Thursday, October 27, 2016

Migraciones denunciada por violación de derechos humanos

Migraciones denunciada por violación de derechos humanos


Solicitamos:        Disponer Investigación contra Funcionarios Públicos por delitos de Violación de Derechos Humanos y contra la Libertad Personal de mi Hija Menor de Edad

Señor

Dr. PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación

JOANNA PACHWICEWICZ, de nacionalidad POLACA, con Pasaporte N° AU0731483,  con residencia actual en 13 Olive Tree Court,1 Cranbrook Mews, E17 7EQ Londres, Reino Unido, en representación de mi hija  AYMARA MERINO PACHWICEWICZ; fijando domicilio procesal en Casilla Nº 3891 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (Palacio de Justicia 4to. Piso); correo electrónico: lawyer.victoracuna@gmail.com; a Usted respetuosamente me presento y digo:

I.              DENUNCIA

Haciendo uso de nuestro derecho constitucional de petición y en conformidad con el Artículo 203° numeral 2) de la Constitución Política del Estado, acorde con el Artículo 66º numeral 1) de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en su calidad de  defensor de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho, en conformidad con el Artículo III, Principio de Respeto a los Derechos Fundamentales y Artículo 8°, Reconocimiento de Derechos Fundamentales al Extranjero previsto en el Decreto Legislativo N° 1236, así como en el derogado Artículo 55° del Decreto Legislativo N° 703 -Ley de Extranjería- vigente en el momento que ocurrieron los hechos que violaron los derechos humanos y a la libertad de mi familia y especialmente la libertad personal de mi hija AYMARA MERINO PACHWICEWICZ, que fue retenida ilegal y arbitrariamente en territorio peruano, sistemáticamente por funcionarios de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, durante aproximadamente once (11) meses, presumiblemente para favorecer por amistad al señor LUIS GERARDO MERINO ALPISTE padre de mi menor hija; así como, por funcionarios del Ministerio De la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP,  accionar doloso que deberá ser materia de investigación y que se circunscribe a la vulneración de su derecho fundamental a la libertad, por restringir su derecho a transitar por el territorio nacional, a salir y entrar en él, previsto en el Artículo 2º numeral 11) de la carta Magna, accionar delictivo previsto y sancionado por el Artículo 152º del Código Penal, en la modalidad de secuestro agravado por tratarse de una menor de edad: SOLICITAMOS se sirva disponer una investigación rigurosa de los hechos contra los funcionarios y personal de la Superintendencia Nacional de Migraciones (SNM) y del Ministerio De la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que actuó como Autoridad Central para la aplicación de la CONVENCIÓN DE LA HAYA SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES DE 1980,  que también están involucrados en la comisión de los presuntos delitos que afectaron la vida de mi menor hija de 11 años de edad, al haber actuado dolosamente por no haber verificado que el CERTIFICADO DE MOVIMIENTO MIGRATORIO Nº 03898/2009/IN/1601, de mi hija AYMARA había sido modificado; y, que el ACTA DE AUTORIZACIÓN PARA VIAJE DE MENORES Nº 007176 de fecha 19 de Diciembre del 2007 otorgado por el Notario – Abogado CARLOS CABALLERO BURGOS no estaba fechada o visada por MIGRACIONES, es decir, con la fecha en que supuestamente salió del Perú, documentos que sirvieron de sustento al señor MERINO ALPISTE para solicitar la sustracción y/o la retención ilegal en aplicación del Convenio. Esta situación delictiva ha afectado nuestra salud física, mental y psicológica, actuar de los funcionarios al parecer con el premeditado propósito de favorecer al señor LUIS GERARDO MERINO ALPISTE, haciendo tabla rasa del Convenio Internacional del cual el Perú es miembro  ratificado desde 2001, que en toda su extensión establece como punto central es EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, que fue grave y dolosamente vulnerado. Los funcionarios de MIGRACIONES, SIN JUSTIFICACIÓN ALGUNA, vulneraron flagrantemente nuestra condición de ciudadanas POLACAS y nuestra condición de TURISTAS, por ende, la Constitución  Política  del Estado  y  Leyes Especiales.

II.           FUNDAMENTOS FÁCTICOS DE LA DENUNCIA

Artículo completo en http://senaldealerta.pe/noticias/migraciones-denunciada-por-violaci%C3%B3n-de-derechos-humanos

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