Monday, September 02, 2024

Caja Militar: ¡justicia patas arriba!

 

Informe

Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas

2-9-2024

 


Caja Militar: ¡justicia patas arriba!

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Todo indica que el juez Walter Hernández Martínez, del 2do Juzgado Transitorio de Lima, tiene su propio reloj, pausas y prisas para la administración de justicia. Pero sus pareceres siempre exhiben, directa o indirectamente, favoritismo, parcialidad hacia la Caja de Pensiones, Militar Policial.

 

Cuando los afectados por las irregularidades cometidas por Administradora de Comercio (creada por la Caja de Pensiones), interponen documentos y los ingresan a la Junta Nacional de Justicia, el juez Walter Hernández, no toma en cuenta el trámite y exige que le lleven los “recortes periodísticos”.

 

Ahora, pretende que el enjuiciado aporte los sueltos periodísticos en que la prensa da cuenta de las acciones del magistrado Hernández. Esos mismos documentos que exige el señor, los ingresó el enjuiciado a la Junta Nacional de Justicia.

 

Para el señor juez Hernández Martínez ¿los materiales ingresados a la Junta Nacional de Justicia, carecen de la más mínima importancia?, ¿cómo se permite esta clase de acciones de los magistrados?

 

O, es más propio preguntar ¿si cualquier proceso relacionado a la Caja de Pensiones Militar Policial, goza de indicaciones para otorgar facilidades a los enemigos y piedrones y trabas a los contrarios?

 

¿Está todo patas arriba en la justicia en Perú que el acusado tiene, también, que aportar esos medios probatorios? ¿Y por qué el juez Hernández Martínez no los exige a la Junta Nacional de Justicia vía por la cual ingresó el documento?

 

Se supone que la administración de justicia es de un equilibrio firme y sin parcialidades a una u otra parte. En este caso, los intereses de la Caja Militar salen claramente favorecidos.

 

No sólo eso. Más aún, en un proceso anterior, el mismo juez expresó:

 

 “3. JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO

 

Atendiendo que no existen medios probatorios que requieran actuación posterior siendo todas las admitidas pruebas documentales y, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 468 del Código Procesal Civil: PROCEDASE CON EL JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO, sin perjuicio de ello, se hace de conocimiento de las partes que tienen el derecho de formular sus alegatos, escritos y orales”.

  

¿Qué dice la Junta Nacional de Justicia sobre este caso realmente insólito, porque casi es imposible dejar de notar el favoritismo del magistrado hacia los que han cometido la estafa, teniendo de víctimas a cientos de asociados que confiaron su dinero a la Caja de Pensiones?

 

¿Por qué esta cortina de silencio mediático? ¿No será que si se jala la pita, se llega a estacionamientos en varios distritos de Lima que serían de la Caja de Pensiones y en los que se ha usado el dinero obtenido ilegalmente, de las ventas tramposas?

 

Muchas veces los afectados se han dirigido a varias comisiones de los Congresos habidos en el país. Los resultados también fueron desalentadores porque pareciera que intereses poderosos mantienen “chitón boca”, con este sonado affaire delictivo.

 

¿Cuál es el interés que hay tras las sentencias anticipadas en este caso, con el añadido de que quieren cobrar un millón 300 mil dólares por indemnización, nada menos a quienes estafaron hace más de 15 años, a través de la Administradora de Comercio?”.

 

El modus operandi consistía en recabar los pagos por la compra de departamentos o inmuebles, sin entregar los documentos de propiedad. El nefasto resultado es que cuando el sonado caso de la Caja Militar estalló en los años 2000, muchos terminaron en la cárcel por los delitos.

 

El exgerente general de la Caja de Pensiones Militar Policial, Javier Revilla Palomino, considerado el “cerebro” de uno de los más grandes desfalcos del gobierno de Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos, se encuentra detenido en una cárcel de Río Branco, capital del estado de Acre, en Brasil.


La Caja Militar Policial ha iniciado múltiples acciones en lo civil “reclamando” a policías y oficiales militares la devolución del dinero que recibieron en parte de haberes, sobre el particular estaremos informando. ¿Quién ha dispuesto esta especie de “recuperación” señor Galfré?

 

Según la literatura la Caja Militar Policial está encargada de administrar el régimen de pago de las pensiones y compensaciones de sus afiliados, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 19846 - Ley de Pensiones Militar‐Policial y en el Decreto Legislativo Nº 1133 - Decreto Legislativo para el Ordenamiento Definitivo del Régimen de Pensiones.

 

¿En qué parte de su reglamento se dio carta blanca a la disposición libre de los fondos, para la comisión de irregularidades, para la caja chica de dictaduras y de genuinos delincuentes, muchos escapados del país? Seguiremos informando.

 

 

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