Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
2-3-2020
2002: Sala Civil enmendó plana a ilegal y prevaricadora
resolución de García Sayán
http://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/2002-sala-civil-enmend%C3%B3-plana-ilegal-y-prevaricadora-resoluci%C3%B3n-de-garc%C3%ADa-say%C3%A1n
http://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/2002-sala-civil-enmend%C3%B3-plana-ilegal-y-prevaricadora-resoluci%C3%B3n-de-garc%C3%ADa-say%C3%A1n
La propaganda
ha hecho creer que el señor Diego García Sayán fue un titular de Relaciones
Exteriores de méritos sobresalientes. No corrijió y pudo hacerlo, el curso
entreguista que seguía Perú en las negociaciones en torno al muelle en Arica ni
nada referido a las 200 millas y en cambio incurrió en arbitrarias y abusivas
gestiones durante su estancia en Cancillería.
Leamos, a
continuación, el detalle de una de éstas.
-El 27 de
septiembre de 2001, Diego García-Sayán Larrabure, Canciller a la sazón, emitió
la ilegal y prevaricadora Resolución Ministerial Nº 0752-2001-RE, de 25 de
septiembre, dejando sin efecto la RM No 381, de 26 de mayo de 1992, extendida
como felicitación a un grupo de funcionarios de Cancillería que participó en la
reunión de la OEA en Bahamas donde se obligó a Fujimori a que convoque a
elecciones y retorne la democracia al Perú. La reunión se llamó “Apoyo al
Restablecimiento Democrático en Perú”.
-Entre los considerandos de la malhadada RM de García Sayán, se incluyó una alusión al art. 307 de la Constitución Política de 1979, con lo que el canciller de Toledo comprometía penalmente a los citados funcionarios a quienes acusaba injusta e ilegalmente de “infractores constitucionales".
-Los funcionarios que trabajaron para ello en esa reunión fueron los embajadores Ricardo Luna, Fernando Guillén, Alejandro León (qepd), Jaime Stiglich (qepd), el Ministro Consejero Antonio Gruter, el Primer Secretario Augusto Freyre y el Tercer Secretario Juan Miguel Miranda. Hubo un funcionario administrativo especializado en Comunicaciones que también fue felicitado pero la RM de García-Sayán no lo incluyó.
-La RM fue elaborada por García Sayán y se habrían sumado su viceministro Manuel Rodríguez y otros funcionarios diplomáticos como los hermanos Luis y Alfredo Chuquihuara y la Directora de Asuntos Legales de la Cancillería, la embajadora Nita Gamio de Barrenechea. El Asesor Legal era Juan Jiménez Mayor, quien después fue viceministro.
-Uno de los funcionarios diplomáticos protestó internamente en Cancillería por la ilegal resolución y contradictoria acusación de que eran objeto pues su trabajo precisamente llevó al retorno de la democracia en el Perú. Su acción interna no tuvo eco alguno a pesar de haber hablado tanto con el Viceministro y con el ministro García Sayán por lo que recurrió en Acción de Amparo al Poder Judicial donde ganó en segunda instancia. Es del caso anotar que durante el proceso judicial, ya el 12 de julio de 2002, el Ministerio Público reconocía la ilegalidad por extemporaneidad y por la violación del debido proceso en la RM de García Sayán.
-El 16 de septiembre de 2002 la Quinta Sala Civil de la Corte Superior, revocó la sentencia de primera Instancia, declarando fundada la Acción de Amparo retirando la infame acusación al amparo del Art. 307 declarado consentido su fallo y que se publique.
-El 15 de junio de 2006, es decir tres años y medio después, el Canciller Oscar Maúrtua (ya habían pasado Allan Wagner y Rodríguez Cuadros) dio cumplimiento, en el plazo de una decena de días, a lo ordenado por el 64 Juzgado Civil de Lima.
-Entre los considerandos de la malhadada RM de García Sayán, se incluyó una alusión al art. 307 de la Constitución Política de 1979, con lo que el canciller de Toledo comprometía penalmente a los citados funcionarios a quienes acusaba injusta e ilegalmente de “infractores constitucionales".
-Los funcionarios que trabajaron para ello en esa reunión fueron los embajadores Ricardo Luna, Fernando Guillén, Alejandro León (qepd), Jaime Stiglich (qepd), el Ministro Consejero Antonio Gruter, el Primer Secretario Augusto Freyre y el Tercer Secretario Juan Miguel Miranda. Hubo un funcionario administrativo especializado en Comunicaciones que también fue felicitado pero la RM de García-Sayán no lo incluyó.
-La RM fue elaborada por García Sayán y se habrían sumado su viceministro Manuel Rodríguez y otros funcionarios diplomáticos como los hermanos Luis y Alfredo Chuquihuara y la Directora de Asuntos Legales de la Cancillería, la embajadora Nita Gamio de Barrenechea. El Asesor Legal era Juan Jiménez Mayor, quien después fue viceministro.
-Uno de los funcionarios diplomáticos protestó internamente en Cancillería por la ilegal resolución y contradictoria acusación de que eran objeto pues su trabajo precisamente llevó al retorno de la democracia en el Perú. Su acción interna no tuvo eco alguno a pesar de haber hablado tanto con el Viceministro y con el ministro García Sayán por lo que recurrió en Acción de Amparo al Poder Judicial donde ganó en segunda instancia. Es del caso anotar que durante el proceso judicial, ya el 12 de julio de 2002, el Ministerio Público reconocía la ilegalidad por extemporaneidad y por la violación del debido proceso en la RM de García Sayán.
-El 16 de septiembre de 2002 la Quinta Sala Civil de la Corte Superior, revocó la sentencia de primera Instancia, declarando fundada la Acción de Amparo retirando la infame acusación al amparo del Art. 307 declarado consentido su fallo y que se publique.
-El 15 de junio de 2006, es decir tres años y medio después, el Canciller Oscar Maúrtua (ya habían pasado Allan Wagner y Rodríguez Cuadros) dio cumplimiento, en el plazo de una decena de días, a lo ordenado por el 64 Juzgado Civil de Lima.
No comments:
Post a Comment