por Félix C. Calderón
La Razón 6-4-2008
Cuando decidí escribir "El Tratado de 1929. La otra historia" (Fondo
Editorial del Congreso del Perú, 2000), lo hice antes que nada movido
por el afán de atender el serio problema por el que atravesaban los
peruanos y, en particular la Cancillería, de no contar con una versión
nuestra de la crucial negociación peruano-chilena que se llevó a cabo
en Lima entre el 12 de octubre de 1928 y el 29 de mayo de 1929. Como
se sabe el historiador Jorge Basadre se conformó con recurrir a su
amigo Conrado Ríos Gallardo, el habilísimo canciller chileno de la
época, para conocer la forma cómo el Presidente Leguía y el Embajador
chileno Emiliano Figueroa Larraín pergeñaron el Tratado de 1929. Y,
obviamente, Ríos Gallardo como buen chileno le contó una versión
sesgada de los hechos, aderezada de una que otra inexactitud, tal como
se refleja en mayor medida en su libro "Chile y Perú. Los pactos de
1929." Tan cierto es esto, que en su obra otoñal "La vida y la
historia", Basadre se limitó, otra vez, a reproducir casi
exclusivamente el testimonio proporcionado por Ríos Gallardo. Por su
lado, Porras Barrenechea, Pons Muzzo y Wagner de Reyna, entre otros,
muy prolijos, claros e ilustrativos en cuanto a los antecedentes, no
pasaron de algunos párrafos en lo relativo a la negociación
propiamente dicha. En suma, había un vacío historiográfico y creo que
mi libro antes mencionado intentó llenarlo.
Teniendo en cuenta, pues, el gran predicamento que tuvo Ríos Gallardo
en el Perú, cuyo libro sobre el tratado de 1929 llegó a ser la versión
más socorrida de los peruanos hasta marzo de 1999, mes en que terminé
mi libro sobre el mismo tema, considero del caso en esta oportunidad
contrastar algunas declaraciones del ex canciller chileno aparecidas
en el libro "Ciento cincuenta años de política exterior chilena"
(Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile.-
Editorial Universitaria), con lo que él sostuvo en su libro y lo que a
mí me cupo revelar, para determinar mejor de qué lado están la
justicia y el derecho.
Ante una pregunta relativa a la validez que tenía "el movimiento de
reivindicación marítima que se inició en Bolivia en 1910", Ríos
Gallardo dio la siguiente respuesta: "(...) cuando se gestionaba el
Tratado de Paz con el Perú, Bolivia intentó entonces que la
negociación no fuera bilateral (sic), sino que tripartita, y hubo que
defenderse de una forma tenaz de esta ambición. Hubo ahí dos Ministros
de Relaciones nuestros, don Luis Izquierdo y don Ernesto Barros,
quienes tuvieron que actuar con mucha energía y enviar comunicaciones
a La Paz muy tajantes, muy claras, advirtiendo que este problema era
exclusivamente chileno y peruano, que así se había pactado en el
arbitraje suscrito en Washington (sic); sin embargo, Bolivia apeló a
Buenos Aires, a Río de Janeiro, a Montevideo y, varias veces, a la
Liga de las Naciones, etc."
Nótese bien, en tanto "jurista realista" como gustaba definirse Ríos
Gallardo, la negociación que condujo al Tratado de 1929 era de
carácter bilateral, puesto que así se había pactado en Washington, el
20 de julio de 1922, en que Perú y Chile aceptaron el arbitraje del
Gobierno estadounidense respecto al plebiscito y sus modalidades para
llevarse a cabo. Es decir, de no haber habido la intermediación de
Estados Unidos, lo probable es que Bolivia se hubiese convertido en el
factor de la discordia o podía haber sido, eventualmente, utilizada
como tal.
Pero, también, se desprende algo más de lo dicho por Ríos Gallardo. La
cuestión de Tacna y Arica es de naturaleza bilateral, histórica y
jurídicamente. No fue; sigue siéndolo, por el Protocolo
Complementario. Ergo, no tiene un carácter trilateral. Y esto es bueno
no perderlo nunca de vista. Y el Presidente Leguía fue tan coherente
sobre este particular que cuando el representante peruano ante la Liga
de las Naciones en Ginebra, Mariano H. Cornejo, dio el paso en falso
de co-patrocinar inconsultamente con Bolivia, en noviembre de 1920, la
inclusión de esa cuestión en el Orden del Día de la Asamblea, fue de
inmediato destituido, pese a ser su amigo personal.
Por esos días, gracias al consultor estadounidense Dr. Joseph W. Folk,
el Presidente Leguía había llegado al convencimiento que la única
forma de resolver esa grave controversia territorial con Chile era
mediante la participación directa de una instancia ajena a las partes,
ya sea como árbitro o recurriendo a la Corte Permanente de Justicia
Internacional en La Haya. Y vemos que tuvo mucha razón, pues Ríos
Gallardo admite en la declaración antes trascrita que porque estaba
pactado en el arbitraje, la aspiración portuaria de Bolivia no tenía
cabida en la negociación en curso.
Preguntado de "por qué fracasó la solución plebiscitaria entre Tacna y
Arica que acordaba el Tratado de 1883", la respuesta del ex canciller
chileno constituye una revelación de varios megatones por las
implicancias jurídicas que tiene. Veamos, primero, lo que dijo: "Este
es un punto importante, se terminó (sic) por dos razones: 1ª) teníamos
el informe de John Pershing condenatorio a Chile, General que había
comandado las fuerzas aliadas en la Primera Guerra Mundial, gozaba de
un prestigio enorme, quien renunció por falta de garantías para
realizar el plebiscito y en su reemplazo fue designado el General
William Lassiter, quien, a su vez, después de 6 ó 7 meses en Arica,
lanzó otro informe condenatorio en nuestra contra (sic), de manera que
ya teníamos dos lápidas (sic), de representantes del árbitro, sobre la
gestión plebiscitaria. Naturalmente, no había interés alguno por parte
de Chile, en continuar en ese camino, y por eso se cambió la fórmula a
la gestión directa, y que fue la que en definitiva nos dio la paz con
el Perú. (...)."
Decimos que es una revelación de enormes consecuencias, porque era el
canciller chileno de la época quien públicamente reconocía que los
informes de los generales Pershing y Lassiter resultaban
"condenatorios en (su) contra." Vale decir, más de cincuenta años más
tarde quedaba en evidencia, gracias a esos probos militares
estadounidenses, que el incumplimiento del artículo III del Tratado de
Ancón era de responsabilidad de Chile, con todo lo que esto implicaba
desde el punto de vista de la validez y cumplimiento de los tratados
con arreglo al ius cogens. Y por supuesto, en su libro Ríos Gallardo
fabricó una verdad, justificando la división final de las provincias
cautivas como expresión del "principio de autodeterminación (sic)
nacional, principio ante el cual los pueblos se inclinan sin afrenta"
(pág. 260). Justificación fantasiosa, porque sabemos que no obstante
haber transcurrido más de cincuenta años la derrota plebiscitaria de
Chile era un hecho. De allí que sea bueno que Ríos Gallardo lo haya
admitido a posteriori.
Pero, el lenguaraz ex canciller chileno no se quedó allí, fue mucho
más allá. Reveló que la causa de la renuncia del embajador chileno en
Washington, Miguel Cruchaga Tocornal, se debió a su abierta oposición
a que Chile rechazara unilateralmente el pacto plebiscitario,
"diciéndome que si yo rompía, agrega Ríos Gallardo, Estados Unidos
poco menos que intervendría y aquí estábamos liquidados (sic)." Dicho
en buen romance, Chile incurría en una segunda trasgresión y a
renglón seguido, aunque esta vez, amparado en su fino olfato, Ríos
Gallardo acertó en dar por cierto que el Secretario de Estado Frank B.
Kellog no podía "más con las brasas ardientes del problema de Tacna y
Arica en sus manos", regresándose al entendimiento directo que el Perú
tuvo que aceptar frente a la ventaja que siempre da el ser potencia
ocupante.
Las revelaciones continuaron. Entre las "anécdotas personales en su
gestión del tratado de 1929", el ex canciller contó una anécdota
relacionada con otra fragrante trasgresión de Chile del Tratado de
Ancón de 1883, que se lee como sigue: "existía una Comisión de Límites
de Tarata, departamento que no había sido entregado por mí (sic),
(...) fue don Agustín Edwards y esta Comisión de Límites era para
definir los límites de Tarata. El delegado peruano era un hombre
habilísimo, el Coronel don Oscar Ordóñez. En cada sesión iba ganando
más y más terreno (sic). El Presidente de la Comisión era el General
Jay J. Morrow. Una de las primeras tareas fue liquidarla (sic), porque
¿qué sacábamos con obtener Arica (sic), si nos íbamos a quedar con un
resto del primitivo departamento? Liquidar esta famosa comisión que
fue un peligro permanente, fue una gran tarea. Nosotros tuvimos un
paladín maravilloso; don Luis Risopatrón, defendió a Chile con
talento, con decirles se le instruyó (sic) diciéndole si creía
conveniente, provocara un gran incidente, hombre de agallas les diré.
Risopatrón estuvo en la Comisión de Límites con Argentina; por tanto,
era diestro y fogueado. El incidente lo provocó (sic) y la comisión no
sesionó durante 20 días y en esos 20 días Carlos Dávila (nota de
redacción: embajador chileno en Washington) trabajaba como hormiga
para liquidarla hasta que se liquidó."
Debe recordarse, ab initio, que esa Comisión de Límites se reunió en
1926, en un comienzo en Arica, y ya por ese entonces Ríos Gallardo
prejuzgaba la suerte final de Arica: "qué sacábamos con obtener
Arica." Por eso, Ríos Gallardo confiesa en su libro que "el colapso
estaba ad portas", pues de seguir el ejercicio bajo el liderazgo de
Morrow iba a quedar en evidencia que su país se había apropiado
indebidamente en 1902 de una porción de Tarata y otra más pequeña en
Chucuito para hacer el trazo del ferrocarril Arica-La Paz. Baste ver
la figura No. 4 anexa a mi libro antes citado, y a escala macro, el
mapa anexo a la Circular del canciller Felipe de Osma de 1901, hace
poco citado por el notable historiador y jurista, don Vicente Ugarte
del Pino, para corroborar este aserto.
Fueron tales los inconvenientes que confrontó el delegado peruano
Ordoñez que el 7 de agosto de ese año, se vio forzado a reembarcarse
por carecer del permiso especial de la autoridad chilena para
transitar libremente. "Morrow se quejó de este incidente con severidad
ante el Intendente Luis Barceló", subrayé en mi libro. Dicho de otra
manera, Chile no devolvió la provincia de Tacna en su totalidad, pues
se quedó con una porción en gran parte al este, cercana a los tres mil
quinientos kilómetros cuadrados (véase "El Tratado de 1929. La otra
historia"), además de cercenar Tarata y un fragmento de Chucuito, como
ha quedado igualmente dicho. Y, finalmente, Ríos Gallardo nos da la
razón cuando concluye que había que "liquidarla."
En fin, sin ser exhaustivos, otra revelación de talla es la
relacionada con su autoría del artículo 1º. del Protocolo
Complementario. "Es efectivo, no lo había dicho nunca, pero
desgraciadamente la discreción no es profesión exclusiva de los
diplomáticos, uno de ellos se refirió a como había sido redactado el
documento y relató que éste había sido escrito de puño y letra por mí,
es verdad (sic), pero ¿por qué se hizo? Se hizo por una razón: Bolivia
seguía insistiendo en su aspiración; en consecuencia la fórmula era
que el Perú se uniera definitivamente con Chile (sic) y aceptara esta
cláusula. No crean que fue fácil esta empresa. Es mucho más fácil
criticar estas gestiones (...), no se logró convencer sin esfuerzo al
Presidente Leguía de que lo aceptara. (...)."
En el espíritu del autor de esa cláusula, denominada más tarde
cláusula cerrojo, estaba que el Perú y Chile se unieran
definitivamente frente a esa aspiración. Y es muy importante traer a
colación como Ríos Gallardo desarrolló al final de esa entrevista su
enfoque ante la pregunta si la Cancillería chilena había observado una
misma línea en la búsqueda de una solución limítrofe con Perú y
Bolivia. "No y por una razón, mientras no se liquidó el problema con
el Perú, Chile con habilidad (sic) se movía al ritmo del péndulo entre
Bolivia y el Perú (sic), prometía a los dos, pero no se amarraba a
ninguno (sic). Estas son las verdades claras, pero, que ocurrió
después de firmado el Tratado de 1929: Chile tomó una sola línea."
Interesante revelación que suscita de inmediato la pregunta de saber
si se ha vuelto otra vez al juego pendular con ese tema latente y
recurrente de la aspiración portuaria de Bolivia, claro que está vez
utilizando convenientemente a su favor su propio mecanismo del
artículo 1º. del Protocolo Complementario en circunstancias que, como
muy bien lo reconoció el canciller chileno, Tacna y Arica están unidas
histórica y jurídicamente dentro de un marco exclusivamente bilateral,
no solo por haberlo así pedido Chile con el artículo 1º. del
mencionado Protocolo, sino porque las diferentes servidumbres que
Chile le reconoce al Perú a lo largo del Tratado de 1929 le sirven de
lápida monolítica.
Lo que, desgraciadamente, no se le preguntó a Ríos Gallardo en esa
entrevista es como así el plano de desarrollo portuario de Arica que
él personalmente dispuso que se le alcanzara como un compromiso de
Chile al Presidente Leguía, terminó bajo su influjo por ser sustituido
en la década de los cincuentas por otro, totalmente ajeno al diseño
inicial y propuesto astutamente al Perú, luego de percatarse en
Santiago que el plano original permanecía extraviado en Lima tras
producirse el golpe de estado del felón Sánchez Cerro, en agosto de
1930. Recordemos lo que le comentó al respecto al Presidente Leguía en
una de sus tantas cartas, el entonces embajador peruano en Chile, don
César Elguera: "se hace necesario construir el puerto entero con un
gasto de 80 millones de pesos en un plazo de cuatro años (sic). Todos
los detalles y los planos de estos trabajos, que comprende la unión
del morro con la isla del Alacrán y la construcción sobre ésta de un
molo que salga oblicuamente a formar la entrada con el molo del Perú,
los lleva el avión Jesús del Gran Poder." Plano de desarrollo
portuario de Arica que le cupo a quien esto escribe, el privilegio de
exhumarlo y que fue publicado por vez primera como figura Nº. 9, anexa
a mi citado libro.
Dicho lo anterior, no cabe la menor duda que el marco
histórico-político tendrá que ser uno de los componentes esenciales de
la Memoria que debe presentar el Perú a la Corte Internacional de
Justicia en marzo de 2009, como parte del procedimiento contencioso
incoado en enero último en su diferendo con Chile sobre delimitación
marítima. Más aún, como muy bien lo recordara en la sala de audiencias
de la CIJ, en La Haya, el ilustre jurista polaco Manfred Lachs, los
jueces al fallar no pueden basarse únicamente en raciocinios jurídicos
alambicados in abstracto, sino que deben tener en cuenta el marco
histórico-político que informa la controversia. Lo hemos visto en las
recientes sentencias expedidas en los casos Nicaragua vs Honduras y
Nicaragua vs Colombia, a fortiori.
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