Informe
Señal de Alerta-Herbert
Mujica Rojas
26-8-2026
Definitivo: pensionistas de Petroperú sin reajustes
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Luego de décadas de
expectativa y confianza en la acción legal, el abogado Jesús Dongo Avalo,
informó a los afiliados de la Asociación de Cesantes y Jubilados de Petroperú,
ACEJUB, en carta de enero del 2026, las siguientes conclusiones:
-“Sentencia derivada en razón del criterio
uniforme de la Corte Suprema
No corresponde a los
pensionistas de Petróleos del Perú-Petroperú S.A., el reajuste de su pensión
con los incrementos del 16 % previstos en los Decretos de Urgencia 090-96,
073-97 y 011-99, toda vez que, de plano, dicha empresa estatal estuvo bajo la
supervisión de la ex Corporación Nacional de Desarrollo (CONADE) y de la
Oficina de Instituciones y Organismos.
“Luego de más de
veintisiete años de defensa ininterrumpida de los derechos pensionarios de los
extrabajadores de Petroperú y sus derechohabientes, corresponde informar de
manera clara, técnica y transparente la situación jurídica actual de los
procesos judiciales en trámite y de aquellos que han llegado a su conclusión
definitiva.
-Sobre el 16% (Decretos de
Urgencia 090-96, 073-97 y 011-99):
En dicha sentencia, la
Corte Suprema señala expresamente:
“No corresponde a los pensionistas de
Petróleos del Perú-Petroperú S.A., el reajuste de su pensión con los
incrementos del 16 % previstos en los Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y
011-99…”
Como efecto directo de este
criterio jurisprudencial, la Corte Suprema declaró fundado el recurso de la
ONP, casó la sentencia que había reconocido el reintegro y reformándola declaró
infundada la demanda en todos sus extremos. Ello implica, que NO PROCEDE
EL PAGO DEL 16%, NI EL RECONOCIMIENTO DE REINTEGROS, DEVENGADOS O
INTERESES POR DICHO CONCEPTO. Siendo así que, SOLO se
garantiza el pago regular de las pensiones vigentes.
-Ello significa que, desde
la entrada en vigencia de la reforma constitucional, no es jurídicamente
posible generar nuevos incrementos pensionarios vinculados a remuneraciones de
trabajadores activos, ni crear nuevos derechos pensionarios fuera de los supuestos
expresamente previstos en la ley. Asimismo, se descarta la posibilidad de
extender beneficios por analogía o interpretación extensiva”.
Al respecto, Ricardo Repetto Castro, deudo del
ilustre ex presidente de los Cesantes y Jubilados-Petroperú, Carlos Repetto
Grand, manifestó las siguientes opiniones:
-“No hemos recibido nada y mas bien la
defensa del abogado Jesús Dongo, por mas de 20 años cobrando puntualmente, nos
abandona sin ningún juicio ganado.
-Nosotros ya habíamos ganado el juicio de
remuneración equivalente pero después de muchas reuniones del doctor Dongo con
el gerente del Area Legal de Petroperú, dicho sea de paso investigado por la
fiscalía anticorrupción, nos da la noticia que ya no hay ningún pago pendiente,
o sea un giro de 180 grados.
-Los jubilados pagamos S/ 100 mensuales a la
defensa del doctor Dongo durante más de 25 años, muchos ya han fallecido y no
se ha podido obtener, como lo reconoce el mismo abogado, más reivindicaciones.
Se abonó al abogado Dongo, 1’440,000 cada año, durante las dos décadas del
proceso.
-Lamentablemente la esperanza puesta en estos
procesos judiciales, uno con sentencia favorable, después de 20 años de juicio
y con comunicación de Dongo que está en fase de peritos contables, para definir
los montos a pagar, se desmoronó de la noche a la mañana, por motivos
personalísimos y sumamente controversiales.
-ACEJUB, cuando fuera dirigida por el
ingeniero de petróleo Carlos Repetto Grand, obtuvo eco en diarios y medios de
comunicación en la defensa de sus asociados y en la reivindicación de los
derechos pensionarios.
-Un grupo de jubilados e hijos de estos,
impulsará un nuevo juicio al respecto y una auditoría a la parte legal,
así como elevará cartas de protesta al CAL, por un juicio que dio un vuelco de
180 grados, habiendo sido ya ganado.
-El malestar general se agudiza con la
indiferencia de este abogado que no contesta ninguna llamada de los asociados.
-La partida temprana del ingeniero de
petróleo, Carlos Repetto dejó a personajes que solo han lucrado con ACEJUB.
-Un perito independiente examinará a fondo el
expediente judicial y evaluará si existieron negligencias, errores graves o
demoras injustificadas durante los 20 años del proceso.
-Asimismo, se contempla una denuncia contra
la ética profesional o sea, una queja formal ante el tribunal de honor del Colegio
de Abogados donde está inscrito el abogado que podría ser sancionado con
inhabilitación.
-Además, una demanda civil podría exigir
indemnización por daños y perjuicios.
-Ante la inminente privatización parcial o
integral de Petroperú, esta acción “limpiará” pasivos, es decir que liquidará,
a precio de remate, a los pensionistas”, dijo por último, Ricardo Repetto
Castro.






