¡Directores de BCRP ilegalmente designados!
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
29-10-2016
Resulta ilegal, por ende NULA, la elección de los 3 nuevos
directores del BCRP. Tanto la repentina proposición, ante la Junta de
Portavoces, como la velocísima designación por el Pleno del Congreso, sin
debate alguno, ni examen de requisitos legales, no cumplen las exigencias que
expresamente contempla la Ley Orgánica del Banco.
La "reconocida solvencia
moral" y la "amplia competencia y experiencia en
economía y finanzas", requisitos que exige esa Ley, no se presumen
o infieren. Deben acreditarse documental e indubitablemente y entrevistando a
los propuestos, supuestos que no se han cumplido en ningún momento y forma.
La extraña propuesta y
maratónica designación, de un día para otro, viola o infringe lo dispuesto en
forma expresa y apodíctica, por la enorme importancia de esta función pública,
en el Artículo 11° de la Ley Orgánica del Banco.
Rafael Rey, integró la plancha
presidencial de Keiko en el 2011; José
Chlimper, es secretario general de Fuerza Popular y también integró la
plancha presidencial del fujimorismo el 2016; y Elmer Cuba, fue casi el único vocero económico en la última campaña
electoral de Fuerza Popular, pese a que visiblemente había militado en otro
partido del cual era fundador. Por ende, se trata de personajes parcializados,
con apego aluvional partidario y ajenos a los intereses generales y neutrales
del Banco Central de Reserva.
Tienen los 3 designados una
estrecha vinculación con el fujimorismo y Keiko Fujimori; su designación, de un
día de proposición: a las 4 pm, a otro de designación, luego de una repentina y
misteriosa propuesta sin documentos de los propuestos, incumple la letra y
espíritu del citado Artículo 11° de la ley del Banco Central de Reserva.
Lo que dice la norma:
Artículo 11: “Los
directores deben ser peruanos, tener reconocida solvencia moral y poseer amplia competencia y experiencia en economía y finanzas. No representan a entidad o interés
particular alguno y su voto debe tener en cuenta únicamente el cumplimiento de
la finalidad y las funciones del Banco”.
Los tres largamente
incumplen esta disposición, pues no se ha establecido debidamente, mediante el
escrutinio necesario y documentos del caso, que posean esa reconocida solvencia
moral y que tengan no solo competencia o pericia, sino que tengan amplia
experiencia en economía y finanzas, que solo es posible acreditarlo mediante el
examen correspondiente, en un proceso que debe sujetarse al escrutinio
congresal y público, lo cual claramente se ha esquivado o escamoteado. Se ha
omitido acatar la ley.
Además, los tres
representan claramente los intereses de Fuerza Popular y de Keiko, y eso está
muy claro. Su conducta repetida y pública lo demuestra hasta la saciedad.
Profusas fotos hablan de esta íntima anastomosis partidaria.
La solvencia moral no se
presume, ni consta en el aire, no es gaseosa, debe demostrarse, acreditarse o
probarse y con mayor razón si ella debe ser RECONOCIDA por muchos o por todos
Igualmente, la competencia
y experiencia en las materias económica y finanzas no se deducen o se coligen
por los dichos de los propios interesados, sino que igualmente deben
acreditarse, cosa que no se ha hecho. Resulta así absolutamente ilegal esta
proposición y designación de los tres candidatos. Alguien debe impugnar este
nombramiento ante el Congreso o ante el Poder Judicial. Lo que viola la ley es
pasible de nulidad.
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