?

 

Me parece que ésta no es la mera rivalidad de dos hermanos antinómicos, cuya cima y sima los distanciará de por vida. ¿Qué será de sus padres, Elena e Isaac, a quienes conozco y aprecio, salpicados por tan singular infortunio?

 

Todavía falta negociar regalías

Publicado: Jueves 05 de abril del 2012 | Economía | Imprimir | Compartir | 97 Lecturas

Todavía falta negociar regalías

Tras recuperación de los 2.5 TCF del Lote 88 para el mercado interno, el presidente de Perupetro admite que en negociación no se tocó el tema de equiparar regalías de importación.

http://www.diariolaprimeraperu.com/online/economia/todavia-falta-negociar-regalias_108666.html



















Si bien el estado peruano oficializó mediante un decreto supremo la recuperación de los 2.5 TCF del gas del Lote 88 para el mercado interno, aún queda pendiente renegociar las regalías de importación que, según Perupetro, está en proceso.

Según el presidente de Perupetro, Aurelio Ochoa, hay voluntad del gobierno para negociar el Decreto Supremo 039-2010-EM que explica que en ningún caso la regalía del Gas Natural exportado podrá ser inferior a la regalía del Gas Natural destinado al mercado interno y es así que a la empresa del Estado se le encomendó iniciar las acciones de renegociación con los contratistas, y espera que haya un acuerdo antes de fin de año.

ENVÍOS A MÉXICO
A esto se suma que, según el investigador de la Universidad San Marcos, Jorge Manco Zaconetti, urge renegociar el contrato con el consorcio, pues sería "un mal negocio seguir con los envíos de gas a México" porque los precios irían muy por debajo del promedio internacional.

"Al 2011 las regalías del Lote 56 duplican a las del mercado interno, el problema se inició cuando comenzaron las exportaciones a México, pues allí el marcador de precios es el Henry Hub y ese marcador está por debajo de tres dólares, sería un mal negocio",

Así, explicó que en el país las empresas de generación eléctrica pagan al Consorcio Camisea 1.70 por MBTU en boca de pozo, con ese costo y a una tasa de regalía de 30%, las generadoras pagan al Estado 0.51 centavos de dólar por MBTU.

Agregó que el sector industrial paga al Consorcio 2.70 por MBTU, con este precio pagan una regalía efectiva de 0.81 centavos por MBTU.

Entonces, Manco advirtió que al haber iniciado la venta de Gas Natural hacia México los consumidores peruanos pagan entre 0.35 centavos de dólar por MBTU (las generadoras) y 0.65 centavos de dólar por MBTU (los industriales), mientras que, según el investigador, el estado peruano apenas recibirá 0.16 centavos de dólar por MBTU referente al pago de regalía.

El presidente de Perupetro indicó que ya están en conversaciones y que de los dos embarques mensuales, que se programaban destinar a México, solo se enviará uno, como preámbulo de la negociación.

No obstante, afirmó que, "por el momento el promedio de lo que se exporta está por encima del promedio local, en mercados internacionales la regalía que se paga sigue dependiendo de la cotización del día 2.50 o 2.60 a precio del Henry Hub", agregó.

LOTE 88
Ochoa aclaró que el gobierno no dio nada al Consorcio Camisea, a fin de que éste libere el gas del Lote 88. "La concesión que ha dado el gobierno ha sido el tiempo, no más. Eso muestra la estabilidad jurídica, la carta es clarísima", dijo.

Frente a lo dicho por Germán Giménez, country manager de Camisea, quien explicó que "se decidió sustituir el compromiso de reserva (del Lote 88) con gas que vendrá de otros lotes u otros mecanismos", Ochoa sostuvo que se refiere a otros lotes vinculados al consorcio Camisea.


Algunas perlas del viceministro Chang

Publicado: Jueves 05 de abril del 2012 | Política | Imprimir | Compartir | 153 Lecturas

Algunas perlas del viceministro Chang

Según reveló hace algún tiempo el periodista Herbert Mujica, los antecedentes del polémico viceministro de Transportes, Alejandro Chang, podrían explicar las actitudes que motivan cuestionamientos a su desempeño en el sector, donde crece la opinión de que no reúne las condiciones necesarias para ocupar tan importante cargo. Para Mujica, el puesto de Chang es clave en el ministerio con más dinero y en torno al cual giran diversos grupos de interés, en pos de concesiones y contratos de obras. Y su currículum dejaría mucho que desear, pues tiene origen marcadamente Fujimorista.




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El citado periodista refiere que Chang entró al gobierno en 1992, en plena época del autogolpe que trajo abajo a la democracia, y sirvió bajo el mando del titular de la cartera, Jaime Yoshiyama.

Posteriormente presidió Ositran bajo los gobiernos de Alejandro Toledo y Alan García y ha sido acusado de haber usado su cargo para modificar ilegalmente el tarifario de Enapu, lo que fue impedido por el Poder Judicial, indica Mujica.

Añade que, además, a Alejandro Chang se le atribuye haber aprobado una "interpretación" del Contrato LAP de concesión del aeropuerto Jorge Chávez, cinco años después de firmado, favoreciendo los intereses de la empresa. También señala que ha sido acusado de impulsar LA PRIMERA ola de privatizaciones de aeropuertos de provincias y de tomar decisiones sin consultar al consejo directivo de Ositran.

Para Mujica, Chang ha demostrado una asombrosa capacidad de adaptación, al haber servido sucesivamente a la dictadura Fujimorista y a los gobiernos de Toledo y García y haber conseguido que lo nombren viceministro de Transportes en la administración de Ollanta Humala.

Fuentes de su sector, además, lo acusan de despedir a funcionarios de carrera y solvencia técnica, por el solo hecho de ser nacionalistas.




Antauro: apelación lo retornaría a penal de origen

Antauro: apelación lo retornaría a penal de origen

por Guillermo Olivera Díaz;  godgod_1@hotmail.com

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5-4-2012

 

Si Antauro Humala me escuchase interpondría apelación contra la resolución que dispone su cuestionado traslado de penal. Si es exitoso, al declararse fundada la impugnación se deberá ordenar su retorno al establecimiento penitenciario de origen.

 

Los motivos de esta apelación y su trámite los contempla el Artículo 164° del Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo (DS) N° 015-2003-JUS de 9-9-2003, que no modifica en esa materia el DS N° 010-2012-JUS de 1° de abril último, dado por su hermano y 4 ministros más y que posibilita su traslado ilegal a la Base Naval del Callao. ¡Sin tal írrito DS 010 no era posible el traslado en cuestión!

 

Señala el numeral 164° invocado que el plazo para apelar es de quince (15) días útiles y la autoridad competente deberá resolver e un máximo de treinta (30) días también útiles. ¡Tiene Antauro sobrado tiempo, entonces!.

 

Comoquiera que no he visto la resolución que dispone el abrupto traslado de penal, no tengo idea qué autoridad penitenciaria la ha dictado, ni cuáles son sus fundamentos. Si se ha aplicado con anteojeras el ilegal DS N° 010-2012-JUS la habría expedido el Presidente del INPE, Luis Pérez Guadalupe, quien a su vez es Presidente del Comité Técnico que orienta, supervisa y recomienda lo que corresponda en la ejecución de las penas; si el traslado ha sido dispuesto en aplicación del antiguo DS N° 015-2003-JUS, otra es la autoridad encargada de resolver. ¡Los traslados están normados y no ceden a caprichos urgentes! Se me ocurre: ¿Habrá sido notificado el apenas ejecutado de madrugada, para poder contar el término de apelación?.

 

Por ende, la apelación que se interponga en cada supuesto, según quién haya dispuesto el traslado, la autoridad jerárquicamente superior que absuelva el grado será diferente. ¡Tengo la impresión que un gran galimatías se ha armado con el DS 010 que rubrica Ollanta Humala y desfavorece a su hermano Antauro!.

 

Desde otra óptica, “todo traslado de internos se efectuará con el informe favorable del Consejo Técnico Penitenciario del establecimiento penitenciario”. Así lo establece el Art. 163° del Reglamento del Código de Ejecución Penal. ¿Existirá dicho Consejo en el penal de origen “Virgen de la Merced” si apenas ha sido implementado, quiénes serán sus integrantes y cuándo emitieron el informe legal y necesario?.

 

Se rumorea que nada de esto existe y que todo ha sido hecho a la loca, a manu militari, pues el método expeditivo ahora es la norma, ya que en Palacio de Gobierno se carece de penólogos o penitenciaristas. El Perú no los tiene. ¡Ah, sobran tensiones y nerviosismos y abundan eruditos a la violeta!

 

Wednesday, April 04, 2012

Ollanta y ministros ilegalmente contra Antauro

Ollanta y ministros ilegalmente contra Antauro

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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4-4-2012

 

Tengo ante mí el Decreto Supremo N° 010-2012-JUS (alguien me lo alcanzó) que rubrica Ollanta Humala Tasso, de fecha domingo 1° de abril del 2012; fue dado, es decir digitado “en la Casa de Gobierno”, así dice este Decreto ilegal e inconstitucional. Gracias a esta norma de familia, Antauro, desventurosamente para él y sus padres Elena e Isaac, ha sido trasladado al Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao.

 

Por orden escrita del mismo Presidente Ollanta, que ilegalmente norma la ejecución de pena de su hermano, concepto moderno aunque distante, de la añeja dicotomía Caín contra Abel, fue refrendado, o sea, formalmente suscrito, por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Tales ministros deben el cargo y su permanencia en él a su mandante; por lo tanto, cumplen órdenes a rajatabla y pensando en la continuidad de sendos fajines.

 

El Artículo 41° del írrito Decreto Supremo crea un Comité Técnico que será presidido por el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), es decir, por Luis Pérez Guadalupe, otro que también debe el puesto al Presidente.

 

Este novísimo mandamás: “Presidente del Comité Técnico del CEREC –desde ahora-  podrá disponer el ingreso o salida, temporal o definitiva, de aquellos sentenciados por  (terrorismo, traición a la patria, tráfico ilícito de drogas o delitos de lesa humanidad), así como de otros internos que hayan cometido delitos de extrema gravedad que se encuentren en cualquier régimen penitenciario cerrado”, léase el interno Antauro Humala Tasso, cuyo traslado de centro penitenciario dependió ilegalmente, en virtud de esta norma, de una sola firma, del subalterno de su hermano y que cumplió el mandato tempranísimo: 4 am; sí,  a las 4 de la mañana del día siguiente del Decreto. ¡El lunes 2-4-2012 fue trasladado por orden ilegal escrita de su hermano!

 

¡Esta, entre varias, es la parte ilegal del Decreto Supremo!. Viola, amén de  otros dispositivos, el Artículo 110° del Código de Ejecución Penal, que es una ley, promulgado por Decreto Legislativo N° 654 el 31-7-1991, que suscribió Alberto Fujimori Fujimori, y que otorga como función del Consejo Técnico Penitenciario de cualquier penal: “proponer el cambio de régimen o el traslado –de un interno- a otro establecimiento penitenciario”.

 

Incurren en responsabilidad el Presidente y los ministros que pretendan modificar las leyes mediante un Decreto Supremo, pues tal competencia corresponde al Congreso de la República. Procesos constitucionales de Hábeas Corpus y Acción Popular corresponden.

 

Además, este ilegal Decreto Supremo 010-2012-JUS, dominguero él, crea el malhadado concepto: “internos que hayan cometido delitos de extrema gravedad”, para trasladarlos de centro penitenciario, calificación que ahora la hará ad líbitum el Presidente del INPE y que ni siquiera consta en la sentencia judicial que condena a Antauro.

 

¡No creo que este tremebundo Decreto Supremo tenga motivación familiar!; lo tendrá de otra índole, tal como una repentina severidad penitenciaria para no seguir cayendo en las encuestas que la prensa subliminalmente sugiere y así promover a Nadine para el 2016, ya que nunca he escuchado que Ollanta sea penólogo o penitenciarista. Quien sí funge de eso y además de criminólogo es el Jefe del INPE, Luis Pérez Guadalupe. ¡Allá ellos y su tanatismo atávico!

 

 

 

 

Tuesday, April 03, 2012

Fujimori como Antauro: ¡A la Base Naval del Callao!

Fujimori como Antauro: ¡A la Base Naval del Callao!

por Guillermo Olivera Díaz;  godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Fujimori-como-Antauro-A-la-Base?var_mode=calcul

 

3-4-2012

 

Tan pronto fue juzgado con ruido estentóreo en un recinto judicial del saturado penal de Lurigancho Antauro Humala Tasso, el hermano del presidente Ollanta, comenzó a purgar su condena en “Piedras Gordas”, centro penitenciario dicen de máxima seguridad; luego fue trasladado  al pequeño penal improvisado “Virgen de la Merced” dentro del Cuartel Militar de Chorrillos; y, finalmente, por reñidos actos de indisciplina ha sido confinado en el archiseguro Centro de Reclusión (CEREC) de la Base Naval del Callao.

 

Fueron Montesinos Torres y Alberto Fujimori los creadores de esta última cárcel para destino de condenados por terrorismo. Allí están Abimael Guzmán y el mismo mentor del establecimiento: el inefable Vladimiro; sólo falta el interno de la DIROES.

 

Lo sorprendente es la velocidad del rayo con que se operan estos traslados, en virtud del Decreto Supremo N° 010-2012-JUS rubricado por el mismo Ollanta Humala, suscrito por el Primer Ministro Valdés y los ministros de Justicia, Defensa e Interior por la extrema importancia dada al caso y que publica El Peruano en su edición extraordinaria del domingo 1° de abril último. ¡Al día siguiente, a las 4 am, se produjo el abrupto traslado!

 

¡Se  trata de un Decreto Supremo dado para modificar el anterior N° 024-2001-JUS y así posibilitar el internamiento de Antauro en ese tipo de penal! ¡Una norma específica del hermano contra el hermano, pero sin mencionar su nombre!

 

Ojalá que con la misma inusitada premura nuestro Presidente Ollanta rubrique otro Decreto Supremo, que firmen y sellen varios ministros, cerrando el lugar de reclusión unipersonal de lujo llamado DIROES y traslade al interno Alberto Fujimori al CEREC de la Base Naval del Callao, donde Montesinos les puede hacer la estancia más placentera relatando reminiscencias del poder ultramontano esfumado.

 

Sancionar la indisciplina de Antauro como borrar el privilegio de Fujimori de vivir en una “cárcel  unipersonal” deben ser muestras claras de la anticorrupción prometida.

 

La horrenda gravedad de los delitos de un presidente en funciones, como Alberto Fujimori, con frialdad y cálculo, utilizando alevosamente la estructura del poder estatal con armas, vehículos, municiones y oscuros  pagos con dinero del fisco a sus ejecutores, pesa mucho más que cualquier crimen de un hombre silvestre, emotivo y temperamental, con 4 únicas muertes aluvionales, producto del acaso y la refriega, o que la conducta díscola de alguien que más parece necesitado de figuración y estima, que la prensa alzaprima.

 

 

 

 

Monday, April 02, 2012

La división social del movimiento popular en Cajamarca



---------- Forwarded message ----------
From: Reinhard Seifert <rseiferts@gmail.com>
Date: 2012/4/2
Subject: La división social del movimiento popular en Cajamarca
To: Reinhard Seifert <rseiferts@gmail.com>


La división social del movimiento popular en Cajamarca.

¿Cómo explicar la división actual del movimiento social-político en Cajamarca?

 

El 6 de diciembre de 2011 personalmente escribí al respecto, lo percibí nítidamente y mi artículo lo puse en Internet y que fue publicado en una revista de Lima. No es que yo quiera tener la razón, pero mi experiencia y olfato político no me engañaron. Siempre en ciencias políticas se analiza las tendencias  en base de actitudes y decisiones tomadas de los actores en disputa. Las frases subrayadas en negro/oblicua corresponden a citas de mi correo y de otros informes, además están entre comillas.

 

"Visto que el dialogo se ha estancado es necesario desentrampar o derrumbar al invisible "muro de Berlín", dado que en el seno del pueblo hay tres grupos políticos que se disputan el liderazgo político partidario  (Patria Roja, los radicales y Tierra y Libertad), es hora que los dirigentes del "segundo plano" o nivel, o sea los técnicos honestos y transparentes, que forman parte del movimiento social asuman su responsabilidad. Hay que facilitar el camino parafraseando a Antonio Machado: "Caminante, el camino se hace al andar".

¿Cómo hacer viable la propuesta? Simple, por ahora poner en la congeladora a los políticos, a los figurettis, a los oportunistas de siempre y centrar la discusión en la parte técnica, que de ninguna manera está separada de la parte política. Esta es una buena política. Obviamente más adelante los políticos tienen que tomar las decisiones políticas más sensatas, acerca de las propuestas técnicas, no de las de  corifeos vendidos".

 

Lamentable el "muro de Berlín", su pensamiento único anacrónico,  sus jinetes apocalípticos que lo propalan, todavía cabalgan en los fértiles terrenos de Cajamarca. Y al caballo famélico no le cortaron la pezuña larga y mal oliente. Y la valla por sortear es esquivada con alevosía.

Toda esta situación se está cumpliendo fielmente al pie de la letra, a pie juntillas. Los de Patria Roja con la ayuda de Arana en el evento de Celendín echaron más leña al fuego. Este oportunismo puro, ciego  ya no tiene nombre. El año pasado defendí desinteresadamente a capa y espada a Sergio Sánchez (ONG-GRUFIDES-Arana) cuando lo botaron injustamente  del Gobierno Regional de Cajamarca, denuncié a Jaime Melo Poblete(contratista de Yanacocha en la subgerencia ambiental del Gobierno Regional); y hoy Arana, su grupo político Tierra y Libertad  con el afán de ganar erróneamente adeptos (que incluye a  su ONG) han hecho las paces –hasta nuevo aviso- con Santos(que incluye a su mastín Ydelso Hernández, "dirigente"  de un espurio Frente de Defensa Regional de Cajamarca , todos son de Patria Roja) y Patria Roja.

 

Acuérdense también que el año pasado (paro indefinido) en plena lucha contra Conga,  el MAS(Patria Roja) y Tierra y Libertad repartieron un volante conjunto y  suscrito por ambas agrupaciones. Observé que la gente lo rompía y lo botaba al suelo. Desde allí me parece viene esta alianza tácita entre Arana y Santos. Arana lo ha conversado  en Lima con Alberto Moreno. O sea,  ellos se han repartido "la torta" y ven en esta noble lucha a  sus negocios (ARANA-marcha del agua) y futuro político (SANTOS); además  ambos quieren ser presidentes nacionales en el año 2016. Lo he comprobado en Arequipa.

 

Lamentablemente Saavedra tiene muchas limitaciones intelectuales y de dirigente  y es el gran perdedor -entre otros- en este "maldito juego" político, por lo tanto el otro perdedor es el Frente de Defensa Ambiental de la provincia de  Cajamarca. Asimismo  Saavedra posee  una accidentada historia personal que impide avanzar más en la cohesión del movimiento social. También se quiere proyectar en la escena nacional con este grupo convocado para  la insignificante I. Asamblea Nacional de los Pueblos (30 y 31 de marzo).  Felizmente las bases provinciales de la región de Cajamarca no asistieron, los que forman parte de la Coordinadora de los Frentes de Defensa a nivel de la región de Cajamarca.

 

En mi época (defensa Cerro Quilish), cuando estuve de presidente del Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca, las discrepancias se resolvieron con firmeza en el seno del organismo, jamás públicamente. Los acuerdos esenciales se tomaron en la asamblea, sin la necesidad de recurrir a la arbitrariedad, intolerancia  o prepotencia, en la mayoría de las decisiones alcanzaron la base del consenso.

 Existe una regla de oro. Un dirigente, peor cuando es el presidente, jamás debe mentir descaradamente y acusar públicamente a otro dirigente de la misma organización, sin prueba alguna. Lo descalifica sólo y para el cargo. Así -de manera acelerada- se pierde la confianza depositada.

No estuve de acuerdo nunca  con la realización de esta  I. Asamblea Nacional de los Pueblos, porque detrás está la formación de un partido político. Principal Acuerdo: "Wilfredo Saavedra Marreros, resaltó que el organismo que acaba de nacer en Cajamarca el día 31 de marzo (la ANPPT) se constituirá en el germen para llevar adelante las aspiraciones de nuestros pueblos".  Más claro ni el agua.

Mejor hubiera sido haberla llamado la 5.Asamblea de los Frentes de Defensa a nivel de Cajamarca e invitar las mismas personas que participaron en el evento del 30/31 de marzo. En Cajamarca necesitábamos urgente fortalecer y no dividir más al movimiento social.

El trabajo de un Frente de Defensa no es pedir la vacancia de un Presidente Nacional, elegido democrática-y  legítimamente, tampoco es plantear la revocatoria del alcalde provincial, menos aún es exigir una asamblea constituyente o elaborar una nueva Carta Magna. Todos estos planteamientos son parte de la lucha democrática-social  de un partido político, que respeta las reglas democráticas. Esto es  otro asunto que no tiene nada que ver con el funcionamiento inherente  de un Frente de Defensa Ambiental.

El trabajo de un Frente de Defensa se debe a sus estatutos, su desenvolvimiento correcto y su estricto cumplimiento. Más allá de esto es puro aprovechamiento político para otros fines no contemplados en ninguna parte. Y un Frente de Defensa se debe a sus dirigentes democráticos, honestos y a sus bases.

Por otro lado, ahora que en Celendín aprobaron los puntos 11 y 12 en su plataforma política (ver a continuación) son acuerdos totalmente antidemocráticos y reflejan fielmente el nivel político sectario, dogmatico e irrelevante de sus autores. Como creen que están con la ayuda de Dios todo es posible. Son falsos fariseos.

"11. No respaldamos la convocatoria a la Asamblea Nacional de los Pueblos por haberse hecho de manera inconsulta ignorando los mecanismos de consulta y decisión democrática de nuestras organizaciones de defensa ambiental de Cajamarca.

12. Se fortaleció el Comité de Comando de Lucha de la Región Cajamarca con un representante de cada provincia, siendo sus voceros principales: Eddy Benavidez Ruiz del Frente de Defensa de los Intereses de la Provincia de Hualgayoc-Bambamarca, Milton Sánchez Cubas Secretario General de la Plataforma Interinstitucional Celendina - Celendín, Ydelso Hernández Llamo Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de la Región Cajamarca. Además son parte de éste los dirigentes, provinciales y regionales de rondas campesinas. Celendín 29 de marzo del 2012".

 

Lo que me puse más triste y me indignó más es que no se respeta a los dirigentes antiguos (más del 90% no pertenecen a ningún partido político, muchos denunciados injustamente por Yanacocha) en las provincias, no se respeta a su trabajo,  que año tras año están trabajando silenciosamente  y que no son de última hora como lo son  Edy Benavides (Partido Nacionalista) o Milton Sánchez (Tierra y Libertad), mozalbetes sin experiencia política y que actúan por consignas políticas. Yo los señalo directamente como los ejecutores (operadores), entre otros,  de esta división.

Muchos de estos dirigentes emblemáticos están   económicamente quebrados, profesionalmente desplazados, familiarmente cuestionados. Sin embargo, y gracias a la generosidad del pueblo  un íntegro leal  luchador  social generalmente en el Perú es socialmente reconocido, pero de esto último no se puede ni se debe vivir. Y muchos de ellos sufren en silencio, dado que algunos están enfermos y olvidados.

 

 En este "encuentro de una fraudulenta unidad de los Frentes de Defensa"  lo que se divisa es que la división del movimiento social es aún más profunda. Es igual que el supuesto futuro enorme tajo por abrirse al cielo azul precioso de Celendín, donde no hay  remedio que lo pueda impedir que avanza sin obstáculos más profundamente. Cuando no existe la voluntad política de enmendar errores, de aprender (en política hay que tener la capacidad y paciencia de ilustrarse a diario), saber escuchar, saber de tender puentes, muchas puentes; sino, todo lo demás se desvanece en el aire contaminado. Además los errores en la  política del Frente Único se pagan bien caros y es el pueblo y son  las bases  que pagan el "pato".

 

Saavedra(los extremistas) con su actitud de haber llamado inconsultamente a la I. Asamblea Nacional de los Pueblos, Santos (Patria Roja) con su accionar  de haber llamado a un "encuentro de unidad" de los Frentes de Defensa y Arana (Tierra y Libertad) de haber participado en ambos eventos coinciden en una cosa fundamental: los tres han creado el germen y  han contribuido a acelerar la destrucción de la Coordinadora de los Frentes de Defensa a nivel de la región y a la división irreversible  del movimiento popular. Toda esta realidad corresponde a un retroceso en la acumulación de las fuerzas sociales, y más adelante en el futuro cercano el pueblo y la historia señalarán los verdaderos responsables de este debacle político.

 

Los dirigentes antes mencionados son los autores intelectuales de esta división,  no exhibieron madurez política alguna,  ninguna decencia en este trabajo;  todo lo contrario, ellos apoyaron decididamente la desunión. Yanacocha está feliz, porque le  ahorraron el trabajo. Esta empresa transnacional se está frotando sus manos ya ensuciadas y ensangrentadas. Y se emborrachan en los bares con las mujeres y hombres del mal vivir.

 

"Muchas gracias" por este "excelente" trabajo. Váyanse todos ¿adónde? a su casa y a otros sitios no tan agradables………..

Pero, estos "dirigentes" (Saavedra, Arana y Santos) no escarmienten ni con "palos" electorales. Saavedra ya fue candidato en el año 2002 a la alcaldía provincial de Cajamarca con la camiseta de la UPP. No sacó ni 800 votos, ni para el té. Arana y su movimiento virtualmente fueron barridos del mapa electoral en el año 2010(elecciones municipales y regionales).El único alcalde provincial que ganaron, el de Chota, hoy éste  es procesado judicialmente  por un desbalance patrimonial. Además sé por la rama de mi familia chotana que este alcalde en el pasado amasó una fortuna proveniente del lavado de dinero.  Provecho.

El pueblo es sabio y sabrá votar en el año 2014 o 2016 en contra de estos mini-partidos. No merecen el respaldo popular.

 

Por último, lean los dos esclarecedores libros del autor James Lockhart, titulado: Los de Cajamarca (1986 y 1987), que narran las historias de los 168 conquistadores; los que tuvieron caballos se aliaron con los de a pie, armaron o tejieron alianzas políticas y fundaron las conocidas argollas, según su parecer y conveniencia. Luego se iniciaron una lucha fratricida de nunca acabar.  Algo de esto ha sobrevivido en la región de Cajamarca con los actores mencionados. Frente al Proyecto Minas Conga y el rechazo que exclama el pueblo mayoritario y que dicen los mini-grupos de izquierda:

1) Pueblo de Cajamarca:        Conga no va

2) Patria Roja:                         Conga no va

3) Tierra y Libertad:                 Conga no va

4)  Los extremistas:                 Conga no va

Entonces, la pregunta cae de perilla: ¿por qué no se juntan los izquierdistas?

No se unen por marcados intereses personales, en la actualidad  destripándose mutuamente o esperan  negocios turbios u otros intereses subalternos, difícil de descifrar. Luego echan la culpa al imperialismo yankee y al suscrito por ser el mensajero de la mala noticia o como me sucede ahora amenazan con castigarme con las rondas urbanas de Cajamarca. Los que producen los hechos políticos a veces buscan los "chivos expiatorios" y no son capaces de asumir su propia responsabilidad. Siempre con "mala leche" echan la culpa a otros. Ven a veces "la paja" en el ojo ajeno y no la viga puesta en sus propios ojos. En este escenario todos pierden, unos más que otros. Si Conga se imponga es por los errores estúpidos de estos politiqueros, porque de políticos lo que tienen es el lado oscuro, el del aprovechamiento personal e indebido, sin ética y sin moral. 
Abrazos fraternos de siempre.

Reinhard Seifert , Cajamarca, 2 de abril 2012 

 


Tratado de 1929 y Demanda en La Haya

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

21-6-2011

 

Tratado de 1929 y Demanda en La Haya

http://www.voltairenet.org/Tratado-de-1929-y-Demanda-en-La?var_mode=calcul

 

No sólo ha cumplido el Tratado de 1929 y su inseparable Protocolo Complementario, el pasado 3 de los corrientes, 82 años, sino que como piedra angular, irreemplazable en relación con Chile, ha servido como fundamento a la demanda por límites marítimos que nuestro país planteó en la Corte Internacional de Justicia de La Haya a los del sur. Por tanto, conforman un bloque indivisible y pétreo a cuya protección estamos consagrados los 30 millones de habitantes que somos ciudadanos aquí.

 

En efecto, en el punto 1 de la Demanda peruana ante la CIJ se dice:

 

1.- La controversia entre el Perú y Chile está referida a la delimitación del límite entre las zonas marítimas de los dos Estados en el Océano Pacífico, que comienza en un punto en la costa denominado “Concordia” conforme al Tratado del 3 de junio de 1929.  La controversia entre el Perú y Chile también comprende el reconocimiento a favor del Perú de una vasta zona marítima que se sitúa dentro de las 200 millas marinas adyacentes a la costa peruana, y que por tanto pertenece al Perú, pero que Chile considera como parte del alta mar. http://www.voltairenet.org/article159365.html

 

Y aspectos fundamentales son en el:

 

Tratado de 1929:

 

Artículo Segundo

 

El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes. Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará “Concordia”, distante diez kilómetros al Norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el Oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella, con las inflexiones necesarias para utilizar, en la demarcación, los accidentes geográficos cercanos que permitan dejar en territorio chileno las azufreras del Tacora y sus dependencias, pasando luego por el centro de la Laguna Blanca, en forma que una de sus partes quede en el Perú y la otra en Chile.

 

Protocolo Complementario:

 

Artículo Primero

 

Los Gobiernos del Perú y de Chile no podrán, sin previo acuerdo entre ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los territorios que, en conformidad con el Tratado de esta misma fecha quedan bajo sus respectivas soberanías, ni podrán sin ese requisito, construir, a través de ellos, nuevas líneas férreas internacionales. http://www.voltairenet.org/Tratado-y-Protocolo-Complementario

 

Es decir la inobservancia de la integridad del Tratado de 1929 y su Protocolo Complementario que ha sido respetado por gobiernos y presidentes de ambas naciones desde esa fecha en Perú y Chile, acarrea peligro de muerte a cualquiera otro que base en éste su arquitectura jurídica.

 

A nadie –presidente, gobierno o Estado- podría ocurrírsele plantear la denuncia del Tratado de 1929 sin derrumbar, con riesgo de ridículo absoluto, la demanda limítrofe con Chile en La Haya. El daño, so pretextos mil, sería letal y doble, como se ha dicho: contra el Tratado de 1929 y la demanda en la CIJ.

 

Ha dicho bien el presidente electo, Ollanta Humala, que Perú no intervendrá en un tema bilateral entre Chile y Bolivia sobre una salida al mar que compete exclusivamente a quienes despojaron de esa opción y convirtieron en mediterráneo al altiplano y a los que suscribieron en 1904 un Tratado en que declinan cualquier reclamo sobre ese particular. Perú no es responsable, en modo alguno, de la situación actual sin frontera marítima del hermano país de Bolivia.

 

Los apresuramientos no producen sino frágiles estructuras que trocan en añicos deleznables convirtiendo a sus agentes en traidores pasibles del vituperio eterno de los pueblos libres y el veredicto severo de la historia que señalará, con nombre y apellidos, a los apóstatas capaces de semejante barbaridad.