Wednesday, September 27, 2017

Vacancia presidencial por regalar delictivamente nuestro gas

Vacancia presidencial por regalar delictivamente nuestro gas
por Guillermo Olivera Díaz-Herbert Mujica Rojas
27-9-2017

El Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 56, fue suscrito el 7-9-2004 y se entregó a Pluspetrol sin licitación alguna en las mismas condiciones técnicas y económicas que las del Lote 88 el que sí fue materia de licitación.

En buen castellano NO HUBO CONCURSO O LICITACION para el Lote 56 y el Estado lo dio en forma directa a la empresa antecitada.

En el Lote 56 se ubican los yacimientos de Mipaya y Pagoreni, descubiertos por Shell en 1987 y 1998, respectivamente. Las reservas descubiertas se estiman 3 trillones de pies cúbicos de gas natural y 220 billones de barriles de líquidos del gas natural.

Obligatorio es manifestar que el caso del Lote 56 fue archivado por el Poder Judicial por prescripción. No se discutieron los aspectos técnicos y económicos del Informe emitido por la Contraloría General de la República.

En el Cuadro de Responsabilidades Identificadas del Informe Especial No. 220-2008-CG/SP-EE de la Contraloría General de la República se señala a:

Jaime Quijandría Salmón, ministro de Energía y Minas del 16-2-2004 hasta el 30-10-2004 y se enuncia que incurrió en Abuso de Autoridad, Art. 376 CP.:

“Por haber refrendado el Decreto Supremo No. 033-2004-EM del 25 de agosto-2004, en su condición de Ministro de Energía y Minas, que aprueba el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos-Lote 56, en el cual se estableció, sin sustento: metodologías para la determinación de los porcentajes de regalía de los diferentes hidrocarburos, no previstas en el “Reglamento para la Aplicación de la Regalía y Retribuciones de los Contratos Petroleros”, así como límites superiores arbitrarios e ilegales, de porcentaje de regalía para cada tipo de hidrocarburo (petróleo y líquidos de Gas Natural Fiscalizados: 40% Gas Natural para la Planta LNG 38%, y Gas Natural para el mercado interno: 37.24%), contraviniendo lo dispuesto en el artículo 47 de la ley No. 26221-Ley Orgánica de Hidrocarburos; en contra de los intereses del Estado, generando la necesidad de revisar el Contrato. Asimismo porque en dicho Contrato se establecieron términos no previstos por la Ley, por los que el Contratista puede mantener la propiedad de algunos bienes e instalaciones que debían pasar a propiedad del Estado al término de la vigencia del contrato, limitando el derecho del Estado a dicha propiedad, vulnerando el artículo 71 de la Ley 26221-Ley Orgánica de Hidrocarburos.”

Pedro Pablo Kuczynski Godard, ministro de Economía y Finanzas del 16-2-2004 al 16-8-2005 y se enuncia que incurrió en Abuso de Autoridad, Art. 376 CP.:

“Por haber refrendado el Decreto Supremo No. 033-2004-EM del 25 de agosto-2004, en su condición de Ministro de Energía y Minas, que aprueba el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos-Lote 56, en el cual se estableció, sin sustento: metodologías para la determinación de los porcentajes de regalía de los diferentes hidrocarburos, no previstas en el “Reglamento para la Aplicación de la Regalía y Retribuciones de los Contratos Petroleros”, así como límites superiores arbitrarios e ilegales, de porcentaje de regalía para cada tipo de hidrocarburo (petróleo y líquidos de Gas Natural Fiscalizados: 40% Gas Natural para la Planta LNG 38%, y Gas Natural para el mercado interno: 37.24%), contraviniendo lo dispuesto en el artículo 47 de la ley No. 26221-Ley Orgánica de Hidrocarburos; en contra de los intereses del Estado, generando la necesidad de revisar el Contrato. Asimismo porque en dicho Contrato se establecieron términos no previstos por la Ley, por los que el Contratista puede mantener la propiedad de algunos bienes e instalaciones que debían pasar a propiedad del Estado al término de la vigencia del contrato, limitando el derecho del Estado a dicha propiedad, vulnerando el artículo 71 de la Ley 26221-Ley Orgánica de Hidrocarburos.”
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