por Herbert Mujica Rojas
29-1-2007
Cajamarca: ¡Aramark expende alimentos podridos!
El pasado once de diciembre, el Sindicato de Trabajadores de Minera
Yanacocha, ante el Ministerio Público, interpuso denuncia penal contra
la empresa chileno-argentina Aramark Perú SAC.
Leamos:
Sindicato de Trabajadores de compañía minera Yanacocha SR:,
debidamente representado por su Secretario General, Guillermo Nina
Yampasi, por Robinson Castañeda Vargas, en calidad de Secretario de
Defensa, con domicilio real y procesar en la Vía de Evitamiento Norte
687 y calle Los Alamos 107, de esta ciudad, a usted respetuosamente
digo:
I Petitorio
Recurro a su Despacho a fin de formular denuncia penal por el delito
contra la SALUD PUBLICA en su figura de expendio de productos nocivos
artículo 288 del Código Penal, contra los representantes empresa
Aramark Perú SAC, señores Guillermo Martínez López, jefe de Seguridad,
Benicio Morales, administrador; Oscar Milla Rebaza, asesor de Calidad,
con domicilio en el campamento minero Yanacocha Km. 17 carretera
Cajamarca-Bambamarca.
II Fundamentos de hecho:
Primero: Que, con fecha 20 de noviembre del año en curso los
trabajadores de la empresa minera Yanacocha se dirigieron a la empresa
alimentista Aramark Perú SAC., a fin de ingerir sus alimentos
(denominado desayuno, almuerzo), dándonos con la sorpresa que el
desayuno que íbamos a ingerir se encontraba en mal estado
(putrefacción), por lo que acordamos levantar un Acta firmando los
señores: Ing. Yuri Sáenz More en calidad de Supervisor MYSRL; Jesús
Alvarado en calidad de D-50 MYSRL; Nutricionista María Vargas en su
calidad de Asistenta de Control de Calidad; Benicio Morales en calidad
de Administrador de Aramark; Neptalí Hidruro en calidad de D-50 MYSRL;
a fin que quedáramos con un pedazo de la carne, la cual era para el
desayuno, para lo cual e inmediatamente solicitamos la prsencia de la
Inspectora de Trabajo, a fin de que realice una Investigación Especial
o No Programada, llegando a constituirse al lugar de los hechos a las
3.00 pm de la tarde del día 20 de noviembre del presente año,
conjuntamente con el Asesor de nuestro Sindicato de Trabajadores de
Minera Yanacocha SRL.
Segundo: Es así que en el día de los hechos, la señora inspectora
Bertha Alcalde Giove procede a realizar el Acta de Inspección donde se
le hace entrega del Acta firmada y de la carne de cerdo (milanesa de
chancho) esto en presencia de los representantes de la empresa minera
Yanacocha, a fin de que constate personalmente el mal estado en que se
encontraba la carne, que muchos de nosotros íbamos a ingerir;
asimismo, se obtiene otras muestras de otras carnes: pollo estfofado y
mondonguito, que son proporcionadas en el servicio turno almuerzo cena
cuyohorario es de 5.00 pm. a 7 pm., dichas muestras son extraídas de
las bandejas que están rotuladas con Fecha de producción: 19-11-06 y
Fecha de Consumo: 20-11-06, extrayéndose en un número de tres
muestras, colocadas en bolsas Ziplock y luego en un cooler conteniendo
hielo, entregándose uno para los representantes del Sindicato, el
segundo para la empresa minera Yanacocha, y el tercer para la
Inspectora, para que sean sometidos a los análisis físico químico y al
análisis microbiológico.
Tercero: En razón de ello, con fecha 21 de noviembre del año en curso,
las muestars de los alimentos son llevados al Laboratorio de
Bromatología y Control de Alimentos de la Municipalidad Provincial de
Cajamarca, dando como resultado en el Informe de Laboratorio de fecha
24-11, que el estofado de pollo y el mondonguito preparado, NO SON
APTOS PARA EL CONSUMO HUMANO, tal como se demuestra con los informes
emitidos por dicho laboratorio y que se adjuntan a la presente.
Cuarto: Es más, señor fiscal, la denunciada, empresa Aramark Perú SAC,
no cuenta con los documentos respectivos para su funcionamiento, como
son la Licencia de Funcionamiento y tampoco con la Inspección
Sanitaria, esto tal y como consta en el informe emitido por le
Municipalidad Provincial de Cajamarca de fecha 23 de noviembre del
presente año, el que se adjunta a la presente.
III. Fundamentos de Derecho
1. Constitución Política del Estado, Art. 7 "Todos tienen derecho a la
protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así
como el deber de contribuir a su promoción y defensa (…)"; Art. 159
"corresponde al Ministerio Público, promover el oficio o a pedido de
parte, la acción judicial en defensa de la igualdad de los intereses
públicos tutelados por el derecho (…), ejercitar la acción penal de
oficioa a petición de parte (…) .
2. Código Penal, Art. 288.
3. Decreto Legislativo No. 052, Ley Orgánica del Ministerio Público,
Art. 11 y 12 relativos a la función del Fiscal Provincial.
I. Medios probatorios
1. Informe de Laboratorio de bromatología y control de calidad de
alimentos, de la muestra de estofado de pollo, de fecha 24 de
noviembre de 2006.
2. Informe de Laboratorio de Bromatología y control de calidad de
alimentos de la muestra de mondonguito preparado, de fecha 24 de
noviembre de 2006.
3. Informe de la Municipalidad Provincial de Cajamarca de fecha 23 de
noviembre del 2006, con el cual se prueba que dicha empresa no cuenta
con licencia de funcionamiento y tampoco con inspección sanitaria.
4. Acta de fecha 20 de noviembre del presente año.
5. Se solicita se requiera a la empresa minera Yanacocha SRL. a fin de
que informe los accionistas de la empresa Aramark Perú SAC, así como
exhiba el contrato celebrado.
6. Solicita se requiera a la SUNARP, a fin de que remita la
constitución de la empresa Aramark Perú SAC.
II Anexos
I-A Copias de DNI
I-B Informe de laboratorio de bromatología y control de calidad de
alimentos de la muestra de estofado de pollo, de fecha 24 de noviembre
de 2006.
I-C Informe de laboratorio de bromatología y control de calidad de
alimentos de la muestra de mondonguito preparado, de fecha 24 de
noviembre de 2006.
I-D Informe de la Municipalidad Provincial de Cajamarca de fecha 23 de
noviembre de 2006, con el cual se prueba que dicha empresa no cuenta
con licencia de funcionamiento y tampoco con inspección sanitaria.
I-E Acta de fecha 20 de noviembre del presente año.
Por tanto:
Solicito a usted, señor Fiscal, admitir mi denuncia por ser de
justicia y darle el trámite que por ley le corresponde,
Cajamarca, 29 de noviembre de 2006
Guillermo Nina Yampasi,
Secretario General
Sindicato de Trabajadores de Cía. Minera Yanacocha SRL.
Robinson Castañeda Vargas
Secretario de Defensa
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