Informe
Señal de
Alerta-Herbert Mujica Rojas
15-7-2025
En riesgo vida de testigo anti-corrupción
https://senaldealerta.pe/en-riesgo-vida-de-testigo-anti-corrupcion/
El testigo protegido Gregory Paredes, subrayó que tiene esa
condición en varios casos en los que acudirá a declarar y resaltó que noticias
recientes han dado cuenta de extrañas muertes sucesivas de testigos, por lo que
señala la extrema precariedad que rodea a su persona.
Pertinente citar el antecedente que su esposa sufrió un
atentado donde intentaron arrebatarle el celular para acceder a información que
le llegaba a su cónyugue; el caso se ventiló en fiscalía penal pero no pudieron
identificar al delincuente “NN” que la amenazó con pistola, a pesar que
existían dos videos donde se ve su imagen y la placa del vehículo que lo
trasladó al punto del crimen.
Humo y evasión
En agosto del 2018, el testigo protegido, denunció ante el
Procurador Anticorrupción Engie Herrera que en el gobierno de Humala se realizó
una compra militar de bases modulares para las Fuerzas Armadas por S/. 21
millones de soles vía un convenio simulado y evadiendo la licitación pública.
El Fiscal Anticorrupción
Fernando Perca abrió las investigaciones en el marco del delito de “Crimen
Organizado”.
Denuncian a testigo
protegido
Inmediatamente, uno de los involucrados, funcionario Gonzalo
Ríos, querelló al testigo protegido por difamación; los magistrados tenían
conocimiento sobre la condición del querellado, otorgada por la “Unidad de
Apoyo a Víctimas y Testigos de la Fiscalía - UDAVIT” y que el caso se encuentra
abierto en la Corte del Callao.
Aun así no fue impedimento para que en un fallo polémico, el
juez del 2º Juzgado Penal Luis Sánchez y magistrados de la 8º Sala Penal Juan
Vidal, Mariella Rodríguez y Jorge Barreto de la Corte de Lima, emitieran
Resolución Judicial (R/J) 21-1-2020 ratificada por la Sala con R/J 15-03-2022, condenando
al testigo a tres años de prisión condicionada a pagar S/ 100,000 mil soles,
caso contrario ésta se haría efectiva.
Ley torcida en juicio
En el Expediente Nº 05332-2018, los magistrados L. Sánchez,
J. Vidal, M. Rodríguez y J. Barreto, conociendo que los procuradores públicos
“solo ejercen la Defensa Jurídica del Estado”, torcieron la ley y abrieron
juicio contra el testigo, admitiendo que “los procuradores también pueden
representar al funcionario Gonzalo Ríos” en el proceso de acción privada-querella”.
Resoluciones
contradictorias
En el ínterin del proceso -tras cuestionamiento del
querellado-, los jueces recularon y el propio L. Sánchez corrige y “contradice
su criterio inicial” con el que apertura el juicio, siendo que con R/J
02-10-2018 rechaza el escrito presentado por el Procurador que pretendía
defender a Gonzalo Ríos estableciendo que:
“no es viable puesto que en la querella el funcionario Ríos
está considerado como persona natural y él mismo debería presentarlo”... y así consintió
la procuraduría y lo cumplió Ríos.
En esa misma línea de “criterio contradictorio” los Vocales
Superiores J. Vidal, M. Rodríguez y J. Barreto en audiencia oral de apelación, en
el juicio con R/J 14-12-2021, tampoco le permitieron al Procurador Público ejercer
la representación de Ríos estableciendo que:
“el Procurador Publico haría uso de la palabra por 5 minutos
en “representación y defensa del Estado”, y por otro lado, el funcionario
Gonzalo Ríos y su abogado particular César Herbozo, también lo harían por 5
minutos en su defensa”... y así se ejecutó la audiencia.
Condena incongruente
La sentencia condenatoria contra el testigo protegido que se
dio con R/J 21-1-2020 del 2º Juzgado Penal y ratificada por la 8º Sala Penal
Liquidadora con R/J 15-3-2022, evidencia manifiestamente una “incongruencia
procesal”.
Ambos textos procedentes de resoluciones emitidas con criterios
antojadizos y reiteradas contradicciones, contraviniendo el debido proceso y
atropellando la Constitución teniendo dicha condena como fundamento sin norma
legal que los ampare que “los Procuradores Públicos están plenamente facultados
para ejercer la representación legal del funcionario Gonzalo Ríos”.
Hábeas corpus
Los hechos expuestos fueron presentados por el testigo
protegido como pruebas del hábeas corpus admitido en octubre 2024 por el juez
Jhon Paredes Salas del 3º Juzgado Constitucional /Corte de Lima/Exp. Nº
08931-2024 quien ha solicitado copias certificadas de la querella al juzgado de
origen, para resolver el caso; en respuesta el juzgado le ha remitido 307º
folios con oficio Nº 5332-201-34º JPL/10-7-2025.
Fantasma Fasabi
Años atrás, el caso de Emerson Fasabi seguridad de la
residencia Humala Heredia conmovió al país pues fue encontrado muerto, y se
abrió investigación. Por razones poco claras el caso fue archivado. En meses
recientes asesinatos similares y con gente vinculada a otros sonoros casos,
también han quedado sin esclarecimiento, ni responsables o culpables.
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