Informe
Señal de Alerta-Herbert
Mujica Rojas
23-10-2026
JNE: aún no decide sobre caso López Aliaga
https://senaldealerta.pe/jne-aun-no-decide-sobre-caso-lopez-aliaga/
A la fecha, no hay en la
página institucional del Jurado Nacional de Elecciones, expresión o comunicado
sobre el caso de Rafael López Aliaga, quien postuló en el primer lugar de la
lista de Renovación Popular y que tras la renuncia del candidato a alcalde,
asumiría dicho cargo. Obviamente, no hay explicación, ninguna, sobre este
álgido asunto.
Como es de público
conocimiento, Rafael López Aliaga ha bombardeado al Jurado Nacional de
Elecciones porque ambiciona que le otorguen, de hecho y derecho, el liderazgo
edil de Lima, por segunda vez.
¿Puede la picardía, revestida
de eficiencia, “derecho” ficticio, imponerse contra la prohibición electoral
continuista? En Perú, las leyes no siempre imponen su razón porque somos los
campeones mundiales en aprovechar cualquier resquicio para violarlas,
incumplirlas o hacerlas inanes.
Felizmente hay hombres de
leyes de cuya integridad no hay duda y esto se evidencia en su trabajo
profesional.
El voto en minoría del
magistrado Gunther Hernán Gonzales Barrón, miembro del Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones, en el Expediente No. #RM-2026020119, JEE, Pacasmayo,
dice literalmente:
En concordancia con la
doctrina expresada por el voto en minoría de la Res. No. 3707-2026-JNE, una
persona que ha ejercido como alcalde, y luego, si bien en principio postula
válidamente para primer regidor, sin embargo en vista de la “renuncia” del
candidato a alcalde en la actual elección, entonces el alcalde de un primer período
termina como postulante para alcalde en un segundo período consecutivo, con lo
que se produce en forma sobrevenida la situación prohibida en el art. 194
Constitución, lo cual puede declararse en cualquier momento, se trata de una
cuestión de puro derecho, sin necesidad de actuación de prueba, máxime cuando
ello busca tutelar la vigencia de los mandatos constitucionales, cuya inobservancia
desnaturaliza el proceso electoral.
Por lo expuesto, MI VOTO es
por declarar fundada la apelación, por lo que el candidato cuestionado queda
excluido.”
Por todo esclarecimiento, el
JNE, en su comunicado del 15 de los corrientes afirmó:
“El Jurado Nacional de
Elecciones (JNE) invoca a las organizaciones políticas, sus simpatizantes y la
ciudadanía en general a mantener la calma, respetar la labor de las autoridades
electorales y a esperar los resultados oficiales de las Elecciones Regionales y
Municipales en un clima de tranquilidad y respeto a la ley”.
Tan hermosa invocación del
JNE podría durar larga e indefinidamente porque el señor Burneo, titular, ha
dicho que están en reunión permanente. No hay duda posible, el castellano que
se usa en Perú admite las más curiosas y permisivas interpretaciones.
Cuando, semanas atrás, el
candidato a alcalde, de Renovación Popular, Luis Rubio, renunció a serlo, quedó
libre el tránsito de Rafael López Aliaga a la alcaldía. Pero caminaba por la
reelección encubierta mediante un ardid para el cual todos han sido
funcionales.
En efecto, el 4 de octubre,
se alzó Renovación Popular con el triunfo en Lima, lo que equivaldría a la
segunda coronación de López Aliaga. Pero no hay pronunciamiento del JNE y López
Aliaga, en su estilo agresivo, no ha parado entonces de hacer sentir sus
aspiraciones de todos los modos posibles.
Pero, bien lo dice en su voto
singular Gonzales Barrón, para un caso en Pacasmayo, se produce una reelección
consecutiva que está expresamente prohibida. Por lo menos en el caso de Lima,
hay una expresión escrita que salvaguarda la pureza de principios jurídicos que
debían ser inviolables.
¿Qué razones puede esgrimir
para demorar tanto el fallo del JNE, el señor Roberto Burneo? ¿Qué hacen
durante su cita permanente que no aprovechan el tiempo y esclarecen una curiosidad
importante para el electorado limeño?
La mujer del César, no solo
debe serlo, sino parecerlo. Por tanto si el JNE invoca respeto a la tarea de
sus integrantes ¡con mayor obligación, debe respetar la voluntad del elector
limeño y todo debe estar muy claro!
A menos que estén, y esto es
parte de una pura propuesta periodística, dejando pasar los días, a sabiendas
que vienen momentos de anunciado dramatismo con el fenómeno El Niño y la
persistencia de una inseguridad ciudadana para la que el gobierno de Keiko
Fujimori, ha probado su absoluta falta de imaginación y acción.
En la Constitución mexicana de 1917, se estableció en su
artículo 83, la no reelección de los presidentes de la
República. México revolucionario fue un ejemplo de la lucha popular de su
pueblo.
La reelección en
cualquier puesto público es nociva y antidemocrática.
Qué ¿no pueden
servir desde otros puestos con patriotismo y honestidad al pueblo peruano?
¿O son otras las
fórmulas no confesadas -pero reales, demasiado reales- las que impelen a
hacerse viejos –y siempre mediocres- cobrando de la cansada ubre del Estado?
La verdad
genuina, raigal y maciza es que los sangrones han hecho del palco público un
modus vivendi y cada quien se transforma en ministerio de favores con patas, escalafón de tarifas, batallones
de asesores y tropas de secretarias.
Los congresistas
y presidentes nacionales y regionales, alcaldes, sólo deben serlo por una vez y
luego sus enseñanzas deben revertir, como pago a las colectividades que les
llevaron a cimas altas, en forma de adiestramiento a los más jóvenes para asegurar
un futuro genuinamente renovador, de empuje y savia, de contenido, retos y
respuestas.








