Informe
Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas
26-11-2025
TC pisotea cosa juzgada
https://senaldealerta.pe/tc-pisotea-cosa-juzgada/
El denunciante y testigo
protegido, Gregory Paredes, presentó queja ante el Tribunal Constitucional (TC),
peticionando se revise el incumplimiento de la “ejecución de sentencia” donde
ya el tribunal había emitido jurisprudencia en el Exp. 0201-2007-Q/TC,
14-10-2008 estableciendo que:
“…no puede ser indiferente ante
los supuestos incumplimientos de sentencias en procesos constitucionales para
quienes han obtenido una sentencia expedida por el Poder Judicial”.
El 9-5-2024, el TC decretó que
tendría presente el argumento pero el 24-09-2025 los magistrados Morales
Saravia (ponente), Hernández Chávez y Monteagudo Valdez, declararon
improcedente la queja, viciando su propia jurisprudencia.
No solo no evaluaron sus propias
expresiones, sino que la desconocieron, dejando a Paredes sin sus beneficios
pensionarios y sociales.
La cosa juzgada es una institución
jurídica inimpugnable contra sentencias judiciales y garantiza la seguridad
jurídica. La Constitución afirma que la cosa juzgada es una sentencia que
ninguna autoridad puede dejar sin efecto. Y el Código Civil la califica como: ..la
resolución que transcurridos los plazos, no se le interpone medios
impugnatorios.
La resolución judicial del 31-5-2017,
que otorgó derechos pensionarios al denunciante y testigo protegido Gregory
Paredes, nunca fue apelada, quedando, por tanto, consentida.
Cuello Blanco del Callao
La cosa juzgada fue pisoteada en
la Corte del Callao presidida el 2017, por Walter Ríos, líder de la
organización criminal los “Cuellos Blancos del Puerto”, el juez Julio Mollo que
revivió el proceso fenecido, cumplió prisión por ese caso emblemático y
delincuencial.
La vocal Madeleine Ildefonso quien,
a pesar que alertó la cosa juzgada, cambio su criterio y continuó impulsando el
proceso ilegal junto a los magistrados de la Sala Civil: Bretoneche Gutiérrez, Quispe
Astoquilca y Morales Chuquillanqui desconociendo la cosa juzgada y
quienes, sin valorar las
alegaciones de Paredes sobre “ejecución de sentencia”, favorecieron al
Procurador Juan Cotera quien “no la apeló”, dejándola consentida e
inexplicablemente ganó el juicio. Cotera el 2017 junto a Walter Ríos, postularon
a jueces supremos, en proceso amañado.
Paredes advierte contra asesinato
Desde el 2014 hasta hoy, Paredes
se defiende de procuradores del Estado y otros, quienes imputaron “ofensa al
superior y desobediencia”, archivado; en 1º juicio por difamación anularon
condena al falsearse el proceso, el 2º fue improcedente y en el 3º fue absuelto
pero modificando la prueba los vocales lo condenaron a prisión, Paredes apeló;
el 4º juicio para evitar se utilice imagen de un investigado, fue improcedente:
En fiscalía investigaron a Paredes
por “organización criminal”, por sus opiniones sobre la corrupción por Facebook, caso archivado;
procuraduría del Estado lo denunció por “lavado de activos” a él su esposa y su
abogado, caso archivado; asimismo procuraduría lo denunció penalmente por
“denuncia calumniosa”, caso archivado.
Su esposa, sufrió daños de salud,
tras atentado con arma de fuego perpetrado por delincuente trasladado en
vehículo de propiedad de un agente de inteligencia del Estado, asimismo
intentaron dejar sin estudios a sus menores hijos discriminándolos en la
matrícula, y ahora con este atropello a la “cosa juzgada” hunden la condición
económica y social del denunciante que defiende al Estado que le condena al
abandono.
ONU y denunciantes anticorrupción
Los principios recomendados por
Michelle Bachelet en su calidad de “Alta Comisionada de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos” manifestando que: “Los Estados deben instaurar
medidas para proteger los derechos humanos de las personas que denuncian
delitos de corrupción y blanqueo de dinero”.
“Deben dar protección a los
denunciantes y a sus familiares, abordando la cuestión de la coacción o el
hostigamiento, la discriminación, los daños a una persona o a una propiedad,
las amenazas de represalias, la pérdida del empleo, la suspensión o el descenso
de categoría, enjuiciamiento por calumnia o difamación”.
“Cuando una persona tenga un
convencimiento razonable que se ha producido un acto de corrupción, los Estados
no deben desalentar a esa persona y no deben iniciar actuaciones penales contra
ella.”
Estado hace lo contrario
Contrario a recomendaciones de la
ONU, el Estado peruano ha permitidoi que el testigo protegido Gregory Paredes sea
perseguido judicialmente, durante más de 11 años por altos mandos militares
contactados con el poder político y económico, coaccionándole con cartas
notariales y sometiéndolo a juicios e investigaciones buscando meterlo a prisión.
Instancias internacionales
Su caso ha despertado interés en
la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos (OACDNUH) considerándolo como preocupante.

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