Thursday, June 21, 2012

Vocales fueron por lana y salieron trasquilados

Vocales fueron por lana y salieron trasquilados

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Vocales-fueron-por-lana-y-salieron?var_mode=calcul

 

21-6-2012


En uno de los juicios que sigue Lima Airport Partners (LAP) al periodista Herbert Mujica Rojas por supuesta difamación agravada, el juzgado declaró la reserva de fallo condenatorio por tratarse de una nimiedad.

El Dr. Prescripción Luis Vargas Valdivia apeló, pagó onerosa tasa judicial y consiguió que dos vocales: Jorge Egoavil Abad y Jorge Barreto Herrera anularan este benigno fallo y ordenaran que un nuevo juez expida otro, condenando al querellado que defiendo.

Este juez distinto, en lugar de condenar a Mujica, ha declarado prescrita la acción penal por haber transcurrido el período de prescripción extraordinaria que es cuatro años y medio: al lapso ordinario corrido de 3 (igual al máximo de pena que la ley contempla para el delito querellado: Art. 80°, C.P.) se agrega la mitad (Art. 83°, último párrafo, C. P.); es decir, se fueron por lana y salieron trasquilados.

De nuevo apeló el Dr. Prescripción, pagando la costosa tasa judicial de impugnación que supera los 1,500 nuevos soles, que claro la paga LAP, una y otra vez. El monto de la tasa se regula en relación a la cantidad  pedida por la querellante LAP por concepto de reparación civil; a mayor suma, mayor resarcimiento al honor y reputación supuestamente ofendidos.

Comoquiera que Mujica  y el autor de esta nota han publicado en la red Voltaire cuatro artículos contra la labor jurisdiccional de los vocales Egoavil y Barreto los hemos recusado, por dudar de su imparcialidad al ser nuestros enemigos por escrito, pero ellos se aferran al caso ¿por qué será? y la han rechazado de plano. Dicen que son cosas "subjetivas" las razones de recusación. ¿El grueso hecho que centenas de webs y blogs del mundo hayan reproducido lo escrito contra ellos, repudiando su labor de jueces, son asuntos "subjetivos" o más bien objetivos?


Pongan en Google el nombre completo del vocal en cuestión: Jorge Barreto Herrera, y constatarán lo que pensamos de él. Lo repudiaremos siempre como juez que disimula su gruesa torcedura.

 

¿Es que nuestros contrarios, los aborrecidos jueces, pueden ser juzgadores del que es su enemigo declarado, que cuatro artículos de difusión mundial lo demuestran?¿Es que nuestros contrarios, los aborrecidos jueces, pueden ser juzgadores del que es su enemigo declarado, que cuatro artículos de difusión mundial lo demuestran?

¿Es que nuestros contrarios, los aborrecidos jueces, pueden ser juzgadores del que es su enemigo declarado, que cuatro artículos de difusión mundial lo demuestran?

 

l� i�����"on">la Declaración de Santiago o "Declaración sobre Zona Marítima" de 18 de agosto de 1952, combinada curiosamente con el "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima" de 4 de diciembre de 1954. Sin embargo, aparte que la propia naturaleza MULTILATERAL de la "declaración" y del acuerdo complementario los hace impropios, inválidos, desde el punto de vista del ius cogens, como para zanjar la delimitación marítima entre dos Estados (porque ésta, repetimos, es un problema forzosamente bilateral); existen, adicionalmente, los problemas de la finalidad expresa de ambos (proteger y aprovechar los recursos marinos) y las formalidades simplistas que se siguieron para su entrada en vigor, que los convierten más en resoluciones que en tratados o convenios, por más que nuestros vecinos se esmeren en soterrar o soslayar esa condición sui generis." 

 

Si, como dice el canciller chileno, reconociendo que los tratados limítrofes son forzosamente bilaterales entre su país y Bolivia y refiriéndose a 1904, entonces con Perú debiera ser un proceso idéntico sobre la inexistente frontera marítima que motivó que nuestro país llevara a Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya cuyas audiencias orales se verificarán a fines del 2012.

 

Llama subrayadamente la atención que nuestros criollos "internacionalistas", "analistas", "intérpretes" iluminados, ex ministros, políticos, estrategas, que declaran hasta por la muerte de un gato techero, olviden poner de relieve lo expresado por el canciller Moreno y resaltado por Relaciones Exteriores de Chile en su página web oficial, toda vez que ratifica la tesis peruana sobre bilateralidad de la difícil vecindad con el país del sur.

 

Fortalecida la posición peruana que siempre ha sostenido que carece de un tratado marítimo con Chile y que lo convenido multilateralmente con ese país y con Ecuador fueron más resoluciones que tratados o convenios como anticipó certeramente el embajador Félix Calderón Urtecho.

 

Es hora que los estudiosos reemplacen a los brujos y pitonisos que fungen de estadistas y que el periodismo serio comparta el honor de la defensa nacional.

 

 

 

 

 

La nueva “broma” boliviana


La nueva "broma" boliviana

por Juan Carlos Herrera Tello; jcherrerat@yahoo.com

http://www.voltairenet.org/La-nueva-broma-boliviana?var_mode=calcul

 

21-6-2012

 

Hace algunos meses el presidente del hoy llamado Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma, dijo que "Atacama antes era Bolivia. Es verdad. Esperamos recuperarla pronto". El gobierno chileno protestó ante semejante disparate, y para aquietar las aguas le hicieron decir a un señor de nombre Iván Canelas, que lo dicho por Morales "era solo una broma".

 

Nuevamente el presidente plurinacionalista boliviano, ha vuelto a "bromear" internacionalmente al afirmar que "El Tratado de 1904 fue impuesto bajo amenazas de nuevas invasiones, además es un tratado incumplido", y añade con desparpajo: "Yo no soy jurista, no conozco derechos internacionales, pero puedo entender que este Tratado ya está muerto. Ese Tratado no está vigente para mí porque Chile lo ha incumplido".

 

Claro que después de la risa, viene el aplomo y luego sentir vergüenza ajena; ya que todo lo dicho por el señor Morales es tan falso como que el "pueblo boliviano peleó contra todos los imperios, y el imperio romano".

 

Pero ¿de dónde saca el señor Morales tanta fantasía así como desinformación?, ¿cuál es la fuente que alimenta su ignorancia en temas internacionales? Creo que esa respuesta obedece a su gestión como mandatario, porque para salir al paso de una situación apremiante, siempre toca el tema de un supuesto derecho al mar, logrando arrancar aplausos entre sus coterráneos.

 

El Tratado de 1904 entre Bolivia y Chile fue negociado en un gobierno constitucional boliviano, (Manuel Pando) y el sucesor (Ismael Montes) lo continuó como política de Estado. En la negociación no hubo un solo pueblo o caserío boliviano ocupado y los Congresos de ambos países lo debatieron sin temor alguno, y en el caso de Bolivia hubo voces discordantes pero que no fueron acogidas, ante la realidad de los hechos, y la tapia de la historia que siempre le fue adversa a Bolivia.

 

¿Qué amenaza le significaba Bolivia a Chile en 1904?, absolutamente ninguna, y para pactar aquel Tratado de 1904, Bolivia cedía su litoral a cambio de ferrocarriles, concesiones y dinero, lo cual Chile cumplió escrupulosamente, y fue el Perú quien protestó con energía por ese tratado, ya que Bolivia permitió que Chile construya el ferrocarril de Arica a La Paz, con lo cual consolidaba su posición en el territorio de Arica, de ser un mero tenedor se convertía en poseedor. Todo esto gracias al "hermano" y "aliado histórico" pueblo boliviano.

 

No existe ningún incumplimiento del Tratado de 1904, se delimitó una frontera, Chile entregó ferrocarriles, Chile le dio el dinero requerido a la nación boliviana de trescientas mil libras esterlinas y Chile reconoció el derecho de los bolivianos en TODO su territorio el derecho de tránsito comercial, así como también la construcción de agencias aduaneras para su comercio. El Tratado de 1904 está cumplido por Chile, y si Bolivia no ejecuta su comercio haciendo uso de aquel acuerdo internacional, ¿por qué no hizo lo mismo cuando recibió el dinero o los ferrocarriles?

 

Finalmente, el Tratado de 1904 no está muerto, porque goza de buena salud, y está vigente porque no hay ningún acto o acuerdo entre las partes que expresamente anule sus cláusulas. Si una persona que no es jurista y que no conoce derecho internacional, cree que este tratado está muerto, esta creencia radica en su ignorancia y especialmente en todos aquellos que secundan semejante aberración contra el derecho internacional y contra los modos civilizados en que conviven las naciones.

 

Todo pueblo tiene el gobierno que se merece, dice un adagio muy antiguo; en el caso de Bolivia en su constante internacional siempre zigzagueante, más pareciera que se encuentra enrumbada a una "curatela" internacional. 

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Actividad reciente:
CHIMÚ, LISTA CULTURAL ALREDEDOR DEL MUNDO



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Vocales recusados se aferran al caso

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

21-6-2012

 

Vocales recusados se aferran al caso

http://www.voltairenet.org/Vocales-recusados-se-aferran-al?var_mode=calcul

 

Con uñas y dientes, motejando de “subjetivas” las amplias razones que esgrimió nuestro formidable abogado defensor, Guillermo Olivera Díaz, para impugnarlos en: Recusación contra vocal Jorge Barreto http://www.voltairenet.org/Recusacion-contra-vocal-Jorge?var_mode=calcul, los otros dos magistrados, Jorge Egoavil Abad y Flor de María Poma Valdivieso, se aferran a un caso -¡otro más!- interpuesto por supuesta difamación agravada contra este periodista por la empresita concesionaria del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lima Airport Partners, LAP.

 

La audiencia pública se llevó a cabo ayer por la mañana en la 3era Sala Penal para reos libres en la Av. Abancay. Lo que debió ser una simple inhibición de los vocales se convirtió en una larga, tediosa y hasta teatral espera meditabunda y hasta abuso contra la inocente cámara filmadora Sony que llevé para registrar las incidencias del episodio.

 

El presidente de la sala, Jorge Egoavil, casi saltó hasta el techo cuando me vio cámara en mano dispuesto a grabar la audiencia pública. Se me acercó una asistente, me reclamaron por el permiso -¿cuál?- para usar el dispositivo y prácticamente confiscaron el aparato. ¿Esconden algo los vocales como para perder los estribos cuando un periodista desea guardar apunte fílmico de la audiencia? Así preguntó el doctor Olivera recibiendo por toda respuesta un sepulcral silencio.

 

Los vocales Egoavil, Barreto –que parecía no estar en el asunto o así aparentaba con estudiada y astuta calma- y Poma, cambiaban ideas por un largo período de hasta 15 ó 20 minutos y rechazaron la recusación por su contenido “subjetivo”. Ante la protesta enérgica de Olivera Díaz le pidieron que hiciera el reclamo por escrito.

 

Por la empresa perseguidora de periodistas, Lima Airport Partners, LAP, no se presentó el Dr. Prescripción Luis Vargas Valdivia, sino otro comisionado que repitió la monserga de un pretendido concurso de delitos atribuidos al periodista Mujica.

 

Con pedagógico método, Olivera Díaz, hizo añicos al trebejo de LAP y le instó a leer bien y completamente lo dispuesto en el Código Penal en lo referido a prescripciones. Es más, puntualizó con categórica recensión citando la propia querella de los denunciantes, cómo es que ellos habían aludido a un supuesto delito de difamación -¡uno solo y no un concurso real de varios!- y para el cual citan hasta cuatro ocurrencias. La especie, inventada por el ausente Vargas Valdivia de la sumatoria de años por un supuesto concurso de delitos quedó refutada. En un concurso real de ilícitos cada uno de ellos prescribe separadamente; no hay sumatoria de penas. Rige el artículo 80 y no el 50 del Código Penal.

 

Olivera Díaz subrayó que la prescripción establecida luego de un severo y estricto estudio por el juez Sánchez de primera instancia debía ser confirmada por los vocales Egoavil, Poma y Barreto.

 

La vía crucis la sufrió la cámara Sony de la que afirmaron en la 3era Sala que estaba en la puerta número 4 del edificio de la Av. Abancay ¡donde no la encontré! Retornamos a indagar y dispuestos a yugular cualquier abuso hechizo al 4to piso,  y nos dijeron que en la puerta número 1 recuperaría mi querida y veterana cámara y allí por fin la encontramos. La fidelísima filmadora Sony que ha paseado su capacidad y calidad por varios países del mundo y provincias del interior del Perú, siempre dando la nota eficiente, estuvo detenida por manos miedosas durante unas dos horas. ¡Vaya desquite que tuvo pagar el artefacto!

 

Los vocales recusados, afirmó el doctor Guillermo Olivera Díaz, fueron por lana y salieron trasquilados. Sólo tienen el decente camino de confirmar la prescripción. Amén.

 

Wednesday, June 20, 2012

Canciller chileno destaca bilateralidad de Tratados

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

20-6-2012

 

Canciller chileno destaca bilateralidad de Tratados

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En recientísimas declaraciones muy importantes el titular de Relaciones Exteriores de Chile, Alfredo Moreno ha dicho lo siguiente:

 

“Pero más allá de eso, en 1920 Bolivia llevó este tema a la Liga de las Naciones, que es el antecesor de las Naciones Unidas, y ésta nombró un tribunal de expertos formado por tres miembros, que dictaminaron por unanimidad que la Liga no tenía nada que hacer en este tema, que era bilateral, que había un Tratado plenamente válido y sólo podía ser modificado por acuerdo de las partes entre Bolivia y Chile”. “La posición de Chile hace que nuestra interlocución sea mucho más sólida”, El Mercurio 10-6-2012, http://www.minrel.gob.cl/prontus_minrel/site/artic/20120613/pags/20120613141601.php

 

En castellano inequívoco la premisa de la bilateralidad de los tratados limítrofes se confirma de tal manera que lo aparecido en El Mercurio se cita en los despachos de prensa que publica la cancillería del país sureño. Si eso funciona entre Chile y Bolivia ¿cómo puede pretenderse que sean considerados tratados de límites los acuerdos de 1952-1954 entre Perú, Chile y Ecuador que son multilaterales?

 

Escribió el tempranamente desaparecido embajador Félix Calderón Urtecho, en el artículo Ingredientes de una maliciosa estrategia en marcha http://www.voltairenet.org/Ingredientes-de-una-maliciosa?var_mode=recalcul el 20 de agosto del 2007, lo siguiente:

 

“En cuanto a la siguiente pregunta si ha incurrido el Perú en violación del Derecho Internacional, la respuesta es concluyente: no. Todo lo contrario, ha puesto en evidencia que el Derecho Internacional ha sido hecho para ser respetado. En efecto, si el 4 de noviembre de 2004 el canciller de Chile, Ignacio Walker, suscribió un Comunicado Conjunto con su homólogo peruano en el que se precisaba de manera meridiana que el “tema de la delimitación marítima entre ambos países (...) constituye estrictamente (sic) un asunto bilateral”, ¿por obra de qué conjuro, entonces, pretende Chile fundar arbitraria y unilateralmente una supuesta delimitación marítima con el Perú al amparo de un convenio de naturaleza multilateral? Si es “estrictamente un asunto bilateral” como ha reconocido formalmente por escrito Chile, ¿dónde está el tratado bilateral sobre delimitación marítima concluido con el Perú? A fortiori, también se reconoció en esa oportunidad que la cuestión de la delimitación marítima es de naturaleza jurídica, de donde se desprende sin mayor esfuerzo que es imposible concretarla fuera del marco de un tratado o acuerdo ad hoc, concluido con esa finalidad expresa y determinada, de carácter bilateral y respetando estrictamente las formalidades que secularmente le reconoce el ius cogens a los tratados o convenios de delimitación fronteriza entre dos Estados en lo que atañe a su celebración y entrada en vigor (plenos poderes, forma de manifestación del consentimiento en obligarse por el tratado, canje o depósito de los instrumentos de ratificación, y manera y fecha de la entrada en vigor propiamente dicha). La doctrina y la jurisprudencia internacional sobre el particular van en abono de este aserto. Por tanto, no es el Perú quien pone en aprietos al Derecho Internacional, sino Chile, si se tiene en cuenta que la posición peruana, repetida una y mil veces, es que no existe un tratado bilateral con Chile sobre delimitación marítima.

 

Es verdad, que Chile esgrime como tal la Declaración de Santiago o “Declaración sobre Zona Marítima” de 18 de agosto de 1952, combinada curiosamente con el “Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima” de 4 de diciembre de 1954. Sin embargo, aparte que la propia naturaleza MULTILATERAL de la “declaración” y del acuerdo complementario los hace impropios, inválidos, desde el punto de vista del ius cogens, como para zanjar la delimitación marítima entre dos Estados (porque ésta, repetimos, es un problema forzosamente bilateral); existen, adicionalmente, los problemas de la finalidad expresa de ambos (proteger y aprovechar los recursos marinos) y las formalidades simplistas que se siguieron para su entrada en vigor, que los convierten más en resoluciones que en tratados o convenios, por más que nuestros vecinos se esmeren en soterrar o soslayar esa condición sui generis.” 

 

Si, como dice el canciller chileno, reconociendo que los tratados limítrofes son forzosamente bilaterales entre su país y Bolivia y refiriéndose a 1904, entonces con Perú debiera ser un proceso idéntico sobre la inexistente frontera marítima que motivó que nuestro país llevara a Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya cuyas audiencias orales se verificarán a fines del 2012.

 

Llama subrayadamente la atención que nuestros criollos “internacionalistas”, “analistas”, “intérpretes” iluminados, ex ministros, políticos, estrategas, que declaran hasta por la muerte de un gato techero, olviden poner de relieve lo expresado por el canciller Moreno y resaltado por Relaciones Exteriores de Chile en su página web oficial, toda vez que ratifica la tesis peruana sobre bilateralidad de la difícil vecindad con el país del sur.

 

Fortalecida la posición peruana que siempre ha sostenido que carece de un tratado marítimo con Chile y que lo convenido multilateralmente con ese país y con Ecuador fueron más resoluciones que tratados o convenios como anticipó certeramente el embajador Félix Calderón Urtecho.

 

Es hora que los estudiosos reemplacen a los brujos y pitonisos que fungen de estadistas y que el periodismo serio comparta el honor de la defensa nacional.

 

 

 

 

 

Monday, June 18, 2012

Recusación contra vocal Jorge Barreto

Recusación contra vocal Jorge Barreto

http://www.voltairenet.org/Recusacion-contra-vocal-Jorge?var_mode=calcul

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

18-6-2012

 

Lea en las líneas que siguen la reseña de una sentida recusación formulada contra 3 vocales superiores de Lima por ser de mala ley, como el cobre.

 

Abomino, desde siempre, de una actuación profesional complaciente con la torcedura moral de ciertos jueces, por cuya razón los recuso por escrito, sin tiquismiquis, y con todas las formalidades legales. He aquí el escrito. (Guillermo Olivera Díaz)

 

Exp. N° 4803-2008

3ª. Sala Penal-Reos Libres

Relatora Dra. Hoyos Ayala, Hilda

 

1.-  Recusación contra 3 vocales de Sala al dudar de su imparcialidad por grave enemistad sobreviniente, y en el caso de vocal  Jorge Barreto preexistente;

 

2.- Acompaña documentos que prueban reprobación a recusados y la causal de grave enemistad.

 

SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA:

 

HERBERT MUJICA ROJAS, en la querella por un solo supuesto delito de difamación agravada con cita de un solo artículo: el 132° del Código Penal, en hipotético agravio de Lima Airport Partners (LAP), señalando domicilio procesal en Av. San Luis N° 2147-402, San Borja, a la Sala de su Presidencia digo:

 

Que, en aplicación de los Arts. 31° y 40° del Código de Procedimientos Penales, formulo RECUSACIÓN contra los 3 Vocales de la Sala:

 

-JORGE ALBERTO EGOAVIL ABAD,

-FLOR DE MARÍA POMA VALDIVIESO Y

-JORGE OCTAVIO RONALD BARRETO HERRERA,

 

(judex  suspectus los tres), por existir serios y fundados motivos para dudar de su imparcialidad en razón de una sobreviniente, y de mi parte preexistente con el vocal Barreto, grave enemistad, ojeriza y contraposición moral.

 

Quienes son mis enemigos, contrarios y a quienes repudio como jueces, no pueden ser mis juzgadores como querellado en una supuesta difamación dizque agravada. Estos son los hechos que la fundan:

 

1.- Por notificación del 13-6-2012 acabo de informarme oficialmente que los 3 vocales que integrarán la Sala, en la Vista de la Causa del 20-6-2012, 9.35 am, serán los vocales Egoavil Abad, Poma Valdivieso y Barreto Herrera. Antes tenía rumores; además, creía que se inhibirían.

 

2.- Con los 3 indicados vocales que hoy recuso ha sobrevenido una grave enemistad, ojeriza y contraposición moral que nos hace dudar seriamente de su imparcialidad, al haber publicado junto con mi defensor que autoriza: Guillermo Olivera Díaz, en la web francesa VOLTAIRENET, de la cual se han colgado otras webs y blogs del mundo, según documento que acompaño como elemento de prueba, 4 artículos que enjuician y reprueban severamente la parcialidad, el prejuicio, la negación de función jurisdiccional y mala fe de los 3 vocales recusados en el proceso penal seguido contra Víctor Bustamante Delgado por supuesto homicidio por negligencia (Exp. N° 17741-2008) y contra Luis Valdez Villacorta, quien fue absuelto. Acompaño tales 4 artículos.

 

3.- El primer artículo publicado data del 19-3-2012, en cuyo primer párrafo mi abogado patrocinante considera a los recusados “abusivos con pertinacia” con los abogados,  expresión que hice y hago mía por lo que decidí su publicación.

 

Soy responsable en el Perú de lo que se publica en dicha página web; aunque no de todos aquellos blogs y webs que reproducen los artículos de Voltairenet.

 

4.- En el segundo tema del 27-3-2012, cuyo título habla por sí solo: “Vocal provisional Jorge Barreto abusa de colegas inexpertos”, la reprobación alcanza a los 3 recusados, cuando se afirma: “En el inmenso tráfago de expedientes penales que tienen que ver diariamente Barreto Herrera los pasea; a sus ponencias no se atreven a quitarle una coma”, expresión que ha motivado que los recusados en sus tertulias con sus colegas despotriquen contra el recurrente y mi abogado que autoriza. Nos tienen, pues,  ojeriza basal.

 

5.- La tercera nota publicada, de 7-4-2012, habla de un  comportamiento absurdo de estos 3 vocales, al negar el aplazamiento pedido de la Vista por encontrarse enfermo el abogado, según lo acreditó con el certificado médico de ley. No les importó la enfermedad noticiada del defensor y llevaron a cabo la Vista en su ausencia.

 

En el último acápite del artículo hacíamos notar que la “Sala (de los 3 recusados) ha privado al recurrente (del derecho de defensa), incurriendo así en responsabilidad penal por abuso de autoridad y prevaricato que se hará valer”. Es decir, en forma expresa, los consideramos autores de delitos; ergo, responsables de carcelería.

 

6.- El cuarto artículo de 12-5-2012 condena la absolución del ex alcalde de Coronel Portillo, Luis Valdez Villacorta, a cargo precisamente de 2 de los 3 recusados: Jorge Barreto Herrera y Jorge Egoavil Abad.

 

Allí decimos que “otra vez disuena el controvertido Jorge Barreto Herrera, en coyunda con Jorge Egoavil Abad, quien toda su vida fue laboralista y ahora administra justicia penal”. Se trata, pues, de expresiones de repudio o desaprobación a su labor judicial proclive a la parcialidad por encono, compadrazgo u otra non sancta motivación.

 

7.- Además, con el recusado Barreto existe mi reprobación preexistente a esta querella, por su actuación en el famoso caso de los petroaudios, sobre el cual nos reafirmamos en estas expresiones como fundamento de la presente recusación: “Barreto Herrera fue blando, remolón y complaciente con  los procesados León y Quimper…¿Por qué será? Hizo añicos a los emails, audios y demás elementos probatorios del caso restándoles a priori calidad de prueba. Pero fue enmendado por sus superiores; la prensa difundió sus desbarres”.

 

8.- Por información confidencial de colegas suyos tenemos conocimiento que estos 04 artículos, que denuestan la actividad jurisdiccional de los recusados, se han convertido en una especie de almohada cuotidiana, lista a ser utilizada con fines de venganza judicial ahora que soy procesado. Hasta me han dicho adláteres de los recusados que me la tienen jurada. La recusación quiere evitar tan vil oportunidad.

 

Por estas razones, una grave enemistad recíproca y documentada es causal o motivo suficiente para dudar de la imparcialidad de los recusados.

 

POR  TANTO:

 

A la Sala pido tramitar como corresponde esta sentida Recusación. Que sean otros vocales quienes la resuelvan y no los cuestionados.

 

OTROSI  DIGO.-  Acompaño los siguientes elementos de prueba de recusación:

 

a.- Artículo “Nulidad de la vista de la causa sin defensor por estar enfermo” con mención de su publicación en Voltairenet;

b.-  Artículo “Vocal provisional Jorge Barreto abusa de colegas inexpertos”;

c.-  Artículo “¡Absurdo: Abogados no deben enfermarse el día del informe oral!”;

d.-  Artículo “Jorge Barreto Herrera y otro Jorge, absuelven a Valdez”;

e.-  4 Reportes Google de la primera página que demuestran que otras webs y blogs del mundo reprodujeron los artículos de Voltairenet antes referidos. Si se vieran las 10 páginas siguientes es posible imaginar los cientos de reproducciones.

     

 

Lima, 18 de junio del 2012.

 

 

 

 

 

 

La conexión Cofopri 8

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

18-6-2012

 

La conexión Cofopri 8

http://www.voltairenet.org/La-conexion-Cofopri-8?var_mode=calcul

 

Gata de despensera

 

Si alguien cree que en Cofopri los trámires se están agilizando, se equivoca. Ocurren cosas que son inverosímiles, pero hay que dar cuenta de ellos.

 

En esta ocasión, con fecha 30-5-12 se entregó la Carta 010-2012-SLVB cuya Sumilla dice:

 

Documentación que acredita el inequívoco derecho de propiedad sobre el Predio Mz E Lote 8 de Los Suspiros de Lurin” solicitadas por COFOPRI con Oficio N° 1855-2012-COFOPRI/OZLC.

 

También se presentaron las Declaraciones Juradas solicitadas en el mismo Oficio.

 

Sin embargo al ingresar al seguimiento en la web, con el número de Expediente que pusieron en el sello (2012027349-03) se ve el cuadro que se muestra, donde aparece el nombre de la usurpadora (la invasora Clorilde Ruiz Gonzales) como  la solicitante e iniciadora del expediente, desde el 12-4-12.

 

O sea: ¡casi dos meses antes, supuestamente, ya estaba en el expediente del PAD esta solicitud. Y la información de los dueños legítimos ha sido “graciosamente” agregada al expediente de la usurpadora.

 

¡El mundo al revés!

 

Para probar se presentaron dos solicitudes más relativas al Expediente del Predio, y también le pusieron el mismo número, con guiones -4 y -5. O sea, en ese número de expediente aparentemente estarían  agrupando toda la información del predio.

 

Pero cabe preguntarse: ¿por qué aparece el nombre de la usurpadora como Solicitante?

¿Qué trámite está haciendo COFOPRI en atención a dicha persona cuyas acciones fueron impugnadas cinco meses antes por los propietarios legítimos, por haber invadido violentamente el predio en mención el 19 de enero?

  • Con fecha 30 de enero 2012 se presentó la Carta N° 004-2012-SLVB (N° Exp. 2012005892-02) que complementaba la Carta N° 002-2012-SLVB de fecha 22 de enero, en las cuales se impugnaba el empadronamiento del 25 de enero y todo trámite de Clorilde Ruiz en relación al predio.
  • Con Carta Notarial (Exp. 2012020129) los propietarios legítimos presentaron documentos de propiedad el 15 de marzo 2012, solicitando la inscripción del título en Registros Públicos.
  • COFOPRI no dio respuesta alguna
  • El mismo día con una segunda Carta Notarial ( Exp. 2012020133) se exigió desestimar la información presentada por la invasora y su apoderado Renato Medina Gálvez por ser documentos falaces, incompletos, carecer de credibilidad y mostrar gran número de deficiencias e irregularidades que se detallaron debidamente.
  • COFOPRI tampoco respondió.
  • COFOPRI se limitó a enviar nuestros pedidos al PAD y tenerlos allí guardados. Cuando se preguntó, el abogado del PAD dijo “que atendían en orden cronológico y que en ese momento estaban atendiendo expedientes del año 2000”.
  • Aparentemente casi un mes después (12 de abril), Clorilde Ruiz habría presentado una solicitud por Mejor Derecho de Posesión.

 

Cofopri apaña a usurpadora

 

Pese a la impugnación, COFOPRI diligentemente abre un número de expediente a nombre de la mencionada Clorilde Ruiz G, e inicia el trámite requerido por la traficante. Y mediante Oficios N° 1852, 1853, 1854 y 1855-2012-COFOPRI/OZLC, solicita a todos (Usurpadora, Municipalidad, Fiscalía, Propietarios, etc.), enviar la documentación requerida.

 

En el oficio N° 1855 (de fecha 26 de abril, entregado recién el 16 de mayo), dirigido a nosotros,  dice entre otros:

 

“Se ha generado un procedimiento administrativo sobre mejor derecho de posesión respecto del Lote 8 Manzana  E del Asentamiento Humano  Asociación Pro Vivienda Los Suspiros de Lurín….bajo el Código P03286962, ………seguido entre Clorilde Ruiz de Ricra de una primera parte y ustedes de una segunda parte..”

 

Se extrae el favoritismo hacia la usurpadora (la “primera parte”) y la rapidez con que COFOPRI se mueve en atención a su pedido. Solicitó el 12 de abril y los Oficios ya estaban elaborados dos semanas después (26 de abril).

 

Toda la información que se presenta aparentemente la agregan al número de expediente que en la web de Trámite de Expedientes, está a nombre de la citada usurpadora.

 

El número de este importante expediente debía estar a nombre del propietario legítimo o en todo caso debía figurar el nombre de ambos.

 

¡Propietario legítimo ninguneado!

 

Como se ve, prevalece otra vez el ninguneo del propietario (a quien dilatan su atención y prácticamente le dicen que espere sentado) y el favoritismo hacia la traficante como en este caso.

 

El día 23 de mayo (hace aprox. un par de semanas) sin saber del pedido de la usurpadora, pedí y obtuve Lectura del expediente del Predio en mención que se halla en  el PAD. No recuerdo haber visto en el expediente del predio, ese documento presentado supuestamente el 12 de abril por Clorilde Ruiz.

 

¿Es otro expediente paralelo al del predio?

 

En resumen:

 

  1. Si el propietario legítimo presenta su Título de Propiedad y documentos probatorios, solicitando su Inscripción en Registros Públicos, COFOPRI se hace el sordo y aplica su estrategia  burocrática: dilata por años la atención del pedido.
  2. Si cualquier delincuente solicita “Mejor derecho de Posesión “ sobre un predio ajeno, COFOPRI lo atiende rápidamente, y EL PROPIETARIO LEGITIMO está obligado a presentar un montón de papeles para demostrar su derecho de propiedad ante el pedido del delincuente “preferencial”.

 

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¡A la mala enajenan terrenos en playas de Lurín!

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Friday, June 15, 2012

¡Mollohuanca en manos de San Martín!

¡Mollohuanca en manos de San Martín!

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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15-6-2012

 

En esta Nota se trata de las altisonantes desventuras procesales del alcalde de Espinar, Oscar Mollohuanca Cruz, primero con arbitraria detención preventiva y luego liberado como consecuencia de su inmediata apelación.

 

¿Sabe usted, amable lector, de qué tema procesal penal estoy hablando cuando me refiero a un nuevo juez penal que verá otra vez  el caso del citado alcalde?

Le confieso que yo mismo estoy estupefacto, anonadado y alarmado pese a mis 42 años de abogado, dedicado al cultivo del campo penal, por el repentino traslado judicial del alcalde de la Región del Cusco a la de Ica, aunque haya sido en helicóptero.

Resulta que la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, al disponer  la libertad del detenido Mollohuanca, anuló la resolución del juez Miguel Díaz Chirinos que ordenaba la detención preventiva, y excluyó o apartó del conocimiento del caso a dicho juez. Este señor magistrado nunca más regresará a encargarse de este asunto, pues tal es el efecto procesal de esta exclusión.

Al propio tiempo ordenó la Sala de marras que "otro juez" realizara la audiencia pública donde se ventile la petición de detención preventiva hecha por el fiscal a cargo de la Investigación Preparatoria contra el citado alcalde. Teóricamente este nuevo juez podría ordenar, de nuevo, la cuestionada detención.

También dispuso que ese "nuevo juez" sea designado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside César San Martín Castro, a su vez Presidente de la Corte Suprema, quien el mismo día del pedido escrito y reservado del ministro del Interior, Wilver Calle Girón (el que firmó la Carta de Sujeción a Montesinos y Fujimori el 14-3-1999) expidió la Resolución Administrativa N" 096-2012-CEPJ de 31-5-2012, que trasladaba los casos penales del Cusco (léase litigios de Espinar) a que sean tratados en Ica, y los asuntos de Cajamarca (léase Conga) a la Corte de Lambayeque. Los detenidos correrían el mismo infortunio, como Mollohuanca, por ejemplo.

En consecuencia, la actual suerte del alcalde de Espinar está en Lima, en manos de San Martín Castro, quien preside, orienta, gobierna y les enseña derecho –a veces tergiversado- a los miembros del CEPJ. ¡Quizá más tarde la de Gregorio Santos!

¡Nadie ha dicho una palabra sobre este espinoso respecto: que San Martín decida qué  juez de su entorno o con qué perfil encarcele o libere a los que se oponen al gobierno del converso presidente Humala, que orondo dirá "yo no fui"!

 

¿Al diantre así  la institución del juez natural que la Constitución Política reconoce, en su numeral 139°, inciso 3  y  que leyes menores también consagran?


Thursday, June 14, 2012

Jueces y fiscales manumitidos y genuflexos ante el poder

Jueces y fiscales manumitidos y genuflexos ante el poder
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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13-6-2012

Siempre escucho atento, pero con ojos exoftálmicos, a los mandamases del Poder Judicial y Ministerio Público, César San Martín Castro y José Antonio Peláez Bardales hablar sobre la autonomía e independencia de sus entes y servidores de toda laya.

Jamás creeré tal monserga incompatible con la realidad cuotidiana que constatamos, pues los veo que aúpan, halagan o se arriman con demasiada facilidad al poder político de turno; también a los otros poderes.


En los casos Conga y Espinar es paradigmática hasta una añeja manumisión; actuaron de oficio, con prontitud y casi de rodillas. También en un chuponeo al congresista de oposición Luis Gallareta Velarde han sido copartícipes ¿cómo y de qué? la policía, un fiscal, un juez y el presidente del Congreso, Daniel Abugattás. No hubo levantamiento de inmunidad para interceptarlo judicialmente. Hay documentos de tal coparticipación.

Por la salud moral del país, ahora evanescente, este asunto debe investigarse ipso facto, en garantía de todos los que no debemos ser interceptados en correos electrónicos y llamadas telefónicas. El Art. 2°, 9 de la Constitución Política reconoce nuestro derecho al "secreto y a la inviolabilidad" de nuestras comunicaciones y documentos privados. En mi caso, violado en octubre del año 1997, cuando entraron a mi oficina, la saquearon y se llevaron el CPU de mi computadora y microfotografiaron mis archivos. Eran los tiempos de Montesinos y Fujimori. De mi denuncia dio cuenta el periódico La República.

No soy juez (sí lo fui), ni fiscal, por eso me juzgo soberano, libre e independiente, porque no dependo de nadie, de ningún gobierno dependí, salvo de mi trabajo profesional como abogado, aficionado al campo penal y docente universitario.

 
Me siento libre de escribir, abrir la boca en dirección de un interés superior que yo concibo y aspiraré sempiternamente. Lucho por los más, los que necesitan


¡Una peligrosa reflexión!

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

14-6-2012

 

¡Una peligrosa reflexión!

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¡Bien hecho, a los rateros hay que matarlos! y agregó -macabramente- ¿cómo hacemos con los de cuello y corbata? La peligrosa reflexión fue de un ciudadano que miraba el noticiero que describía cómo cayeron en Ate tres delincuentes en amago de asalto. Referíase ¡qué duda cabe! a quienes él reputaba como tan delincuentes como los mencionados en la crónica.

 

En Perú no hay duda que tras el disfraz de cuello, corbata, sonrisa ganadora y sobradora, hay no pocos funcionarios públicos, ediles, regionales, ministeriales, en todas las dependencias del Estado y que por tanto viven de lo que el pueblo paga en impuestos, que son redomados pillos, habilísimos hampones que timonean a manadas de abogángsteres y pagan millones para que todas las ilegalidades sean investigadas dentro de muchos años. O nunca.

 

La peligrosa reflexión sotto voce del ciudadano da mucho qué pensar. ¿Cómo hace el peruano o peruana para lograr justicia, celeridad y eficiencia en sus trámites ante la burocrática maquinaria del Estado? Puede interponer reclamos, gritar exponiéndose a que los de seguridad le desalojen con maneras gorilescas o simplemente callar y resignarse a la cantinela relamida: “así son las cosas”.

 

La psicología popular sabe que pelear con el Estado es un asunto engorroso, desesperante, cuasi inútil y hay que poseer mucho tiempo para hacer seguimiento de cómo van los casos y no faltan vivos que retrasan los procedimientos porque están amparados en triquiñuelas dilatorias que se aprenden de abuelos a nietos con desverguenza consuetudinaria. La exigencia vale poco, más bien llave maestra es la coima que ha refinado su modus operandi y que establece tarifas según el escalafón del funcionario a cargo.

 

Como los medios de comunicación transmiten toneladas de violencia, el ciudadano da por hecho que esto es normal y parte de aquella y prefiere el camino rápido y tramposo para la consecución de sus objetivos. Cierto que para que la ecuación perversa funcione requiérese, también, de empleados corruptos que reportan a sus superiores y comparten los dividendos diarios, semanales o mensuales.

 

Hombre o mujer que inicia carrera en la cosa pública y objeta la corrupción se convierte, ipso facto, en apestado o réprobo. La irrealidad torna regla y lo absurdo preside un comportamiento que todos aborrecen pero que pocos denuncian y que la ley casi nunca castiga. Siempre hay un amigo, referido, pariente, cófrade, que ayuda para atenuar las puniciones si acaso éstas se producen.

 

¿Ha escuchado o leído, amable lector, si hay investigación o juicios contra notorios hampones que medran en la cosa pública desde hace décadas y que heredan a hijos y parientes sus puestos de confianza? ¡Nunca un gerente de alta responsabilidad, a menos que sea un bobo hedonista, da con sus huesos a la cárcel! Y, absolutamente todos saben que el muy descarado es un ladrón.

 

¿Cómo se defiende la sociedad contra estas taras en la cosa pública? El burócrata, sin excepción, de gerente a secretario, en el Estado, no es más que un simple servidor de la ciudadanía. Su sueldo sale de los impuestos que paga cada quien, por tanto, es imperativo exigirle buen comportamiento, honestidad y eficacia en las tareas que tiene asignadas. ¡No es al revés!

 

Cuando uno está en las dependencias del Estado, todo hace presumir que el funcionario “nos hace un favor” atendiéndonos o regalándonos su sonrisa “servicial”. La coima prospera y hasta tabula sus precios dependiendo del análisis de quién es el coimeable.

 

La peligrosa reflexión alusiva a los de cuello y corbata admite analogías. Si estos roban y a los que roban con armas, se los fulmina a balazos, entonces, una solución terminal de esta misma naturaleza violenta, podría ser aplicada a los elegantes que hacen ¡exactamente lo mismo! ¿Qué diferencia hay entre un caco de origen popular con el que no se ensucia las manos pero cuyos botines se cuentan por millones de soles? Cierto que esto constituiría la salvajización –no muy lejana- absoluta de la sociedad peruana, premisa inadmisible que da muestras, día que pasa, de existir al margen de nuestros deseos.

 

¿Llegará el día del tribunal moral en Perú? Cientos de miles debían ser inhabilitados ¡de por vida! para trabajar en el Estado, incubadora de corrupción desde la génesis de la República.

 

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

 

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

 

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

 

¡Sólo el talento salvará al Perú!

 

Lea www.voltairenet.org/es

hcmujica.blogspot.com

Skype: hmujica

 

 

Wednesday, June 13, 2012

Libre Oscar Mollohuanca: ¿Hasta cuándo?

Libre Oscar Mollohuanca: ¿Hasta cuándo?

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

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12-6-2012

 

La primera pregunta que me formulo: ¿Por cuánto tiempo estará libre?, toda vez que la incompetente Sala Penal de Apelaciones de Ica ha sacado del caso al Juez de la Investigación Preparatoria que dictó la prisión preventiva por 5 meses contra el alcalde de Espinar, Oscar Mollohuanca. Así consta en la Resolución N° 10 del día de hoy, 12-6-2012, que figura en el Exp. N° 00796-2012 y que dispone su inmediata libertad.

 

El texto íntegro de esta Resolución circula profusa y libremente en la prensa nacional e internacional, empero el alcalde sigue detenido, pues saldrá más tarde o mañana. La burocracia del Instituto Nacional Penitenciario no cambia, sigue enmohecida ¿Quién la entregó, si apenas se ha expedido hoy?

 

Lo ha sacado y ha dispuesto que "otro juez" lleve a cabo una nueva audiencia en donde se decida si dicta o no una nueva prisión preventiva solicitada por el Fiscal de la Investigación Preparatoria, porque la dictada ha sido anulada por falta de probanza e individualización de imputación. Si no se individualiza al autor, inductor o cómplice entre varios imputados del ilícito y se detiene a un "chivo expiatorio" se violan derechos fundamentales.

 

Hubieron muchos denunciados y no se individualizó cuál fue el preciso o concreto grado de participación en los disturbios del citado alcalde y cuáles son los elementos probatorios suficientes que lo vinculan con los hechos denunciados. Además, el Fiscal lo consideraba autor de los ilícitos; mientras que el juez lo reputaba como instigador de los mismos. El Instigador no es autor; sin embargo, se ordena la detención del que no se sabe qué es.

 

Parece que en Ica no hay otro juez que asuma el caso, por cuya razón la Sala dispone que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside César San Martín Castro, designe ese nuevo juez que deba conocer este espinoso asunto en trámite. ¿Lo hará o soplará la pluma eludiendo su responsabilidad?.

 

Desde mi óptica: Dicho CEPJ carece de competencia para designar un nuevo juez que decida en audiencia pública si dicta prisión preventiva de nuevo contra el alcalde de Espinar. Tampoco está facultado para trasladar casos penales del Cusco a Ica y de Cajamarca a Lambayeque.

 

Sugiero que se plantee ante el aún nonato "nuevo juez" una declinatoria de competencia, para sacar el caso del todo de Ica y que regrese a Espinar, de donde nunca debió salir.

 

 

RUDY PALMA: Volteando la torta. Responsabilidades y solidaridades .



---------- Forwarded message ----------
From: Alexandro Saco <alexandro09538@gmail.com>
Date: 2012/6/12
Subject: RUDY PALMA: Volteando la torta. Responsabilidades y solidaridades .
To: Herbert Mujica Rojas <hcmujica@gmail.com>


PALMA: solidaridades, responsabilidades y abusos

 

Agregado de esta mañana: Si el propio Galarreta acepta que se comunicaba constantemente con Palma, ¿no es una hipótesis de investigación saber si luego de la captura se comunicaban? Sucede que ciertos medios y políticos, incluido el congresista, buscan convertir una decisión judicial (errada o no) en un asunto de Estado, lo cual es absolutamente exagerado. Este tema ha desnudado la forma de operar de un medio, que busca desviar la atención de las responsabilidades por el espionaje que practicaba, no el Poder Judicial, sino un redactor de Perú 21. Se pretende desviar a la opinión pública del tema de fondo.

 

El asunto de Rudy Palma sirve para observar los raseros con que se miden ciertas actitudes desde los medios y desde el poder. Antes de desarrollar las siguientes ideas quiero dejar en claro que sigo pensando que es exagerado que Palma esté encarcelado en Piedras Gordas y se le mantenga prácticamente incomunicado; es más, creo que se podría llevar este proceso con un arresto domiciliario.

 

Coartada

 

Marco Sifuentes ha publicado en INFOS y en La República declaraciones de Palma y datos relevantes acerca del proceder inadecuado de los jueces en la investigación, que llegan hasta el ridículo de interceptar los teléfonos del gimnasio de Palma (aunque viendo su contextura parece que más iba a conversar que a hacer una rutina seria).

 

Pero Sifuentes comete el error de asumir uno de los principales argumentos de defensa de Palma como válido: el que sostiene que Palma pudo acceder a los correos ya que es usual que en las dependencias públicas los correos creados para los funcionarios se les entreguen a éstos con una clave de acceso que es casi siempre la primera letra del nombre y el apellido del funcionario (esto no es necesariamente así, en muchos casos ya vienen con algún número incorporado u otra forma de despiste).

 

Desde mi perspectiva, este argumento es una coartada que no resiste el agudo análisis al que Sifuentes nos tiene acostumbrados. Eso podría ser verosímil si estaríamos hablando de dos, tres o cuatro correos espiados, pero de ningún modo cuando se trata de decenas de correos pertenecientes a funcionarios de este y el anterior gobierno a los que Palma, según información de Caretas, entraba como Pedro en su casa. Si bien podría haber ciertos casos de irresponsabilidad al no cambiar las claves, resulta alucinante que ministros y altos funcionarios, todos sin excepción, no hagan caso a las recomendaciones y dejen su correo prácticamente abierto, hoy que todos conocemos los riesgos de internet.

 

James Bond y el espíritu de cuerpo

 

Las claves de los correos electrónicos pueden ser detectadas con programas creados para tal fin. Así como las claves de los antiguos maletines James Bond de tres dígitos se podían identificar en determinado tiempo ya que no existían más de 999 combinaciones, en el caso de las claves de correos electrónicos los programas operan con la misma lógica (a una velocidad tremenda) y pueden detectar con relativa sencillez la primera letra o número de la clave y así avanzar hacia el resto (50 lucas en Wilson).

 

Considero que el caso Palma despierta cierto espíritu de cuerpo genuino como el de Sifuentes, y tremendamente interesado en periodistas que nos quieren presentar esto como una travesura pero se rasgan las vestiduras en asuntos menores. Además, lo que queda absolutamente claro es la tremenda deslealtad de la editora de economía de Perú 21, Gina Sandoval, con su compañero, y la asquerosa lavada de manos de Fritz Du Bois; pero, ¿qué más se puede esperar de un personaje que ha hecho de Perú 21 en todo lo que le corresponde un medio que no tiene reparo en mentir, difamar y alentar la violencia?

 

Beneficiados y responsabilidades

 

Siguiendo con la información consignada en Caretas 2233, resulta que Palma accedía a los correos de altas autoridades del Estado desde hace varios años, habiendo obtenido información privilegiada que era utilizada por Perú 21. Veamos. Si yo soy editor de economía y observo que uno de mis periodistas logra obtener datos que otros medios no consiguen, y esto sucede de forma sistemática, ¿preguntaría de dónde sale esa rica información?, es más, esta actitud debió darse (y de hecho se debe haber dado) en la primera oportunidad en que Sandoval pudo haber olido que algo extraño sucedía, teniendo en cuenta además que el propio Du Bois reconoce que se les pide a los periodistas datos sobre sus fuentes.

 

Resulta risible que Perú 21 pretenda presentarse como víctima "del poder que aprovecha esta oportunidad para acallar a un medio independiente". ¿A qué poder e independencia se refiere Du Bois?, si Perú 21 es el vocero aventajado del poder económico, empresarial y minero en el país, que coordina y promueve campañas de desprestigio. No en vano el director de Perú 21 ha sido sentenciado por difamador (entiendo que ha apelado); a estas alturas Du Bois debería saber que el periodismo no significa trasladar a las portadas prejuicios y miedos, que inundan los quioscos con  campañas orquestadas y violencia agitadora desde que él dirige el diario.

 

Se hace claro también que los ministros Silva y Valdez estarían aprovechando esta oportunidad para marcar quizá un precedente en cuanto a su relación con los medios, y vendrían ejerciendo presiones para que Palma este encarcelado e incomunicado. El asunto es que no nos estamos frente a un suertudo periodista que se encontró con que decenas de altos funcionarios dejaban sus correos casi abiertos, sino frente a una práctica ilegal que ha beneficiado a un medio de comunicación; eso significa que la responsabilidad no es únicamente de Palma, sino de su editora y del director del medio.

 

Alexandro Saco