Tuesday, March 21, 2023

Vía crucis de Adulto mayor que denuncia corrupción

 

Informe

Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas

21-3-2023

 


Vía crucis de Adulto mayor que denuncia corrupción

https://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/v%C3%ADa-crucis-de-adulto-mayor-que-denuncia-corrupci%C3%B3n

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El ciudadano y adulto mayor Daniel Alvarado Valdiviezo Rodríguez, exige el fin de la afectación de sus derechos fundamentales, los mismos que continúan conculcados por la indiferencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, instancia a la cual también recurrió (concretamente a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción), el 8 de abril del 2022 en medio de un vía crucis que lleva un cuarto de siglo de su vida.

 

Valdiviezo Rodríguez recuerda que el 22 de febrero de 1995, presentó una demanda de indemnización por despido, remuneraciones insolutas y beneficios sociales laborales contra Textil San Pedro S.A. y Servicios Industriales y Comerciales S.A. (SICOSA).

 

El 7 de junio de 1996, la jueza María Elena Jo Laos del Juzgado Mixto de Trabajo -Cono Norte-, dictó una sentencia a favor del señor Valdiviezo por la suma de S/ 29,039.88, más remuneraciones devengadas e intereses que se liquidarían en ejecución de sentencias.

 

Además, Valdiviezo cuenta con un informe del 13 de diciembre de 1996, elaborado por la Oficina de Pericias Judiciales, que determinó que el monto total que le correspondía recibir era de S/ 34,070.96.

 

Para setiembre del 2000, el caso ya llevaba cinco años sin resolver, tiempo en el cual el referido ciudadano Valdiviezo lo puso en conocimiento de la Defensoría del Pueblo, tema que trascendió entonces a los medios de comunicación.

 

De otro lado, el Sindicato de Obreros de Textil San Pedro S.A., también demandó a dicha empresa, en 1993, por beneficios sociales laborales. Sin embargo, el 19 de agosto del 2011, es decir 18 años después del proceso judicial iniciado por el señor Valdiviezo contra Textil San Pedro S.A., se procedió a cancelar los derechos laborales, aclarando que los beneficios sociales de seis trabajadores, que ya habían fallecido, se pagarían a sus deudos y familiares.

 

En el 2013, el 15 de marzo, la jueza Sayda Cecilia Cisneros del Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio, de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, ordenó un embargo a favor del señor Valdiviezo por la suma de S/ 36,955.56, con Resolución Número Doscientos Veintidós del 15 de noviembre y ofició al 25° Juzgado Especializado Permanente Laboral de Lima, para que informe sobre el estado del Expediente N° 187-1993, en los seguidos por el Sindicato de Trabajadores de Textil San Pedro contra la empresa Textil San Pedro S.A.

 

Por coincidencia”, once días después, el 26 de noviembre del 2013, la Inmobiliaria e Inversiones Guipor S.A., que compró por remate el inmueble del demandado Textil San Pedro S.A., el 14 de setiembre del 2011 por la suma de 451,000 dólares se lo vende a Miguel Uchasara Cabrera por US$ 1’400,060 dólares.

 

¡Increíble! pues dos años después, el 4 de mayo del 2015, como puede verificarse con la Resolución Número Doscientos Veintitrés, el juez Pedro Granda Patiño declaró que no obra en autos el oficio que se tenía que haber enviado al 25° Juzgado Especializado Permanente en lo Laboral de Lima.

 

El 12 de julio del 2019, el ciudadano Valdiviezo alcanzó a la jefa de la ODECMA, doctora Rosa Guillermina Rodríguez Lecaros, la demostración probatoria de las graves irregularidades y/o delitos cometidos por la juez Emilia Rocío Mancilla Contreras y por su secretario David Alegría Luna, quienes habrían violado gravemente sus derechos humanos laborales y la ley del adulto mayor.

 

El ciudadano Valdiviezo señala tener las pruebas contundentes de la forma cómo esos magistrados falsificaron el monto del remate del inmueble del demandado Textil San Pedro, que, según la empresa se hizo por S/ 1’120,091.03 soles, haciendo referencia a la partida electrónica N° 49053843; pero dicho se remate se hizo por la suma de US$ 451,000.00, con fecha 17 de enero del 2011, y al cabo el remate se concretó por la suma de S/ 1’256,035.00.

 

Es decir, este fue el monto y no S/. 1’120,091.03, como lo declarara la jueza Emilia Rocío Mancilla Contreras y su secretario David Alegría Luna. En otras palabras, fue una operación con S/ 135,000 menos

 

El demandante, ciudadano Daniel Valdiviezo Rodríguez, ha recurrido con su caso ante instancias del Poder Judicial, de la Defensoría del Pueblo, de la Fiscalía Anticorrupción, la Procuraduría Pública del Minjusdh, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, la Comisión de Justicia del Congreso en el año 2002, la presidencia de la República, el Colegio de Abogados de Lima, al entonces Zar Anticorrupción; mas ahora, reclama porque estamos en el 2023 y su caso no tiene solución ni la debida atención por parte del Estado.

 

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