Wednesday, October 03, 2012

¿Encubrirá Comisión crímenes de lesa humanidad?

¿Encubrirá Comisión crímenes de lesa humanidad?

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/article176084.html?var_mode=calcul

 

30-9-2012

 

Si la silenciosa Comisión de Gracias Presidenciales no rechaza de plano la solicitud de indulto, pese a saber que está prohibida expresamente de tramitarla, entonces, cometerían sus miembros, con dolo mayúsculo, delito de encubrimiento personal agravado al haber coparticipado, como cómplices primarios, en la sustracción de Fujimori de la ejecución de su  pena de 25 años ordenada por la justicia penal peruana, y recientemente aprobada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por crímenes de lesa humanidad en agravio de 25 personas en el caso Barrios Altos y otros.

 

El delito está previsto en el Artículo 404° del Código Penal y su forma agravada, que se sanciona con una pena no menor de diez años ni mayor de 15, se configura al estar los 5 miembros de la Comisión, en mayoría abogados,  encargados de la custodia formal del condenado en el cumplimiento de la pena ordenada.

 

El mismo delito, entre otros ilícitos penales, aunque en diferente grado de participación, comete el presidente, al indultarlo, pese a que la gracia presidencial le está negada por leyes nacionales –una suscrita y promulgada por el mismo Fujimori: N° 26478, de 3-6-1995-, y por el derecho internacional que el Perú ha hecho suyo y por la frondosa  jurisprudencia internacional de fechas recientes.

 

Presentaré denuncia penal por el mencionado delito de encubrimiento contra los siguientes 5 miembros de esta Comisión de Gracias Presidenciales:

 

Presidente:  Dr. Oscar Ayzanoa Vigil (abogado de la PUCP)
Miembro 1: Dr. Víctor Arroyo Cuyubamba (presbítero)
Miembro 2: Dra. Laura Vargas Valcárcel (de la Comisión Episcopal de Acción Social)
Miembro 3: Dra. Fernanda Ayasta Nassif (abogada)
Miembro 4: Dra. Carmen Ortega Paredes (abogada y docente de la USMP y psicóloga)

 

¿Se atreverían estos profesionales a correr riesgos penales gratuitamente? ¿Violarían una norma prohibitiva que les obliga a no tramitar una solicitud de indulto cuando esta gracia está negada por varias leyes? Pronto el país lo sabrá.

 

Monday, October 01, 2012

Invitation: Greetings to you

Greetings to you

When:
Monday, October 1, 2012
2:30p - 3:30p (GMT+00:00)
From:
roselinespagnolo54@yahoo.com
Message:
Greetings Dearest Beloved,


reply me here (roseline-spagnolo@voila.fr)


I am divinely touched to offer my fortune to less privilege.
I am a childless widow and as a result of my present situation I have nothing in mind other than to help the poor according to God's direction and wishes.
I reached you by the special grace of God through email because I can not speak to your understanding on telephone due to my sickness.


I am suffering from esophageal cancer for years now and have undergone series of cancer treatments but no avail.


Recently my doctor declared that I have shorter days to live. Likewise from my daily health report it is also clear to me that I have but little time to pass on,therefore I wish to offer you my fortune US$6,200,000.00 to take care of charity work in favour of less privileges in your country.
the money will go to the charity work.


I have come up with a great confidence for your trust conduct over this solemn work of God after many prayers.


As soon as I receive your reply I will give you the address of my bank and also instruct them for the release of the money to you for the charity work.
But I only wished to have your assurance that you will utilise the money as I have said.


I have great interest for the welfare of the less privilege because i was once an orphan and will not be happy if any thing comes contrary against the charity work.


Please remember my situation in your daily prayers.
Hoping to receive your reply soon.(roseline-spagnolo@voila.fr)
Yours Sick Sister,
Mrs. Rosaline Spagnolo

Invitation: Greetings to you

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When:
Monday, October 1, 2012
2:30p - 3:30p (GMT+00:00)
From:
roselinespagnolo54@yahoo.com
Message:
Greetings Dearest Beloved,


reply me here (roseline-spagnolo@voila.fr)


I am divinely touched to offer my fortune to less privilege.
I am a childless widow and as a result of my present situation I have nothing in mind other than to help the poor according to God's direction and wishes.
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I am suffering from esophageal cancer for years now and have undergone series of cancer treatments but no avail.


Recently my doctor declared that I have shorter days to live. Likewise from my daily health report it is also clear to me that I have but little time to pass on,therefore I wish to offer you my fortune US$6,200,000.00 to take care of charity work in favour of less privileges in your country.
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Mrs. Rosaline Spagnolo

Sunday, September 30, 2012

Necesitamos adquirir un seguro para la Nación

Esta nota conforma la tercera entrega sobre el tema de nuestra capacidad disuasiva y después pasaremos a otros temas. La situación en la que nos encontramos como país y nación en la actualidad es de carácter perentorio. La nación peruana, y no solo el Estado, requiere adquirir inmediatamente un seguro que cuide de nuestra soberanía, independencia y que impida que las mismas puedan ser violadas o afectadas. Tenemos que defender lo que hemos alcanzado en desarrollo económico y las riquezas que nuestro suelo posee.

Cuando uno adquiere un auto nuevo o una propiedad, ¿qué es lo primero que hacemos? Adquirimos un seguro para proteger dicho bien. Cuando realizamos una adquisición que requiere financiamiento, ¿a qué nos obliga la entidad financiera que nos otorga el dinero? A tener un seguro de protección total, incluso un seguro en caso de fallecimiento. Bueno, lo mismo sucede con nuestro país: requiere un seguro de protección y el mismo son nuestras Fuerzas Armadas, llamadas a proteger la nación. Ahora bien, ¿estamos cumpliendo con ese vital requisito? Aparentemente no. Requerimos reaccionar ágilmente a fin de reducir el riesgo que en la actualidad tenemos. El Estado Peruano y especialmente su gobierno tienen la obligación de otorgarnos dicha protección. Los miembros del gobierno no pueden esquivar sus responsabilidades, más aún si la historia nos lo dice, pues ya pagamos un altísimo precio por no haber tomado las debidas precauciones.

Aquí no estoy planteando que se recurra a los "tradicionales" mercaderes de armas. Al contrario, hay que rechazarlos. Las autoridades pueden realizar todas las operaciones que se requieran de gobierno a gobierno a través de sus embajadas, para eso las tenemos, y exigir que no se paguen comisiones. Pero definitivamente estamos en la necesidad de recuperar nuestra capacidad de disuasión. No se requiere tener capacidad ofensiva. El hecho es que quien intente realizar alguna acción contra el Perú, sepa que ello le devengará un alto costo que hará que la acción sea muy difícil o imposible.

Debemos tener en consideración que tenemos un vecino que en la declaración (pública) de su estrategia militar ha considerado que le estaría justificado actuar si considera que su propia seguridad estuviera debilitada frente a la inmigración ilegal o por alguna falta de cumplimiento de obligaciones financieras de la vecindad (entiéndase sus inversiones en el Perú), y la falta de pago a las obligaciones adquiridas por ciudadanos individuales peruanos -tarjetas de crédito- son consideradas en esa estrategia como causa suficiente para una intervención militar. El mismo vecino ha declarado: "Lo que sí es claro es que si un adversario percibe que al frente tiene un contendor con problemas de capacidad de gestión, baja confianza ciudadana, dificultades de unidad política, o que sus Fuerzas Armadas tienen un mando debilitado, sabe perfectamente que puede sumar puntos a su favor y ser más audaz en sus pretensiones. La integridad del mando político y del militar es fundamental para que la importancia de los dispositivos tecnológicos adquiera su relevancia". (Editorial de El Mostradordel 24 de setiembre del 2012. ¿Qué más queremos, señor Ministro Castilla?

Saturday, September 29, 2012

¡Comisión prohibida de tramitar indulto!

¡Comisión prohibida de tramitar indulto!

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Comision-prohibida-de-tramitar?var_mode=calcul

 

29-9-2012

 

Así como el presidente Humala, la Comisión de Gracias Presidenciales, ente colegiado de origen misterioso y aluvional, cuyos miembros los designa a dedo la ministra de Justicia y Derechos Humanos, Edda  Rivas Franchini, está obligada a cumplir escrupulosamente las normas jurídicas que regulan el trámite del indulto, ora el común, ora el humanitario, bajo responsabilidad civil, penal y disciplinaria.

 

Informo al país que esta Comisión está prohibida,* en forma expresa y apodíctica, de tramitar cualquier solicitud que pida indulto por razones humanitarias, si es que existiera alguna ley que niegue o prohíba su concesión. Está obligada a rechazar la solicitud de plano, sin trámite alguno. Ni siquiera debe evaluar los documentos que se presenten. Lo único que tiene que informarse es, si acaso ignora, si existen normas legales que prohíben esta gracia, y de ser positiva su indagación debe rechazar ipso facto la petición.

 

Este es el caso del invisible y dubitativo solicitante Alberto Fujimori. Su solicitud, de ser presentada, debe ser rechazada de plano; pues la ley prohíbe su tramitación.

 

Por lo tanto, la Comisión no tiene que indagar y proponer nada; el expediente en cuestión no llegaría al despacho de la ministra concernida, menos al presidente Humala, por lo que ambos se curarían en salud al no tener que emitir pronunciamiento alguno.

 

Por el momento, el país debe saber quiénes son los actuales 5 miembros de esta Comisión de Gracias Presidenciales, de altísima responsabilidad. La ministra de Justicia debe presentarlos en público. Son demasiado fusibles, sujetos al fragor del cieno de la política mal entendida  por fujimoristas, humalistas y alanistas, que no conocen el perdón, ni sienten el remordimiento, tampoco el arrepentimiento.

 

El Artículo 5° del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS es el que establece la prohibición en comento. Reza su texto: la "Comisión de Gracias Presidenciales  no dará trámite a las solicitudes de los condenados por delitos a los que por ley expresa se ha excluido de la gracia del indulto, derecho de gracia y conmutación de penas". Todos entendemos qué es "no dar trámite"a lo que no se debe dar, sin incurrir en responsabilidad.

 

¿Arresgarán su pellejo los 5 profesionales de esta Comisión, dando trámite a la solicitud de indulto  a Fujimori que el orden jurídico prohíbe?

.................................

Más información:

 

*Comisión de gracias presidenciales prohibida de tramitar indulto a Fujimori

http://www.voltairenet.org/Comision-de-gracias-presidenciales?var_mode=calcul

27-12-2011

 

 

Friday, September 28, 2012

Denunciaré a Humala si indulta a Fujimori

Denunciaré a Humala si indulta a Fujimori

por Guillermo Olivera Díazgodgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Denunciare-a-Humala-si-indulta-a?var_mode=calcul

 

29-9-2012

 

Como abogado con 42 años de ejercicio en la defensa penal, entiendo a cabalidad que cualquier funcionario público, desde el pinche hasta el encumbrado, como el Presidente de la República, un ministro de Estado, un congresista, un vocal de la Corte Suprema o un magistrado del Tribunal Constitucional, o un modesto ujier de concejo distrital, tienen sus roles, funciones, obligaciones o tareas legales que cumplir.

 

El ordenamiento jurídico nacional, y el internacional adoptado como nuestro, las faculta, las legitima o permite, o sea, las justifica. Ningún rol puede materializarse violando la norma legal, sin incurrir en responsabilidad civil, administrativa o penal. Vean sino a Villa Stein que vive sus propias pindingas, por desacatar un fallo internacional, driblear leyes penales y sustraerse de otras decisiones judiciales, por favorecer a Fujimori, Montesinos y los miembros del grupo Colina.

 

Sin embargo, en el cumplimiento de tal trabajo también pueden delinquir, actuar ilícitamente. El presidente puede valerse de un decreto de urgencia (delictiva) o de un decreto supremo para pecular (robar) dineros del fisco o indultar ilícitamente; un vocal supremo y los demás de su tribunal pueden hacer uso de una sentencia para prevaricar; o una mayoría congresal mediante una ley formal puede consumar ilícitos de todo jaez.

 

Cada uno de ellos puede actuar tal como un redomado estafador que utiliza un contrato de compra venta, incluso con legalización notarial e inscripción en los registros públicos, para consumar su fechoría, o sea, su estafa. Puede así “vender” o “alquilar” el estadio nacional a algún incauto o su solo inmueble a varios compradores. La formalidad no excluye el ilícito.

 

Con esa convicción jurídico penal, anuncio al país que formularé denuncia penal contra el actual Presidente, Ollanta Humala Tasso, si acaso indulta a Alberto Fujimori, condenado a 25 años de pena privativa de libertad, por crímenes de lesa humanidad, que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) acaba de ratificar el 7-9-2012, competencia internacional que el Perú soberana y libremente ha reconocido desde 1981, pues se trataría de una gracia presidencial violatoria de leyes peruanas prohibitivas de tal indulto y del derecho y jurisprudencia internacional reciente.

 

Indultar es prerrogativa presidencial pero dentro de ley y Constitución y no fuera de las normas jurídicas.

 

El actual primer ministro, cuando estaba encargado del sector Justicia, abogado constitucionalista, JUAN JIMENEZ MAYOR, declaró “que la figura del indulto humanitario no es un tema de “voluntades”, sino es una prerrogativa del Presidente de la República y está considerada en la Constitución … que los criterios para el otorgamiento de un indulto humanitario son técnicos y se manejan a partir de peritajes médicos”. Poco le faltó para aseverar que lo puede otorgar “De Oficio”, es decir, a su propia iniciativa.

 

Habrá que refregarle al señor primer ministro que en la Constitución Política no existe la frase “indulto humanitario”; tampoco que sea una “prerrogativa del Presidente de la República” a partir de “criterios técnicos”, cuyo punto de partida sean “peritajes médicos”, ¿de parte interesada? Nada de lo antes subrayado es un tema de estricto orden y naturaleza jurídico- constitucional. Quizá el citado quiere quedar bien con el presidente pero con malos consejos, extra jurídicos, para mantener el fajín.

 

El Artículo 118° de la actual Carta Magna, en su inciso 21, en forma concisa establece que: “Corresponde al Presidente de la República: Conceder indultos”. Por lo tanto, la adición que formula el servicial y acomedido ministro no  “está considerada en la Constitución”, sino quizá en sus larvados deseos de indultar ilícitamente a Fujimori, pese a que hay ley peruana expresa que lo prohíbe al sentenciado por secuestro agravado y la justicia y derecho internacional niegan  indultar  y  amnistiar en delitos de lesa humanidad.

 

Si el primer ministro pretende interpretar la Constitución a pedazos y de semejante modo, acuñando textos que ella no contiene, añadiéndole temas no constitucionales sino de otro orden, convendría que aconseje al presidente Ollanta, militar de profesión, ergo, lejano del derecho, que ejerza sus prerrogativas constitucionales sin violación alguna; es decir, que las cumpla con apego a la Constitución, a las leyes y otras normas menores.

 

En tal sentido la propia Carta Política norma sin ambages: “Corresponde al Presidente de la República: Cumplir y hacer cumplir la  Constitución y los tratados,  leyes  y demás disposiciones”. En consecuencia, cuando indulta el Presidente lo debe hacer dentro de la ley y no ad líbitum; además, lo que dicen las leyes prevalecen sobre otros criterios técnicos o peritajes médicos de favor, gestionados por un galeno de cabecera, como el congresista fujimorista Aguinaga.

 

Ley penal prohibitiva de indulto y crímenes de lesa humanidad.- El Presidente de la República no puede conceder el indulto a un condenado por  delito de secuestro agravado, como es el caso de Fujimori preso en DIROES, cuando existe una ley interna que lo prohíbe: la Ley N° 26478 de 3-6-1995, “excluye del beneficio del indulto a los autores del delito de secuestro agravado”. ¡Esta norma la promulgó Fujimori pensando en otros delincuentes; ahora es para él!

 

El presidente que fuere violaría esta ley con responsabilidad penal en lugar de cumplirla y hacerla cumplir como es su obligación. El Art. 118° citado manda al Presidente “cumplir  y hacer cumplir la Constitución, tratados y  leyes” y no violarlas o desacatarlas. De haber violaciones se pagan más tarde.

 

La conducta ilícita del que concede un indulto que la ley prohíbe tiene clarísimo contenido penal, al sustraerlo al beneficiario de una medida penal ordenada por los jueces. Estaríamos ante un delito de encubrimiento personal (Artículo 404°, Código Penal), so pretexto de una prerrogativa presidencial mal aconsejada.

 

La atribución presidencial de indultar no se ejerce a discreción asolapada, violando leyes, pretextando sentimientos de humanidad que esconden intereses nefandos llamados políticos, corrupción y a menudo  prebendas millonarias o apoyos congresales propios del fujimorismo. ¿Recuerdan al Congreso de Alan García haciendo mayoría con fujimoristas?

 

Con mayor razón el presidente no puede conceder un indulto por crímenes de lesa humanidad, a través de un simple decreto supremo incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos  de rango constitucional. La justicia internacional ha establecido incompatibilidad hasta con las leyes de amnistía que promulgó Fujimori a favor de Montesinos y miembros del grupo Colina por el caso Barrios Altos.

 

Cosa juzgada internacional.- Además, el Caso de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta  ya fue judicializado internacionalmente.  El 14-3-2001 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por unanimidad decidió, en forma definitiva, que el “Estado del Perú violó el derecho a la vida (de más de 25 personas); que “debe investigar los hechos  y  sancionar  a los responsables” y que las “leyes de amnistía 26479 y 26492 son incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, en consecuencia, carecen  de  efectos  jurídicos”. Véase el Punto 51 de dicha sentencia.

 

Siendo así, tanto el Congreso de la República, mediante otra ley de amnistía, como el Presidente  Ollanta Humala vía decreto supremo, mal pueden contrariar un tema judicializado sin incurrir en responsabilidad penal.

 

El indulto común o el indulto humanitario“suprimen la pena impuesta”; o sea, dejan sin sanción al condenado. Así reza el Art. 89° del Código Penal, pese a que el fallo de la Corte de San José de Costa Rica obliga al Estado peruano a “investigar los hechos y  sancionar a los responsables”, que ya fueron identificados: Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos, los inefables del grupo Colina, entre otros.

 

Esta sentencia supranacional negó la amnistía, el indulto, la prescripción de la acción penal. Ordenó el 14-3-2001 la sanción que ya ha impuesto el Poder Judicial peruano en última instancia, considerando crímenes de lesa humanidad los de Fujimori; el 7-9-2012, tales conceptos los ha ratificado supervisando el cumplimiento del fallo anterior.

 

Al Congreso peruano y al presidente no les compete decidir contra los jueces internacionales. Sería una  monstruosidad que corrigieran o enervaran los efectos de una sentencia de un caso concreto que es cosa juzgada. Si lo hacen el Estado peruano incurre en una costosa responsabilidad internacional.

 

En conclusión, indultar a Fujimori es prerrogativa constitucional del presidente Humala, pero sin violar la Constitución, las leyes u otras disposiciones de menor rango; contrariarlas, convierte en ilegítimo el indulto que braman con insolencia sus herederos.

 

Al existir la ley que prohíbe indultar a un sentenciado por secuestro agravado, como es el caso de Fujimori, el presidente está obligado a cumplir este mandato legal. Verdad de Perogrullo: una ley la aprueba el Congreso y la promulga el Presidente de la República. Un indulto se concede por decreto supremo, norma de menor jerarquía que una ley.

 

Además, la justicia nacional e internacional han calificado los crímenes de Fujimori como de lesa humanidad, concepto que es cosa juzgada internacional, que el Perú libre y soberanamente se ha obligado a acatar. ¿No es cierto doctor Villa Stein?

 

Si no lo hace puede tener problemas  jurídico-penales muy serios cuando deje de ser presidente y no tenga congresistas adulones y gárrulos. Allá él y su inseparable Nadine, ahora que conocen y desafiarían sus previsibles riesgos.

 

 

 

 

 

Wednesday, September 26, 2012

Sala de Villa Stein anularía inicuo fallo

Sala de Villa Stein anularía inicuo fallo

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/Sala-de-Villa-Stein-anularia?var_mode=calcul

 

26-9-2012

 

Para curarse en salud la Sala Penal Permanente que aún preside Javier Villa Stein declararía la nulidad de su sentencia del 20 de julio de 2012 (Exp. N° 4104-2010), que eliminaba el carácter de lesa humanidad de los crímenes de Barrios Altos y el concepto de autoría mediata, así como rebajaba las penas, por bondad u otra motivación, a varios procesados ya condenados en primera instancia, miembros del grupo Colina, todo lo cual favorecía de carambola también al condenado Alberto Fujimori a 25 años, que los sigue purgando.

 

Esta esperada nulidad se declararía en menos que canta un gallo, en una resolución pequeña de una media página, en la sola aplicación  del fallo último de la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (Corte IDH), de 7-9-2012, que es de obligatorio cumplimiento.

 

Como no hay puntada sin hilo en la función jurisdiccional, esta rápida nulidad evitaría que el Consejo Nacional de la Magistratura suspenda en sus funciones a Villa Stein y 4 vocales más, autores del aquelarre jurídico por oscuros motivos fujimoristas.

 

Ningún órgano del Estado puede menearse, hacer manoletinas o cabriolas, ante este tipo de  resoluciones de sede judicial interamericana, toda vez que la presunta responsabilidad internacional del Perú está en entredicho, ya que nuestro país reconoció la competencia de la Corte IDH el 21-1-198l. Unicamente los conocidos Cipriani, los Rafael Rey, entre otros más,  pretenderían la elusión con miopía, visión ciega y desatino.

 

El Artículo 68.1 de la Convención Americana estipula que "los Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes". De conformidad con esta norma el Perú está obligado a asegurar a nivel interno la implementación de lo que ha dispuesto esta corte interamericana, y en el plazo que se le ha fijado, que vence pronto: el 20 de enero de 2013.

 

Con mucha razón la Corte IDH cita en su sentencia otras normas internacionales, respecto a esta responsabilidad del Perú y no de Villa Stein o de los vocales de su Sala. Señala como precisión y advertencia: "dispone el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, aquellos (los países) no pueden, por razones de orden interno, dejar de asumir la responsabilidad internacional ya establecida. Las obligaciones convencionales de los Estados Partes vinculan a todos los poderes y órganos del Estado" (página 4 del fallo).

 

Además de lo que dispone esta resolución internacional, en el Perú ya se han pronunciado el presidente Humala, el del Congreso, Víctor Isla, el del Poder Judicial, César San Martín, y la Ministra de Justicia, Eda Rivas, entre otros, en el sentido de acatar el fallo sin chistar. No le queda sino a Villa Stein agachar la cabeza y anular su propia sentencia.

 

Si Villa Stein tiene que deglutir algún vómito negro que lo haga, en bien del Perú, por ser esta "nulidad horizontal" la más recomendable, toda vez que la vía del amparo es  engorrosa, se presta a la triquiñuela y el plazo fijado por la Corte IDH es corto. ¡Aspetiamo!

 

 

 

¿A quién favorece concesión de terminales de Petroperú?

¿A quién favorece concesión de terminales de Petroperú?

por Nino Torres; ninotorres23@gmail.com

http://www.voltairenet.org/A-quien-favorece-concesion-de?var_mode=calcul

 

26-9-2012

 

Considero sumamente importante la revisión del contrato sobre los concesionarios de los terminales de Petroperú quienes ya tienen 14 años operándolos (1998-2011), ellos ganaron el concurso en 1998, durante el gobierno de Fujimori y en este lapso de  tiempo, le han pagado a Petroperú por el alquiler US $190 millones de dólares, lo grave es que a su vez la dueña de los terminales  (Petroperú) le ha pagado a estas mismas compañías para el  almacenamiento, recepción y despacho de  sus propios productos en sus propios terminales la suma de US $ 452 millones de dólares en este mismo espacio de tiempo.

 

Debemos considerar además la pérdida que tiene, al no percibir lo que le pagan a los concesionarios por los mismos servicios, que ellos brindan a Relapasa e importadores, por la suma de US $ 92´759 millones de dólares adicionales, en el mismo período de tiempo, todo lo cual suma un total US $ 544´760 millones de dólares, que han recibido estos concesionarios, desde la entrega de los terminales hasta el año 2011. Es necesario precisar que la cifra que se considera por recepción, almacenamiento y despacho de Relapasa e importadores es solo estimada (fija), pues para realizar el cálculo, solo hemos considerado el 15% de almacenamiento según el contrato inicial.

 

El presente artículo está dedicado a todos los compañeros de plantas y terminales de almacenamiento que durante muchos años (1968 a1998), dieron todo por la empresa y que finalmente muchos de ellos fueron obligados  a renunciar, principalmente por la ansiedad de los concesionarios, quienes con solo el objetivo de tener mayor reducción en sus costos operativos y maximizar sus ingresos, eliminaron puestos de trabajo, despidiendo personal con mucha experiencia y conocimiento de las operaciones de un terminal, sobre todo en la parte operativa. Para su reemplazo han colocado en su lugar a personal contratado que no goza de estabilidad laboral, ni se encuentra asegurado, poniendo con ello en riesgo este tipo de operaciones que requieren justamente de técnicos capaces que impidan se presenten situaciones de emergencia que generen riesgos al entorno donde se encuentran ubicadas las plantas y terminales de la empresa. Muchos de los despedidos laboran actualmente en los procesos de descarga de los buques tanque, sin los beneficios con los cuales gozaban durante su permanencia en Petroperú.

 

Para todos los servidores actuales de Petroperú y para los jubilados de nuestra querida empresa, creemos que la mejor noticia que han recibido en muchos años, es que el gobierno actual haya nombrado a un verdadero técnico y conocedor de la realidad del negocio del petroleo como es nuestro actual presidente el señor Humberto Campodónico. La integración vertical debe ser cumplida de inmediato para que la empresa rinda lo que  verdaderamente debe generar  en cuanto a ingresos, recordemos que Petroperú es  la empresa es de todos los peruanos.

 

Al tener Relapasa un porcentaje del mercado similar a Petroperú, estimamos que esta cifra debe ser mucho mayor de la que estamos considerando (Ver anexo 1). Ambos concesionarios han sido evaluados, mediante un estudio de una compañía colombiana (Cosenit), a la que Petroperú le ha pagado por el mismo, la suma de US$ 398,000 dólares. Tomando como base esta información, el Directorio anterior le ha extendido el contrato a ambos concesionarios por 18 meses adicionales,  dos años antes de que finalice el contrato.

 

Sobre este punto tenemos conocimiento pleno que las recomendaciones de este informe indicaban que la mejor opción para la empresa era que los terminales retornaran bajo la administración de Petroperú, dejando en segundo lugar la opción de un outsourcing y en tercer lugar, la cual no la recomendaban por estar en contra de los intereses de la empresa,

 

Finalmente, y a pesar de todo lo actuado, vemos que este contrato fue ampliado en forma acelerada, ya que el mismo fue realizado en un acuerdo del directorio del 28/12/2010, reiteramos, dos años antes de que venciera.

 

Solo preguntamos ¿cuál fue el apuro? si el contrato original en el artículo 4.1.8 indica con total claridad que seis meses antes Petroperú realizaría una auditoría para saber en qué condiciones recibiría los terminales al término del contrato. Ver recorte de contrato a continuación, donde claramente se precisa esta opción.

 

Volvemos a preguntarnos: ¿cuáles han sido las razones para que se recomiende la ampliación de estos contratos si va contra los intereses de la empresa?, peor aun cuando se contrata una entidad extranjera que en su resumen final precisa con total claridad que los contratos actuales no le convienen a la empresa. Se gastaron US$ 398,000 dólares para no seguir estas recomendaciones? ¿Cuál es el sustento técnico de los asesores que recomendaron esta ampliación? ¿Que razones se han considerado  para cometer este desatino tan grande por parte de los directivos de la entidad estatal? ¿Por qué el apuro de “acelerar” la evaluación para la entrega si faltaban dos años para que el contrato se venciera?

 

Estos contratos fueron desde el inicio un atentado contra las arcas de la empresa, pues de acuerdo a los cuadros mensuales de los años1996,1997, el costo por barril movido (almacenamiento, recepción y despacho le costaba a Petroperú, solamente US $ 0.50 ctvs de dólar (promedio de plantas a nivel nacional) cifras indicadas mensualmente durante la vigencia del Data Room, previo a la concesión de los terminales.

 

Cuando se hicieron las bases ya el costo lo estaban considerando en US $1.18 ctvs. de dólar (US$ 0.60 de almacenamiento y US $ 0.58 ctvs. de despacho) cifra que se ha ido incrementando hasta la actualidad en que se está pagando US $ 0.8161 en almacenamiento y 0.7889 en despacho (cifras al 2011), un total de US $ 1.605 dólares americanos por barril. Como apreciarán son cifras que perjudican a la empresa y que fueron hechas a la medida de los concesionarios, solo habría que comparar lo que le costaba a la empresa antes de la privatización (US $ 0.50 ctvs de dólar vs US $ 1.18 al inicio de la concesión).

 

La llamada “privatización” se ha convertido en una burda subvención de la empresa para estos "concesionarios", la cosa es clara, muy clara, revisemos los cuadros del Anexo 1 y veremos lo absurdo de esta concesión.

 

 

 

Tuesday, September 25, 2012

TV y Beto Ortiz gatillos del crimen contra Ruth Sayas

TV y Beto Ortiz gatillos del crimen contra Ruth Sayas

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com

http://www.voltairenet.org/TV-y-Beto-Ortiz-gatillos-del?var_mode=calcul

 

24-9-2012

 

Todo el mundo echa a andar su prolífica imaginación tratando de indagar el porqué de este inesperado desenlace; los profundos motivos, móviles, factores, causas, razones, condiciones o circunstancias que llevaron a producir la temprana muerte de Ruth Thalía Sayas Sánchez (18) a manos de su entonces enamorado Bryan Barony Romero Leiva (20), luego que confesara en televisión su infidelidad y que cobraba dinero por esporádicas y furtivas  prestaciones sexuales, ante el polémico Beto Ortíz,  demasiado curioso de la intimidad y desgracia ajena sin ver la suya.

 

La Criminología, pese a que etimológicamente se forma del latín criminis, crimen, y logos, tratado, no es en realidad un "tratado del crimen". En el contenido espiritual de ciertos vocablos no importan mucho sus etimologías. Como ciencia, se preocupa de algo más específico: de la causalidad del ilícito, o sea, de su origen nefando, en cuya causación hasta la virtud puede tener su parte.

 

Insurge  esta disciplina con rigor científico y  sistemático desde los remotos tiempos con César Lombroso (1835-1909), habiéndose especializado en contestar esta interrogante. En su "Tratado Antropológico Experimental del Hombre Delincuente", de 15-4-1876, conocido como "L'uomo delinquente", Lombroso creyó encontrar el origen del crimen dentro de ciertas anomalías del cráneo, específicamente en una hoquedad de la foseta occipital media, al lado de otros elementos para él inductores de lo peor.

 

Ese viejo lombrosianismo causal ha sido superado. No, a lo antropológico; sí, a lo social, como factor prevalente. Quienes asesinan a la mujer que aún aman, como el que roba al fisco o trafica con drogas, así como el déspota gobernante que se organiza para liquidar a sus contrarios, tienen sus profundos por qué, sus móviles o motivos; el crimen inmotivado no existe sobre la faz de la tierra.

 

Todo hecho ilícito tiene una triple causalidad: bio-psico-social. El que se decide a matar tiene ya una estructura biológica y otra psicológico-social imbricadas, de carácter estable o permanente; es como es a sus 20 años, 30 ó 40, tiene una índole personal que se ha formado en el tiempo de su existencia, sobre la que actúa, asaz de improviso, la causalidad inmediata o desencadenante, que puede ser radial o televisiva.

 

En el presente caso, el joven Bryan Romero Leiva, a quien no conozco ni he visto, puede que sea celoso, codicioso por dinero ajeno, envidioso, erotomaníaco, moralista o lo que fuere. No escogió ser nada de eso; ha devenido como una suerte de producto social.

 

Sin embargo, esta estructura permanente hasta sus 20 años no lo había conducido al delito, al cual ha llegado por el concurso de causas desencadenantes o inmediatas, a las que no ha podido resistir. Si no hubiera observado y sufrido el programa "El valor de la verdad", no habría sabido que su preferida  le era infiel, que se vendía por dinero o que sus amigos en su barrio ya sabían que era "cachudo", lo cual lo percibió ultrajante. Por eso, la televisión y el periodista Beto Ortiz deben ser considerados como puntual causalidad desencadenante del asesinato. A partir de este torbellino de información maciza, filosa, terriblemente urticante, actuante sobre una índole de alfeñique, todo el resto personal de Bryan se derrumbó y terminó en el homicidio de su amada, a quien no pudo perdonar su creída afrenta.

 

Ver a este tipo de programas televisivos como desencadenantes de horrendos crímenes nos lleva a reprobar las defensivas palabras de Beto Ortíz, cuando afirma que es brindarle "una coartada al asesino".

 

He aquí  lo que dijo, buscando esquivar su responsabilidad en la causación vitanda: "Nosotros estamos consternados, horrorizados, extendemos nuestras condolencias a la familia. Las puertas de este canal están abiertas para ellos. Afirmar que la mataron por revelar sus verdades en televisión es darle una coartada al asesino. Los medios que dicen eso solo le están haciendo un favor al asesino". Al parecer ahora quiere victimizar a la familia de la muerta, entrevistándola.

 

Con el mismo afán defensivo, agregó: "Cada quien trata de llevar agua para su molino. Tratan de quitar  la culpa al asesino para dársela al programa. Su cómplice es su tío, Fredy Leiva, lo ha manipulado para obtener al parecer un beneficio económico".

 

Beto Ortíz, debería estudiar Criminología para no pretender  sustraer de sus hombros la causalidad desencadenante del crimen y  la del canal televisivo,  pues los 15,000 nuevos soles que pagan es precisamente para difundir barbaridades criminógenas.

 

ALCALDE DE MIRAFLORES DA LA ESPALDA A NUESTROS HEROES CAIDOS EN LA GUERRA QUE CHILE PLANTEO AL PERU 1879-1883

¿Estacionamientos subterráneos dónde el pueblo de Miraflores defendió la heredad nacional en 1881? Abuso municipal en Miraflores.

---------- Forwarded message ----------
From: Jose Carlos De La Fuente Suarez <contacto@dlfbienesraices.info>
Date: 2012/9/24
Subject: ALCALDE DE MIRAFLORES DA LA ESPALDA A NUESTROS HEROES  DE 1879-1883
To: hcmujica@gmail.com


 

                                                                              Miraflores,19 de setiembre del 2012

 

Estimados Vecinos Miraflorinos y Compriotas:

Adjuntamos este link  http://youtu.be/dZpKNsL1D1c, para que puedan ver Uds. la intransigencia y falta de respeto a los héroes de la guerra del pacifico de parte de la actual gestión municipal y sus funcionarios de confianza. Súmate a esta defensa de respeto y NO PERMITAMOS que vejen nuestro derechos históricos, máxime si MIRAFLORES fue denominado DISTRITO HISTORICO por la férrea defensa de nuestro territorio nacional.

                                                             www.contraloriaexternavecinal.info


Jesús María: ¡arboricidio en marcha!

Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

25-9-2012

Jesús María: ¡arboricidio en marcha!

http://www.voltairenet.org/Jesus-Maria-arboricidio-en-marcha?var_mode=calcul

Se supone que los ciudadanos votan para alcaldes con el propósito que las urbes constituyan ejes de progreso, seguridad, limpieza, ornato, civismo. Pero ¿qué ocurre cuando, como en el distrito de Jesús María, se fabrica el aparato legal para la construcción de piscinas, centros comerciales, pistas de patinaje, estacionamientos subterráneos y con la tala desvergonzada de árboles se consiguen "excelentes" contratos comerciales y ganancias pingues, hasta ahora no se sabe bien para quién o para quiénes? El controvertido burgomaestre de esa zona, Enrique Ocrospoma, tiene mucho que responder.

Un atentísimo lector afirma en su libro aún no publicado y que retrata y acopia toda la corrupción y abuso en que incurren los burgomaestres distritales, entre otras cosas, que: "Y es que la descentralización y la transferencia de mayores facultades a los gobiernos locales desde la Ley Orgánica de Municipalidades, ha convertido en dictadorcillos, reyezuelos, gamonalillos, a los alcaldes que están al servicio del gran capital inmobiliario".

No es todo. Dice también la honda reflexión: "Este conflicto entre capital inmobiliario, donde no sólo están los grupos del sector, sino también financieros y políticos es un fenómeno que se ha dado y se da en las grandes metrópolis del mundo y Lima no es una excepción. En Nueva York, Río de Janeiro, hay casos donde las mafias ligadas a los concejales y alcaldes, amenazan a la gente que vive en determinadas zonas para que vendan barato y se vayan, luego viene la inmobiliaria y lo compra todo. Aquí, los burgomaestres comienzan apropiándose de los espacios públicos que le pertenecen a todos y allí construyen infraestructura comercial, de servicios que luego entregan en alquiler o concesión." pp. 45-46 de Reyezuelos y cacicazgos de la Lima del siglo XXI.

¡Precisamente! El alcalde de Jesús María, Enrique Ocrospoma, tiene planes muy avanzados para múltiples espacios de que la ciudadanía es dueña indiscutible. Por ejemplo el Parque de los Próceres luce una pista de patinaje y hay en progreso, si se llama así al arboricidio que se está cometiendo, la tala desvergonzada de árboles que tienen decenas de años. Como se puede apreciar en las fotos, es poco lo que falta para desarraigarlos. ¿Con qué derecho y bajo que armazón administrativa Ocrospoma ha logrado este siniestro cometido?

Cáncer silencioso

Todo esto ocurre ante la vista complaciente, cierto que también silenciosa, de políticos corruptos, banqueros prestamistas, financieras angurrientas y vectores que sólo rinden culto al "Dios Dólar" y al producto que se obtiene del remate descarado, concesión añosa o alquiler a precios insólitos, con réditos urbi et orbi, y que se reparten de manera subrepticia. Las dictaduras que algunos alcaldes han implantado a nivel distrital promueven el saqueo de los bienes de dominio público y las resistencias son menos que medianas. Dos décadas de imbecilización del pueblo vía los medios de comunicación han virtualmente convertido a los ciudadanos en personas incapaces de pensar en otra cosa que el pan de cada día y los valores cívicos o históricos quedan relegados a cualquier lugar. Hoy existe la perniciosa especie que elegir un alcalde es como nombrar un gerente para que administre el distrito y la gente se desentiende de todos los asuntos.

Lucha salvaje

La tala y poda salvaje del Parque Próceres en la Av. Salaverry y la calle fronteriza entre Jesús María y Lince, Cápac Yupangui, además de la creciente pérdida de áreas verdes está ligada a la lucha del capital inmobiliario, la corrupción del Estado contra los ciudadanos de a pie.  Estamos presenciado la desposesión a través del literal robo de los bienes de uso público, parque, vías, calles.

"Paradigma" o excusa legal

Para poner en marcha esta política, se hizo una Ley Orgánica de Municipalidades que transfiere muchas facultades a los gobiernos locales a nivel provincial y distrital, la famosa AUTONOMÍA. Esta autonomía se termina convirtiendo, por el escaso control, en AUTARQUÍA, los alcalde se convierten en dictadorzuelos  y terratenientes, con un ejército paramilitar (Serenazgo), un servicio, no de funcionarios sino de SICARIOS dedicados a extorsionar y empapelar a los vecinos y un presupuesto a su disposición. Unos, más ilustrados que otros, pero igual todos quieren ser emperadores en su propia chacra.

Lo trágico de esta política es que el neoliberalismo es impulsado a partir de los gobiernos distritales en que todo tiene precio y es el mercado (mentira total) el que asigna los precios. La realidad es atroz: son las grandes empresas las que señalan dónde y de qué modo enajenar recursos vía "negocios" que impulsan los municipios con sus alcaldes en el liderazgo.

El acuerdismo como excusa  

Desde el 2007, año en que empezó Ocrospoma como alcalde de Jesús María, tuvo como mira apropiarse de los espacios públicos sean parques o en avenidas a través de Acuerdos de Concejo, que aprueba la concesión del Campo de Marte para el funcionamiento del Plaza Marte un proyecto presentado por LARCOMAR S.A. y otro Acuerdo de Concejo que aprobaba ceder 5000 m2 de terreno dentro de la Residencial San Felipe usado como estacionamiento para entregar en concesión a Súper Mercados Perú S.A.

Ambos proyectos fracasaron, el primero por el retiro de la propuesta de la empresa y el segundo por las protestas de los vecinos de la Residencial San Felipe.

Apropiación en Parque Próceres

También desde el año 2007 se apropia de 9000 m2 de terreno dentro del Parque Próceres (Matamula) para entregarlos en concesión  a la ONG Ventanas Perú cuya presidenta es una pariente del controvertido ex ministro y ex parlamentario, Rómulo León Alegría. Y el 2012 esta ONG subarrienda parte del área que ilegalmente ocupa a la empresa ICELAND PARK, para la pista de patinaje. Pero la usurpación del Parque continúa más abajo hacia la Av. Pachacútec.

Más zarpazos

Otros proyectos con los cuales ya ha usurpado parte del Parque son las canchas de fulbito dada en concesión a la empresa Sparza-Triveño, sobre el que existe un informe de la OCI de Jesús María que revela que esta firma se ha estado atrasando varios meses en el pago de los alquileres. Pero, este informe se pierde porque no cuestiona la legalidad de alquilar un bien de uso público como es el parque. Parte del mismo ha sido usurpado con la construcción de la base de Serenazgo y varias oficinas administrativas.

El proyecto es construir la Estación de Bomberos en el Parque Próceres hacia Cápac Yupanqui. Algo muy similar a lo ocurrido el 2009 con el Complejo Social Juan Pablo II en el Campo de Marte y que fue demolido por la Municipalidad de Lima. En ese momento nada cuestionaba la importancia de la obra, lo que se impugnaba era el lugar. Lo mismo ocurre ahora con la estación de bomberos, nadie se opone a  una estación de esa naturaleza, lo que se cuestiona es que se destruya el Parque de los Próceres. ¿Por qué no compran un local?

  

Y lo mismo con la Piscina Municipal que también se piensa construir en el parque hacia el otro extremo, hacia la avenida Pachacútec.  Para, luego darla en concesión por 30 años.

Más centros comerciales

Lo más grave se viene este año con el proyecto de construir un centro comercial en el subsuelo del Parque Próceres que el alcalde ha dividido y nombrado una parte del parque, la que da a la Av. Rebagliatti, como Parque de la Democracia.  El Proyecto ya fue declarado como de Interés por el Acuerdo de Concejo 036-2012-MDJM y de acuerdo a los documentos el proyecto es de un valor de 25 millones de soles.

Si no existieran precedentes constitucionales se podría alegar ignorancia, pero hay antecedentes que obligan a intervenir a la Municipalidad de Lima.

La Constitución declara que los bienes de dominio público son inembargables e imprescriptibles.

Y la Ordenanza 525 MML que establece y regula la intangibilidad de las áreas verdes de Lima Metropolitana determina la responsabilidad de la Municipalidad de Lima en la conservación y protección del medio ambiente y que declara las áreas verdes de Lima como intangibles.

¡No son Bienes Municipales!

La ley orgánica de municipalidades establece que los bienes de uso público, sus aires y subsuelo NO SON BIENES MUNICIPALES. Las municipalidades distritales administran estos bienes, o sea, velan por su mantenimiento y protección. Pero, no pueden disponer de aquellos.

Además la misma Ley establece la responsabilidad de Lima en la protección del medio ambiente en la ciudad y la responsabilidad en la zonificación y el uso del suelo.

Y la Ordenanza 296-MML que regula el establecimiento y régimen de los bienes de uso público en Lima Metropolitana  establece la distinción entre BIENES DE USO PÚBLICO y los BIENES DE SERVICIO PÚBLICO. Los parque, los caminos, las playas etc, son bienes de uso público; en cambio las oficinas gubernativas, baños públicos, playas de estacionamiento, un mercado municipal etc, son bienes donde se brinda un servicio y son bienes de SERVICIO PÚBLICO.

Y las municipalidades distritales no pueden reducir las areas de los parques, de los caminos, de las vías públicas, de los espacios públicos de acuerdo a la misma ORDENANZA 296-MML.

Por último, sólo la Municipalidad Metropolitana de Lima puede autorizar, vía ordenanza, el cambio de uso del suelo (desafectación) que permitiría cambiar un bien de USO PÚBLICO a un bien de SERVICIO PÚBLICO.

Precedentes

Existen precedentes constitucionales como la Sentencia de la contienda de competencia expediente N° 005-2009-cc que ratifica las competencias de la Municipalidad de Lima.

En cuanto a la protección del medio ambiente urbano, la Sentencia del Parque Castilla es un importante precedente Expediente N° 1757-2007-AA., donde se establece la obligación de la Municipalidad de Lima de proteger el medio ambiente.

Delito de usurpación de funciones

Enrique Ocrospoma y el Concejo de Jesús María al construir sobre el Parque Próceres estarían cometiendo el delito de usurpación de funciones. Aparte de malversación de fondos.

Poca auto-estima

 

Una última reflexión sobre el Parque de los Próceres, que puede revelar nuestra imagen como país.

  

Este es el PARQUE DE LOS PROCERES DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ. No es cualquier terreno baldío, es un lugar simbólico y de homenaje a los que iniciaron el movimiento histórico que nos llevó al nacimiento como país.

¿Permitiría el Estado norteamericano que un un reyezuelo hiciera barbaridades e incurriera en desatinos en la zona del Capitolio, o los rusos, lo propio, en la Plaza Roja?

Este Parque de los Próceres debería ser un lugar respetado y resguardado, porque es un lugar sagrado para Perú. Esto revela la miseria del país a cargo de un alcalde y qué pensamos o cómo nos vemos como Nación. No valoramos nuestros orígenes, pisoteamos valores en pro de la custodia y  ganancia de un grupo de poderosos, de corruptos. Detrás de esta clase de alcalduchos hay banqueros que financian proyectos, empresarios depredadores y hasta políticos ignorantes y despreciables.

Así como Nación carecemos de futuro y asoma tan solo un PLAN SINIESTRO que consiste en que veamos  como normal que se pisoteen los valores sobre los cuales se edificó el Perú como Patria.