Informe
Señal de Alerta-Herbert
Mujica Rojas
21-6-2026
¡No proceden reintegros, devengados o intereses a jubilados de Petroperú!
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El abogado Jesús Dongo Avalo,
informó a los afiliados de la Asociación de Cesantes y Jubilados de Petroperú,
ACEJUB en carta de enero del 2025, las siguientes conclusiones:
-“Sentencia
derivada en razón del criterio uniforme de la Corte Suprema
No corresponde a los pensionistas de
Petróleos del Perú-Petroperú S.A., el reajuste de su pensión con los
incrementos del 16 % previstos en los Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y
011-99, toda vez que, de plano, dicha empresa estatal estuvo bajo la
supervisión de la ex Corporación Nacional de Desarrollo (CONADE) y de la Oficina
de Instituciones y Organismos.
“Luego de más de veintisiete
años de defensa ininterrumpida de los derechos pensionarios de los
extrabajadores de Petroperú y sus derechohabientes, corresponde informar de
manera clara, técnica y transparente la situación jurídica actual de los
procesos judiciales en trámite y de aquellos que han llegado a su conclusión
definitiva.
-Sobre
el 16% (Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y 011-99):
En dicha sentencia, la Corte
Suprema señala expresamente:
“No corresponde a los pensionistas de Petróleos del Perú-Petroperú
S.A., el reajuste de su pensión con los incrementos del 16 % previstos en los
Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y 011-99…”
Como efecto directo de este
criterio jurisprudencial, la Corte Suprema declaró fundado el recurso de la
ONP, casó la sentencia que había reconocido el reintegro y reformándola declaró
infundada la demanda en todos sus extremos. Ello implica, que NO PROCEDE EL PAGO DEL 16%, NI EL RECONOCIMIENTO DE REINTEGROS, DEVENGADOS O
INTERESES POR DICHO CONCEPTO. Siendo
así que, SOLO se garantiza el pago regular de las pensiones vigentes.
-Ello significa que, desde la
entrada en vigencia de la reforma constitucional, no es jurídicamente posible
generar nuevos incrementos pensionarios vinculados a remuneraciones de
trabajadores activos, ni crear nuevos derechos pensionarios fuera de los supuestos
expresamente previstos en la ley. Asimismo, se descarta la posibilidad de
extender beneficios por analogía o interpretación extensiva.
-Si bien ha quedado cerrada
la posibilidad de obtener nuevos reintegros o incrementos derivados del 16%,
resulta fundamental reafirmar que las pensiones actualmente reconocidas
se encuentran plenamente garantizadas.
-Ha concluido una etapa
histórica de litigios orientados a la obtención de reintegros y nuevos
incrementos pensionarios. Sin embargo, se ha logrado reafirmar el objetivo
central que motivó la defensa durante estos veintisiete años: asegurar la intangibilidad y el pago
permanente de las pensiones.
-Sin contar todos los
reintegros y beneficios logrados en las épocas que el país y las normas lo
permitían”.
Consultados algunos de los 1200 socios jubilados, respondieron, matices
más, matices menos las siguientes aserciones:
-No hemos recibido nada y mas bien la defensa del abogado Jesús Dongo,
por mas de 20 años cobrando puntualmente, nos abandona sin ningún juicio ganado.
-Nosotros ya habíamos ganado el juicio de remuneración
equivalente pero después de muchas reuniones del doctor Dongo con el gerente del
Area Legal de Petroperú, dicho sea de paso investigado por la fiscalía
anticorrupción, nos da la noticia que ya no hay ningún pago pendiente, o sea un
giro de 180 grados.
-Los jubilados pagamos S/ 100 mensuales a la defensa del
doctor Dongo durante más de 20 años, muchos ya han fallecido y no se ha podido
obtener, como lo reconoce el mismo abogado, más reivindicaciones.
-Sobre los jubilados pende una espada de Damocles porque es
conocido el propósito privatista del fujimorismo, lo que implicaría la
liquidación de la masa pensionaria con propuestas al estilo de tómalo o déjalo.
-Lamentablemente la esperanza puesta en estos procesos
judiciales, uno con sentencia favorable, después de 20 años de juicio y con
comunicación de Dongo que está en fase de peritos contables, para definir los
montos a pagar, se desmoronó de la noche a la mañana, por motivos personalísimos
y sumamente controversiales.
-ACEJUB, cuando fuera dirigida por el ingeniero de petróleo
Carlos Repetto Grand, obtuvo eco en diarios y medios de comunicación en la
defensa de sus asociados y en la reivindicación de los derechos pensionarios.
-La presencia de ACEJUB logró prestigio internacional en conferencias
en México, Bolivia y Argentina y entre sus figuras fundadoras estuvieron
Mariano Castro, Federico Mena, Carlos Roggero. Lamentablemente la temprana
partida de Carlos Repetto dejó un vacío imposible de sustituir.
Los primeros que resienten su estabilidad económica, son los
jubilados, cuando el Estado se deshace de la empresa principal, en favor del
sector privado que sobre la marcha procurará negociar con los derechohabientes,
la conclusión rápida de sus situaciones, a cambio de efectivo a la mano. Limpieza
de pasivos que le llaman.
Seguiremos informando respecto de esta situación que no es
exclusiva de los cesantes y jubilados de Petroperú, sino de otros colectivos
también de empresas del Estado.








