LA DEVOLUCIÓN DE LOS INDEBIDAMENTE COBRADO NO LIBERA A LA MINISTRA DE SER SANCIONADA
27-12-2012
Siempre ha existido la corrupción en nuestro país, pero no era muy significativa.
Fue en el gobierno del dictador Fujimori que la corrupción se generalizó, pues el gobierno fue asaltado por una mafia.
Lo decepcionante fue que los gobiernos democráticos, en lugar de erradicar la corrupción, continuaron con las mismas prácticas. Así tenemos los escándalos en el gobierno de Toledo y de García.
Ni qué hablar del gobierno de Humala, pues engañó a todos sus electores, manifestando que la HONESTIDAD marcaba la diferencia, lo cual como sabemos es falso, porque continúa la corrupción. En un próximo artículo lo demostraremos.
El caso de la Ministra es grave, porque como lo manifiesta el Dr. Guillermo Olivera Díaz, en su artículo titulado "Ana Jara: ¡ambidextra congresista solo en remuneraciones!", estamos ante un caso de contenido delictivo. Este artículo fue difundido por internet por el conocido periodista Herbert Mujica.
Lo que llama la atención es lo manifestado por el Procurador anticorrupción, Julio Arbizu, quien desestimo las imputaciones contra la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana Jara, en relación con que habría cometido un ilícito penal y saludo la decisión de la Ministra de devolver el monto total que recibiera por concepto de gastos de representación del Congreso desde que fue nombrada Ministra en diciembre del 2011. La devolución de los gastos de representación significa reconocer que cometió delito. Además, la devolución de lo indebidamente cobrado no la libera de la sanción.
El Procurador anticorrupción, cuyo sueldo lo pagamos todos los peruanos con nuestros impuestos, es contratado por el Estado peruano para luchar contra la corrupción, pero no para que proteja a los corruptos del gobierno de turno.
No sólo ha opinado a favor de la Ministra corrupta, sino que hace poco tiempo blindó al aliado del Gobierno, Alejandro Toledo, pues no apeló la sentencia del juez que lo absolvió de actos de corrupción.
CPC Luis Alberto Latìnez Carpio
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